¿Cuáles son las salidas institucionales a la actual crisis política por la que atraviesa el Ecuador?
Ecuador atraviesa un paro nacional que ya supera los 15 días liderado por la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) en contra del gobierno del actual presidente constitucional del Ecuador, Guillermo Lasso Mendoza. Las demandas de la CONAIE incluyen, entre otras, reducir los precios del combustible, establecer controles de precios sobre los productos agrícolas y de primera necesidad, aumentar el presupuesto de educación y la salida de Lasso del poder. En estas líneas explicaré los mecanismos institucionales previstos en la Constitución del Ecuador, en vigor desde el 2008, para resolver con las medidas del derecho, en su caso, el descontento de las mayorías con sus representantes.
Para contextualizar la cuestión, es preciso recordar que Ecuador es un país que desde 1830 ha tenido 20 constituciones, lo que es demostrativo de una baja cultura constitucional y desconfianza hacia las instituciones. Desde el punto de vista político, se trata de un país convulso con antecedentes en golpes de Estado que culminaron los gobiernos de presidentes como Bucaram (1997), Mahuad (2000) o Gutiérrez (2005).
La Constitución ratificada por la ciudadanía en 2008 prevé algunos mecanismos para canalizar, por medio de la institucionalidad y el derecho, el descontento de las mayorías para con sus representantes, entre estos:1) la revocatoria del mandato; y, 2) la destitución o disolución simple, conocida en el argot público como “muerte cruzada”.
La Constitución ecuatoriana es hiper presidencial, otorga al ejecutivo una posición de preeminencia frente al resto de poderes públicos y el diseño institucional tiende a protegerle en mayor medida que a otros funcionarios. Por ejemplo, la revocatoria de mandato fue prevista en la constitución pretérita de 1998, aunque sólo para alcaldes, prefectos y diputados. Actualmente, se prevé para todo mandatario de elección popular, incluyendo al presidente y vicepresidente, conforme el artículo 105 de la Constitución.
Las reglas constitucionales para la revocatoria del mandato son simples: solo se puede convocar a un proceso por período, luego de que el funcionario haya cumplido el primer año de su gestión, para evitar solicitudes antojadizas o prematuras, y antes del último año de función, para evitar este tipo de solicitudes estando próxima la transición del poder político.
La iniciativa de revocatoria de la generalidad de autoridades debe nacer con el apoyo del 10% de los inscritos en el registro electoral, por lo que se requiere el 15% para el caso del presidente y vicepresidente. Para revocar efectivamente el mandato se necesita, para la generalidad de las autoridades, la mayoría absoluta de los votos válidos. En el caso del presidente y vicepresidente se requiere la mayoría absoluta, esto es la mitad más uno, de todos los que hayan sufragado, aunque su voto haya sido anulado.
En el caso del presidente Lasso, el 2 de junio de este año se presentaron tres solicitudes de revocatoria de mandato que deben ser calificadas por el Consejo Nacional Electoral en aspectos formales. Luego, este órgano deberá entregar a los peticionarios los formularios para recolectar las firmas de apoyo, que son 1,96 millones de firmas válidas que deberán ser presentadas en los 180 días siguientes. De ser el caso, el Consejo Nacional Electoral convocaría a los ecuatorianos a las urnas dentro de los próximos tres meses, según establece la ley.
Otra alternativa institucional para la manifestación del descontento político es la destitución o disolución simple, también conocida como “muerte cruzada”. Fue incorporada en la Constitución de 2008 y prevé la posibilidad que el presidente disuelva la Asamblea Nacional por: i) arrogación de funciones, previo dictamen de la Corte Constitucional; ii) obstrucción reiterada e injustificada del Plan Nacional de Desarrollo; o, iii) por grave crisis política y conmoción interna.
Por su parte, la Constitución también prevé que la Asamblea pueda destituir al presidente por arrogación de funciones o por grave crisis política y conmoción interna. Se llama muerte cruzada porque en un plazo máximo de siete días después de la disolución de Asamblea o, en su caso, la destitución del presidente, el Consejo Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos períodos.
Sin embargo, el diablo está en los detalles: conforme con el artículo 130 y 148 de la Constitución, mientras que la Asamblea requiere reunir dos tercios de votos afirmativos para destituir al presidente (92 votos), el ejecutivo puede disolver la Asamblea con un solo decreto. Por otro lado, por ley, la Asamblea debe escuchar al presidente y permitir su defensa por al menos 72 horas. No existe una obligación similar del presidente hacia la Asamblea. En caso de que el presidente Lasso opte por esta decisión por no existir condiciones de gobernabilidad, podría expedir decretos-leyes urgentes en materia económica, con control previo de la Corte Constitucional, hasta que se elija y posesione un nuevo legislativo.
Desde la Asamblea Nacional, la bancada correísta (UNES) presentó con 47 firmas de respaldo legislativo, una solicitud para destituir al presidente alegando la causal de grave crisis y conmoción social que atraviesa el pueblo ecuatoriano. Esta causal, por ser una cuestión fáctica y no jurídica, no requiere dictamen previo de la Corte Constitucional. Esta solicitud se debate actualmente en el Pleno del legislativo y aún no existe decisión, aunque varios partidos políticos han anunciado que no apoyarán la iniciativa, con lo que no se daría paso a la destitución simple del presidente.
Por último, la Asamblea Nacional, como órgano legislativo de una sola cámara, tiene la posibilidad de iniciar con al menos un tercio de sus 137 integrantes una solicitud de juicio político contra el Presidente. Sin embargo, las causales para un procedimiento de esta especie son taxativas y requieren un dictamen previo favorable de la Corte Constitucional. Las causales previstas en el artículo 129 de la constitución para el juicio político del presidente y Vicepresidente refieren a actos que tengan la apariencia de delitos “contra la seguridad del Estado, concusión, cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito, genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, plagio y homicidio por razones políticas o de conciencia”.
Se dice que se trata de actos que, a priori, parezcan delitos por cuanto la Constitución indica que para el juicio político por estos motivos no hará falta enjuiciamiento penal previo y que, si perfeccionada la censura política se encontraren indicios de responsabilidad penal aquello será puesto en conocimiento de la autoridad competente. Además, para aprobar el dictamen de censura y destitución en juicio político se requiere el voto favorable de dos tercios de los 137 asambleístas.
La redacción del constituyente no es inocente. Protege al presidente y vicepresidente de la República mediante un dictamen previo de la Corte Constitucional que debe calificar si se singulariza la acusación y si la tipificación jurídica corresponde a los supuestos arriba comentados. Valga decir que desde el 2008 nunca se ha emitido dictamen de la Corte Constitucional en esta materia. Es territorio inexplorado y altamente inviable frente a los hechos de la coyuntura actual ya que no existen hechos atribuibles al presidente que habiliten un juicio político en la actualidad, debiendo destacar además que estamos ante una de las competencias con mayor incidencia política de la Corte Constitucional.
Con todo esto se puede afirmar que la Constitución ecuatoriana prevé mecanismos para expresar el descontento ciudadano y, en su caso, revocar el mandato desde la ciudadanía; o, desde los poderes políticos producir la destitución simple del presidente. Lo que no es aceptable desde la perspectiva del Estado de Derecho es que, a guisa del derecho a la protesta, se ponga en jaque un régimen democrático electo popularmente, se ataque infraestructura básica del país y se afecten los derechos fundamentales de otros tantos millones de ciudadanos, como la integridad física y el libre tránsito.
Citación académica sugerida: Cervantes Valarezo, Andrés: Sobre la protesta social y el diseño constitucional ecuatoriano, Agenda Estado de Derecho, 2022/06/28. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/protesta-social-en-ecuador-y-diseno-constitucional-muerte-cruzada/
Palabras clave: Ecuador; protestas; referendo revocatorio; revocatorio de mandato; muerte cruzada
Abogado. Máster en Ciencias Jurídicas Avanzadas y Doctor en Derecho por la Universitat Pompeu Fabra (UPF) de Barcelona y Máster en Derecho Constitucional por la Universitat de Valencia. Profesor de derecho constitucional en la Universidad de Especialidades Espíritu Santo (UEES) en Ecuador.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.