La importancia de magistradas en la Corte Interamericana de Derechos Humanos

16 de Febrero del 2021
La importancia de magistradas en la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Este año, se renuevan mandatos tanto en la Corte como en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Resulta fundamental que las personas nominadas cuenten con la idoneidad, imparcialidad y experiencia como así también de una reconocida trayectoria en derechos humanos. Aunque esto no es todo. Además, es necesario que los Estados nominen teniendo en cuenta el balance de género. En la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH o Corte) se renovarán cuatro de sus siete integrantes. Actualmente, existe solo una jueza en su composición, quien finaliza su mandato este año. Resulta primordial que en la nueva conformación de la Corte haya (i) nominaciones transparentes; (ii) mujeres y, además, que estas tengan (iii) perspectiva de género.

Por esto, me gustaría resaltar tres retos que asumen, no los órganos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) en sí, sino los Estados al momento de nominar.

1. Nominaciones transparentes

El proceso en el ámbito interno es sumamente importante y, a su vez, poco difundido. En éste, suelen participar unos pocos actores estatales y, en general, las decisiones suelen ser adoptadas en el marco del Poder Ejecutivo. Además, los procedimientos de nominación carecen en su mayoría de publicidad y transparencia. Inclusive, al existir una falta de regulación de estos procesos, nada garantiza que durante la toma de decisiones se tenga en cuenta el balance de género ni la perspectiva de género a momento de nominar. En este sentido, se requiere que existan procedimientos a nivel interno de nominación públicos y transparentes y que, además, incluyan la paridad de género como un criterio obligatorio al momento de considerar quiénes podrían ser los/as nacionales que ocupen puestos en el ámbito internacional. A su vez, es necesario que estas propuestas sean discutidas con la sociedad civil y la academia. Promover espacios de participación por fuera del Estado permite que estos actores se involucren en la toma de decisiones, opinen, evalúen las candidaturas existentes, propongan perfiles de personas expertas y cuestionen los propuestos para ocupar estos cargos.

2. La nominación de mujeres

Un argumento fundamental para entender por qué los Estados deben proponer candidatas mujeres se relaciona con la justicia y la igualdad y el compromiso asumido en el marco del derecho internacional de los derechos humanos (por ejemplo, CEDAW). Resulta importante tener presente que las decisiones que se adoptan a nivel internacional generan un fuerte impacto en la sociedad, como así también en las relaciones entre los Estados, la protección de los derechos, entre otros. Así, las mujeres, que representan más de la mitad de la población mundial, no deberían estar excluidas de estas decisiones. Como segundo punto, la participación de mujeres contribuye a la noción de imparcialidad y otorga tanto legitimidad normativa, por cuanto se garantiza el derecho a la no discriminación y la igualdad de oportunidades, como legitimidad sociológica. En definitiva, si sólo unos pocos (varones) diseñan, implementan y monitorean las normas que se elaboran para toda la sociedad, la legitimidad de sus decisiones podría ser puesta en duda.

En lo que respecta a la Corte, su composición en términos de género ha sido fuertemente desigualitaria. Desde su creación (1979) al 2000 “tuvo un total de 24 miembros: 23 hombres y una sola mujer. Al 2005, el número aumentó a 27 jueces: 25 hombres y dos mujeres. Al 2010, llegó a 32: 28 hombres y 4 mujeres. Finalmente, al 2015, el total fue de 35 jueces: 31 hombres y 4 mujeres. En términos de porcentajes, las mujeres al 2000 representaban el 4,67% del total. Al 2005, el 41%. Al 2010 al 12, 5%. Y al 2015 el 11, 43%”.

En gran parte, la falta de mujeres en estos espacios tiene como principal causa la falta de nominaciones realizadas por los Estados. Así, sin considerar el número de mujeres nominadas para ocupar cargos en puestos vinculados tradicionalmente a tareas de cuidado y roles de género, (por ejemplo, el Comité CEDAW y el Comité de los Derechos del Niño) los Estados o bien no postulan candidatos/as o, si lo hacen, no postulan mujeres. A modo de ejemplo, según un informe elaborado por el Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho (UBA) junto con la Campaña GQUAL, de las nominaciones realizadas por la mayoría de los países de Latinoamérica entre el 2000 y el 2017, de un total de 239 nominaciones, si se excluyen los mencionados Comités, las nominaciones de mujeres no superaron el 18%.

En particular, en lo que respecta a las nominaciones de Ecuador, Chile y Argentina a la Corte IDH en el periodo 2000-2017, hubo seis elecciones (2000, 2003, 2006, 2009, 2012 y 2015). Ecuador nominó en dos oportunidades a dos varones y uno solo fue elegido. Chile nominó en tres oportunidades, dos varones y una mujer, los tres fueron electos. Argentina nominó en dos oportunidades, pudiendo nominar en cuatro. En ambas oportunidades en las que nominó, optó por nominar hombres, ambos electos. Estos datos nos hablan de la oportunidad y la necesidad de que los Estados postulen mujeres para cumplir con el compromiso igualitario.

3. Perspectiva de género

Resulta esencial la nominación de candidatas mujeres que cuenten con perspectiva de género. Esto significa analizar la realidad con una mirada que aspire a tomar en cuenta y valorar de forma igualitaria los intereses y necesidades tanto de varones como mujeres. Así, evaluar las problemáticas con una perspectiva de género implica un trato justo respecto a las necesidades de género. Es decir, entender las necesidades y vulneraciones específicas de cada género con la intención de que todas las personas puedan ver reconocidos y garantizados sus derechos y, eventualmente, obtener reparaciones por sus violaciones.

Por otro lado, la igualdad de género no solo debe ser un objetivo a alcanzar en las normas e instrumentos internacionales, además debe pasar a ser una realidad. Numerosos son los instrumentos que consagran la igualdad real de oportunidades entre varones y mujeres. La CEDAW, por ejemplo, en su artículo 8 requiere a los Estados parte «tomar todas las medidas apropiadas para garantizar a las mujeres, en igualdad de condiciones con el hombre y sin discriminación alguna, la oportunidad de representar a sus gobiernos a nivel internacional y participar en el trabajo de las organizaciones internacionales.» Así, teniendo en cuenta el artículo y su posterior interpretación por el Comité CEDAW, resulta evidente que “los Estados Partes tienen el deber de garantizar la igualdad de género en el acceso a posiciones en los tribunales internacionales y los organismos internacionales que juegan un papel clave en el desarrollo del derecho internacional y los derechos humanos.”

Sin embargo, la igualdad real de oportunidades sigue siendo difícil de alcanzar, sobretodo si la mayoría de las personas que ocupan estos espacios son varones. Específicamente en la región latinoamericana las desigualdades son cada vez más acentuadas, situación que se ha reforzado durante la pandemia, en tanto que genera impactos diferenciados entre varones y mujeresEl contexto de fuertes desigualdades en el que se encuentra sumida la región, torna aún más relevante la presencia de mujeres que trabajen con perspectiva de género en la Corte IDH. Cada vez serán más complejos los casos que lleguen a la Corte, por esto necesitarán de una mirada estructural y con perspectiva de género que permita resolver las problemáticas bajo una perspectiva respetuosa de los derechos humanos. Así, resulta fundamental que al interior de la Corte exista una pluralidad de voces que pueda evidenciar las distintas cuestiones que atañen a la región, identificado especialmente la situación en la que se encuentran los grupos en situación de vulnerabilidad.

Diversos son los desafíos a los que se enfrenta el SIDH , por ejemplo en relación a la ratificación y cumplimiento de sus instrumentos constitutivos, como así también a lograr un real cumplimiento de las decisiones de sus órganos. Sin embargo, los tres retos mencionados se presentan como un desafío específico que deben asumir los Estados al momento de nominar. El alcance de estos objetivos podría aspirar a lograr una justicia más igualitaria y representativa. Además, interpela al SIDH, responsable de garantizar y respetar los derechos humanos en la región, específicamente a respetar el derecho a la igualdad de todas las personas, sin discriminación alguna. Para esto es necesario una mirada que reconozca la situación de desigualdad estructural en la región y el impacto diferenciado que afecta a los grupos en situación de vulnerabilidad.

Citación académica sugerida: Ciancaglini Troller, Agatha: La importancia de magistradas en la Corte Interamericana de Derechos Humanos , 2021/02/16, https://agendaestadodederecho.com/la-importancia-de-magistradas-en-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos/

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ACERCA DE LA AUTORA
Agatha Ciancaglini Troller

Abogada (UBA), Docente en la Facultad de Derecho (UBA), integrante del DECYT 2030 “La enseñanza del derecho con perspectiva de género. Reflexiones sobre las aulas”. Especialización en género y políticas públicas (CLACSO).

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.