La revocatoria de mandato: un ejercicio plebiscitario en México

17 de Diciembre de 2021
La revocatoria de mandato: un ejercicio plebiscitario en México
Tomado de twitter: lopezobrador_

En 2022, en México se celebrará un ejercicio plebiscitario para decidir la continuidad o no del actual gobierno federal ¿En qué consiste este ejercicio y cuáles son los problemas que enfrenta?

En 2019 el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) impulsó, junto a su partido, una reforma constitucional para incluir la revocación de mandato de la presidencia de la república y las gubernaturas locales.

Si bien, algunos países de América Latina han incorporado dicho mecanismo para ciertas autoridades subnacionales, como en Argentina, Colombia y Perú, en la gran mayoría de la región no existe esta posibilidad. Es más, la promoción de consultas populares para destituir a las presidencias es algo inusitado. Hasta ahora, los únicos países, aparte de México, que contemplan la revocación de mandato presidencial mediante referéndum son Venezuela, Bolivia y Ecuador.

De cumplirse con los requisitos legales, para 2022 México se convertirá en el tercer país de América Latina, seguido de Venezuela (2004) y Bolivia (2008), en consultar a la ciudadanía sobre la remoción anticipada del titular del poder ejecutivo nacional en lo que va del siglo XXI. Veamos los aspectos más importantes de su diseño institucional.

¿Qué es? De acuerdo con la legislación mexicana, la revocación de mandato es un instrumento de participación que puede ser solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada de un representante popular, cuando éste ha perdido la confianza de la población.

¿Quiénes pueden solicitarla? Para activar la consulta, la ciudadanía debe reunir 2 millones 758 mil 077 de firmas (equivalentes al 3% de la lista nominal de electores) distribuidas en al menos 17 estados que componen la federación.

¿Cuándo? Puede ser promovida una sola vez y a mitad del mandato presidencial. Si consideramos que en México un presidente dura en el cargo 6 años, la revocatoria puede ser impulsada exclusivamente cada tres años.

La consulta deberá celebrarse el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la publicación de la convocatoria, pero la fecha no debe coincidir con algún otro proceso electoral, ya sea federal o local. De juntarse las firmas suficientes, se estima que el primer ejercicio de esta naturaleza se realizará en marzo 2022.

¿Quién la organiza? El Instituto Nacional Electoral (INE) es la autoridad responsable de la organización, desarrollo y computo de la votación. Está encargado de facilitar los medios para recabar las firmas, de recibir la solicitud, verificar la autenticidad de los apoyos ciudadanos y emitir la convocatoria.

¿Qué restricciones existen? El INE es el único facultado para difundir información sobre la revocatoria en los medios de comunicación. En aras de fomentar una discusión informada entre la población, la promoción que realice debe ser objetiva, imparcial y con fines divulgativos.

Los partidos políticos también pueden promover la participación ciudadana. Pero está prohibido que ocupen su financiamiento público o privado para intentar influir en las preferencias de la ciudadanía. Nadie puede utilizar los recursos públicos para recolectar firmas, ni contratar tiempos en radio y televisión con fines propagandísticos. Además, durante el proceso de revocación –desde la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada– debe suspenderse la difusión de la propaganda gubernamental, de cualquier orden de gobierno, en los medios de comunicación.

¿Cuándo es vinculante? Los resultados de la revocatoria son vinculantes cuando participa al menos 40% de la lista nominal electoral (alrededor de 37 millones de personas) y la mayoría absoluta (o sea, la mitad más uno) vota por la salida anticipada del presidente. Pero si no se alcanza ese umbral, los resultados no son obligatorios y el mandato presidencial concluye con normalidad. En todo caso, toca a la Sala Superior del Tribunal Electoral –máxima autoridad jurisdiccional en la materia– resolver las impugnaciones que se presenten y emitir la declaratoria de la revocación.

¿Qué pasa si la revocatoria es aprobada? Asume el cargo provisionalmente el presidente del Congreso de la Unión. Pero dentro de los 30 días siguientes, los legisladores deben nombrar a la persona que concluya el periodo constitucional, en este caso, hasta el 30 de septiembre de 2024.

***

Los riesgos. A pesar de que, en principio, la revocación es un mecanismo participativo “desde abajo”, impulsado por la ciudadanía, en México corre el riesgo de convertirse en un ejercicio plebiscitario en manos del gobierno, debido a la instrumentalización política que el presidente y su partido están haciendo de este mecanismo.

La celebración de la consulta es una cuestión querida e impulsada por el presidente en turno. Someter a revocación su propio cargo, fue una de sus principales promesas de campaña. Y gracias a las presiones que ejerció sobre su bancada parlamentaria, el Congreso emitió la ley regulatoria para llevarla a cabo. Por paradójico que parezca, el partido oficialista, Morena, es el principal, por no decir el único, interesado en recabar las firmas necesarias para su promoción.

La paradoja es posible, sin embargo, porque ni para el partido ni para su líder, la revocatoria es una herramienta para empoderar a las disidencias o los insatisfechos con el gobierno. Antes bien, es un instrumento para ratificar –como dicen los morenistas– la permanencia del presidente en el cargo. En otras palabras, para refrendar la popularidad del presidente entre el electorado, desvirtuando con ello una figura ideada originariamente como una salida institucional para superar la crisis política generada por el descontento de la población hacia la gestión de un mal gobierno.

Aun así, la celebración de la consulta en México no es algo que deberíamos dar por sentado. No sólo porque no sabemos si el número firmas requerido será recabado efectivamente, sino por las condiciones contextuales e institucionales que la autoridad electoral debe enfrentar. El INE tiene que operar entre los ataques, acusaciones y descalificaciones del presidente que buscan minar la autonomía e independencia del órgano constitucional llamado a garantizar la integridad del proceso electoral.

A pesar de que López Obrador y su partido son quienes buscan la revocación, el Congreso de la Unión –donde Morena tiene la mayoría– se negó a otorgar al INE los recursos necesarios para financiar la revocatoria. Con el fin de maximizar los dineros, el INE había priorizado la utilización de una aplicación móvil para facilitar la captación de firmas. Sin embargo, el TEPJF revocó dicha decisión, y obligó al INE a permitir la recolección de firmas también en papel en todo el territorio nacional (SUP-RAP-145/2021). En un contexto de acoso institucional, sin recursos económicos suficientes para operar y obstáculos jurídicos que sortear, el INE estará llamado a volver lo imposible una realidad.

Citación académica sugerida: Salmorán Villar, Guadalupe. La revocatoria de mandato: un ejercicio plebiscitario en México. Agenda Estado de Derecho, 2021/12/17. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-revocatoria-de-mandato-un-ejercicio-plebiscitario-en-mexico/

Palabras clave: revocatoria, presidencia, México

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.