Una defensa al control de convencionalidad: alertas para el 2025

26 de Febrero de 2025
Una defensa al control de convencionalidad: alertas para el 2025
Foto generada con IA

El control de convencionalidad enfrentó amenazas en 2024, especialmente en México y Costa Rica. Su defensa es clave para garantizar derechos humanos y evitar retrocesos en la aplicación de la Convención Americana.

El año 2024 cerró con varias decisiones que son fundamentales para el progresivo cumplimiento de las obligaciones internacionales establecidas en la Convención Americana.  Por ejemplo, en los últimos días del año, la Corte IDH notificó su primera sentencia sobre los estándares en materia de procesos electorales democráticosdejó una nueva sentencia fundamental para la protección del medio ambiente sano en casos de actividades extractivas y pueblos indígenas, y emitió una esperada (aunque criticable) sentencia asociando la negativa de brindar el servicio de salud reproductiva de aborto a una forma de violencia obstétrica. (Recomendado: La Corte IDH en el caso Beatriz: Omisiones que afectan la vida y autonomía de las mujeres)

No obstante, el cierre de 2024 también vino con una serie de amenazas al Sistema Interamericano que requieren especial atención. Aunque en la mayoría de los casos dichas amenazas no se consumaron, deben alertar a todas las partes interesadas en el efectivo cumplimiento de las obligaciones internacionales previstas en la Convención. En esta contribución, me referiré particularmente a las amenazas a una de las instituciones paradigmáticas: el control de convencionalidad.

El control de convencionalidad

El control de convencionalidad es probablemente una de las instituciones más valiosas que ha creado el Sistema Interamericano, y particularmente la Corte IDH. Bajo el control de convencionalidad, todas las autoridades, en el marco de sus competencias, tienen la obligación de incorporar en su análisis jurídico las normas del derecho internacional de los derechos humanos, teniendo en cuenta particularmente la jurisprudencia que al respecto ha generado la Corte Interamericana sobre el tema. 

Desde su gestación en el caso Almonacid, el control de convencionalidad invita, en desarrollo del principio de complementariedad, a que todas las autoridades sean consideradas como instituciones con capacidad de aplicar normas del derecho internacional de los derechos humanos. Su propósito es evitar que un caso deba resolverse en instancias internacionales, para que, en cambio, sea resuelto “en casa” en una primera instancia, y solo excepcionalmente, alcance los mecanismos de derecho internacional.

El control de convencionalidad, por lo tanto, es presupuesto para el ejercicio del principio de complementariedad, en tanto es una herramienta para que las autoridades estatales puedan resolver un problema jurídico de una forma oportuna, antes de que sea necesario llegar a los mecanismos internacionales.

Una falsa concepción del control de convencionalidad es que siempre debe acarrear la desaplicación de una norma. El control de convencionalidad implica la interpretación de normas locales a la luz de las normas internacionales en materia de derechos humanos. Así pues, solo en el supuesto de que una norma no admita una interpretación que sea acorde al derecho internacional de los derechos humanos, procedería su desaplicación. Esto solo ocurre de forma extremadamente excepcional.

El uso de los estándares internacionales en jurisdicciones locales, además, contribuye al diálogo con la propia Corte IDH, que podrá tomar en cuenta las interpretaciones locales para la construcción de sus propios desarrollos jurídicos. El ejercicio del control de convencionalidad es uno de los indicadores más prominentes de efectividad de la Corte Interamericana. El impacto de la Corte IDH por vía del control de convencionalidad, por ejemplo, ha permitido la nulidad de las normas de autoamnistía en Argentina (en aplicación del estándar del caso Barrios Altos) y el diseño de la Jurisdicción Especial para la Paz (en aplicación de la sentencia del caso El Mozote).

Dos amenazas al control de convencionalidad al cierre de 2024: México y Costa Rica

En octubre de 2024, Adán Augusto López presentó una propuesta de reforma constitucional en México, que expresamente limitaba el control de convencionalidad. Esta iniciativa buscaba restringir la posibilidad de inaplicar normas constitucionales “por medio del control de convencionalidad”, buscando rechazar la decisión que obliga a México a modificar su legislación respecto a prisión preventiva oficiosa y arraigo. La propuesta constitucional fue eventualmente descartada luego de fuertes críticas sobre el contenido de la propuesta.

Igualmente, en el marco del caso Beatriz vs. El Salvador, en el que algunos actores políticos temían que la Corte IDH se pronunciara respecto al derecho al aborto, múltiples amenazas se manifestaron en contra del Sistema Interamericano. Se destacó particularmente la amenaza del excandidato presidencial costarricense Fabricio Alvarado, quien promovió la denuncia por parte de Costa Rica de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para desvincularse de las decisiones del tribunal interamericano.

Más allá del desenlace puntual, el debate dejó una sensación de vulnerabilidad respecto a la estabilidad del control de convencionalidad en América Latina.

México

El primero de los casos reflejó un desconocimiento profundo de las implicaciones del control de convencionalidad. Pretendía mantener el rango constitucional de los tratados de derechos humanos (incluyendo la Convención Americana), pero impedir que la judicatura pudiese hacer efectivos esos derechos, en tanto no podían usar el control de convencionalidad para “desaplicar” una norma nacional.

Eliminar la posibilidad de hacer efectivos los tratados de derechos humanos en caso de una norma del derecho interno incompatible con el derecho internacional pone en riesgo la responsabilidad internacional del Estado de forma constante. Tal como se concluyó en los casos López Mendoza y Granier respecto a Venezuela, la inejecutabilidad de una decisión por ser violatoria de la Constitución doméstica es incompatible con el derecho internacional de los derechos humanos.

Reformas constitucionales de este tipo implican un despojo inmediato, motivado políticamente, de una serie de derechos en favor de las personas que encontrarían mayores garantías en los tratados internacionales que en las constituciones locales.

 Costa Rica

El segundo de los casos es considerablemente más preocupante. La amenaza de denunciar de la Convención Americana en respuesta a los estándares que la Corte IDH podría desarrollar en un caso en particular constituye una afrenta a la independencia del tribunal interamericano.

Es una grave presión externa de naturaleza política bajo la cual se amenaza el alcance de la jurisdicción del tribunal con base en la disconformidad con un fallo. Sobre este punto, debe destacarse que las denuncias de la Convención Americana pueden considerarse de mala fe cuando se da “por una disconformidad con una decisión adoptada por el órgano de protección y motivada por una voluntad manifiesta de incumplir los compromisos internacionales adoptados en la misma”

En este orden de ideas, si bien existe quien sostenga que algunas acciones de presión frente a un tribunal pueden constituir un ejercicio legítimo a la libre expresión, dicho ejercicio tendría que ponderarse frente a las posibles implicaciones que puede tener sobre la independencia judicial. El juez Sierra Porto alertó de forma adecuada las implicaciones que pudo tener esta presión externa en su voto parcialmente disidente en el caso Beatriz, donde afirmó que:

Por último, frente al tratamiento que la Corte Interamericana ha dado al caso de Beatriz, no puedo dejar de manifestar que las decisiones de las Cortes sobre estos temas no pueden hacerse teniendo como criterio consideraciones coyunturales, relativas a proyectos políticos más o menos progresistas. La posición de los gobiernos y grupos de interés de la región no puede determinar el acento de las decisiones de la Corte. Espero que en futuros casos el Tribunal retome su norte de protección de los derechos humanos, amparado exclusivamente en sus competencias y obligaciones como garante y máximo intérprete de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Una oportunidad para re-legitimar el control de convencionalidad

Esta vulnerabilidad aparente requiere un esfuerzo para legitimar el control de convencionalidad como un mecanismo para asegurar la protección efectiva de los derechos previstos en la Convención Americana. 

Legitimar el control de convencionalidad requiere una respuesta de las partes litigantes y demás integrantes de la sociedad civil de continuar incorporando en sus narrativas y argumentos los estándares del Sistema Interamericano en discusiones y litigios locales, y a su vez un rol de la Judicatura regional de continuar incorporando a la Convención Americana y los desarrollos jurisprudenciales de la Corte IDH dentro de sus argumentos. 

Por su parte, legitimar el control de convencionalidad implica asegurar que las decisiones emitidas por la Corte IDH y, particularmente, los estándares que consolide en su jurisprudencia, se encuentren adecuadamente fundamentados en la Convención Americana y demás tratados de derechos humanos aplicables en un caso en concreto; y que deriven de procesos respetuosos a las garantías judiciales en donde se respondan todos los argumentos presentados por las partes. 

La Corte IDH deberá hacer lo posible para responder sus decisiones en respuesta al derecho, y todas las partes interesadas deberán proteger al tribunal interamericano de cualquier presión externa que pueda menoscabar su capacidad de decidir de forma independiente.

En cualquier caso, el control de convencionalidad es una institución jurídica que merece ser defendida. Mermar el control de convencionalidad únicamente debilita la posibilidad de continuar en la consolidación de un derecho universal de los derechos humanos, genera obstáculos a que los propios tribunales locales puedan resolver violaciones a derechos humanos oportunamente, y contribuye al vaciamiento de contenido de los derechos establecidos en la Convención Americana, favoreciendo una perspectiva de que los derechos existen en la medida de que sean políticamente potables.

Citación académica sugerida: Pérez, Edward. Una defensa al control de convencionalidad. Alertas para el 2025. Agenda Estado de Derecho. 2025/02/26. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/una-defensa-al-control-de-convencionalidad-alertas-para-el-2025/

Palabras claves: Control de convencionalidad, sistema interamericano, derechos humanos.

Comparte este artículo en...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

¿En desacuerdo con este artículo?

¿Es importante profundizar sobre este tema?
Escribe tu artículo/respuesta sobre este tema y déjanos tu texto siguiendo las siguientes instrucciones

ACERCA DEL AUTOR
Edward J. Pérez

Consultor en derechos humanos. PhD(c) en University College London (UCL). LL.M. en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. Abogado de la Universidad Católica Andrés Bello, Venezuela. Fue abogado de la Secretaría de la Corte IDH y Senior Legal Advisor de la Oficina para Latinoamérica y el Caribe del Centro de Derechos Reproductivos.

Artículos Relacionados

Sigue nuestro Newsletter en LinkedIn

Suscribirte en LinkedIn

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.