¿Quién debería buscar a las personas desaparecidas en Coahuila, México?

6 de Diciembre de 2021
¿Quién debería buscar a las personas desaparecidas en Coahuila, México?
Tomada de Pixabay

Para la autora, la reciente decisión del Tribunal Constitucional de Coahuila, México sobre la supresión de la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas, representa un retroceso en materia de derechos humanos.

El pasado 27 de octubre de 2021, el Tribunal Constitucional de Coahuila (México), decidió por mayoría de 8 votos, rechazar el proyecto presentado por el Magistrado Luis Efrén Ríos Vega, que se pronunciaba acerca de la Acción de Inconstitucionalidad Local AIL-3/2021 presentada por la Comisión Estatal de Derechos Humanos a instancia de un grupo de familiares de personas desaparecidas. Esta acción consideraba inconstitucional la enmienda al Reglamento de la Fiscalía General del Estado que suprimía la Unidad de Búsqueda de Personas Desaparecidas.

El argumento de la Fiscalía, que justificaba este cambio normativo, residía en el hecho de que la búsqueda de personas desaparecidas entraría en la competencia de la Comisión de Búsqueda del Estado y, por lo tanto, la existencia de una unidad de búsqueda habría generado una duplicidad de funciones.

En realidad, la creación de la Comisión de Búsqueda del Estado de Coahuila no exime a la Fiscalía de cumplir la obligación de garantizar el derecho humano a la búsqueda. Ambas instituciones comparten la obligación de buscar a las personas desaparecidas, de acuerdo con sus respectivas funciones y competencias. Lo anterior, en virtud de que para lograr una búsqueda integral es necesario que exista una interrelación con la investigación penal.

La falta de coordinación entre la búsqueda y la investigación penal afecta los elementos institucionales de disponibilidad y calidad en la garantía del derecho a la búsqueda. Con base en estos argumentos, el proyecto rechazado por la mayoría de los jueces constitucionales declaraba inconstitucional esta enmienda por ser violatoria de los derechos de búsqueda y de participación ciudadana.

México es un país que, a pesar de no haber sufrido nunca una interrupción formal del sistema democrático desde la entrada en vigor de su Constitución en 1917, cuenta hoy con más de 90 mil personas desaparecidas y más de 50 mil cuerpos sin identificar. Estos números son incluso más dramáticos si pensamos que se cuenta con 31 sentencias de condena por desaparición forzada de personas. Como estas cifras lo demuestran, en México la desaparición de personas se ha convertido en el problema más grave de violación de derechos humanos.

En este contexto, en Coahuila, el Poder Ejecutivo del Estado ha reconocido la magnitud del problema e implementado un modelo de diálogo entre víctimas, gobierno y sociedad civil para atender esta grave problemática. La Fiscalía local siempre ha formado parte de este modelo, que además ha sido reconocido por organismos nacionales e internacionales de derechos humanos por haber permitido identificar y sistematizar una agenda de trabajo basada en los temas prioritarios de las víctimas.

Se trata de una dinámica que ha favorecido el diálogo directo entre víctimas y autoridades para abordar las diferentes problemáticas y necesidades, garantizando siempre una discusión abierta y sincera con expertos nacionales e internacionales y, al mismo tiempo, ha ido generando a lo largo de los años acuerdos y consensos entre las partes, familias y gobierno, para consolidar una política de Estado que promueva acciones de gobierno a favor de los derechos de las personas desaparecidas, sus familiares y defensores.

A pesar de la presencia de este modelo de trabajo en Coahuila, la Fiscalía General del Estado, decidió suprimir la unidad de búsqueda mediante una modificación a su Reglamento y, si este dato ya no fuera grave de por sí, la enmienda normativa fue realizada sin una consulta libre, previa e informada de las víctimas de desaparición, que fueron totalmente excluidas del proceso, violentando así el modelo de diálogo ya institucionalizado en el Estado.

En primer lugar, el proyecto de sentencia rechazado por la mayoría de los jueces constitucionales coahuilenses fue adoptado tras una fase instructora que se desarrolló con perspectiva abierta y solidaria: todas las actuaciones judiciales se hicieron públicas y se abrió una convocatoria para presentar amicus curiae en la que participaron víctimas, expertos nacionales e internacionales y asociaciones civiles.

Incluso, se circuló el proyecto de sentencia y se desahogó una audiencia de alegatos con las partes y terceros para que se pudieran hacer comentarios al proyecto. Sin embargo, esta buena práctica de justicia abierta y máxima transparencia judicial, aplaudida por organismos y organizaciones nacionales e internacionales al Tribunal Constitucional de Coahuila le pareció ilegal. Los jueces constitucionales coahuilenses se aferraron a argumentos apegados al más conservador formalismo jurídico, considerando que el no llamar a la Comisión de Búsqueda como parte del proceso –un órgano desconcentrado del gobierno estatal– planteaba la necesidad de reponer el procedimiento, aún cuando sí se citó al Ejecutivo y este compareció.

También, se posicionaron en contra de los amicus curiae, prohibieron publicar los proyectos de sentencia (aún cuando existen diferentes precedentes en los que el propio Tribunal había aceptado estas prácticas) y anularon el juicio porque se recibieron comentarios al proyecto, señalando que los magistrados podían sentirse presionados por las opiniones de la sociedad civil.

Y, más llamativo aún, proviniendo dichas afirmaciones de un tribunal constitucional, se afirmó que las personas expertas extranjeras no pueden participar con sus opiniones en materia de derechos humanos porque tienen prohibido intervenir en asuntos políticos del país. Esta afirmación tendría fundamento en la prohibición contenida en el artículo 33 constitucional.

En realidad, la razón de esta prohibición constitucional es para que los extranjeros no puedan votar, ser votados o formar un partido político, y no para prohibirles su derecho a opinar sobre las violaciones a los derechos humanos que se cometen en el país. Ningún tribunal está facultado para prohibir la libertad de expresión, salvo, aparentemente, el Tribunal Constitucional de Coahuila que, por mayoría, estima que los extranjeros no deben ser amigos de su Corte.

En segundo lugar, entrando al fondo del asunto, según el proyecto rechazado la supresión de la unidad de búsqueda de la Fiscalía General del Estado implicaba la violación de los derechos de búsqueda y de participación ciudadana.

A este propósito, el magistrado ponente proponía los siguientes efectos de reparación:

i) seguir aplicando en forma ultractiva la organización y funcionamiento de la unidad de búsqueda de personas;

ii) que la Fiscalía en conjunto con la Comisión de Búsqueda del Estado, demás autoridades, y con la participación de las familias de personas desaparecidas, celebraran los convenios o instrumentos de colaboración necesarios para garantizar la debida coordinación entre las instituciones;

iii) que la Fiscalía presentara un diagnóstico claro a las familias relativo a las unidades encargadas de sus deberes de búsqueda;

iv) hecho lo anterior, proveer una consulta previa, sencilla, accesible, informada y suficiente con las familias y colectivos de familias de personas desaparecidas; y

v) en materia de búsqueda, cada decisión que tomara la Fiscalía y que pudiera llegar a afectar dicho derecho debía someterlo a una consulta para escuchar la opinión de colectivos o familiares de personas en situación de desaparición.

Lo que sucedió en Coahuila hace un par de semanas recibió el reproche social e institucional de distintas autoridades nacionales, como la Comisionada Nacional de Búsqueda, Karla Quintana, así como de la oficina de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos de la ONU en México y la gran preocupación de los familiares de personas desaparecidas.

Conforme a todo lo anterior, parecería que para la mayoría de los magistrados del Tribunal Constitucional de Coahuila se pueden proteger los derechos humanos de un grupo tan vulnerable como lo son las víctimas de desaparición de personas siempre y cuando respeten absurdos formalismos, olvidando que la propia Constitución general dispone que se debe privilegiar la solución del conflicto sobre formalismos procedimentales (artículo 17 constitucional), criterio que además ha sido ratificado por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En Coahuila, los jueces constitucionales que rechazan los amicus curiae son enemicus de la publicidad del proceso (en abierta violación del artículo 154, fracción II, numeral 1 de la Constitución local, que prevé la garantía de transparencia judicial) y de la justicia abierta que tiene, entre sus ejes rectores propio la máxima participación social.

En Coahuila, la Fiscalía y el Tribunal Constitucional han censurado las voces de las víctimas, vulnerando su derecho a la participación, reconocido por los más altos estándares de protección de derechos humanos, entre ellos los Principios rectores para la búsqueda de personas desaparecidas (Comité de la ONU contra la Desaparición Forzada) marcando un gran retroceso respecto a aquel modelo de diálogo, que ha permitido dar un consuelo y garantizar derechos a las víctimas de desaparición forzada de personas.

Citación académica sugerida: Spigno, Irene. ¿Quién debería buscar a las personas desaparecidas en Coahuila, México? Agenda Estado de Derecho. 2021/12/06. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/quien-deberia-buscar-a-las-personas-desaparecidas-en-coahuila-mexico/

Palabras clave: México, desaparición, búsqueda, participación, víctimas.

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ACERCA DE LA AUTORA
Irene Spigno

Directora General de la Academia Interamericana de Derechos Humanos. Doctora en Derecho Público Comparado por la Universidad de Siena (Italia).

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.