¿Ver para creer? Deepfakes y violencia de género en Latinoamérica

19 de Diciembre de 2023
¿Ver para creer? Deepfakes y violencia de género en Latinoamérica
Crédito foto: Pexels

¿Aplicaciones de Inteligencia Artificial que permiten la creación de imágenes realistas podrían representar una amenaza para los derechos de las mujeres? ¿Cómo evitarlo?

Es ya una obviedad que la Inteligencia Artificial (IA) se ha incorporado en la vida diaria de las personas y que evoluciona a un ritmo mucho mayor al del propio desarrollo normativo que cualquier fenómeno disruptivo requiere. Los últimos progresos en IA los ha protagonizado la IA Generativa (IAG). Se trata de una innovación del aprendizaje automático que permite la producción y generación de texto, imagen, audio, código y video único y nuevo. Entre las múltiples posibilidades que ofrece se encuentra la creación de contenidos audiovisuales hiperrealistas y personalizados de forma instantánea conocidos como deepfakes. Un deepfake es una técnica de inteligencia artificial que utiliza algoritmos de aprendizaje profundo para crear contenido multimedia falso, especialmente videos y audios, que aparentan ser reales.

Cómo deepfakes pueden violar los derechos de la mujer

Encontrándose en una fase todavía experimental, las posibilidades de creación de contenido parecen infinitivas, desde síntesis de imágenes de caras nuevas o suplantaciones de identidad hasta manipulación de atributos o cambios de expresión, entre otras. A priori pueden considerarse inocuas e incluso positivas, ya que es posible que contribuyan en el campo de la medicina, la educación, el arte, la publicidad o el entretenimiento.

No obstante, y como ocurre más veces de las deseables, los avances pueden instrumentalizarse y atentar directamente contra derechos fundamentales, en este caso, contra los derechos de las mujeres. Según estudios recientes, el grupo objetivo de los primeros registros de deepfakes lo constituyen las mujeres: el 96% de los deepfakes online son de contenido sexual no consentido y en el 99% de los casos participan mujeres.

Ni la manipulación de fotografías, textos, audios o vídeos -con múltiples finalidades- ni la violencia basada en género (VG) -con múltiples manifestaciones- son fenómenos nuevos. Sin embargo, sí lo es el proceso de realización y su impacto debido a las notas de accesibilidad y viralización que se insertan en un sistema cisheteropatriarcal (que sitúa a las mujeres como cuerpos inanimados y lee su corporalidad como simple objeto de consumo). Lo anterior, a su vez, en el marco de un estado social de infoapocalipsis (aquel estado en el que no es posible distinguir lo que es real de lo que no lo es).

La proliferación de grandes modelos generativos, como Dall-E, Midjourney o Stable Diffusion, que ofrecen una experiencia de usuario sencilla y directa, y aplicaciones como FakeApp, FaceSwap, DeepFaceLab permite que personas sin conocimientos especializados puedan crear contenido ficticio para el propósito que consideren, pudiendo constituir el ejercicio de violencia hacia las mujeres uno de ellos. La transmisión de la información en un mundo digital, posibilita su difusión masiva en un breve lapso de tiempo y su presencia las 24 horas del día.

La afectación a las mujeres es múltiple pudiendo resaltar conductas que atentan contra los derechos al honor, la imagen y la integridad moral a partir de la generación de contenido que aspira a desprestigiar a mujeres, suplantar su identidad e, incluso, simular situaciones ficticias constitutivas de delito que involucran a víctima y maltratador.

Falta de respuesta normativa integral

Ante este nuevo horizonte que ya cuenta con algunos hechos conocidos a nivel internacional (como la incidencia en procesos electorales o la manipulación de vídeos pornográficos con mujeres famosas del mundo del cine y la música como Taylor Swift, Rosalía, Emma Watson, Scarlett Johansson por citar algunas), resulta imprescindible articular una respuesta integral. Los deepfakes no deben entenderse solo como fenómeno tecnológico, sino también cultural, legal y ético.

Latinoamérica se encuentra en una etapa incipiente de la regulación de IA en la que, lejos de una estrategia conjunta, la realidad normativa está individualizada por países a distintas velocidades. No se dispone de un tratado internacional sobre IA ni tampoco en materia de protección de datos. No obstante, este vacío legal puede ser interpretado como una oportunidad para procurar que la IAG sea incorporada en los textos jurídicos.      

Así, podrían anticiparse algunos de los obstáculos que ya se han identificado en el marco europeo y que han dado lugar a la primera Ley de Inteligencia Artificial del mundo tras el acuerdo provisional alcanzado por parte del Parlamento y el Consejo el pasado 9 de diciembre (la entrada en vigor se prevé para el año 2026). Dicha norma incluye un nuevo concepto, el de modelos fundacionales, que se corresponde con la IAG. Ésta se define como “un avance reciente en el que se desarrollan modelos de IA a partir de algoritmos diseñados para optimizar la generalidad y versatilidad de la información de salida”.

Pese a que no han ido considerados como sistemas de alto riesgo (lo son, a modo de ejemplo, los destinados a utilizarse por parte de las autoridades judiciales para la evaluación de la fiabilidad de las pruebas durante la investigación o para las evaluaciones de riesgos individuales de personas físicas con el objetivo de determinar la probabilidad de comisión de infracciones penales o reincidencias, así como el riesgo para las potenciales víctimas de delitos), sí deben cumplir determinados requisitos de transparencia: revelar que el contenido ha sido generado por IA y no por seres humanos y diseñar el modelo para evitar que genere contenidos que vulneren el Derecho de la Unión o la normativa sobre derechos de autor.

Con esta norma, la Unión Europea toma la iniciativa respecto a la regulación de la IA desde un prisma que valora los beneficios en términos de eficiencia y eficacia de los modelos inteligentes, pero estableciendo líneas rojas que atienden a la protección de derechos garantizando una IA segura y fiable. Esto se consigue clasificando los sistemas en función del nivel de riesgo y exigiendo una serie de medidas para cada tipología, pudiendo alcanzarse un nivel inaceptable que conlleva la prohibición de la práctica con IA. Esta vía intermedia (que no peca de optimismo tecnológico, pero tampoco de fobia), podría servir de hoja de ruta para los Estados del continente Latinoamericano. Tomando las palabras de la Presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, “la Ley de Inteligencia Artificial de la UE es el primer marco jurídico global sobre Inteligencia Artificial en todo el mundo”.

La regulación de la IA deberá ir acompañada de los mecanismos necesarios para su control y, en este sentido, cabría examinar si la Administración de Justicia dispone de los medios suficientes para identificar deepfakes, un interrogante que conecta directamente con la valoración de pruebas creadas con una IAG. Su evaluación precisará, posiblemente, de un peritaje judicial avanzado, sofisticado e hiperexperto (haciendo uso incluso de la propia IA y de otros recursos técnicos como la huella digital permanente). A lo anterior debería sumarse una mejora en competencias digitales de las autoridades judiciales.

Los desafíos no se circunscriben al ámbito de la justicia, sino que permean el sistema social. En el contexto latinoamericano, siete de cada diez habitantes desconocen lo que son los deepfakes, lo cual demuestra su clara exposición a consumir contenido falso. La ignorancia acerca de esta innovación tecnológica puede generar una sensación de escepticismo generalizado que debilite la cohesión social y la democracia. De este modo, convendría anticipar este escenario promulgando desde las instituciones una cultura fuerte del manejo de la información y una sana sospecha crítica sobre las fuentes informativas que invite a contrastar los datos. 

Nuevas tipologías delictivas de violencia contra la mujer

En el supuesto concreto de la violencia contra las mujeres, en el año 2021, al menos 4.473 mujeres fueron víctimas de feminicidio en 29 países y territorios de la región, según datos del Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe (OIG) de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), lo cual representa la muerte violenta diaria de al menos 12 mujeres por razón de género. A esta cotidianeidad letal es preciso agregar el fenómeno de metamorfosis de la violencia de género: cómo la violencia muta y encuentra otros medios de ejercicio de control a través de la tecnología deepfake.

Advertida su transformación, corresponde a los poderes públicos evitar su materialización a partir de la adopción de medidas político-jurídicas adecuadas para prevenir el uso de deepfakes contra las mujeres. Todo ello sin olvidar que el engaño y el chantaje que se pueda procurar a partir de este medio online, puede derivar en encuentros offline para cometer otras tipologías delictivas que atenten contra la integridad física.

Conclusiones

Con todo, la IAG, en su modalidad de deepfakes en particular, supone una alteración del sistema informativo que obliga a cuestionar si seguirá siendo funcional ver para creer. América Latina está llamada a anticipar los riesgos que pueden afectar a los derechos de la ciudadanía, especialmente de aquellos colectivos menos dignificados. Estos riesgos pueden tensionar los valores fundamentales de las democracias debido al estado de constante duda que debilita el tejido reticular que sostiene los ecosistemas sociales.

Citación académica sugerida: Simó, Elisa. ¿Ver para creer? Deepfakes y violencia de género en Latinoamérica. Agenda Estado de Derecho. 2023/12/19. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/deepfakes-y-violencia-de-genero-en-latinoamerica/

Palabras clave: Deepfakes, Violencia, mujeres

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ACERCA DE LA AUTORA
Elisa Simó Soler

Profesora Ayudante Doctora de Derecho Procesal en la Facultad de Derecho de la Universitat de València (España). Integrante del proyecto de investigación “Claves para una justicia digital y algorítmica con perspectiva de género” (PID2021-123170OB-I00).

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.