Uso de la fuerza en el marco de protestas sociales: los retos en Latinoamérica - un diagnóstico preliminar

27 de Octubre de 2022
Uso de la fuerza en el marco de protestas sociales: los retos en Latinoamérica - un diagnóstico preliminar
Crédito foto: Amnistía Internacional España

¿Cuáles son los retos de Latinoamérica en la protección del derecho a la protesta? ¿Hacia dónde dirigir la regulación?

La protesta social es un elemento esencial para las democracias y para la defensa de los derechos humanos. Sin embargo, en Latinoamérica, se observa un preocupante escenario en el que en lugar de condiciones que garanticen el ejercicio del derecho a manifestarse, se muestra una respuesta estatal frente a la protesta que se caracteriza por la represión, el abuso de la fuerza y violaciones a los derechos humanos. El libro Uso de la fuerza en el marco de protestas sociales: aportes prácticos a partir de un análisis comparado de normativas nacionales -coordinado por el Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la KAS, CEJIL y CDH-, por presentarse mañana, 28 de octubre de 2022, en Washington D.C., estudia las normativas nacionales de varios países latinoamericanos y las formas en que estas cumplen con los estándares internacionales de derechos humanos vinculados al uso de la fuerza y al derecho a la protesta, con el objetivo de llenar un vacío de análisis que pueda contribuir al fortalecimiento de la legislación y políticas públicas sobre el derecho a la protesta en la región.

En Latinoamérica, el movimiento estudiantil en Chile y los movimientos sociales en Brasil y Colombia han sido protagonistas durante la última década de importantes manifestaciones públicas en defensa del acceso a la educación pública y otros derechos sociales. La reacción estatal en muchos casos se caracterizó por la restricción de los derechos y el uso desproporcionado de la fuerza policial y militar en contra de manifestantes y jóvenes estudiantes. Lo anterior, mediante el despliegue de personal a pie, a caballo y en vehículos; el ataque a los manifestantes y el uso de gas pimienta, lacrimógenos, balas de goma, armas de fuego y chorros de agua a presión para disolver las protestas. En el caso de Brasil, las protestas llegaron incluso a ser prohibidas por la Justicia Electoral. Este contexto ha dejado alarmantes registros de detenciones arbitrarias y agresiones sexuales y numerosas personas resultaron heridas, desaparecidas y fallecidas y lamentablemente es una realidad que se repite y que se ha replicado en diversos países de la región como Argentina, Bolivia, Cuba, Ecuador, Perú, Guatemala, Honduras y México, entre otros.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha afirmado que este contexto regional es producto de una concepción arraigada que considera a la movilización ciudadana como una forma de alteración del orden público o como una amenaza a la estabilidad de las instituciones democráticas. Sin duda, el patrón regional descrito pone en riesgo el valor de la protesta social como instrumento de protección y promoción de una amplia gama de derechos humanos y como elemento esencial para la participación pública democrática y el fortalecimiento del Estado de derecho. Toda acción que limite o cercene el derecho a la protesta impacta directamente en la existencia y consolidación de las sociedades democráticas.

Sobre la regulación del uso de la fuerza en contextos de protesta

Como se profundizar en el libro Uso de la fuerza en el marco de protestas sociales: aportes prácticos a partir de un análisis comparado de normativas nacionales, la realidad de la región demuestra que la falta de adecuación de la normativa interna de los Estados a los estándares internacionales en materia de uso de la fuerza representa uno de los principales obstáculos para la garantía del derecho a la protesta y la protección de las personas manifestantes. Bajo este marco, la mirada de organismos internacionales y regionales, y la praxis de las organizaciones de la sociedad civil en la defensa de los derechos humanos en la región, evidencian que el uso excesivo e ilegítimo de la fuerza por parte de las policías y demás fuerzas de seguridad no solo responde a un apartamiento de los estándares internacionales de derechos humanos en la conducta de los agentes estatales; sino que, además, son las consecuencia de una falta de claridad e inconsistencias entre los marcos normativos internos que regulan las actuaciones y esos estándares internacionales.

El uso de la fuerza en contextos de manifestaciones públicas debe estar orientado a garantizar el derecho a la protesta y proteger la vida e integridad de los que participan en esta. Sin embargo, su uso excesivo o ilegal también puede constituir “una importante fuente de violaciones” de los mismos derechos que la fuerza pretende proteger, así como socavar las relaciones entre las fuerzas de seguridad y la comunidad. Además de implicar violaciones del derecho a la vida y la integridad física, el abuso de la fuerza resulta intimidatorio y puede representar un obstáculo para el ejercicio de otros derechos y libertades.

Por esto es necesario en primer lugar que los Estados cuenten con un adecuado marco normativo que pueda resultar de guía al accionar de las fuerzas de seguridad y que permita además contar con los necesarios mecanismos de control, observancia y rendición de cuentas que coadyuven a prevenir violaciones a los derechos humanos de las personas manifestantes.

El contenido del estudio titulado Uso de la Fuerza en el marco de protestas sociales, presenta una mirada analítica de las normativas nacionales en relación al modo en que estas recuperan e incorporan los estándares internacionales y regionales sobre la protección de la protesta, con un especial énfasis en la articulación de la respuesta estatal frente a dichos contextos; así como la forma en que se piensa y diseña la regulación del uso de la fuerza y el rol de los agentes estatales.

Los resultados permitirán identificar problemáticas en torno a la opacidad y publicidad normativa, la ausencia de regulación, el diseño de la respuesta estatal, o la introducción de instrumentos inadecuados, entro otros; que operan como obstáculos para una intervención que se ajuste a la protección de la protesta, en lugar de reprimirla.      

Es urgente que los Estados revisen sus marcos normativos internos sobre los límites al uso de la fuerza y su interacción con los contextos de protesta; a fin de verificar su compatibilidad con las obligaciones internacionales del Estado de proteger y facilitar las manifestaciones públicas. De otra forma, los esfuerzos para prevenir los actos de violencia y los excesos en el uso de la fuerza, resultarán insuficientes; y el derecho a la protesta como valor democrático, seguirá siendo vulnerado.

Conclusiones

Es claro que la normativa por sí sola no se traduce directamente en una praxis adecuada; sin embargo, una regulación clara, suficiente y en concordancia con los estándares internacionales es absolutamente necesaria y el principal punto de partida hacia un abordaje respetuoso de los derechos humanos. En este sentido, es deber de los Estados disponer de directrices que permitan que la respuesta estatal que involucre el uso de la fuerza en contextos de protesta, resulte legítimo, necesario y proporcionado; y por sobre todo, proteger y garantizar el derecho de la población a manifestarse.

Citación académica sugerida: Romero, María Luisa y Sánchez, Soledad. Uso de la fuerza en el marco de protestas sociales: los retos en Latinoamérica. Agenda Estado de Derecho. 2022/10/27. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/uso-de-la-fuerza-en-el-marco-de-protestas-sociales/

Palabras clave: Derecho a la protesta. Uso de la fuerza. Latinoamérica.

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ACERCA DE LAS AUTORAS
María Luisa Romero

Abogada especialista en derechos humanos. Fue abogada en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Ex-Ministra de Gobierno de Panamá. Experta independiente en el Subcomité para la Prevención de la Tortura de las Naciones Unidas. Investigadora principal del libro publicado por la Fundación Konrad Adenauer, CEJIL y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Buenos Aires: “Uso de la fuerza en el marco de protestas sociales: aportes prácticos a partir de un análisis comparado de normativas nacionales”.

Soledad Sánchez Jeanney

Abogada especialista en derechos humanos. Actualmente se desempeña como consultora jurídica independiente en temas relacionados a la protección de derechos humanos ante el Sistema Interamericano. Asistente de investigación del Proyecto de la Fundación Konrad Adenauer con CEJIL y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Buenos Aires sobre protesta social y uso de la fuerza en Latinoamérica.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.