Colombia tiene una oportunidad clave para eliminar el matrimonio infantil y las uniones tempranas y proteger a las niñas y adolescentes

7 de Octubre de 2024
Colombia tiene una oportunidad clave para eliminar el matrimonio infantil y las uniones tempranas y proteger a las niñas y adolescentes
Foto: UNICEF Colombia

El matrimonio infantil y las uniones tempranas son una grave violación de los derechos de las niñas y adolescentes, pero ha sido ignorada durante mucho tiempo en Colombia. Actualmente, la ley permite el matrimonio desde los 14 años con el consentimiento de los padres, y muchas niñas y adolescentes menores de 18 años se unen de manera informal, a menudo conviviendo con hombres mayores. Sin embargo, esto podría cambiar si el Senado de la República de Colombia aprueba el Proyecto de Ley 155/2023C,  que busca eliminar el matrimonio infantil y las uniones tempranas para personas menores de 18 años, sin excepciones.

El matrimonio infantil y las uniones tempranas persisten en Colombia

A pesar de los esfuerzos globales para erradicar el matrimonio infantil y las uniones tempranas, estas prácticas nocivas siguen siendo comunes en muchos lugares, y en Colombia, la situación es preocupante. ElAnálisis de situación de los matrimonios infantiles y las uniones tempranas en Colombia 2010-2020”, de UNICEF Colombia, encontró que el país ocupa el puesto 20 a nivel mundial en el número de niñas casadas o en unión informal antes de los 15 años. En comparación con los países de América Latina y el Caribe, Colombia se ubica en el 11º lugar en adolescentes que se casan o establecen uniones informales antes de los 18 años.

El porcentaje de personas que se unen entre los 15 y los 18 años no ha disminuido significativamente en las últimas tres décadas, y el problema sigue siendo invisibilizado y, por lo tanto, no es abordado adecuadamente. Las normas sociales y de género profundamente arraigadas perpetúan esta práctica, y la pobreza agrava significativamente la situación. En las comunidades rurales e indígenas, las tasas son aún más altas debido a tradiciones y presiones económicas que incrementan la vulnerabilidad de las niñas y adolescentes.

El matrimonio infantil y las uniones tempranas exponen a niñas y adolescentes a otros riesgos

Las consecuencias del matrimonio infantil y las uniones tempranas son diversas, aumentando la probabilidad de que las niñas y adolescentes sufran violencia sexual, física y emocional, además de embarazos no deseados. Aquellas que quedan embarazadas a muy temprana edad, antes de que su cuerpo esté completamente desarrollado, enfrentan un mayor riesgo de complicaciones durante el embarazo y el parto.

Muchas de estas niñas y adolescentes están en pareja con hombres que tienen el doble o incluso el triple de su edad. Según el estudio de  UNICEF Colombia, «el 73% de las niñas de entre 10 y 14 años informaron estar en unión con hombres mayores de 20 años, mientras que el 45,7% de las adolescentes de entre 15 y 19 años informaron estar en unión con hombres de entre 20 y 24 años, y el 42,4% informaron estar en unión con hombres de 25 años o más.» Estas brechas de edad crean un desequilibrio de poder en las relaciones, dejando a muchas niñas y adolescentes dependientes de su pareja mayor, lo que limita su capacidad para otorgar un consentimiento pleno o ejercer sus derechos.

Las niñas y adolescentes casadas o unidas, y las madres adolescentes suelen abandonar sus estudios, lo que las aísla de sus pares y aumenta la probabilidad de que enfrenten problemas de salud mental. La falta de educación también limita sus oportunidades de adquirir los conocimientos necesarios para lograr la independencia financiera y ascender socialmente. Esto perpetúa los ciclos de pobreza y frena su desarrollo, dejándolas a ellas y a sus hijos/as más propensos a enfrentar dificultades sociales, económicas y personales.

Colombia no está garantizando la protección adecuada para las niñas y las adolescentes

Según un informe de 2024 de Girls Not Brides, la mayoría de los países de América Latina y el Caribe, excepto Haití y Uruguay, han establecido la edad mínima legal para el matrimonio en 18 años. Sin embargo, al menos 21 de los 32 países cuentan con excepciones o vacíos legales que permiten el matrimonio a edades más tempranas con el consentimiento de los padres o de un juez.

Este es el caso de Colombia, donde el matrimonio está prohibido para personas menores de 18 años, pero el Código Civil permite excepciones para que adolescentes entre 14 y 18 años puedan casarse con el consentimiento de los padres o un tutor legal. Este consentimiento se otorga con frecuencia, especialmente en casos de embarazo o violencia sexual, en los que las presiones familiares y sociales juegan un papel importante en los matrimonios y uniones tempranas. Sin embargo, dada la situación de coerción y de desigualdad en la que se encuentran las niñas y adolescentes, su aparente consentimiento puede no ser pleno y libre.

El informe de Equality Now titulado “Eliminación de los matrimonios y uniones infantiles, tempranas y forzadas en Colombia”  subraya que el gobierno colombiano no ha brindado las salvaguardias adecuadas para evitar que los padres obliguen o coaccionen a los niños, niñas, y adolescentes a casarse o unirse.

Equality Now ha examinado el marco legal colombiano en la materia  y concluyó que el país está violando los estándares internacionales y regionales de derechos humanos que ha suscrito en relación con la protección de mujeres, niñas y adolescentes. Esto incluye la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como la Convención de Belém do Pará, y la Convención sobre los Derechos del Niño, entre otras.

Prohibir el matrimonio infantil y las uniones tempranas es un paso, pero no es suficiente

En toda la región de América Latina y el Caribe, 11 países han implementado leyes que establecen la edad mínima para casarse en 18 años, sin excepciones. Así lo hizo República Dominicana en 2020 y Perú en 2023. Puerto Rico también ha establecido la edad mínima en 21 años, requiriendo el consentimiento de ambos padres para casarse después de los 18 años.

Sin embargo, prohibir el matrimonio formal no es suficiente. Después de que México introdujo una prohibición del matrimonio infantil en 2020, hubo un aumento en las uniones informales. En Europa, una encuesta de UNICEF sobre el matrimonio infantil en Georgia reveló que el 14% de las niñas de entre 20 y 24 años se habían casado antes de cumplir los 18 años, a pesar de la legislación que prohíbe el matrimonio antes de esa edad.

Otros países también han enfrentado desafíos para eliminar el matrimonio infantil y uniones tempranas. Por ejemplo, Guatemala aprobó una ley en 2017 que prohíbe el matrimonio antes de los 18 años sin excepciones, pero la prevalencia sigue siendo del 30%. Las tasas son especialmente altas entre las comunidades indígenas y rurales, donde las campañas de concienciación han sido insuficientes. El claro contraste entre lo que establecen las leyes y lo que sucede en la práctica resalta cómo las normas pueden resultar ineficaces sin una implementación efectiva.

Un ejemplo de aplicación efectiva se encuentra en el Reino Unido, donde, tras la implementación de una nueva ley que prohíbe por completo el matrimonio infantil para jóvenes de 16 y 17 años, se ha logrado integrar con éxito la sensibilización en diversos sectores, como la educación y los servicios de salud. Este enfoque multisectorial está demostrando ser eficaz para abordar el problema de manera integral.

Colombia debe eliminar el matrimonio infantil y garantizar la implementación efectiva de la ley

En Colombia, el marco legal, junto con factores sociales y culturales, sigue contribuyendo a un fracaso sistémico en la protección de niñas y adolescentes, quienes a menudo se ven presionadas para contraer matrimonio infantil o entrar en uniones informales, convirtiéndose en víctimas de explotación y trabajo infantil.

El Proyecto de Ley 155/2023C, que pronto será sometido a votación final en el Senado, representa una oportunidad crucial para avanzar. Además de modificar el Código Civil para impedir que personas menores de 18 años puedan casarse o formar uniones de hecho, el proyecto resalta la importancia de desarrollar políticas que aborden las causas estructurales del problema. Entre sus propuestas están la creación del Programa Nacional de Atención Integral para los Proyectos de Vida de Niños, Niñas y Adolescentes; así como un programa de sensibilización sobre las consecuencias y los factores que impulsan  las uniones tempranas. Ambos deberían integrarse a la Política Pública de Infancia y Adolescencia que ya tiene el país.

Como complemento a la prohibición, Colombia requiere la adopción de reformas legales y de política pública con un enfoque integral, multisectorial y bien financiado, y que contenga la estricta aplicación de la edad mínima para el matrimonio. La estrecha colaboración entre los actores clave es fundamental para asegurar una cooperación efectiva en el abordaje de los factores estructurales que se retroalimentan entre sí y una implementación adecuada con resultados concretos en los diferentes sectores y en el goce efectivo de derechos de las niñas y las adolescentes.

Las políticas deben priorizar la sensibilización pública sobre los cambios legales y promover el cambio social partiendo de una mejor comprensión de los impactos negativos del matrimonio infantil y las uniones tempranas. Involucrar a la sociedad civil y fomentar su participación es esencial para generar un entorno que desincentive estas prácticas nocivas.

Es fundamental que las niñas y adolescentes tengan un rol central en los procesos de toma de decisiones que afectan sus vidas, aplicando metodologías participativas que prioricen sus intereses y perspectivas. Asimismo, es crucial garantizar una educación sexual integral y el acceso a servicios de salud reproductiva. Solo empoderando a las niñas y las adolescentes, Colombia podrá proteger plenamente sus derechos y construir una sociedad donde puedan desarrollar sus proyectos de vida.

Citación académica sugerida: Ramírez, Sandra; y Tague, Andrea. Colombia tiene una oportunidad clave para eliminar el matrimonio infantil y las uniones tempranas y proteger a las niñas y adolescentes. Agenda Estado de Derecho. 2024/10/07. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/matrimonio-infantil/

Palabras clave: Matrimonio infantil, Colombia, Senado de la República, uniones tempranas, infancias, adolescencia, relaciones desiguales

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ACERCA DE LOS AUTORES
Sandra Ramírez

Asesora Legal y de Incidencia de Equality Now para América Latina y el Caribe. Sandra es abogada con un LL.M. en Derecho Internacional y Comparado, especializado en Derechos Humanos, de la Universidad George Washington. Cuenta con amplia experiencia trabajando en organizaciones internacionales en Colombia, donde ha llevado a cabo investigaciones, ofrecido asesoría legal y diseñado programas de capacitación enfocados en la violencia sexual contra niñas, adolescentes y mujeres. Ha trabajado con diversos grupos, incluyendo mujeres con discapacidad, jóvenes, comunidades indígenas y afrodescendientes, migrantes y personas afectadas por el conflicto armado interno.

Andrea Tague Montaña

Oficial de género y desarrollo de la Oficina de UNICEF en Colombia. Andrea es politóloga de la Universidad del Rosario, realizó un máster en Estudios Interdisciplinares de Género en la Universidad Autónoma de Madrid. Cuenta con más de 15 años de experiencia en la gestión de proyectos orientados a la promoción de la igualdad de género y la no discriminación. Durante los últimos años, su trabajo se ha enfocado en posicionar las afectaciones que impactan desproporcionadamente a niñas y adolescentes para que cuenten con las condiciones y las oportunidades que favorezcan su protección y desarrollo integral.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.