A jueces y magistrados de Perú y México también les cayó la “fiebre” de ChatGPT

18 de Abril de 2023
A jueces y magistrados de Perú y México también les cayó la “fiebre” de ChatGPT

Jueces de Perú, Colombia y México han usado ChatGPT en audiencias o sentencias ¿Qué lecciones surgen de su aplicación? ¿Qué límites tiene?

A finales de marzo, un juez de Perú y un magistrado de México usaron ChatGPT para motivar una sentencia de segunda instancia y para ilustrar sus argumentos en una audiencia judicial, respectivamente. ChatGPT es un chatbot desarrollado por la empresa OpenAI que opera a partir de un modelo de lenguaje de gran escala (LLM), esto es, un sistema computacional entrenado a partir de grandes volúmenes de datos cuyo principal objetivo es predecir la probabilidad de un hilo de palabras dado su contexto precedente (por ejemplo, una consulta de un usuario). 

Los antecedentes colombianos

El juez peruano y el magistrado mexicano no son los primeros funcionarios judiciales de América Latina que han acudido a ChatGPT u otros LLM para redactar y/o motivar parte de sus decisiones. A comienzos de año, escribí sobre el uso de ChatGPT para redactar decisiones judiciales por parte de un juez y una magistrada de Colombia (versión en Español y versión en Inglés). En ese momento advertí que no era aconsejable utilizar este tipo de herramientas como si fueran fuentes confiables de información ni conocimiento. Las respuestas de este tipo de sistemas frecuentemente contienen información imprecisa, incorrecta e incluso ficción.

Como argumentó la profesora Emily Bender y las demás coautoras del artículo “On the Dangers of Stochastic Parrots: Can Language Models Be Too Big? 🦜”, los LLMs son como “loros estocásticos” que regurgitan información a partir de predicciones basadas en los patrones que identifican en los billones de datos con los cuales fueron entrenados. Estos sistemas fueron entrenados para predecir el hilo de palabras que más probablemente sigue a una consulta introducida (prompt); por tanto, los LLMs no razonan, no piensan y no tienen capacidad para distinguir la ficción de la realidad.

En suma, quizá los LLMs puedan servir para explorar temáticas, resumir textos, e incluso para inspirarse, pero no son instrumentos idóneos para responder preguntas fácticas, técnicas ni mucho menos jurídicas. Por todo lo anterior, la principal crítica que sostengo respecto del uso dado por los jueces colombianos a ChatGPT es que hubieran transcrito literalmente las respuestas arrojadas por el chatbot, sin que incluyeran en sus decisiones ejercicios expresos y explícitos de verificación de cada una de las afirmaciones transcritas a partir de fuentes confiables.

Juez peruano usa ChatGPT para consultar sobre cálculos matemáticos

El caso peruano es el más sencillo de explorar porque el uso dado a ChatGPT fue muy limitado (Expediente 00052-2022-18-3002-JP-FC-01). El Juez Especializado del Juzgado Civil Transitorio de San Juan de Miraflores, del Distrito Judicial de Lima Sur, debía resolver en segunda instancia sobre la fijación de la pensión de alimentos de una menor de edad (nacida en diciembre de 2021).

El punto de la sentencia en el cual el juez “invocó” a ChatGPT fue en la parte motiva, cuando debía calcular la obligación alimentaria que le correspondía al padre y a la madre en proporción a sus “posibilidades económicas y condiciones personales”. Así, en el considerando undécimo, el juez informó que:

“mediante la asistencia de la plataforma de Inteligencia Artificial de Open AI – Chat GTP[1], corresponde aplicar la técnica de proporción matemática, a efectos de establecer cuál es el aporte que corresponde a cada padre, según sus ingresos, para satisfacer el gasto de manutención de su hija.”

La única trazabilidad que dejó el juez acerca de su consulta al sistema fue una nota a pie de página en la cual transcribió el URL de su interacción con ChatGPT (https://chat.openai.com/chat/ca6a3d92-134e-4c8f-a84f-d48084f9fb70). Quizá el juez no era consciente de que incluir ese URL no ofrecía ninguna pista sobre su consulta a ChatGPT porque los demás usuarios no podemos acceder a sus interacciones pasadas con el sistema. El punto no es menor, porque indica que el juez no estaba familiarizado con la manera como funciona la herramienta.

Magistrado mexicano usa ChatGPT para indagar sobre la expresión “ya sabes quién”

En la audiencia realizada el 29 de marzo de 2023, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, presidente de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de México, indicó que había consultado ChatGPT a través de su teléfono móvil. En el marco del proceso SUP-JE-21/2023, el Tribunal Electoral debía resolver sobre el recurso de apelación interpuesto en contra de una sentencia que trataba sobre el uso de la expresión “ya sabes quién” en el marco de la precampaña electoral del partido Morena en el Estado de México. La pregunta jurídica abordada por el Tribunal Electoral era si el uso de esa expresión podía generar una situación de desequilibrio en la precampaña dado que podía ser interpretada como una alusión de apoyo por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador.

En la audiencia en la cual se examinó el fallo de primera instancia del tribunal electoral local, el magistrado Rodríguez Mondragón argumentó que dicho fallo debía ser revocado pues no había incluido un análisis contextual del uso de la expresión “ya sabes quién” y, por tanto, había un vicio de falta de exhaustividad.

Para ilustrar cómo podría motivarse un fallo, el magistrado Rodríguez Mondragón afirmó lo siguiente:

“yo por ejemplo, aquí en el celular, he estado haciendo consultas allí PTChat (sic)… si sabe quién es ‘ya sabes quién’ y la respuesta es que en el contexto político mexicano es el presidente… se refieren al presidente Andrés Manuel López Obrador y nos da una explicación de que esta referencia se popularizó en 2018 en la campaña.”

El magistrado no terminó ahí, hizo consultas adicionales a ChatGPT que comentó durante la audiencia:

“También le pregunté a GPT Chat (sic), una tecnología de inteligencia artificial magistrada, y también le pregunté por ejemplo sobre si reconocía a quién se referían como el ‘innombrable’ o el que no es el nombrado y contesta que a Voldemort en esta serie de Harry Potter… yo pensaría que si pongo también los mismos párrafos le podría preguntar si esto o no es un acto anticipado campaña o de precampaña y da una explicación es decir si la inteligencia artificial nos da una explicación de contexto con motivaciones es lo que se espera de un tribunal que razona sobre las expresiones que se analizan.”

Finalizó el magistrado con una invitación implícita para usar sistemas como ChatGPT para motivar fallos judiciales:

“está siendo reiterado el ejercicio del Tribunal Electoral del Estado de México en no agotar el principio y su deber de exhaustividad y no da razones suficientes cuando la tecnología ahora por ejemplo nos facilita una serie de información procesando obviamente bases de datos todo el conocimiento que está a disposición de los tribunales.”

Posteriormente, el magistrado José Luis Vargas tomó la palabra para criticar la manera como su colega proponía que los jueces usaran herramientas como ChatGPT: “quiero pensar que lo que nos acaba de decir es simplemente un ejemplo aislado y no es un pronóstico de lo que será la jurisprudencia de este tribunal…pues me preocuparía que ahora nuestras resoluciones las tomemos a partir de lo que dice el Chat GPT.”

Luego el magistrado Vargas manifestó su preocupación sobre cuál rol tendrían los tribunales si en el futuro ChatGPT definiera los casos de comienzo a fin y además argumentó que este tipo de sistemas “todavía tiene bastantes errores” y que “esa es la razón por la cual creo que nosotros los seres humanos -por un buen rato más- seguiremos ocupando estas posiciones.”

En línea con lo que he explicado en este texto, comparto la preocupación del magistrado Vargas sobre el riesgo de que los funcionarios judiciales confíen en ChatGPT para absolver preguntas jurídicas, técnicas y fácticas. La herramienta podría servir para explorar temáticas, pero no es idónea para que usen sus respuestas para motivar fallos sin que haya una verificación detallada de cada oración incluida en el texto sintético generado por el sistema.

También estoy de acuerdo que los sistemas de decisión automatizada o semiautomatizada usados por los Estados para realizar sus funciones públicas siempre deben estar bajo control humano. Con mayor razón en el marco de funciones judiciales, en tanto determinados usos de algunas herramientas de inteligencia artificial pueden tener consecuencias negativas para los derechos fundamentales de las partes de los procesos y de terceros.

Conclusiones y recomendaciones

A partir de la manera como operan los LLMs y de los casos reportados en este texto, a continuación, propongo cinco recomendaciones para jueces que quieran usar LLMs en su ejercicio profesional:

1. Uso informado. Antes de usar un LLM para alguna actividad importante, asegúrese de tener conocimientos básicos sobre cómo funcionan, cómo fueron desarrollados, para qué pueden ser herramientas de apoyo idóneas, y qué limitaciones y riesgos presentan.

2. Uso transparente y ético. Si usa un LLM para apoyar la actividad de motivar decisiones judiciales, debe ser transparente en la manera que se usó y distinguir de manera clara qué parte del texto es sintético (producido por el sistema).

3. Ejemplos de usos idóneos. Los LLMs pueden ser particularmente útiles para traducir textos, resumir documentos y para explorar nuevas temáticas. Los LLMs en cambio no son particularmente precisos cuando se consulta asuntos fácticos o para hacer cálculos matemáticos.

4. Uso responsable. No asumir que las respuestas de los LLMs son confiables, debe verificarse en detalle y con otras fuentes toda información que produzcan dado que los LLMs con frecuencia ofrecen respuestas incorrectas, imprecisas o incluso ficticia.

5. Uso que proteja privacidad y confidencialidad. No introducir información personal ni confidencial en las consultas realizadas al LLM pues una vez se comparte esta información se pierde el control de la misma.

Citación académica sugerida: Gutiérrez, Juan David. A jueces y magistrados de Perú y México también les cayó la “fiebre” de ChatGPT. Agenda Estado de Derecho. 2023/04/18. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/a-jueces-y-magistrados-de-peru-y-mexico-tambien-les-cayo-la-fiebre-de-chatgpt/

Palabras clave: Algoritmos, Covid-19, derechos humanos, inteligencia artificial.

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ACERCA DEL AUTOR
Juan David Gutiérrez

Profesor asociado de la Universidad del Rosario y PhD en política pública de la Universidad de Oxford.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.