La Regresividad presupuestaria en políticas públicas de ciencia y tecnología de Brasil como una vulneración del derecho humano a la ciencia
14 de Octubre de 2025

¿Cómo se puede entender las políticas públicas de Brasil en ciencia y tecnología ante sus obligaciones convencionales y constitucionales de derechos humanos?
En un estado constitucional y democrático de derecho como el brasileño, el presupuesto público no puede concebirse como un espacio de libre discrecionalidad política. Por el contrario, de acuerdo con Ciancio, su formulación está jurídicamente condicionada por la obligación de respetar, proteger y garantizar los derechos fundamentales, incluyendo aquellos reconocidos en tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el país (2019, p.352).
En este sentido, se debe tener presente que el artículo 5.º parráfo 2º, de la Constitución Federal de 1988, que confiere estatus constitucional a tales derechos, lo que impone al Estado el deber de ajustar sus políticas fiscales a los estándares convencionales. Eso se dá en virtud del principio del control de convencionalidad, desarrollado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) desde el caso Almonacid Arellano vs. Chile (párr. 124).
Así, de acuerdo con la Corte, todos los órganos del Estado —legislativo, judicial y ejecutivo— están obligados a interpretar y aplicar el derecho interno de conformidad con la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y la jurisprudencia de su órgano jurisdiccional. Esta exigencia es particularmente relevante respecto de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), cuya efectividad progresiva ha sido reforzada en el artículo 26 de la CADH.
En este marco normativo, el derecho humano a la ciencia —entendido en el artículo 15.1.b del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) como el derecho de toda persona a participar en el progreso científico y a beneficiarse de sus aplicaciones— impone obligaciones jurídicas concretas para el Estado brasileño. Dicho derecho ha sido constitucionalizado mediante la Enmienda N.º 85 de 2015 e implementado normativamente a través de la Ley N.º 13.243 de 2016. Además, el artículo 218 de la Constitución Federal determina que el Estado debe promover y fomentar el desarrollo científico y tecnológico como función estratégica para el bienestar nacional.
Esta consagración normativa impide tratar el financiamiento a la ciencia como una facultad política opcional: se trata de una obligación jurídica vinculante, sometida a los principios de progresividad, no regresividad y uso del máximo de los recursos disponibles.
En este contexto, la Corte IDH ha desarrollado criterios rigurosos para evaluar las medidas regresivas en derechos sociales. Así, en el caso Cuscul Pivaral y otros vs. Guatemala, estableció que las medidas de retroceso solo pueden ser válidas si cumplen simultáneamente con los criterios de necesidad, razonabilidad, temporalidad y proporcionalidad, y si no afectan el contenido esencial del derecho comprometido (párrs. 87–91), reafirmando en el caso Asociación Nacional de Cesantes y Jubilados de la SUNAT vs. Perú, que cualquier decisión que implique una regresión en la protección de los derechos sociales debe estar precedida por procesos deliberativos efectivos y participación ciudadana (párr. 200).
Además, la Corte IDH ha señalado que la discriminación indirecta derivada de políticas fiscales puede configurar una violación a los DESCA en tanto perpetúa barreras históricas en el acceso a los derechos. Así fue reconocido, entre otros, en los casos Poblete Vilches vs. Chile y González Lluy vs. Ecuador, donde se exigió adoptar políticas públicas con enfoque redistributivo para garantizar la universalidad material de los derechos.
Particularmente respecto al derecho humano a la ciencia, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su Observación General N.º 25 (2020), ha establecido que toda medida que afecte el financiamiento de este derecho debe ser justificada en términos rigurosos y adoptada conforme a principios de transparencia, participación y rendición de cuentas (párr. 67).
Tales exigencias han sido reforzadas por el reciente Informe sobre derechos humanos y política fiscal (2024) elaborado por Attiya Wari, en el cual reafirma que el principio de no regresividad tiene fuerza vinculante y que cualquier contracción presupuestaria debe estar plenamente justificada con base en criterios sustantivos, participativos y temporales (párrs. 29-38). Atendida la relevancia de esta temática, diversas organizaciones especializadas en derechos humanos y política fiscal también elaboraron un documento titulado “Principios de Derechos Humanos en la Política Fiscal” (2020), en el que se establece que las decisiones fiscales deben someterse a un examen de legalidad conforme a los estándares internacionales. Dichos principios destacan la centralidad del financiamiento progresivo como condición para la efectividad de los derechos, y la inaceptabilidad de políticas de austeridad que reduzcan recursos esenciales para la garantía de derechos fundamentales.
Al analizar el período comprendido entre 2015 y 2025, es posible constatar que el Estado brasileño implementó una política fiscal de ajuste que tuvo efectos regresivos sustanciales en el financiamiento de la ciencia y tecnología. Según el UNESCO Science Report (2021), la inversión en investigación y desarrollo (I+D) descendió del 1,34 % al 1,14 % del PIB en dicho período. A su vez, el Instituto de Pesquisa Econômica Aplicada (IPEA) reportó una contracción real acumulada de más del 58 % en el presupuesto del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación. Estas decisiones no fueron justificadas técnicamente, ni precedidas por evaluación de impacto, ni acompañadas de mecanismos compensatorios. Al omitir deliberadamente considerar el derecho a la ciencia como parámetro obligatorio en la formulación presupuestaria, el Estado incurrió en una vulneración estructural de sus obligaciones constitucionales e internacionales.
La regresividad fue especialmente notoria en el caso del Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico (FNDCT). Según lo documentado por el Senado Federal en su Nota Técnica N.º 65/2020, entre 2016 y 2020 el 80 % de los recursos del FNDCT fueron bloqueados por decisión del Poder Ejecutivo, sin evaluación técnica, sin consulta previa y sin garantizar continuidad mínima de las líneas de investigación financiadas. Esta práctica vulneró de forma directa el contenido esencial del derecho a la ciencia, al privar a las instituciones públicas de sus principales instrumentos de financiamiento estructural.
La política fiscal aplicada durante el período analizado también presentó efectos discriminatorios, al reforzar desequilibrios territoriales históricos. Casillas (2013, p. 12) señala que más del 60 % del financiamiento federal en ciencia y tecnología se concentró en los estados del sudeste del país, mientras que las regiones norte y nordeste —con menor infraestructura y capacidad científica— recibieron menos del 10 %. Esta distribución reproduce patrones estructurales de exclusión y vulnera el principio de igualdad sustantiva consagrado en el artículo 1.2 del PIDESC.
Otro aspecto que agrava la situación es la eliminación de espacios de deliberación democrática en el ámbito científico. Entre 2016 y 2022 fueron desactivadas las conferencias nacionales de ciencia y los consejos del SNCTI, debilitando gravemente los mecanismos de participación institucional. Esta omisión contradice la jurisprudencia interamericana anteriormente citada, que exige procesos deliberativos robustos como condición de validez de toda medida fiscal regresiva.
A la luz de lo expuesto, debe concluirse que las decisiones fiscales adoptadas por Brasil entre 2015 y 2025 en el ámbito de la ciencia configuran una regresividad no justificada y, por tanto, una vulneración estructural del derecho humano a la ciencia. Estas medidas contravinieron no sólo los principios de progresividad y no regresividad del PIDESC y la CADH, sino también el principio pro persona, el principio de igualdad sustantiva y los estándares interamericanos de deliberación democrática. En consecuencia, el presupuesto público debe ser concebido como una herramienta jurídica para la realización de derechos fundamentales, sometida al control constitucional y al control de convencionalidad, y no como un instrumento de contención fiscal insensible a las obligaciones de derechos humanos.
Citación académica sugerida: Miño, Catalina Masiel Díaz. La Regresividad Presupuestaria en Políticas Públicas de Ciencia y Tecnología de Brasil como una Vulneración Estructural del Derecho Humano a la Ciencia. Agenda Estado de Derecho, 2025/10/14 https://agendaestadodederecho.com/la-regresividad-presupuestaria-en-politicas-publicas-de-ciencia-y-tecnologia-de-brasil-como-una-vulneracion-del-derecho-humano-a-la-ciencia/
Palabras clave: derecho humano a la ciencia; regresividad presupuestaria; política fiscal.
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Estudiante de Derecho de la Universidad de Chile. Ayudante ad honorem de las cátedras de Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Derecho Penal y Derecho Constitucional en dicha casa de estudios.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.