Homofobia de Estado en Venezuela: Un paso hacia adelante, treinta y tres para atrás

8 de Septiembre de 2023
Homofobia de Estado en Venezuela: Un paso hacia adelante, treinta y tres para atrás
Crédito foto: Crónica uno

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela declaró inconstitucional la norma que criminalizaba las relaciones con personas del mismo sexo ¿Qué retos siguen vigentes?

Hasta apenas marzo de 2023, la República Bolivariana de Venezuela criminalizaba a les, las y los miembros de las Fuerzas Armadas (FFAA) que mantuviesen relaciones sexuales consensuadas con personas de su mismo sexo. Esto se encontraba tipificado como un delito contra el decoro militar según el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, que establecía una pena de una a tres años en prisión y separación del cargo.

Así, el 16 de marzo de 2023, en ponencia conjunta de los Magistrados de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a través de la Sentencia 0128, se concluyó que:

se observa que el [artículo] utiliza una expresión “actos sexuales contra natura”, propia de la época y de la concepción social y jurídica en que fue redactado (1933), la cual no se corresponde con la legislación de los últimos lustros.”

Declarándose así, finalmente, la inconstitucionalidad dicho artículo.

Sin embargo, es importante señalar que a pesar de que había ya un recurso de nulidad, planteado el 7 de diciembre de 2016 por la organización Venezuela Igualitaria, y que este fue admitido el 26 de noviembre de 2021, esta sentencia no versa sobre ese caso, sino que la Sala Constitucional del TSJ se pronunció sobre otro recurso de nulidad, interpuesto el 15 de marzo de 2023, por el Defensor del Pueblo, Alfredo Ruíz Angulo.

No deja de llamar la atención que, en vez de pronunciarse en el marco del recurso interpuesto hace siete años por una organización de la sociedad civil –y que había sido admitido hacía tres años– se utilizara un recurso interpuesto por otro poder del Estado, y que los magistrados de la Sala Constitucional, en tan sólo un día hábil (del 15 de marzo al 16 de marzo) pudieran redactar una sentencia sobre el tema en cuestión. Esto “anula la participación ciudadana” como sostiene Venezuela Igualitaria.

De aquí, se pueden analizar dos cosas, la primera, es que el poder judicial tiene un sistemático patrón de retardo procesal, que ha sido documentado por la Misión Internacional Independiente de la ONU de Determinación de los Hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, y cuya finalidad es la de perpetuar la impunidad y retrasar la justicia, pero a la vez, cuando se trata de otros poderes del Estado, el poder judicial pasa entonces a otorgar una justicia exprés, llegando incluso a resolver recursos en 24 horas, otro patrón que ha sido documentado por organizaciones como Acceso a la Justicia.

La segunda conclusión, es la importancia de las organizaciones internacionales, para el impulso de cambios en contextos no democráticos. En enero de 2023, el Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Türk, tuvo su misión oficial a Venezuela, y en sus declaraciones finales, sostuvo: “Me ha complacido escuchar que las autoridades se han comprometido a derogar el artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar”.

Entendiendo esta exigencia, no sorprende la decisión del 16 de marzo, teniendo en cuenta que la semana siguiente, en el 52º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, el Alto Comisionado brindaría su actualización sobre el país. El querer mantener buenas relaciones con la OACNUDH fue un incentivo para finalmente derogar dicho artículo.

¿Qué debe ocurrir después de esta Sentencia?

De cara al futuro, es crucial que el gobierno venezolano y las autoridades militares garanticen la implementación efectiva de la decisión de la Sala Constitucional. Esto incluye promover la comprensión de los derechos humanos y de los derechos de la comunidad LGBTIQ+ entre el personal militar y establecer mecanismos para abordar cualquier caso de discriminación o acoso.

La decisión también establece que “se fijan efectos retroactivos de la presente declaratoria, en tanto la misma implica una decisión abolitiva y, por ende, más favorable para el reo; así como también efectos hacia el futuro de la presente decisión”, por ende, aquellas personas que se encuentren en prisión o estén siendo juzgadas por este artículo, deben ser sobreseídas. Y todas aquellas personas que hayan sido condenadas en años anteriores podrán solicitar la anulación de sus sentencias.

Esto es importante, pues el apartado continuaba utilizándose, incluso en años tan recientes como 2014, cuando un soldado del Ejército fue no sólo separado del servicio activo, sino condenado a un año, diez meses y quince días de prisión, por sostener relaciones sexuales con otro hombre. El Juez, en este caso, además utilizó un lenguaje homofóbico y discriminante, llamando a las personas LGTBIQ+ “pervertidos sexuales”. El link a esta sentencia, que servía en marzo de 2022, se encuentra inactiva al momento que se redacta esta nota, quizás producto de la anulación de dicho artículo.

Para estas personas que fueron sometidas al escarnio público y a la homofobia institucionalizada, es vital también que ocurran reparaciones integrales, como la restitución al servicio militar y disculpas públicas del Estado. También es importante que los y las juezas de las Cortes Marciales reciban educación en materia de derechos humanos, para evitar utilizar un lenguaje inadecuado y revictimizante.

El caso de los 33 hombres arbitrariamente detenidos en el Estado Carabobo

Tan solo cuatro meses después de la Sentencia 0128 del TSJ, que el Alto Comisionado llamó un “avance significativo para la aceptación y seguridad de las personas LGBTIQ+ en Venezuela”, el 23 de julio de 2023, treinta y tres hombres adultos de la comunidad LGBTQ+ fueron arbitrariamente detenidos en el Club Avalon, un bar y sauna gay localizado en la ciudad de Valencia, Estado Carabobo por parte de efectivos de la Policía Nacional Bolivariana, en medio de un allanamiento que recordó a los que ocurrían en la década de los setenta y ochenta, no sólo en Venezuela, sino en el resto de las Américas e incluso Europa.

El allanamiento al local y las detenciones ocurrieron sin orden judicial, y las personas fueron llevadas con engaños a la comandancia policial. Según el testimonio de Iván Valera Benítez, uno de los detenidos, fue hurtado su dinero en efectivo y fueron sometidos a tratos crueles, inhumanos y degradantes. Los detenidos también fueron expuestos al escarnio público, haciéndose viral por redes sociales las fotos de sus rostros al descubierto y nombres, y se difundió la noticia falsa de que estaban en una orgía, que eran personas con VIH y que se encontraban filmando pornografía. Algunas de las personas detenidas no habían revelado su orientación sexoafectiva a sus familiares, y quedaron expuestos cuando la noticia salió en medios de comunicación.

La Audiencia de Presentación se llevó a cabo tres días después de la detención, yendo en contra de la Constitución de Venezuela, que establece un máximo de 48 horas, y fueron imputados con los delitos de ultraje al pudor, agavillamiento y contaminación sónica. Las detenciones generaron una fuerte resistencia por parte de activistas y miembros de la comunidad LGTBIQ+ y otras organizaciones de la sociedad civil nacional e internacional.

El 14 de agosto se sobreseyó a 30 de las personas involucradas, pero el dueño del local y dos trabajadores continúan en el proceso judicial con medidas de presentación cada treinta días, al momento que se redacta esta nota.

Este caso, que centró la atención internacional por la rampante homofobia estatal, discriminación, tratos crueles y escarnio al que fueron sometidas las personas arbitrariamente detenidas, demuestra que cambios jurídicos como la anulación del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, realmente no tienen como objetivo el respeto a los derechos humanos ni la validación de la sexo diversidad en el país, sino el mantener buenas relaciones con organismos internacionales. Por ello, es importante que la OACNUDH mantenga la presión sobre el Estado venezolano, y le exija ser cónsono con las decisiones judiciales que toma.

La homofobia institucional y social en Venezuela se encuentra no sólo en esta falta de protección legal, sino también en los prejuicios, la violencia y la discriminación de las que son víctimas los miembros de la comunidad, y que continúa obstaculizando el progreso hacia una sociedad más inclusiva y tolerante. Esta estigmatización tiene consecuencias de gran alcance, incluido el acceso limitado a la atención sanitaria, la educación y las oportunidades de empleo.

De igual forma, el abuso físico y verbal, acoso e incluso asesinato por motivos de sexo diversidad, perpetrados no sólo por agentes del Estado sino también por privados, suelen quedar impunes. El Observatorio de Violencia LGBTIQ+ de Venezuela documentó 60 casos de agresiones sólo entre enero y abril de 2023. El hecho de no abordar y condenar esos actos perpetúa aún más el ciclo de discriminación y marginación de esta comunidad que se mantiene en resiliencia, exigiendo sus derechos.

Citación académica sugerida: Capriles, Victoria. Homofobia de Estado en Venezuela: Un paso hacia adelante, treinta y tres para atrás". Agenda Estado de Derecho. 2023/09/08. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/homofobia-de-estado-en-venezuela/

Palabras clave: Algoritmos, Covid-19, derechos humanos, inteligencia artificial.

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ACERCA DE LA AUTORA
Victoria Capriles Moreno

Consultora en migración, género y trata de personas, con experiencia en litigio estratégico e incidencia en instancias internacionales del sistema interamericano y universal de derechos humanos. Cuenta con varias publicaciones en revistas arbitradas y artículos de opinión, así como capítulos de libros. Abogada de la Universidad Metropolitana (Unimet), Magíster en Sociología Jurídica del Instituto Internacional de Sociología Jurídica de Oñati, Magíster en Estudios Políticos y de Gobierno de la Unimet y con estudios avanzados en Derecho Internacional de los Refugiados del Seminario Universitario de Estudios sobre Desplazamiento Interno Migración Exilio y Repatriación (SUDIMER). Actualmente cursa el Doctorado en Ciencia Política en la Universidad Simón Bolívar.

Victoria Capriles Moreno
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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

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María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.