Muertes en prisiones y el Informe del Relator sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas y su importancia para Latinoamérica

31 de Agosto de 2023
Muertes en prisiones y el Informe del Relator sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas y su importancia para Latinoamérica
Foto de Milad Fakurian en Unsplash.

¿De qué manera un Informe de Naciones Unidas sobre muertes en las prisiones, impacta en los derechos de las personas privadas de libertad en América Latina?

Las muertes de personas encarceladas han sido una preocupación creciente en el Sistema Universal de Derechos Humanos. En un reciente informe, el Relator de Naciones Unidas sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias, Morris Tidball-Binz, puso de relieve las principales problemáticas relacionadas con las muertes de presos en todo el mundo, y emitió recomendaciones a los Estados para abordarlas de manera integral. En él, se adentra de lleno a la correlación entre el encarcelamiento masivo y las muertes bajo custodia del Estado, resultando un enfoque novedoso que avanza más allá de las medidas de prevención inmediatas que puedan adoptar las administraciones penitenciarias, ubicando a la política criminal en el centro de la escena como co-responsable del aumento de muertes evitables de personas encarceladas.

En un desarrollo holístico e integral, analiza las causas primarias de las muertes bajo custodia y aborda las obligaciones pendientes que tienen los Estados para respetar y proteger el derecho a la vida, así como de investigar y sancionar a los responsables de su vulneración.

Este informe tiene especial relevancia para Latinoamérica, en donde el fenómeno de las muertes en prisiones se encuentra a la orden del día. El 26 de junio, nos despertamos con la lamentable noticia del fallecimiento de 46 reclusas en un centro penitenciario de Honduras, Durante los últimos tres años fallecieron más de 450 presos en motines solamente en Ecuador. Familiares y allegados de las víctimas reclaman verdad y justicia, en medio de un escenario regional en donde se corre grave riesgo de –a fuerza de repetición- naturalizar estos desenlaces.

Del encarcelamiento preventivo a la “presunción de libertad”

El Relator inicia el Informe con una fuerte crítica al recurso adoptado por los Estados de echar mano al encarcelamiento para afrontar el fenómeno de la criminalidad. Hace un llamado a subvertir las bases o los consensos sobre los cuales se estructura el sistema de justicia criminal, promoviendo, entre otras medidas, lo que denomina la “presunción de libertad”, llamando a “abolir la prisión preventiva”. Esta elocuente afirmación no viene más que a reiterar un problema ya diagnosticado: a nivel mundial un tercio de las personas privadas de libertad se encuentran presas sin una condena, una estadística que cobra aun mayor dimensión en el contexto latinoamericano, en donde esa cifra aumenta a aumenta al 36% en promedio, pero supera el 60% en determinados países.

El Relator recomienda a los Estados que reformen sus procedimientos penales, de modo tal que las personas sospechadas de la comisión de delitos se sujeten al proceso a través de un sistema fianzas, siendo ésta la medida adoptada “por defecto”, en lugar de la privación de libertad. La introducción de dicha presunción permitiría automatizar el dictado de medidas distintas a la privación de libertad, siendo ésta última de excepción.  Una recomendación similar emerge para las personas condenadas, respecto de las cuales se sugiere establecer una “presunción legislativa de libertad condicional”, de modo que la recuperación progresiva de la libertad antes del agotamiento de la condena opere de hecho, reduciendo la duración del tiempo en prisión.

Contra el populismo punitivo

Además de la racionalización radical del encarcelamiento, el Relator hace un llamado a la despenalización y desincriminalización de los delitos leves, los vinculados a la pobreza y los denominados delitos sin víctimas, como la posesión de tóxicos prohibidos. Surge la necesidad de que se despenalicen las conductas que de ningún modo deben ser penalizadas, desde los delitos religiosos, hasta los que no dañan a terceros. Esto quiere decir que, ante el escenario en el cual los Estados no pueden proteger la vida de las personas encarceladas, cobra aun mayor importancia aquella máxima de utilizar al derecho penal como ultima ratio para resolver los conflictos.      

Los pilares de un derecho penal liberal (mínimo) emergen así, ya no solo como una necesidad propia de un Estado de derecho racional y moderno, sino como una herramienta contingente ante las muertes evitables dentro de las cárceles de todo el mundo. El Informe también critica el aumento de la severidad de las penas que, a menudo, adoptan los Estados como respuesta simbólica y populista a las preocupaciones de la comunidad respecto a la inseguridad, recurso que ha demostrado no solamente fracasar, sino que incluso resulta contraproducente. 

Responsabilidad estatal e inexcusabilidad ante la violencia carcelaria

El Relator ratifica y reitera la presunción de responsabilidad estatal por los fallecimientos de personas bajo su custodia, así como la exigencia de que tal sea revertida luego de una investigación imparcial, pronta y exhaustiva por parte de órganos independientes. Refiere la necesidad de que las investigaciones sigan los lineamientos del Protocolo de Minnesota y que sus conclusiones sean compartidas al público, incluyendo recomendaciones que deben ser adoptadas efectivamente los Estados para prevenir hechos futuros.

A su vez, se introduce en un fenómeno muy importante en el contexto latinoamericano, el de las muertes ocasionadas por agresiones cometidas por parte de personas detenidas. No es inusual que los Estados argumenten que las muertes violentas dentro de las prisiones son causadas por “peleas”, “conflictos entre bandas”, o producto de la “criminalidad organizada”.  Al respecto, el Relator hace la contundente afirmación de que, “si los Estados no tienen el control efectivo de las prisiones, deben abstenerse de encarcelar a los condenados”, dando la pauta de que la violencia intra-carcelaria no solamente no puede operar como una excusa para sustraerse de la responsabilidad estatal, sino que es precisamente una muestra cabal de la misma.


El encarcelamiento masivo en ciertos países latinoamericanos ha llevado a la lamentable situación en que los Estados simplemente se limitan a privar de libertad a las personas, librándolas a su suerte en cárceles en donde únicamente controlan la seguridad perimetral, lo que provoca que algunos establecimientos estén virtualmente gobernados por grupos criminales que oprimen, violentan y extorsionan a reclusos en situación de vulnerabilidad, o incluso a la mayor parte de las personas detenidas. El estándar fijado es que estas cárceles depósito son incompatibles con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y por tal, ante la inevitabilidad de la victimización entre internos, el no encarcelamiento no es simplemente una “opción progresista” o transformadora, sino un deber de los Estados.

Registro y sistematización para la toma de decisiones

El Informe pone foco en la falta de registros estandarizados sobre fallecimientos de personas encarceladas, y en la necesidad de avanzar hacia criterios unificados para relevar los decesos naturales y no naturales, a través de un criterio abreviado que tenga consenso internacional, el cual contemple a su vez otros datos relevantes como la pertenencia a minorías sobrevulneradas. Respecto a las mismas se remarca la necesidad que, al ingreso de los reclusos a los establecimientos carcelarios, se registre el género, el sexo, la orientación sexual, la edad, el origen étnico, la pertenencia a pueblos originarios, la discapacidad, la religión y cualquier otra característica que pueda ser fuente de vulnerabilidad en la prisión.

A su vez, se hace hincapié en la necesidad de que los datos de los fallecimientos estén contextualizados, tanto para analizar la evitabilidad de las denominadas “muertes naturales” como para desnaturalizar los homicidios, develando los factores subyacentes que pueden generarlos o predisponerlos. Esto cobra vital importancia, ya que el registro descontextualizado de los homicidios contribuye a la naturalización de las muertes violentas, obviando la contribución que pueden hacer a ellos factores como el hacinamiento, la mala sectorización, la falta de personal o las condiciones materiales deficientes, lo que tiende a invisibilizar o subestimar la responsabilidad estatal en los mismos.

Conclusión

Partiendo del cálculo de que la tasa de mortalidad en las cárceles es al menos 50% superior a la del medio libre, el informe califica a las muertes de reclusos como una “tragedia mundial silenciosa”, llamando a los Estados a adoptar medidas contundentes para prevenirlas, investigar adecuadamente estas muertes y sancionar a los responsables, pero por sobre todo a modificar los pilares fundamentales y macropolíticos sobre los que estas tragedias ocurren, esto es, el encarcelamiento sistemático como respuesta estatal al delito.

Los presos (y presas) en el mundo se encuentran en una posición de indefensión absoluta, a diferencia de las personas que viven en el medio libre, no pueden siquiera huir –en sentido literal- de los factores de riesgo que los acechan, incluidas las agresiones de terceros. Por ello, resulta fundamental que las autoridades a cargo de los espacios de privación de libertad adopten estrategias para prevenir todo factor que aumente el riesgo de morbimortalidad. Ello implica prevenir los conflictos interpersonales, conjurar las agresiones e interrumpirlas cuando ocurran, pero, además, mejorar sustancialmente los sistemas de salud intra-muros, a modo de garantizar una atención equivalente – al menos- a la del mundo libre. Si así no lo hicieren, deberán abstenerse de encarcelar, siendo ésta la prenda ética que deberá pagarse para no convertir a las prisiones en velados centros de tortura y ejecuciones extralegales.

Citación académica sugerida: Nielsen, Kevin. Muertes en las prisiones: el Informe del Relator sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de Naciones Unidas y su importancia para Latinoamérica. Agenda Estado de Derecho 2023/08/31. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/muertes-en-prisiones-y-el-informe-del-relator-sobre-ejecuciones-extrajudiciales/

Palabras clave: Personas privadas de libertad, cárceles, violencia carcelaria

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ACERCA DEL AUTOR
Kevin Nielsen

Abogado. Presidente del Comité para la Prevención de la Tortura de la Provincia del Chaco, Argentina.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.