La verdad y la memoria histórica como pilares de la justicia transicional
9 de Septiembre de 2026
El artículo examina el derecho a la verdad y la memoria histórica como pilares de la justicia transicional, destacando su papel en la reparación, el reconocimiento de las víctimas y la no repetición.
Se ha identificado que los esfuerzos desplegados desde las Naciones Unidas por acabar con la impunidad en los casos de violaciones de los derechos humanos coinciden en destacar la interdependencia y la complementariedad entre el derecho a la verdad, el derecho a la justicia y el derecho a la reparación.
Estas tres garantías, por cierto, son concebidas como independientes y, por ende, su cumplimiento se da por separado; sin embargo, en la práctica se interrelacionan, y deben estar necesariamente presentes en los procesos en los que se trata de superar un pasado con manchas asociadas a estos actos. Tal como lo anticipa el título de este artículo, en esta nueva ocasión queremos referirnos al alcance de la verdad como uno de los pilares de una adecuada política de justicia transicional.
Como es natural, el derecho a la verdad en sede de la justicia transicional ha sido objeto de críticas por, entre otras razones:
De hecho, se comparte la reflexión ofrecida por la Corte Constitucional desde la Sentencia C-588 de 2019 al señalar que la garantía a la verdad ampara la posibilidad de exigir que se conozca lo sucedido, esto es del derecho de las víctimas a saber, y que se promueva la coincidencia entre la verdad que se desprende del proceso (verdad formal) y la verdad material.
A pesar de que la reconstrucción de la verdad puede generar costos emocionales, aumento de riesgos de represalias contra las víctimas, asignación significativa de recursos públicos, entre otras dificultades, tales costos deben ser ponderados frente a los beneficios sociales que produce el esclarecimiento de los hechos. Este proceso contribuye la reducción de la impunidad, la prevención de futuras violaciones de derechos humanos, el fortalecimiento de la confianza institucional, consolidándose como un elemento esencial de una adecuada política de justicia transicional.
El conocimiento que proporciona la verdad tiene que ser, desde luego, complementado con el reconocimiento a las víctimas. Por cierto, la verdad no se reduce de manera exclusiva al círculo más íntimo de las víctimas, sino que tiene que ser reconocida oficialmente y de forma pública, aceptando igualmente su validez a la sociedad.
Por ello se afirma que el reconocimiento devuelve a las víctimas y a la sociedad, como manifestación de una justicia distributiva, proporcionando la memoria colectiva, la solidaridad, la superación, la conciencia social, la disculpa pública, la aceptación de responsabilidades, entre otras dimensiones. En efecto, la verdad pasa a desempeñar una modalidad de terapia social, convirtiéndose en un ingrediente esencial del derecho a la reparación.
El derecho a la verdad conlleva un deber de memoria por parte del Estado. De ahí dicha garantía de la justicia transicional posee una naturaleza bidimensional. Por un lado, las víctimas tienen el derecho a la verdad y a la memoria.
Por el otro, también la sociedad, tiene ese derecho de estar enterada y por tanto dependerá de la construcción de la memoria histórica. Debe advertirse, desde luego, que el deber de memoria por parte del Estado no siempre significa que el Estado sea el único legitimado para participar en el proceso de mantenimiento, recuperación o reconstrucción de dicha memoria histórica.
Por el contrario, la sociedad igualmente cumple un rol fundamental en su construcción, en la medida en que contribuye a recuperar, preservar y transmitir las experiencias colectivas vinculadas con las violaciones de derechos humanos. De ahí la importancia de la promoción y fortalecimiento de la construcción de la memoria histórica.
Oportuno es comentar que la memoria histórica en atención del cumplimiento del derecho a la verdad, en muchas ocasiones, puede ser incómoda, hasta calificarse de insoportable. Además, se ha reconocido que es peligrosa u ofensiva, pues nos relatan personajes criminales hasta los detalles más vergonzosos del pasado.
Por ello, a veces, no siempre, la memoria histórica es inconveniente, pero necesaria para lograr cumplir el postulado de consecución de la verdad en sede de la justicia transicional. La memoria histórica no debe ser comprendida, entonces, como un fin en sí misma, sino como un medio para alcanzar un propósito. Su aplicación debe ser adecuada, prudente, respetuosa.
La memoria histórica se dimensiona como un reconocimiento del pasado, fruto de la elaboración social en la historia colectiva. En ese sentido, según Cepeda Castro y Girón Ortiz (2004), desde su reconocido texto Justicia y crímenes contra la criminalidad: “La memoria se convierte en un elemento relevante en la arena política ya que acaba constituyendo un espacio de resistencia a la represión (en sentido político y psíquico) del pasado” (p. 91).
De ahí que la memoria histórica y el derecho a la verdad, serán interpretados como una de las facetas del proceso de democratización de la sociedad, así como también una oportunidad para que las fuerzas sociales que han sido excluidas, perseguidas y estigmatizadas puedan participar en la vida pública (o en la vida política, en términos de algunos politólogos).
Debe advertirse que la construcción de la memoria histórica en atención del cumplimiento del derecho a la verdad ha tenido dificultades de eficacia y de eficiencia, a tal punto que los defensores de derechos humanos, entre ellos Cepeda Castro y Girón Ortiz (2004), y las víctimas claman y reclaman por cumplir sin restricciones u obstáculos la iniciativa de construcción de dicha memoria.
En todo caso, debemos conocer y reconocer la labor que ha efectuado el Área de Memoria Histórica de la Comisión Nacional de Reparación y Reconciliación (cnrr), puesto que se están produciendo interesantes procesos de recuperación y dignificación de las memorias del sufrimiento, como ocurrió, por ejemplo, el caso de Bojayá (Chocó), cuya reconstrucción fue documentada en año 2010, y este proceso tiene que orientarse, por supuesto, a la reconstrucción de la verdad acerca del conflicto colombiano, o en sentido general, de las violaciones de derechos humanos, que se han producido y que desgraciadamente se siguen presentando.
Insistimos, entonces, en que las iniciativas de verdad y memoria histórica deben ser pensadas como herramientas para la garantía del derecho a la verdad de las víctimas y de la sociedad. En efecto, en sede de los procesos de justicia transicional, tales mecanismos no solo permiten reconstruir y esclarecer los hechos ocurridos durante los periodos de violencia y violaciones de derecho humanos, sino que también contribuyen a identificar sus causas, motivos, contextos, patrones de actuación y responsables, favoreciendo a la par una comprensión integral de las transgresiones de derechos humanos.
Además, el esclarecimiento de los hechos, por cierto, contribuye a reducir los costos derivados de la impunidad y probabilidad de repetición de las violaciones de derechos humanos, al tiempo que fortalece la confianza en las instituciones y mayores niveles de bienestar colectivo.
Citación académica sugerida: Forero Hernández, Carlos F., El alcance de la verdad y de la memoria histórica como pilares de una adecuada política de justicia transicional, . Agenda Estado de Derecho. 2026/09/09. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-verdad-y-la-memoria-historica-como-pilares/
Palabras clave sugeridas: Derecho a la verdad; justicia transicional; memoria histórica; reparación integral; víctimas.
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Es abogado y contador público colombiano, magíster en Derecho Administrativo y doctor en Derecho Público por la Universidad Santo Tomás. Se desempeña como profesor asociado de la Universidad de Ibagué y ha sido reconocido como Investigador Junior por Minciencias. Su trayectoria académica e investigativa se concentra principalmente en el derecho administrativo y el derecho público, ámbitos en los que ha publicado libros y artículos especializados, entre ellos El acto administrativo e Introducción al estudio de los principios del derecho administrativo. Ha desarrollado además experiencia en gestión editorial como director y editor de la revista Dos mil tres mil y es miembro correspondiente de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, Capítulo Ibagué.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.