La incomprensible e infundada reforma judicial en Argentina

8 de Septiembre de 2020
La incomprensible e infundada reforma judicial en Argentina

Como en el resto de América Latina, la política de Argentina tiende hacia la judicialización. El resultado de este fenómeno es un aumento significativo en el número de conflictos que se libran y dirimen en los tribunales. Es por ello que para cualquier observador de la realidad local debería resultar obvio que el Poder Judicial es un actor político de alta relevancia. Es común que con sus fallos los jueces sellen el destino de políticas públicas o determinen el alcance de derechos fundamentales. Dado que en la Justicia se dirimen cuestiones de suma importancia para la sociedad y la política, desde el retorno de la democracia se han sucedido una serie de intentos más o menos ambiciosos por incidir en quienes son (y cómo piensan) los jueces. Hoy asistimos a un episodio más en esta larga saga de propuestas de reforma judicial.

La organización judicial en Argentina responde al carácter federal del Estado. En la actualidad coexisten tres niveles de ordenamiento judicial: federal, provincial y nacional. La justicia federal tiene competencia en todo el país y se organiza por jurisdicciones. Las 15 jurisdicciones ubicadas en las provincias se componen de: una cámara de apelaciones, organizadas por salas, y juzgados de primera instancia que en su gran mayoría son multi-fueros. En la Ciudad de Buenos Aires, y debido a la gran cantidad de causas, la justicia federal se organiza en 4 fueros: (1) Civil y Comercial, (2) Contencioso Administrativo, (3) Penal Económico y (4) Criminal y Correccional. La reforma judicial que se está debatiendo en el país corresponde a modificaciones en la organización y competencia de la justicia federal, principalmente en el fuero penal.

No es llamativo que el eje principal de la reforma se centre en la justicia penal federal ya que la mayor cantidad de delitos con relevancia política se investigan en dicho fuero. En particular, los resonados casos de corrupción, incluyendo la causa de “los cuadernos” en la que se acusa a la actual Vicepresidenta y ex funcionarios de su anterior gestión (2007-2015) o denuncias varias contra la administración de Mauricio Macri (2015-2019), son algunos de los casos que desfilan por la justicia Criminal y Correccional federal ubicada en la Ciudad de Buenos Aires (denominada Comodoro P y por la dirección del edificio donde se alojan los juzgados). Asimismo, el nexo alegado en determinadas provincias entre el narcotráfico y la clase política dirigente potencia la relevancia de dicho fuero en todo el territorio nacional.

Algunos de los puntos más controvertidos de la reforma giran en torno a la creación de 65 juzgados de primera instancia penales federales ubicados en las provincias, 5 cámaras de apelaciones en las provincias, 2 tribunales penales orales, y la unificación (y expansión) de los fueros Penal Económico y Criminal Correccional federal ubicados en la Ciudad de Buenos Aires. Estos cambios suponen la creación de 95 vacantes para jueces federales, más personal administrativo, fiscales y defensores. Los nuevos 65 juzgados de primera instancia incrementarían aproximadamente un 50% el número total de tribunales federales. La reforma que se está discutiendo tendría entonces un gran impacto en el ordenamiento judicial, ya que reconfiguraría las relaciones entre la política y la justicia en todo el territorio.

Entre las razones esgrimidas por quienes defienden la iniciativa, se resalta la importancia de sumar capacidad para resolver la crisis de rezago procesal que afecta a algunas jurisdicciones. Considerando que desde el 2013 el Poder Judicial de la Nación no publica anuario de estadísticas con información sobre tasas de productividad y desempeño de la justicia federal, es ciertamente difícil evaluar la propuesta a la luz de este argumento. La ausencia de datos oficiales reduce el debate a tecnicismos legales y denuncias mediáticas respecto al manejo político de la reforma. Entre ellas se destacan, por un lado, el planteo oficial que acusa a la justicia federal penal con sede en la Ciudad de Buenos Aires de tener serios déficits de transparencia y demasiado poder para intervenir en la vida democrática del país, en especial debido a la discrecionalidad con la que se manejan los expedientes y a los nexos que unen al personal judicial con los servicios de inteligencia. Es por ello que mediante la expansión del fuero Criminal y Correccional (y su unificación con el Penal Económico) pareciera que se busca diluir el poder de los 12 juzgados existentes. En la vereda de enfrente, la oposición acusa al gobierno de querer intervenir la justicia a través de los nuevos nombramientos.

No obstante, lo cierto es que el Poder Judicial Federal requiere de mejoras y reformas. La dificultad radica en poder generar un debate despolitizado basado en las necesidades reales del sector judicial, y no de políticos con interés en el devenir de causas específicas. Desafortunadamente, los pocos datos disponibles debilitan el argumento sobre el impacto positivo que tendría la reforma en la gestión de la justicia federal. En particular, estadísticas judiciales federales del 2018 abren interrogantes fundados en evidencia respecto a determinados aspectos de la reforma.

El Gráfico 1 revela que el fuero Civil, a diferencia del fuero Penal, tiene tasas de resolución llamativamente bajas para la mayoría de las circunscripciones. El estándar internacional supone que los tribunales deberían poder resolver la misma cantidad de casos que ingresan en el año, es decir una tasa de un punto (o el 100% de los casos). Para el fuero Civil solamente cinco jurisdicciones logran el objetivo, mientras que para el fuero Penal son doce. El dictamen del Senado que avala el proyecto oficial de reforma judicial no propone reformas ni creación de juzgados de primera instancia para el fuero Civil federal sino exclusivamente para el fuero Penal. La duda que generan estos datos es si necesitamos crear 65 juzgados de competencia exclusiva en material penal dado el desempeño de la justicia civil. Mas aún, analizando los datos para el fuero Penal, ¿por qué en la jurisdicción de Córdoba, con la tasa de resolución más alta, se propone crear 7 nuevos juzgados, mientras que en la jurisdicción de Corrientes, con la tasa de resolución más baja, se propone crear solo 3 juzgados penales?

Gráfico 1: Tasa de resolución por circunscripción para el fuero penal y civil (2018)

Nota: Tasa de resolución o descongestión corresponde a: cantidad de causas salidas dividido la cantidad de causas ingresadas. Fuero penal corresponde a los casos contabilizados en las secretarías: penales y de derechos humanos. Fuero civil corresponde a los casos contabilizados en las secretarías: civiles, civil y comercial, y civil, comercial y laboral. Cuando la tasa de resolución supera el valor de 1 es porque los tribunales resuelven más casos de los que ingresan y van reduciendo la cantidad de casos pendientes de años anteriores.

Otro de los indicadores que se suelen analizar para elaborar propuestas de reforma judicial es la tasa de duración promedio de las causas. El Gráfico 2 revela nuevamente una situación alarmante para las causas civiles especialmente para la jurisdicción de San Martín. En la mayoría de las circunscripciones el promedio de duración de causas civiles es de más de 30 años mientras que para las causas penales, la duración promedio para la gran mayoría de las circunscripciones es inferior a los cinco años. Para los casos penales, las jurisdicciones más rezagadas son Corrientes, Resistencia, Salta y Tucumán con promedios de 15 a 25 años aproximadamente. Una mirada cuidadosa sobre la ubicación geográfica de los tribunales de primera instancia federal en el dictamen del Senado revela que, para la jurisdicción de San Martín, con una duración promedio de un año para causas penales, se propone crear 7 juzgados penales, mientras que para la jurisdicción de Tucumán, con una duración promedio de 25 años, se propone crear solo un tribunal penal. El rezago de los juzgados de San Martín no se da en materia penal sino en materia civil, ¿por qué entonces crear juzgados penales y no civiles?

Gráfico 2: Tasa de duración por circunscripción para el fuero penal y civil (2018)

Nota: Tasa de duración corresponde a la cantidad de causas pendientes al inicio más causas ingresadas dividido la cantidad de causas salidas. Fuero penal corresponde a los casos contabilizados en las secretarías penales y de derechos humanos. Fuero civil corresponde a los casos contabilizados en las secretarías: civiles, civil y comercial, y civil, comercial y laboral.

La evidencia analizada no permite entender desde una mirada despolitizada y objetiva cuál fue la lógica de los Senadores al momento de establecer la cantidad total de nuevos juzgados penales ni la distribución geográfica de los mismos. Si el objetivo es tener un Poder Judicial independiente y con capacidad para investigar al poder y resguardar a los ciudadanos, deberíamos tal vez comenzar por reformas menos controversiales, pero con efectos más claros: modernizar y digitalizar la justicia para tener información sobre trazabilidad de casos; fortalecer el área de estadísticas para que pueda generar indicadores de productividad; o resolver la emergencia del sistema de gestión que afecta el accionar de la justicia.

Nota de los autores: Agradecemos la asistencia de Luciana Demeco, Lara Forlino y Florencia Gayraud en la compilación y sistematización de los datos.

Citación académica sugerida: Castagnola, Andrea; González, Ezequiel: La incomprensible e infundada reforma judicial en Argentina, 2020/09/08, https://agendaestadodederecho.com/la-incomprensible-e-infundada-reforma-judicial-en-argentina/

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ACERCA DE LOS AUTORES
Andrea Castagnola

Universidad Torcuato Di Tella.

Ezequiel González

Universidad de Oxford.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.