Cuando el Estado llega tarde: tres femicidios y una misma pregunta

21 de Julio de 2026
Créditos foto: Generada con la IA

A 11 años de Ni Una Menos, los femicidios ocurridos en Argentina reabren una pregunta: ¿qué ocurre cuando las alertas y denuncias no encuentran una respuesta estatal a tiempo?

Entre finales de mayo y los primeros días de junio de 2026, tres femicidios conmocionaron a la Argentina. Ocurrieron a cientos de kilómetros de distancia entre sí, en contextos distintos y con protagonistas que nunca llegaron a conocerse. Sin embargo, los femicidios de Agostina Vega, en Córdoba; Dulce Candia, en Misiones; y Noelia Romero, en la provincia de Buenos Aires, comparten algo más que su desenlace fatal: los tres pusieron bajo la lupa el accionar de las instituciones encargadas de prevenir, investigar y sancionar la violencia contra las mujeres, adolescentes y niñas.

La secuencia temporal resulta difícil de ignorar. Mientras familiares reclamaban respuestas, fiscales defendían procedimientos, y organizaciones feministas exigían investigaciones con perspectiva de género, Argentina se preparaba para conmemorar el aniversario número once del Ni Una Menos, movimiento surgido en 2015 tras el femicidio de Chiara Páez y convertido desde entonces en una de las expresiones más masivas de movilización social contra la violencia machista en América Latina. Y, aunque los nombres cambian, muchas de las preguntas siguen siendo las mismas.

Tres casos, un mismo interrogante

El 28 de mayo, en Misiones, fue hallado el cuerpo de Dulce María Beatriz Candia, una adolescente de 17 años que llevaba más de diez días desaparecida en la localidad de Eldorado. La autopsia determinó que había sido asesinada por asfixia. La investigación derivó en la detención e imputación por femicidio de Mario Alberto Y., un remisero de 46 años que continúa privado de su libertad mientras avanza la causa. Los investigadores sostienen que distintas pruebas tecnológicas y periciales lo ubican en las inmediaciones del lugar donde fue encontrado el cuerpo.

El 30 de mayo, Córdoba quedó conmocionada por el hallazgo de los restos de Agostina Vega, de 14 años. La adolescente había desaparecido una semana antes, y había sido vista por última vez ingresando a la vivienda de Claudio Gabriel Barrelier, de 33 años, una persona conocida por su entorno familiar. Las cámaras de seguridad registraron su ingreso al domicilio, pero nunca su salida. Barrelier fue detenido durante los primeros días de la búsqueda y continúa siendo el único imputado por el femicidio. La investigación sigue abierta y la justicia analiza si existió participación de otras personas en el hecho.

Lo que la investigación también reveló rápidamente es que Barrelier tenía antecedentes por violencia de género: denuncias previas que habían pasado por el sistema judicial sin derivar en medidas de protección efectivas. El dato es crucial, no porque establezca culpabilidad de manera automática, sino porque revela que el Estado había tenido señales previas, había tenido oportunidades de intervención y no las había aprovechado.

El 31 de mayo, en Temperley, provincia de Buenos Aires, fue asesinada Noelia Carolina Romero, de 30 años. Según la investigación judicial, la mujer había logrado comunicarse con el servicio de emergencias para denunciar que se encontraba retenida contra su voluntad por su pareja. El principal acusado es Tomás Adrián Núñez, quien fue detenido el mismo día y permanece bajo custodia judicial mientras avanza la causa.

Según la investigación a cargo del fiscal Jorge Grieco, Núñez tenía dos denuncias previas: una por violencia de género presentada por una expareja y otra por hurto presentada por la propia Romero dos meses antes de su muerte, cuando el acusado le había transferido dinero de su cuenta de forma no autorizada.

Las circunstancias concretas de cada caso son diferentes, pero observados en conjunto permiten identificar un patrón. La demora estatal aparece en momentos distintos del ciclo institucional: en la recepción de la denuncia, en la activación de protocolos de búsqueda, en la carátula temprana con perspectiva de género o en la respuesta de emergencia ante un llamado de auxilio. En los tres casos, esa demora tuvo consecuencias irreversibles.

En Misiones, la familia de Dulce Candia sostuvo que intentó denunciar la desaparición de la adolescente varios días antes de que la presentación fuera formalmente registrada por la Policía. Según relató su madre, fue derivada de una dependencia a otra y no pudo completar el trámite de inmediato debido a problemas de salud y a la falta de recursos económicos para trasladarse.

En Córdoba, las críticas se concentraron en las primeras etapas de la búsqueda de Agostina Vega. Familiares y referentes políticos cuestionaron que no se activara la Alerta Sofía (un sistema nacional de emergencia destinado a difundir de manera masiva la búsqueda de niñas, niños y adolescentes desaparecidos en situación de riesgo) y reclamaron una respuesta más rápida por parte de las autoridades.

En el caso de Noelia Romero, la discusión se desplazó hacia la capacidad de respuesta institucional frente a un pedido de auxilio realizado pocas horas antes del crimen. El caso abrió interrogantes sobre los tiempos de respuesta, la articulación entre los distintos organismos de seguridad y la eficacia de los mecanismos disponibles para proteger a mujeres que se encuentran en una situación de riesgo inminente.

El peso de las palabras: homicidio, femicidio y feminicidio

La distinción entre estos tres términos no es semántica. Es jurídica, política y, en muchos casos, determinante para el rumbo de una investigación y para las posibilidades de acceso a la justicia de las víctimas y sus familias.

Un homicidio es, en términos penales, la muerte causada por otra persona. El femicidio, incorporado al Código Penal argentino mediante la Ley 26.791 en 2012, reconoce una circunstancia específica: la muerte de una mujer mediando violencia de género. La figura jurídica fue creada para visibilizar que determinadas violencias responden a relaciones históricas de desigualdad y que, por tanto, requieren herramientas particulares de investigación, prevención y sanción.

El concepto de feminicidio, utilizado principalmente en el ámbito académico y por organismos internacionales, incorpora además la dimensión de la responsabilidad estatal: incluye los casos en que acciones u omisiones del Estado contribuyen a contextos de impunidad o desprotección. La distinción es relevante porque permite visibilizar no solo al agresor directo, sino también las fallas sistémicas que hacen posible ese crimen.

La diferencia práctica entre caratular un caso como homicidio o como femicidio tiene consecuencias concretas sobre el proceso judicial. Cuando una causa se investiga desde el inicio bajo la hipótesis de un posible femicidio o de violencia de género, las autoridades deben preservar pruebas con criterios específicos, reconstruir antecedentes de violencia previos, considerar el perfil de riesgo de la víctima y aplicar protocolos diseñados para este tipo de crímenes.

Herramientas como la Alerta Sofía, el protocolo de investigación de femicidios o las restricciones de acercamiento existentes en el marco de la Ley 26.485 solo pueden activarse o articularse eficazmente si hay una lectura temprana del caso desde la perspectiva de género. Si esa lectura llega tarde, o no llega, esas etapas se pierden y, con ellas, muchas veces, la posibilidad de reunir pruebas clave, orientar adecuadamente una búsqueda o incluso activar mecanismos de protección que podrían haber prevenido el desenlace.

El caso de Agostina Vega ilustra esta tensión con particular crudeza. Tras el hallazgo del cuerpo, el fiscal Raúl Garzón convocó a una conferencia de prensa en la que sostuvo que la Justicia había actuado correctamente y dedicó parte de sus declaraciones a reconocer la labor de los equipos caninos que participaron de la búsqueda.

Fue en ese contexto que la concejala cordobesa Laura Vilches lo interpeló públicamente: “Estamos hablando del femicidio de una nena de 14 años y usted felicita a los canes. Ahórrese el cinismo”. Más allá del intercambio, la escena condensó una discusión más amplia: qué aspectos priorizan las instituciones cuando explican su actuación y cuánto lugar ocupa la perspectiva de género en la evaluación de sus propias decisiones. Cabe resaltar que el fiscal no utilizó la palabra femicidio en ningún momento.

Los femicidios de Agostina Vega, Dulce Candia y Noelia Romero ocurrieron en provincias distintas y bajo circunstancias diferentes. Sin embargo, todos exponen una misma tensión: qué sucede cuando las instituciones encargadas de prevenir, buscar, proteger o investigar actúan tarde o sin perspectiva de género. Esa discusión no termina en los expedientes judiciales. También atraviesa la forma en que el Estado registra, interpreta y responde a la violencia contra las mujeres.

(Continuará en la segunda parte: “Nombrar, medir y prevenir: la disputa política detrás de los femicidios en Argentina”).

Citación académica sugerida: Rubio Argüello, María Luz. Cuando el Estado llega tarde: Tres femicidios y una misma pregunta.. Agenda Estado de Derecho. 2026/07/21. Disponible en:  https://agendaestadodederecho.com/cuando-el-estado-llega-tarde-tres-femicidios/

Palabras clave sugeridas: Argentina, violencia de género, femicidio.

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ACERCA DE LA AUTORA
María Luz Rubio Argüello

Comunicadora y periodista argentina con más de 10 años de experiencia en comunicación estratégica, periodismo de investigación y derechos humanos, con un enfoque actual en género y tecnología.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.