Limitaciones al derecho a la libertad religiosa más allá de los conflictos en nombre de la religión

22 de Agosto de 2022
Limitaciones al derecho a la libertad religiosa más allá de los conflictos en nombre de la religión
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En el Día en Conmemoración de las Víctimas de Actos de Violencia Basados en la Creencia, la autora aborda los retos de la protección de la libertad religiosa.

Tal como lo señala la Resolución A/RES/73/296 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en el Día Internacional en Conmemoración de las Víctimas de Actos de Violencia Basados en la Religión o la Creencia, celebrado cada 22 de agosto, se condena la violencia dirigida a individuos, incluidas las personas pertenecientes a minorías religiosas, sobre la base o en nombre de una religión o creencia. De igual manera, tal disposición deplora todos los actos de violencia cometidos contra las personas, sus hogares, empresas, propiedades, escuelas, centros culturales o lugares de culto, y todos los atentados cometidos en y contra lugares de culto, sagrados o santuarios, a causa de la religión o creencias.

No obstante, es pertinente reconocer y darle el peso que corresponde a aquellos actos de intolerancia y violencia que, aunque no están basados en la religión o creencias, sí afectan el libre ejercicio del derecho a la libertad religiosa e incluso llegan a poner en riesgo la seguridad humana de líderes religiosos o la integridad de sus templos de culto, convirtiéndolos en verdaderas víctimas.

Atender esta realidad es posible gracias a una comprensión integral del artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Comentario General 22 del Comité de Derechos Humanos, el artículo 18 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y el artículo 12 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Cuando se analiza el estado de la libertad religiosa en la región  (de personas creyentes y no creyentes), una impresión común es que al menos a nivel normativo existen garantías para la protección del derecho a la libertad religiosa, salvo en aquellos países con tendencia autoritaria. Sin embargo, también en países democráticos de América Latina existen diversos contextos en los cuales líderes religiosos, laicos activos, grupos religiosos e incluso organizaciones confesionales ven limitado no sólo el derecho a la libertad religiosa -en su dimensión pública y colectiva- sino también a una multiplicidad de derechos interdependientes, tal como los derechos a la libertad de expresión, a la libertad de asociación, a la objeción de conciencia, al libre tránsito, a la vida e integridad personal, entre otros.

Uno de estos escenarios es el relacionado con la vulnerabilidad de líderes religiosos en zonas cooptadas por el crimen organizado; situación identificada en países como México, Colombia, Honduras, El Salvador, Haití, por mencionar algunos. En estos casos, la libertad religiosa puede verse amenazada por actores no estatales que en su mayoría no tienen ninguna motivación religiosa. Las actividades de líderes o grupos religiosos son blancos de represalias en la medida que representan una amenaza para la estabilidad de los grupos criminales en una determinada área. En gran parte de los casos, los riesgos a los que se encuentran expuestos líderes o grupos religiosos son resultado de conflictos no religiosos. Sin embargo, ello no quiere decir que no se afecten múltiples dimensiones del derecho de la libertad religiosa. Es por esto que diversas organizaciones de la sociedad civil, así como la academia han visto la necesidad de resaltar esta problemática no sólo en instancias nacionales sino también en el sistema regional de protección de derechos humanos.

Otro escenario tiene que ver con violaciones al derecho a la libertad religiosa de comunidades indígenas en dos sentidos: por un lado, como resultado de factores externos, que pueden poner en riesgo por ejemplo la cosmovisión y la protección de tierras ancestrales, tan importantes para la espiritualidad indígena; y, por otro, cuando se ejerce presión sobre minorías religiosas al interior de estas comunidades.

Es decir, cada vez que un individuo decide convertirse a otra religión o abandonar las prácticas sincréticas en una comunidad indígena, el converso se expone a todo tipo de amenazas, represalias y exclusión. En este sentido, no sólo se puede hablar de minorías religiosas dentro de un grupo minoritario como las comunidades indígenas sino de minorías religiosas discriminadas al interior de la comunidad indígena. Esta es una problemática persistente en Colombia y México y hacen falta mayores esfuerzos por parte de los Estados de la región para identificar la existencia de este fenómeno, sobre todo en aquellos países con poblaciones indígenas numerosas.

Podemos mencionar un tercer escenario en América Latina, propio de países en los cuales las autoridades han debilitado la democracia y el estado de derecho con el fin de permanecer en el poder. Debido a las tendencias autoritarias de gobiernos como el de Cuba, Venezuela o Nicaragua, se pueden identificar diversas medidas represivas, respaldadas por un ordenamiento jurídico legal; aunque en muchas ocasiones, ilegítimo y aplicado de manera arbitraria a cualquiera que cuestione los postulados del partido de turno.

En este escenario, los líderes religiosos u organizaciones confesionales que denuncian constantemente a los regímenes citados por la violación de los derechos humanos se convierten en blanco de violaciones de la libertad religiosa por motivos políticos. Por tanto, cualquier líder religioso conocido o relacionado con la oposición al partido de turno es acosado o presionado incluso a través de medios violentos. De esta manera, las actividades religiosas se ven obstaculizadas o interrumpidas, y los lugares de culto vandalizados. En general, ninguno de los afectados puede encontrar una instancia, al menos a nivel nacional, en la que se denuncien tales acciones ilegales o se exija la garantía de sus derechos.

Finalmente, también debemos considerar que, en ocasiones, la expresión de creencias religiosas, puntos de vista y enseñanzas de los mismos grupos religiosos es constante objeto de escrutinio. Los mensajes, usualmente cristianos, en defensa del matrimonio o la familia desde principios religiosos en ocasiones se presentan como discursos discriminatorios o de odio hacia de grupos minoritarios. Por otro lado, en diversos países de la región, algunas autoridades gubernamentales y grupos seculares radicales buscan censurar la libertad de expresión de actores confesionales, en el ámbito público, con el argumento de un malentendido principio de laicidad o de la separación entre la iglesia y el Estado.

En determinados contextos, los seguidores de una religión o fe particular enfrentan críticas, insultos, límites a su libertad de expresión, sin mencionar ocasionales ataques físicos e incluso actos de vandalismo en sus templos. Esto, aunado a políticas o normas antidiscriminación, que usualmente conllevan sanciones penales o administrativas, ha conllevado en algunas ocasiones a la autocensura. A partir de una investigación exploratoria realizada por el Observatorio de Libertad Religiosa en América Latina, en la cual se entrevistaron a aproximadamente 40 personas que profesan la religión cristiana (católica y no católica) de Colombia y México, se ha identificado que este fenómeno se configura cuando una persona no puede o no se siente libre de manifestar abiertamente su fe o convicciones cristianas o cuando no puede expresar sus puntos de vista basados en sus creencia;, por ejemplo, en temas relacionados con el matrimonio o la familia, sobre todo cuando van en contracorriente de la cultura predominante ya que esto puede conllevar no sólo a posibles sanciones legales, sino también hostigamiento social.

Tal como se ha descrito, el estado de la libertad religiosa en la región presenta diversos desafíos. Muchos de ellos aún siguen sin ser reconocidos por los Estados Miembros o incluso por los mismos grupos religiosos, mucho menos a nivel interamericano o universal. Basta con revisar los informes por país elaborados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para darse cuenta de que en general, el derecho a la libertad religiosa no es parte del análisis.  Si bien a nivel Universal existe un mayor enfoque hacia la protección de este derecho, siguen sin considerarse las diferentes problemáticas ya descritas.

A fin de cumplir con el mandato de la Asamblea General, es de suma importancia ampliar la educación en materia de derechos humanos, en especial del derecho a la libertad religiosa para lograr entender sus múltiples dimensiones. Sólo así será posible identificar cuándo estamos frente a concretas o potenciales vulneraciones y cuándo nos encontramos frente a víctimas de las violaciones a este derecho, aun cuando el motivo del conflicto no radique solo o por sí mismo en las creencias o la religión profesada, pero sí tenga un impacto directo en su ejercicio. Mas aún, será posible ahondar en los esfuerzos para promover una cultura de respeto a la diversidad y tolerancia a la pluralidad de expresiones religiosas.

Citación académica sugerida: Flores, Teresa. Limitaciones al derecho a la libertad religiosa más allá de los conflictos en nombre de la religión. Agenda Estado de Derechol. 2022/08/22. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/limitaciones-al-derecho-a-la-libertad-religiosa-mas-alla-de-los-conflictos-en-nombre-de-la-religion/

Palabras clave: Algoritmos, Covid-19, derechos humanos, inteligencia artificial.

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ACERCA DE LA AUTORA
Teresa Isabel Flores Chiscul

Abogada peruana, directora del Observatorio de Libertad Religiosa en América Latina

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.