México: una nueva reforma judicial ante el riesgo de la intervención

7 de Julio del 2020
México: una nueva reforma judicial ante el riesgo de la intervención

El Poder Judicial de la Federación (PJF) de México está ante una difícil encrucijada, caracterizada por su déficit de legitimidad y un contexto político poco favorable. Por un la­do, las elecciones de julio de 2018 resultaron en un gobierno unificado, donde el partido gobernante (Movimiento de Regeneración Nacional, MORENA) y sus alia­dos tienen mayorías en ambas cámaras legislati­vas, además, por supuesto, de la Presidencia de la República. Esto no ocurría en el país desde 1997, cuando el Partido Revolucionario Institucional (PRI) perdió la mayoría en la Cámara de Diputados antes de perder la presidencia en el año 2000.

Por otro la­do, el PJF padece una crisis de legitimidad que es ob­via si se considera, por ejemplo, que entre 1994 y 2018 no más del 40% de personas manifestaron tener «mucha» o «algo» de confianza en el poder judicial, según las encuestas que anualmente pu­blica el Latinobarómetro (el promedio durante el periodo es de 26%). Al no tener contrapeso en el legislativo y sin un apoyo popular contundente a las instituciones de justicia, es más probable que el gobierno (cualquier gobierno) caiga en la tenta­ción de querer influir cada vez más en el Poder Judicial. La emergencia sanitaria actual, y las crisis económica y social en ciernes, acentúan la complejidad del entorno político, la necesidad de respuestas rápidas y riesgosas y, por tanto, la tentación de eliminar contrapesos e intervenir el poder judicial.

En México, desde diciembre de 2018, ya hemos visto algunas acciones por parte del ejecutivo, y de la mayoría en el poder legislativo, que llaman la aten­ción respecto a una posible intervención del po­der judicial. Los dos nombramientos de ministros realizados en este sexenio significaron un retro­ceso en términos de transparencia y escrutinio de la idoneidad de los elegidos. Por otro lado, se han presentado en el congreso más de 100 iniciativas para reformar la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) o al­gún otro aspecto del PJF, dentro las que destacan varias que atentan directamente contra la independencia judicial co­mo la que propone crear una tercera sala en la Su­prema Corte y aumentar el número de ministros. La renuncia forzada del ahora ex ministro Eduardo Medina Mo­ra es otra instancia de intervención. La retórica y lenguaje particularmente hostil del titular del ejecutivo hacia los jueces en sus conferencias mañaneras se suman a esta lista de acciones cuestio­nables.

Ante esta situación, la SCJN, bajo la presidencia del Ministro Arturo Zaldívar, ha mostrado un ímpetu reformista con el doble objetivo de preservar la independencia judicial y, al mismo tiempo, comenzar a corregir varios de los temas sensibles que le han costado legitimidad a la Corte y al PJF en general. El pasado 12 de febrero del presente año se presentó formalmente ante el Congreso de la Unión una importante iniciativa de reforma judicial que será debatida probablemente en el próximo periodo legislativo. La iniciativa, realizada de manera muy competente desde la presidencia de la SCJN, tiene muchas virtudes. Entre las más relevantes están la ampliación y fortalecimiento de la carrera judicial, la concepción de la Escuela Judicial como piedra angular de dicha carrera, y el combate frontal al nepotismo. La iniciativa también incluye medidas para modernizar el sistema de precedentes, consolidar a la SCJN como máximo intérprete de la constitución, fortalecer la defensoría pública, y avanzar hacia la equidad de género en todos los ámbitos del PJF.

Sin embargo, la iniciativa de reforma también implica un importante riesgo: minar la independencia judicial interna. La reforma promueve una excesiva concentración de funciones administrativas y autoridad jurisdiccional en la cúpula del PJF (la SCJN y el Consejo de la Judi atura Federal, CJF) lo que hace vulnerables a los jueces y magistrados frente a sus superiores jerárquicos. La reforma empodera a la Corte y al Consejo como los cuidadores y guardianes del PJF. Pero ¿quién cuidará a los cuidadores?

En la iniciativa de reforma, el CJF se convierte en el regulador único y último de las competencias de todos los órganos del PJF (con la excepción de la SCJN), y en el órgano rector de los procesos de selección, formación, evaluación, adscripción, ratificación, y sanción de todos los miembros de la carrera ju­dicial, al mismo tiempo que nombrará al director y a los miembros del comité académico de la Es­cuela Judicial. El CJF también adquiere facultades para designar órganos jurisprudenciales específi­cos para atender casos de graves violaciones de derechos humanos y casos de impacto social de especial relevancia. Al mismo tiempo, la iniciativa de reforma mantiene la fuerte influen­cia que ha tenido tiene la Corte sobre el Consejo mediante la presidencia conjunta de ambas instituciones, el nombramiento de tres consejeros por el pleno de la SCJN, y la administración de recursos humanos y materiales de la Suprema Corte por la propia Corte y no por el CJF (como ocurre con el resto de los juzgados y tribunales del PJF).

El diseño institucional planteado en la iniciativa de reforma no separa los ámbitos administrativo y jurisdiccional del PJF, sino que mantiene la confusión entre estos al no trazar líneas claras entre la función de la SCJN y la del CJF pero ahora incrementando la autoridad jurisdiccional de la Corte y los poderes administrativos del Consejo. Esta confusión de funciones abre la puerta al uso indebido de meca­nismos administrativos para controlar las decisio­nes jurisprudenciales de jueces y magistrados. En otras palabras, puede implicar un debilitamiento considerable de la independencia judicial interna. La historia reciente indica que el riesgo del debi­litamiento de la independencia judicial interna es real: Desde 1917 hasta 1994 la SCJN fungió como la cabeza jurisdiccional y administrativa del PJF y la importante reforma de 1994 justamente buscó romper esa fusión de funciones mediante la creación del CJF. Sin embargo, a pesar de los indudables avances, en estos veinticinco años la SCJN ha intervenido en decisiones administrativas que en principio de­berían corresponder al CJF. Esto, sumado a una cultura jurídica vertical y jerárquica muy arraigada en el PJF, ha contribuido a una sensación de vul­nerabilidad de jueces y magistrados frente a los superiores jerárquicos.

En el contexto político actual, limitar en exceso la independencia interna pue­de llevar a vulnerar más pronto que tarde también la independencia judicial externa. La concentración excesiva de poder en la cúpula del PJF hace posible que actores políticos que deseen intervenir al po­der judicial se concentren en controlar una mayoría de miembros de la SCJN y el CJF (mediante nombramientos cuestionables o intimidación, o ambos) pues saben que, si lo logran, obtendrían de manera ca­si automática gran influencia sobre el resto de los juzgadores federales mediante la combinación de mecanismos jurisprudenciales y administrativos.

Más de 30 años de reformas judiciales en América Latina nos han dejado una clara lección: no sabe­mos cuál es el diseño institucional correcto para hacer realidad la independencia y eficacia del Poder Judicial. Hay países que comparten exacta­mente el mismo diseño institucional y, sin embargo, en uno de los países observamos que existe también la deseada independencia judicial pero en el otro no. Hay ejem­plos de un mismo país que, sin variar su diseño institucional, aumenta o disminuye su nivel de in­dependencia judicial en un lapso de varios años. En suma, las reformas judiciales son necesarias, pero no suficientes para lograr el objetivo último del Poder Judicial en una democracia constitucional: que jueces y magistrados decidan casos sin pre­siones, de manera sensata y profesional, ayudan­do a las partes a resolver sus conflictos, garantizan­do derechos y evitando los abusos en el ejercico del poder.

Sin embargo, la experiencia reformista de las últimas tres dé­cadas también nos ha dejado otra lección: sí sabemos cuáles son los diseños institucionales incorrectos, los que claramente no promueven e incluso pueden debilitar la independencia judicial. En las nuevas reformas judiciales la clave está, por tanto, en evitar los malos diseños institucionales. La iniciati­va de reforma judicial en México tiene muchas virtudes que se deben mantener, pero es preciso corregir su principal debilidad: minar la independencia judicial interna. La iniciativa promueve la concentración excesiva y confusión de funciones administrativas y autoridad jurisdiccional en la cúpula del PJF (SCJN y CJF) lo que hace vulnerables a los jueces y magistrados frente a sus superiores jerárquicos.

Sería necesario repensar si es pertinente que el presidente de la SCJN siga siendo el presidente del Consejo, así como también el nom­bramiento y duración en el cargo de los consejeros (principal, pero no exclusivamente, el nombra­miento por parte de la SCJN de la mayoría de los consejeros). El CJF debería también asumir la administración de los recursos materiales y hu­manos de la SCJN. Y por último, pero de manera crucial, se deben establecer claros y eficaces meca­nismos de control y rendición de cuentas sobre el Consejo de la Judicatura Federal.

Citación académica sugerida: Ríos Figueroa, Julio: México: una nueva reforma judicial ante el riesgo de la intervención, 2021/05/31. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/mexico-una-nueva-reforma-judicial-ante-el-riesgo-de-la-intervencion/

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ACERCA DEL AUTOR
Julio Ríos Figueroa

Profesor en la División de Estudios Políticos del CIDE especializado en estado de derecho y política judicial comparada. Su libro más reciente es Constitutional Courts as Mediators. Armed Conflict, Civil-Military Relations and the Rule of Law in Latin America (CUP, 2016) publicado en en español como Democracia y Militarismo en América Latina (FCE-CIDE, 2019).

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.