Palabras clave: constituyente, Chile, Colombia, protestas, sustitución constitucional.
Son varias las voces que sugieren que la solución para atender el levantamiento social en Colombia es que, al igual que en Chile, se convoque a una Asamblea Constituyente para redactar una nueva constitución. Contemplar esta posibilidad podría agravar aún más la crisis sobre la base de una revisión comparativa con Chile. En cambio, propongo la utilización de los canales existentes en la Constitución vigente.
La sustitución constitucional, entendida como el remplazo absoluto de un texto constitucional por otro, en América Latina es una especie de fórmula mágica para creer que las coyunturas políticas graves se erradican con la redacción de un nuevo texto constitucional. La revisión de la historia constitucional republicana de América del Sur, que acaba de completar doscientos años, demuestra lo afirmado.
Si se toman los datos de todas las constituciones de América del Sur, el país promedio sustituye su Constitución cada 24 años. La revisión del patrón promedio de sustitución constitucional de los países de la gráfica arroja los siguientes resultados: como punto de referencia máximo está Argentina con 66 años y como mínimo está Venezuela con siete años. No obstante, el dato depende de los periodos de cada país, que en concreto son: Ecuador, 10; Bolivia, 11; Perú, 15; Guyana, 16; Surinam, 19; Brasil, 27; Colombia, 27; Chile, 28; Uruguay, 31; y Paraguay, 34.
Sin embargo, existe una amplia heterogeneidad y aplicada la desviación estándar, el resultado es de 16 años de vida en promedio de una constitución. En consecuencia, se esperaría (con una confianza de 95% de precisión) que un país suramericano seleccionado aleatoriamente sustituya su Constitución en un intervalo de entre 15 y 33 años. Pues bien, la Constitución colombiana de 1991 acaba de cumplir 30 años y la chilena de 1980 será remplazada 41 años después.
Sería absurdo interpretar fenómenos sociales solo con cifras, sin tener en cuenta los contextos, razón por la cual, en paralelo a la revisión de los datos, su lectura debe darse a partir de las coyunturas históricas, ya que no es lo mismo la turbulencia de las independencias en las que afloraron múltiples constituciones al inicio del siglo XIX, la influencia de la guerra fría en la segunda mitad del siglo XX o los desafíos que en el siglo XXI debe enfrentar América Latina. En particular, las fuerzas políticas de la región —liberales, conservadoras y progresistas—tienen la obligación de mantener constituciones en el largo plazo y no, en los términos de Hernando Valencia Villa, reducirlas a meras cartas de batalla para acomodar los intereses de gobiernos de turno.
Partiendo de esta premisa, al comparar las protestas de Chile con las de Colombia, a pesar de las similitudes, las diferencias desde el punto de vista constitucional e histórico son abismales. En Chile, la Constitución de 1980 duró redactándose casi siete años, nació en un contexto autoritario y fue escrita por una Comisión de ocho juristas —blancos, varones, católicos, afines al régimen— cuya propuesta, después de deliberar durante cinco años, sería recortada por el Consejo de Estado y la junta militar para ser sometida a ratificación por vía plebiscitaria sin la posibilidad de oposición democrática real.
Como lo señala el escritor chileno Arturo Fontaine, el efecto simbólico de que fuera la Constitución de Pinochet, a pesar de haber sido reformada posteriormente en democracia, sirve para entender el reclamo y la solución chilena a la crisis.
Por el contrario, en Colombia, como lo señala el jurista colombiano Manuel J. Cepeda, la Constituyente surgió en un contexto totalmente distinto. Desde las calles, el movimiento de la Séptima Papeleta permitió activar la necesidad de remplazar la Constitución de 1886, que después de cien años de vigencia era difícilmente aplicable a un mundo en proceso de globalización y ad portas del siglo XXI. La redacción del texto de la Constitución de 1991 se dio en un contexto pluralista en el que tanto hombres como mujeres de distintos orígenes y colores fueron elegidos para redactar una Carta Política.
Los conservadores lograron el 31,42% de la representación (PC, MSN, CI, UC); los liberales, el 35,72% (PL); los progresistas, el 30% (AD M-19 y UP), y los grupos indígenas, el 2,86% (AICO-ONIC). En comparación con el resto de los procesos de la región, y tal como, por ejemplo, acaba de acontecer en las elecciones de la Constituyente de Chile con una amplia representación progresista, las fuerzas en el caso colombiano lograron un extraño equilibro alrededor del 33%.
Este aspecto es muy importante tenerlo en cuenta al momento de plantear en cualquier país un llamado al poder constituyente, ya que la oposición y la concertación entre las fuerzas son esenciales para poder redactar un contrato social que de verdad represente a todos los colores políticos a lo largo de décadas.
En la coyuntura de polarización actual de Colombia, ante las cenizas de un conflicto político-armado que todavía no termina. ¿Es una Constituyente una solución sensata? ¿Se podría lograr un equilibrio en la representación como la del extraño caso de 1991? ¿La urgencia de las demandas y soluciones da para una espera tan larga como la de Chile? ¿Se cumplen los difíciles procedimientos formales que se requieren para activar una Asamblea Constituyente? Claramente no.
Yuval Noah Harari, en su libro sobre las 21 lecciones para el siglo XXI, señala un aspecto fundamental para entender las protestas sociales y la utilización de mecanismos plebiscitarios ante la fácil manipulación de las masas en la era digital. Según el autor, las personas ya no votan a favor o en contra de ideas, sino de sentimientos. El debate actual no está en las cabezas o corazones, sino en las vísceras.
Tanto el caso chileno como el colombiano comparten esa similitud y las protestas ciudadanas (sin incluir los delitos) son legítimas y en parte claras frente a desigualdad, precaria calidad del sistema de salud y pensional, corrupción, falta de acceso a la educación, etc. Colombia hasta ahora está dando los debates que en medio del conflicto armado difícilmente penetraron la agenda política — y lo está haciendo con su ya mundialmente conocida falta de tolerancia—.
Las voces de protestas de Chile y Colombia se han hecho sentir en sus países y hasta en escala global. Ahora es el momento de aterrizar los sentimientos en ideas y proyectos realizables sin necesidad de seguir en protestas indefinidas. En el caso chileno las protestas masivas pararon por medio del llamamiento a una Asamblea Constituyente. ¿En Colombia? A mi juicio, se podría por la activación de los mecanismos ya no de la clásica democracia representativa sino de la participativa que contempla la Constitución de 1991.
Si de verdad se quiere salir de la crisis, se requiere un rol más protagónico de los órganos de representación: Congreso de la República, Asambleas Departamentales y Concejos Municipales. Claramente, dentro de un marco mucho más participativo que el de los últimos años. Los descritos son los foros para materializar las soluciones en audiencias ciudadanas y ante los cuales expertos en varias áreas pueden intervenir para que las demandas sean plasmadas en: leyes, ordenanzas departamentales y acuerdos municipales.
De otra parte, se requiere dejar de pensar que Colombia es una ficción homogénea y que las soluciones en su totalidad deben venir de Bogotá. En la presente crisis, han surgido problemas del orden nacional, regional y local que requieren soluciones en cada uno de esos niveles.
Como refuerzo de lo anterior y para que los sentimientos y el levantamiento social no sean en vano, resulta clave activar cabildos abiertos. Este mecanismo constitucional poco utilizado, y que se contempla en la Constitución de 1991, permite racionalizar los sentimientos en soluciones y obliga a las Gobernaciones y Alcaldías a tomarse en serio las demandas de la ciudadanía en acciones concretas.
A partir de estos foros, pueden salir agendas, compromisos o planes de visión a corto, mediano y largo plazo que permitan a la ciudadanía monitorear su cumplimiento. De fracasar estos mecanismos, la ciudadanía podría volver a la movilización social o castigar por medio del voto a sus representantes y a los partidos políticos en elecciones futuras.
La historia constitucional está llena de enseñanzas sobre los riesgos que se pueden desatar de llamar al poder constituyente sin necesidad. La Constitución de 1991, contempla mecanismos mucho más razonables, rápidos e idóneos para resolver la crisis sin necesidad de acudir a un largo proceso constituyente hacia ninguna parte.
Nota: las fuentes de las gráficas y datos presentados, son citados y explicados a profundidad en: Juan C. Herrera, Las cláusulas durmientes de integración latinoamericana. Orígenes, funciones y opciones para despertarlas, IIJ-UNAM-MPIL, 2021.
Citación académica sugerida: Herrera, Juan C. Por qué una Constituyente no es la salida a la crisis de Colombia y sí lo fue en Chile, Agenda Estado de Derecho, 2021/05/31. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/por-que-una-constituyente-no-es-la-salida-a-la-crisis-de-colombia-y-si-lo-fue-en-chile/
Ha trabajado para la Corte Constitucional de Colombia y en el Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional Público en Heidelberg-Alemania. También como docente e investigador de la Universidad de los Andes (Bogotá) y de la Universitat Pompeu Fabra UPF (Barcelona).
En paralelo a la docencia e investigación, se dedica a la consultoría con entidades públicas y privadas sobre derecho público y asuntos latinoamericanos.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.