Portar armas de fuego en América Latina, ¿un derecho o una (i)responsabilidad?

4 de Octubre de 2022
Portar armas de fuego en América Latina, ¿un derecho o una (i)responsabilidad?
Crédito foto: El Periódico

¿Qué ocurre si se legaliza el porte de armas en América Latina? ¿Cuáles son sus implicancias para los derechos humanos?

América es la región más violenta del mundo, a la par que desigual. Los índices de homicidio intencional son los más altos a nivel global, así se desprende del Estudio Mundial sobre el Homicidio (2019), preparado por la Oficina de Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito (UNODC) de cara al estado de cumplimiento del Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 de la Agenda 2030. Es un hecho que la tasa de homicidios de 17.2 víctimas por cada 100,000 habitantes en las Américas, fue la más alta registrada en una región desde que comenzaron los registros confiables en 1990. Los países con los índices más altos pertenecen a las subregiones de Centroamérica (Honduras y El Salvador) y el Caribe (Jamaica y Trinidad y Tobago).  Además, merece especial atención el hecho de que el uso de armas de fuego son la causa predominante de dichas muertes, la mayoría relacionadas con una espiral de violencia producto del delito.  

El caso estadounidense y los efectos del porte de armas de fuego

Estos datos resultan relevantes a la hora de debatir sobre el derecho a portar armas de fuego en las Américas. Su perspectiva cambia radicalmente dependiendo de la subregión, ya que en cada una existe una realidad diferente, y la naturaleza de su regulación tiene su propio origen. Tal es el caso del debate sobre el derecho a portar armas de fuego en los Estados Unidos de América (EUA). Basado en el derecho que otorga la Segunda Enmienda de la Declaración de Derechos (Bill of Rights) y la postura reiterada de la Corte Suprema que reconoce el derecho de portar armas de fuego como un derecho individual y que, actualmente, constituye el epicentro de un debate sociopolítico en dicho país. Por un lado, entre los que abogan por el control de la posesión de armas de fuego y, por el otro, los que rechazan otorgar poderes que permitan a las autoridades poner límites a sus ciudadanos. 

“Mantener una milicia bien organizada para defender la seguridad del Estado”, tal como reza la Segunda Enmienda, al momento de su aprobación por el Congreso cobraba sentido, al encontrarse en los albores de una nueva Nación que recién había conseguido su independencia. No obstante, a la fecha, ese derecho a portar armas de fuego se ha convertido en una amenaza al derecho fundamental a la vida de muchos inocentes. Las muertes ocasionadas por armas de fuego en los EUA no están relacionadas estrictamente con salvaguardar la seguridad individual o estatal, ya que hay una serie de factores que han contribuido a poner en peligro la vida de civiles, tal es el caso, entre otros, del comportamiento antisocial conocido como el «tiroteo masivo», cuyos efectos en la sociedad estadounidense son devastadores. Dicho fenómeno no se repite con tanta incidencia en el resto del mundo, tal como refiere Amnistía Internacional en su publicación relativa a la violencia con armas de fuego.

¿Qué pasa en Latinoamérica?

La mirada precedentemente expuesta dista mucho de la perspectiva que se tiene sobre el derecho a portar armas de fuego en América Latina. Recordemos que Latinoamérica es una región marcada por la pobreza, la desigualdad y la inseguridad. Poseer un arma de fuego en América Latina se encuentra estrictamente regulado y, más allá de considerarse un derecho, se ha convertido en una condición excepcional.

Sólo un puñado de países de la región garantiza de manera condicionada su porte y tenencia, ya sea por vía constitucional o legal (es el caso de Guatemala y Honduras), pero la gran mayoría mantiene una normativa rigurosa, principalmente por el peligro que representa para la sociedad el uso de armas de fuego. En este caso, el debate estriba, tal como sucede en Colombia, en la necesidad que alegan los que están a favor de su flexibilización, esto es, la relevancia de protegerse de la delincuencia.

Por otro lado, el tráfico ilícito de armas de fuego y sus municiones es una de las principales preocupaciones de los Estados Americanos, en atención a las consabidas consecuencias nefastas que ponen en riesgo el bienestar de los pueblos y su derecho a vivir en paz. Esta legítima preocupación dio lugar a que, en 1997, se firmara la Convención Interamericana contra la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, municiones y explosivos y otros materiales relacionados, conocida como CIFTA, con el fin de ayudar a los Estados Parte de la Convención a combatir y procurar el desarme en sus países. 

A modo de ejemplo, en el marco de este desafío, México se encuentra en una cruzada contra los armeros estadounidenses, alegando que no están poniendo restricciones en la venta de armas. Aunado a que son estos quienes facilitan el armamento al crimen organizado y a las cabecillas del narcotráfico, los que tienen verdaderos ejércitos —incluso mejor armados que los cuerpos de seguridad estatales—lo que contribuye a que la espiral de la violencia no disminuya. 

En todo caso, los Estados latinoamericanos no solo mantienen regulaciones restrictivas sobre el derecho a portar armas, sino que, a su vez, están comprometidos a combatir su comercio ilícito, agobiados por las altas tasas de violencia producto del crimen organizado, lo que ha elevado de manera continuada el índice de homicidio intencional, tal como se desprende del Preámbulo de la CIFTA y los datos del Estudio sobre Homicidios de UNODC. Espacios como los que otorga la CIFTA y otros cuerpos de los organismos internacionales creados para apoyar el desarme regional, como la Oficina Regional de Naciones Unidas (UNLIREC) o los programas de la Secretaría de Seguridad Multidimensional de la Organización de Estados Americanos (OEA), sirven de apoyo técnico para lograr dicho objetivo.

Portar armas de fuego es una responsabilidad que se debe dar en situaciones de excepcionalidad.  Lo cierto es que la inseguridad que rodea la región puede generar esa necesidad ciudadana de adquirir un arma de fuego con miras a salvaguardar su vida y bienes más preciados.  Sin embargo, su tráfico ilícito, producto de la expansión del crimen organizado, pone a los ciudadanos latinoamericanos en una situación de extrema vulnerabilidad, que les impide vivir en plena libertad y a disfrutar su derecho humano a la paz. Y, aún cuando vemos que el mayor índice de homicidios violentos involucra a la población masculina joven, no hay que perder de vista que las mujeres, niñas y niños también son considerados como víctimas vulnerables de las armas de fuego, que son utilizadas en gran medida en su detrimento en casos de femicidios y extorsión. 

Conclusiones

El debate regional sobre el derecho a la posesión de armas de fuego no solo debe quedarse en la discusión de su control, debe además dar pie a la toma de acciones por parte de todos los actores que juegan un rol: autoridades, organizaciones y sociedad civil. Las cifras hablan por sí solas, nos encontramos en la región más violenta del mundo y sin seguridad ciudadana no habrá ni democracia, ni desarrollo integral ni derecho humano que pueda disfrutarse a plenitud. Todos los seres humanos merecemos y anhelamos vivir libres de violencia y, por el momento, está demostrado que las armas de fuego convierten el derecho humano a la paz, en utopía.

Citación académica sugerida: Urrutia, Farah. Portar armas de fuego en América Latina, ¿un derecho o una responsabilidad? Agenda Estado de Derecho. 2022/10/04. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/portar-armas-de-fuego-en-america-latina/

Palabras clave: Porte de armas de fuego, derechos humanos, seguridad

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ACERCA DE LA AUTORA
Farah Diva Urrutia Mandiche

Abogada panameña, Doctora en Derecho por la Universidad Carlos III de Madrid, Ex-Secretaria de Seguridad Multidimensional y Ex-Secretaria de Acceso a Derechos y Equidad de la Organización de Estados Americanos. Comprometida con los derechos humanos, el desarrollo inclusivo y el liderazgo femenino.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Salvador Herencia-Carrasco

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.