Chile declara a América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones internacionales

27 de Mayo de 2022
Chile declara a América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones internacionales
Mano del desierto, obra de Mario Irarrázabal, Atacama-Chile. Foto: Herbert Bieser / Pixabay

La Convención Constitucional de Chile ha incluido un importante e histórico artículo en el borrador de Constitución de alta relevancia para América Latina y la integración regional.

En 1975 ninguno de los miembros de la Comisión Ortuzar de Estudios Constitucionales, establecida por la Junta Militar de Gobierno de la época, estuvo de acuerdo con la posibilidad de incluir la integración latinoamericana en el texto constitucional. En palabras del comisionado Enrique Evans: “…en este momento en este país no solo existe desencanto por lo que pasó, por lo que le pasó a esta democracia nuestra tan orgullosa: «ingleses de América Latina», el país más sólidamente organizado de América del Sur”.

Casi medio siglo después, las fuerzas liberales, conservadoras y progresistas que representan al pueblo chileno ante la Convención Constitucional pretenden cambiar esa pretensiosa concepción y así lo han consignado en el borrador de texto que se ha publicado recientemente. El numeral 90 del proyecto de Constitución, en cuanto a la orientación de la política internacional, dispone:

Chile declara a América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones internacionales. Se compromete con el mantenimiento de la región como una zona de paz y libre de violencia, impulsa la integración regional, política, social, cultural, económica y productiva entre los Estados, y facilita el contacto y la cooperación transfronteriza entre pueblos indígenas.”

Adicionalmente, en el numeral 176, sobre la cooperación internacional, se determina que las regiones y comunas autónomas ubicadas en zonas fronterizas podrán vincularse con las entidades territoriales limítrofes para establecer programas de cooperación e integración.

 La inclusión de lo que he denominado en mis investigaciones “cláusulas latinoamericanas” es una excelente noticia no solo para Chile, sino también para el resto de América Latina. La proyección de la política internacional en la Constitución de 1980 (Art. 32 vigente) depositó en la Presidencia de la República la absoluta potestad y la orientación de las relaciones internacionales. Afortunadamente, eso podría cambiar.

Pasaron más de 40 años desde su entrada en vigencia y aunque se incluyeron importantes cambios en distintos apartes de la “Constitución de Pinochet”, nunca se planteó la posibilidad de introducir una cláusula latinoamericana de integración regional. Ni siquiera se hizo en el proyecto de sustitución radicado en 2018 por la expresidenta Bachelet.

El caso de Chile sigue llamando la atención —hasta ahora— por el recelo o escepticismo de incluir la cláusula latinoamericana en el texto de la Constitución. Hacia el pasado, podría pensarse que la cláusula de integración regional no fue incluida por las razones de aislamiento internacional que una dictadura requiere para poder actuar con impunidad y sin injerencia externa. No obstante, finalizada esa etapa de terror, tampoco el legislador ordinario ni gobiernos de izquierda o derecha en democracia lo hicieron.

La pretensión de tratar de ser la “Inglaterra de América Latina” forma parte del imaginario, así como de la conducta de Chile en la esfera regional. En particular, el país perteneció a la Comunidad Andina hasta 1976 y reingresó en 2006, pero solo como mero asociado. Recientemente, se ha sumado a dos iniciativas que no pueden ser catalogadas como organizaciones regionales por su baja institucionalidad y poco carácter vinculante: la Alianza del Pacífico y Prosur. Además, es el Estado suramericano que —de lejos— más tratados de libre comercio ha firmado en la región.

Desde que vengo estudiando el caso chileno me he preguntado si quienes detentan el poder sufren de lo que la psicología denomina “trastorno de identidad disociativo”, y que se traduce en la manifestación de dos o más personalidades en un solo individuo. ¿En realidad los chilenos creen que su país es la Inglaterra de América Latina?, y si es así, ¿cuáles son las diferencias tan profundas con el resto de América Latina?, ¿la historia?, ¿la religión?, ¿el idioma?, ¿el sistema político y jurídico?, ¿el color de piel? No lo entiendo.

Los excancilleres Alvear, Walker y Foxley declararon que no recomiendan incluir la política exterior chilena en el texto constitucional y que la inclusión latinoamericana les parece evidente e innecesaria. Contrarios a esas ideas y a las de El Mercurio, han sido los poderes constituyentes que desde la segunda mitad del siglo XX han dado a luz nuevas Constituciones en América Latina, y que han incluido la integración latinoamericana en el preámbulo y los capítulos relacionados con las cuestiones internacionales. De América del Sur, el único país carente de una norma constitucional de esta naturaleza —sin contar a Guyana y Suriname— sigue siendo Chile. Así es, pero este negativo enfoque podría cambiar.  

La utilidad de la cláusula latinoamericana sobrepasa lo simbólico y tiene plena vinculatoriedad. La declaración de América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones internacionales permitirá crear una política internacional de Estado y no de gobierno, menos susceptible al cambio de dirección según sea el movimiento del péndulo del poder. El peso político y económico de Chile es clave para la región, por lo que la constitucionalización de la integración le dará mucha más fuerza al país austral no solo como Estado, sino también como parte de un bloque latinoamericano fuerte en lo político, social, cultural y económico. Para citar un ejemplo, para reforzar procesos en marcha como la integración de las bolsas de valores de Chile, Colombia y Perú y cuya sede sería en Santiago.

La cláusula facilitará la creación y el ingreso a organizaciones regionales, y en el momento que lo consideren oportuno y sí esa es la voluntad, como argumento central para renegociar tratados de libre comercio que prioricen los intereses de los chilenos y el resto de los latinoamericanos. De ninguna manera puede entenderse como una camisa de fuerza que impida o dificulte sus relaciones con actores hegemónicos como los Estados Unidos de América, la Unión Europea o China. Por el contrario, su poder de negociación será más fuerte precisamente por el hecho de contar con la posibilidad del respaldo político, diplomático y hasta militar del resto de la región.

El desafío que tiene el pueblo chileno ante las urnas en el referendo, cuando se le pregunte si respalda esta proyección regional e internacional, será clave. Se trata de una oportunidad histórica para que ya no “desde arriba” un puñado de hombres blancos como los de la Comisión Ortuzar decidan qué es conveniente, sino que “desde abajo” le demuestren al resto de la región y al mundo que se sienten parte del barrio, que las mayorías no sufren del trastorno de identidad disociativo y que no pretenden seguir tratando de ser la Inglaterra de América Latina. Por el contrario, que están en la capacidad de influir en los grandes cambios que la política internacional de la región deberá implementar a lo largo del siglo XXI.  

El presente artículo fue publicado en El Mostrador de Chile con el título: Chile ya no quiere intentar ser la “Inglaterra de América Latina”.

Citación académica sugerida: Herrera, Juan Camilo. Chile declara a América Latina y el Caribe como zona prioritaria en sus relaciones internacionales. Agenda Estado de Derecho. 2022/05/27. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/chile-declara-a-america-latina-y-el-caribe-como-zona-prioritaria-en-sus-relaciones-internacionales/

Palabras clave:América Latina, Chile, Convención Constituyente, integración regional, relaciones internacionales

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ACERCA DEL AUTOR
Juan C. Herrera

Ha trabajado para la Corte Constitucional de Colombia y en el Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional Público en Heidelberg-Alemania. También como docente e investigador de la Universidad de los Andes (Bogotá) y de la Universitat Pompeu Fabra UPF (Barcelona). En paralelo a la docencia e investigación, se dedica a la consultoría con entidades públicas y privadas sobre derecho público y asuntos latinoamericanos.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.