¿Qué lecciones deja la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Argentina sobre el caso Denegri vs Google para los países de América Latina?
Las discusiones sobre la forma de abordar el conflicto entre la libertad de expresión y el derecho a la privacidad no son nuevas. Sin embargo, la comprensible tensión en la interpretación de ambos derechos se ha renovado en América Latina, a propósito de la posible incorporación del llamado derecho al olvido al menú de soluciones jurídicas para resolver este conflicto de derechos en el espacio digital.
Como ha sido concebido en el marco de la Unión Europea, el derecho al olvido exige a los motores de búsqueda de internet desindexar información relativa a una persona, como forma de reparar una supuesta violación a los derechos de privacidad y protección de datos. Esta operación vuelve en extremo dificultosa la localización y el acceso a los contenidos subidos a la red internet, luego de ser desindexados de las principales plataformas que operan facilitando el acceso a la información que circula en la red global.
La decisión recaída en el caso Denegri vs Google, sustanciado en la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, ha sido la más reciente arena para esta batalla jurídica. De un lado, están quienes afirman que el derecho al olvido es una solución desproporcionada –con impactos en las libertades de expresión, prensa e información–; y en la vereda de enfrente, quienes lo visualizan como un mecanismo necesario para la protección del derecho a la privacidad y al honor de las personas frente al poder de las grandes plataformas de Internet.
La sentencia de la Corte argentina afirma que “desindexar ciertas direcciones respecto de un resultado implicaría una limitación que interrumpiría el proceso comunicacional (…) o, al menos, dada la preponderancia que revisten los motores de búsqueda, se lo dificultaría sobremanera”, lo que implicaría una “grave restricción a la circulación de información de interés público”.
De este modo, la sentencia pronunciada por unanimidad a mitad del presente año 2022 parece inclinar la balanza hacia quienes sostienen que la solución europea -que permite a cualquier ciudadano solicitar a los buscadores la desindexación de información personal- genera un margen de discrecionalidad demasiado amplio y no delimitado para que personas públicas, o vinculadas a asuntos de interés público, puedan invisibilizar o editar la circulación de información relevante para el debate público.
En este caso, los contenidos impugnados se vinculan con una serie de episodios de amplia cobertura mediática, e involucraron a personas del ámbito del deporte y de la escena pública argentina. Al respecto, la Corte recordó que en la actualidad la peticionante continúa siendo “una persona pública, empresaria de medios, conductora de programas de televisión y ganadora de numerosos premios internacionales por su labor profesional”.
Y añadió: “si se permitiera restringir recuerdos del acervo público sin más, se abriría un peligroso resquicio, hábil para deformar el debate que la libertad de expresión pretende tutelar”. “En el contexto de una sociedad democrática, la información verdadera referida a una persona pública y a un suceso de relevante interés público —reflejado, principalmente, en las graves consecuencias que se derivaron de los hechos que lo componen—, exige su permanencia y libre acceso por parte de los individuos que la integran, pues ella forma parte de una época determinada cuyo conocimiento no cabe retacear a quienes conforman —y conformarán— dicha sociedad sin motivos suficientes que tornen aconsejable una solución con un alcance distinto”, añade el razonamiento de la mayoría de la Corte.
Sin duda se trata de un precedente relevante no sólo para Argentina, sino para la región. Es un caso emblemático por sus actores, las implicancias institucionales y el impacto mediático que tuvo en un momento de la historia reciente de ese país. La decisión de la Corte estuvo precedida además de un amplio debate público y de la participación de múltiples partes interesadas en el caso, que enviaron sus aportes a través de la figura del “amigos del tribunal”.
Por otra parte, la Corte de Justicia de la Nación Argentina tiene una trayectoria sólida en lo que refiere a la protección de la libertad de expresión frente a los desafíos del espacio digital; como antecedente puede citarse la decisión recaída en el caso Rodriguez Belén vs Google, que sentó los elementos centrales en materia de responsabilidad de intermediarios de internet. En este sentido, las decisiones de este alto tribunal, que encierran buenas prácticas respecto a la protección de la libertad de expresión, tienen la capacidad de influenciar la jurisprudencia regional.
No obstante, sería exagerado afirmar que la decisión viene a poner punto final al debate sobre el instituto del derecho al olvido en la región. El concepto de la privacidad y la forma en que ésta debe ser protegida en algunos campos específicos, como en las plataformas digitales, es variada y aún dependiente de las soluciones en pugna en la cultura jurídica de la mayor parte de los países de la región.
La privacidad, y más específicamente, la protección de datos personales afincado en instrumentos como el Reglamento Europeo de Protección de Datos han tenido un amplio reconocimiento dentro de la normativa de América Latina y forman parte de los derechos individuales protegidos por los principales instrumentos internacionales de derechos humanos.
Es ampliamente conocido que este instituto se aplicó por primera vez a través de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso Costeja v. Google España de mayo de 2014 y que posteriormente inspiró su inclusión dentro del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejos de 27 de abril de 2016 (RGDP) .
En este contexto, los intentos de legislar o introducir normas que avalen este “derecho” persisten en países como Argentina, Colombia, Chile o Uruguay. Del mismo modo, encontramos fallos contradictorios que acogieron una suerte de derecho al olvido en algunos casos y los rechazaron en otros, con distintas formas de vincularlos con asuntos de interés público.
Por otra parte, desde la perspectiva de la comunidad latinoamericana vinculada al Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH), no es posible afirmar que existe un “derecho al olvido” con un contenido propio y autónomo, como sí ocurre con la libertad de expresión y de prensa. Los buscadores de información –como en este caso Google–, son uno de los principales avances del ecosistema digital y forman parte de los llamados “intermediarios de internet”, y de las herramientas más relevantes para buscar, recibir y difundir información en la era digital.
Como postula Carlos Cortés, en su estudio sobre el derecho al olvido, “en América Latina, un esquema de control de contenidos –ya sea para imponerlos o suprimirlos ex ante– podría reñir con el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH), que prohíbe la censura previa y el control posterior en términos razonables.. Incluso la historia de graves violaciones a los derechos humanos e impunidad que ha vivido el continente, y debido a lo cual se ha acuñado el derecho a la verdad, suscita una problemática adicional a la hora de consagrar un “derecho al olvido”, tal como se ha reconocido en la Unión Europea.
Por otra parte, la CIDH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) han afirmado reiteradamente que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio por parte de la sociedad (Por ejemplo, en el caso Kimel vs. Argentina, la Corte IDH se refirió al escrutinio y crítica que deben tolerar esta clase de personas, quienes se han expuesto voluntariamente en la esfera del debate público. Este argumento se repite en casos como Herrera Ulloa vs. Costa Rica, Tristán Donoso vs Panamá, y Ricardo Canese vs Paraguay). Por ello, debe existir una fuerte presunción en contra de solicitudes de desindexación y/o cancelación de información presentadas por funcionarios públicos, personas públicas, o candidatos a ejercer cargos públicos.
En suma, bajo los estándares del marco jurídico interamericano, el derecho al olvido no puede conllevar restricciones a la información divulgada por los medios de comunicación, que en su amplia mayoría refiere a asuntos que involucran a funcionarios públicos, personas públicas o temas de interés público. En cuanto la difusión de noticias por parte de los medios, puedan eventualmente afectar los derechos a la privacidad y la reputación de una persona, los remedios jurídicos han sido definidos como aquellos que menos afectan a esta libertad, como el derecho de respuesta o las acciones civiles cuando media real malicia del autor.
Frente a este panorama, y a la pugna que lleva más de un lustro con relación a si América Latina debe o no incorporar el derecho al olvido con el alcance de la reglamentación europea, los tribunales a nivel nacional están llamados a realizar estas distinciones de manera específica, clara y limitada para proteger los derechos a la privacidad y la dignidad de las personas respetando los derechos a la libertad de expresión y acceso a la información.
El caso Denegri vs Google es un buen ejemplo, que ayuda a distinguir entre información de interés público y datos personales; estableciendo criterios para determinar cuándo esta acción no procede, particularmente cuando involucra a medios de comunicación y puede vulnerar el derecho a la libertad de expresión sobre asuntos de interés público.
Citación académica sugerida: Lanza, Edison: El impacto del caso Denegri vs Google en Argentina. La pugna entre libertad de expresión y derecho al olvido en América Latina. Agenda Estado de Derecho, 2022/11/16. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/caso-denegri-vs-google-en-argentina/
Palabras clave: Argentina; derecho al olvido; libertad de expresión.
Se desempeñó como Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay). Docente y conferencista en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), UNAM (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.