Destitución de jueces constitucionales. Crónica de una muerte anunciada del Estado de Derecho en El Salvador

14 de Mayo del 2021
Destitución de jueces constitucionales. Crónica de una muerte anunciada del Estado de Derecho en El Salvador

El pasado 1 de mayo, la Asamblea Legislativa electa para el período 2021-2024, decidió destituir, sin procedimiento previo y con dispensa de trámite, a los cinco magistrados propietarios de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y sus cuatro suplentes, así como al Fiscal General de la República. En la misma jornada, el Órgano Legislativo eligió, sin apegarse al procedimiento correspondiente, a las personas que reemplazaron a las autoridades destituidas. A lo anterior, se han sumado amenazas de destitución dirigidas al Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos y los magistrados del Tribunal Supremo Electoral y de la Corte de Cuentas, que aún no se han concretado.

El mismo día, los magistrados destituidos emitieron un “Mandamiento Judicial de Inconstitucionalidad 1-2021”, en el que declararon inconstitucional la decisión adoptada por la Asamblea Legislativa. La resolución señala que dicha medida trasgredió la forma de gobierno republicana, democrática y representativa y el sistema político pluralista, al intentar suprimir los controles hacia los otros órganos del Estado y afectó la independencia judicial, por no encontrarse precedida por garantías judiciales y aun cuando éstas existieran, implicaría una coacción para cualquier otra conformación de la Sala de lo Constitucional. 

Este ataque y apoderamiento de las instituciones de control democrático puede verse como otro paso en el proyecto de concentración del poder impulsado por el Presidente de la República Nayib Bukele. Esto fue advertido hace tres años por la Corporación Latinobarómetro, que ubicaba a El Salvador dentro del grupo de países donde la percepción ciudadana consideró un menor apoyo a la democracia, escenario propicio para el surgimiento de populismos y autoritarismos. En efecto, el mandatario salvadoreño una vez ganó las elecciones presidenciales en 2019, aprovechó el malestar de la ciudadanía para enfrentarse permanentemente con los otros órganos estatales, por decisiones que no le favorecían, o frente a posiciones críticas de sus actuaciones, pero al margen del Estado de derecho, en su esfera institucional: la separación e independencia de los poderes públicos, y en sus ideales sustantivos el respeto a la Constitución y las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Lo anterior se verifica en ciertos comportamientos como: (i) la decisión de militarizar el Salón Azul de la Asamblea Legislativa como una forma de coacción para aprobar un préstamo internacional; la Sala de lo Constitucional declaró tal acción como inconstitucional por violar los principios de separación orgánica de funciones y de legalidad. En el mismo fallo, la Sala ordenó a las autoridades militares y policiales a no ejercer funciones ni actividades distintas a las que constitucional y legalmente están obligadas; (ii) el mantenimiento de la militarización de la seguridad pública magnificada en el manejo de la pandemia, con un centenar de denuncias por uso desproporcionado de la fuerza pública y malos tratos, a lo que se sumó la presentación de más de 400 peticiones de hábeas corpus; (iii) las afectaciones a la libertad de prensa de periodistas y medios de comunicación (iv) el irrespeto a la independencia judicial por el incumplimiento de resoluciones; y (v) la obstaculización a la investigación de graves violaciones a derechos humanos en el Caso Masacres de El Mozote. 

Pese a estas críticas, la percepción ciudadana sobre la gestión del Presidente se mantuvo alta, debido en parte, por la baja de los homicidios, manejo de la pandemia y mejora en la seguridad, pero también, por la crisis de representación de los partidos tradicionales, bien utilizada por el mandatario para crear un discurso desafiante y una estrategia política basada en el uso de redes sociales, con consignas como el combate a la corrupción, que atrajeron las preferencias del electorado joven apático a la política. Lo anterior provocó que en las elecciones para la Asamblea Legislativa, los Consejos Municipales y el Parlamento Centroamericano, el partido Nuevas Ideas (NI) cercano al Presidente Nayib Bukele, se posicionara como la principal fuerza política en el país. Tales resultados dieron paso a una concentración del poder, pues el mismo partido que gobierna el Órgano Ejecutivo lo hace en el Órgano Legislativo, contando con los votos necesarios para elegir y destituir a los cargos de segundo grado, entre otras decisiones trascendentales para el país. 

Los motivos que justificarían la destitución de los magistrados de la Sala de lo Constitucional y el Fiscal de la República se encuentran en las piezas de correspondencia presentadas, que siguieron la tesis de la aplicación directa de la Constitución. En el caso de los magistrados titulares de la Sala de lo Constitucional, se les reprochó que algunas de sus sentencias eran contrarias a la Constitución, se extralimitaron en sus facultades, afectaron el principio de separación de poderes, o buscaron convertir a dicho órgano en un “Súper Poder”. Respecto a los magistrados suplentes, la irregularidad se encontraría en el procedimiento de su nombramiento, por no cumplir con el principio de publicidad. En el caso del Fiscal General de la República, se le acusa de contar con un vínculo con un partido político que le impide contar con la independencia e imparcialidad requerida para ejercer dicho cargo. 

En apariencia, tales argumentos parecerían contar con razonabilidad porque no sólo hacen referencia a acusaciones graves, sino también porque la potestad de destituir es de la Asamblea Legislativa. Sin embargo, esta interpretación es restrictiva, debido a que la misma Constitución reconoce que en tales supuestos, sólo se procederá por causas específicas señaladas en la ley, lo que implica que se debía seguir un debido proceso. En efecto, una interpretación armónica llevaría a considerar que era necesario iniciar un procedimiento donde se respeten los derechos de audiencia, defensa, entre otros. A lo anterior se suma, el hecho que los reemplazos no siguieron el procedimiento para elegir a funcionarios de segundo grado, establecido en el Reglamento Interior de la Asamblea Legislativa, ni tampoco los criterios de transparencia para el cumplimiento de los requisitos, exigidos por la jurisprudencia constitucional.

Ello es mucho más evidente al revisar los estándares internacionales en casos de separación de cargos de operadores de justicia que ayudan a interpretar las obligaciones de El Salvador contenidas en los tratados de derechos humanos de los cuales es parte. En ese sentido, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha indicado que los jueces cuentan con garantías reforzadas para resguardar su independencia judicial como un adecuado proceso de nombramiento, la inamovilidad en el cargo y la garantía contra presiones externas (Caso Colindres Schonenberg Vs El Salvador). Respecto a la inamovilidad ha señalado que: (i) la separación del cargo obedezca exclusivamente a las causales permitidas, ya sea por medio de un proceso que cumpla con las garantías judiciales o porque se ha cumplido el término o período de su mandato; (ii) los jueces solo pueden ser destituidos por faltas de disciplina graves o incompetencia, y (iii) todo proceso seguido en contra de jueces deberá resolverse de acuerdo con las normas de comportamiento judicial establecidas y mediante procedimientos justos que aseguren la objetividad e imparcialidad según la Constitución o la ley (Caso López Lone y otros Vs. Honduras). 

Lo anterior explica por qué organismos internacionales como la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), el Relator especial de Naciones Unidas sobre la independencia de los magistrados y abogados, la Misión Especial de la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos en El Salvador, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, entre otros, han expresado su preocupación por la decisión adoptada por la Asamblea Legislativa, que terminaría por comprometer gravemente al Estado de derecho, la separación de poderes y el sistema democrático del país. 

Es innegable que El Salvador se encuentra en un momento histórico. Es previsible que la concentración del poder siga afectando los controles democráticos. El Estado de derecho se verá fortalecido si existe un ambiente que haga posible la denuncia frente a los abusos del poder y las violaciones a derechos humanos. Para ello, será clave el empoderamiento de la sociedad civil con la democracia y los principios del Estado de derecho, y que sus demandas sean un contrapeso para que la institucionalidad funcione. Finalmente, las demandas ciudadanas encontraran en los sistemas internacionales de derechos humanos, una alternativa subsidiaria para prevenir y controlar los excesos del Estado. 

Citación académica sugerida: López, Óliver: Destitución de jueces constitucionales. Crónica de una muerte anunciada del Estado de Derecho en El Salvado, 2021/05/14, https://agendaestadodederecho.com/destitucion-de-jueces-constitucionales-el-salvador

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ACERCA DEL AUTOR
Oliver Román López Serrano

Abogado por la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas” (UCA) de El Salvador, Maestro en Derechos Humanos y Educación para La Paz por la Universidad de El Salvador, con Pos títulos en Derechos Humanos y Procesos de Democratización, Derechos Humanos y Mujeres, por el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Actualmente es estudiante del Programa de Doctorado de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Salvador Herencia-Carrasco

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Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.