Un paso adelante en la lucha contra la impunidad corporativa: desarrollos del caso Lafarge

1 de Febrero de 2023
Un paso adelante en la lucha contra la impunidad corporativa: desarrollos del caso Lafarge
Crédito foto: AFP

Una empresa multinacional está siendo procesada en Francia por complicidad en crímenes de lesa humanidad en Siria, ¿qué implicancias tiene este caso para el campo de las empresas y los derechos humanos?

Operar en zonas afectadas por conflictos armados plantea complejos desafíos legales y éticos para las empresas multinacionales. Las actividades empresariales podrían estar conectadas con situaciones de conflicto armado de diferentes formas, ya sea directamente, por medio de apoyo financiero, logístico, militar o de cualquier otro tipo a las partes en conflicto; o indirectamente, influyendo en la dinámica del conflicto o en los actores involucrados, incluso sin la intención de ayudar a las partes beligerantes. Tal como indicó el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos, “las empresas no son agentes neutrales: su presencia no está exenta de repercusiones. Aun cuando las empresas no tomen partido en el conflicto, las consecuencias de sus actividades influirán necesariamente en la dinámica de este”.

Por ello, al permanecer en dichos escenarios, las empresas transnacionales pueden alimentar el conflicto y contribuir a graves violaciones de los derechos humanos. En el caso de la guerra en Siria, desde el inicio del conflicto, se ha venido desarrollado una extensa economía de guerra, que incluía el comercio de armas, materias primas y otros bienes de interés para las partes en conflicto, así como para otros Estados y para empresas transnacionales. En situaciones de conflicto y alto riesgo, las empresas deben decidir si quedarse o irse de dicha zona afectada por el conflicto, con el objetivo de no contribuir a las violaciones de los derechos humanos. Éste sería el contexto del caso contra la empresa francesa Lafarge, primera productora mundial de cemento, y su filial, Lafarge Cement Syria (LCS), acusadas de complicidad en la comisión de crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, financiación del terrorismo, puesta en peligro de personal de la empresa de forma deliberada, y realización de trabajos forzosos.

El caso Lafarge ante la jurisdicción francesa

El procedimiento contra Lafarge y su filial LCS se inició en noviembre de 2016, a través de una querella presentada por once antiguos empleados sirios junto con el Centro Europeo de Derechos Constitucionales y Humanos (ECCHR) y Sherpa. La querella acusaba a Lafarge de negociar con el grupo terrorista Daesh, así como con otros grupos armados, para mantener el funcionamiento de su planta de cemento Jalabiya, en el noreste de Siria, y compensar a estos grupos por el paso seguro de trabajadores y productos. En este sentido, Lafarge habría comprado materias primas, como petróleo y puzolana, al Daesh y resto de grupos, pagando dichas tarifas a cambio de permisos. Como reveló el procedimiento judicial, Lafarge transfirió 15 millones de dólares a grupos armados e intermediarios, incluido el Daesh. Por tanto, la cuestión que se presenta es que, al financiar a estos grupos y poner en peligro a sus trabajadores, Lafarge podría ser cómplice de crímenes de lesa humanidad cometidos por el Estado Islámico en Siria, convirtiéndose así en la primera empresa multinacional en ser imputada por la comisión de crímenes internacionales.

En un primer momento, el Tribunal de Apelación desestimó los cargos de complicidad en la comisión de crímenes de lesa humanidad, manteniendo el resto de los cargos. Interesa resaltar aquí que la motivación del tribunal fue la inexistencia de dolo o mens rea, imprescindible para considerar la complicidad en la comisión de un crimen internacional, al entender que las negociaciones con el Daesh no manifestaban una intención de involucrarse con los crímenes cometidos, sino simplemente mantener la planta en funcionamiento. Sin embargo, el 7 de septiembre de 2021, el Tribunal Supremo francés anuló dicha decisión, argumentando que una empresa no puede esconderse tras sus objetivos comerciales para eludir su responsabilidad, y que Lafarge

tenía conocimiento preciso de las acciones de la organización, las cuales probablemente constituían crímenes de lesa humanidad. Por tanto, el Tribunal Supremo francés entendió que:

“81. En efecto, en primer lugar, el pago a sabiendas de una suma de varios millones de dólares a una organización cuyo objeto es puramente criminal es suficiente para caracterizar la complicidad como asistencia y encubrimiento (aiding and abetting).

82 En segundo lugar, es irrelevante si el cómplice actua con miras a realizar una actividad comercial, circunstancia relacionada con el móvil y no con el elemento intencional” (traducción propia).

De acuerdo con los integrantes de Sherpa y ECCHR, esta decisión representa un precedente histórico a la hora de aclarar los criterios por los cuales las entidades corporativas pueden ser declaradas cómplices de crímenes de lesa humanidad. Posteriormente, el 18 de mayo de 2022, la Sala de Instrucción del Tribunal de Apelaciones de París confirmó los cargos de complicidad en la comisión de crímenes de lesa humanidad, así como el hecho de que la empresa —deliberadamente—puso en peligro la vida del personal de la empresa. El procedimiento se encuentra actualmente en curso y habrá que esperar a la decisión final del tribunal.

Procedimiento ante los tribunales de Estados Unidos de América ( EUA)

Por otro lado, en un procedimiento separado en los EUA, Lafarge y su filial LCS se declararon culpables ante un tribunal federal de Brooklyn de conspirar para proporcionar apoyo material a organizaciones terroristas extranjeras. Además, el juez de distrito de los EE. UU., William F. Kuntz II, condenó a los acusados a libertad condicional y al pago de sanciones financieras por un total de 777,78 millones de dólares, incluidas multas y decomisos. En dicho procedimiento, la presidenta de Lafarge (actualmente parte del grupo empresarial Holcim), afirmó que desde agosto de 2013 hasta noviembre de 2014, el antiguo personal ejecutivo de la empresa “acordó a sabiendas y deliberadamente participar en una conspiración para realizar y autorizar pagos en beneficio de varios grupos armados en Siria”. Esta ha sido la primera vez que una empresa se declara culpable en los EUA de proporcionar apoyo material a una organización terrorista extranjera.

Responsabilidad corporativa y debida diligencia reforzada

El caso Lafarge abre la puerta a nuevos desarrollos en materia de responsabilidad penal corporativa, por la participación en la comisión de crímenes internacionales, siendo éste el primer caso en que una persona jurídica ha sido imputada por dichos cargos. En este sentido, en noviembre de 2011, los fiscales suecos presentaron cargos contra Lundin Energy por complicidad en crímenes de guerra en el sur de Sudán entre 1999 y 2003, alegando que la empresa había pedido al gobierno que asegurara un yacimiento petrolífero, a pesar de saber que esto implicaría el uso de la fuerza.

Estos casos ponen de manifiesto las obligaciones reforzadas que tienen las empresas cuando operan en situaciones de conflicto armado, al tener que evaluar si sus actividades comerciales, incluyendo la actividad de sus filiales, pueden contribuir a la comisión de graves violaciones de derechos humanos. Por ello, resulta necesario recordar la existencia de deberes de debida diligencia, por parte de las empresas, a la hora de decidir quedarse o irse de una zona afectada por un conflicto armado o una zona de alto riesgo. De acuerdo con esta idea de la debida diligencia reforzada (heightened human rights due diligence), debido a que el riesgo de graves abusos contra los derechos humanos se intensifica en las zonas afectadas por conflictos, la acción de los Estados y la debida diligencia de las empresas deben intensificarse en consecuencia.

De esta manera, si la empresa decide quedarse operando en dicha zona, deberá llevar a cabo un proceso para identificar, prevenir, mitigar y remediar los posibles impactos adversos a los derechos humanos de sus actividades y la de sus socios comerciales, además de hacerlo de forma periódica. Por el contrario, si decide abandonar el país o la región, deberá hacerlo igualmente considerando los impactos de su decisión en el personal de la empresa, las personas proveedoras, las comunidades afectadas, así como otras partes interesadas. Para entender un poco más los pasos a seguir por la empresas a la hora de implementar esta debida diligencia reforzada, resulta imprescindible destacar la guía realizada por el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Empresas y Derechos Humanos y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en junio de 2022, titulada “Heightened Human Rights Due Diligence for Business in Conflict‐Affected Contexts. A Guide”.

*Nota de la autora: Este artículo forma parte de la investigación llevada a cabo por la autora en el marco del proyecto de investigación financiado por la Fundación Portuguesa de Ciencia y Tecnología (FCT) UIDP/00714/2020 (Más información en https://novabhre.novalaw.unl.pt/projects/bhr-in-conflict-affected-areas/).

Citación académica sugerida: Íñigo Álvarez, Laura. Un paso adelante en la lucha contra la impunidad corporativa: desarrollos del caso Lafarge. Agenda Estado de Derecho. 2023/02/01. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/desarrollos-del-caso-lafarge/

Palabras clave: Caso Lafarge, Siria, derechos humanos, complicidad, responsabilidad corporativa, conflictos armados.

Comparte este artículo en...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
ACERCA DE LA AUTORA
Laura Íñigo Álvarez

Doctora en Derecho en la Universidad de Utrecht. Investigadora postdoctoral del Nova Centre on Business, Human Rights and the Environment (NOVA School of Law) e investigadora visitante en el Leuven Centre for Global Governance (KU Leuven).

Artículos Relacionados

Sigue nuestro Newsletter en LinkedIn

Suscribirte en LinkedIn

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.