Atendiendo el llamado del poder judicial: los medios de comunicación y la justicia abierta

8 de Diciembre de 2021
Atendiendo el llamado del poder judicial: los medios de comunicación y la justicia abierta
Crédito foto: Canva

¿Por qué es importante promover el principio de justicia abierta? ¿Cuál es la función de los medios y cómo ha evolucionado su relación con el Poder Judicial en los últimos años?

En el caso Commission v. Patrick Breyer (2010), el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Michal Bobek, planteó a los magistrados del Tribunal, entre otras preguntas, ¿qué grado de apertura debía incorporar el TJUE en el desempeño de sus funciones judiciales? Este cuestionamiento motivó el debate de una vertiente poco explorada en el análisis de la independencia judicial y la noción del concepto de “justicia abierta”. La política de justicia abierta se ha afianzado como un mecanismo para la construcción de un poder judicial más accesible a la ciudadanía, institucionalmente capaz de contar con las herramientas necesarias para afrontar los retos que presenta la administración de justicia en el siglo XXI.

Para los promotores de esta política, la justicia abierta requiere del impulso de una gestión basada en distintos principios rectores, tales como la transparencia, la participación ciudadana y la colaboración, a fin de garantizar el Estado de Derecho y fortalecer la democracia. Los fundamentos que sustentan el principio de la justicia abierta son plausibles. No obstante, existen otros cuestionamientos sobre cómo implementar esta política de manera efectiva y real. Cabe, entonces, examinar: ¿cuáles son los mecanismos para promover un poder judicial accesible para la sociedad civil? ¿Qué tipo de contenido judicial se quiere difundir y cómo se debe comunicar al público? ¿Cuál debe ser el uso, si es que lo hay, de los medios de comunicación para alcanzar ese fin? ¿Cuál es la función de los medios de comunicación para difundir el resultado del proceso de decisión judicial?

Hermetismo judicial

La relación entre los jueces y los medios de comunicación no es ni ha sido sencilla. En los años previos a la tercera ola de democracias, las sesiones y los procedimientos judiciales mediante los cuales eran tomadas las decisiones fueron objeto de un intenso escrutinio por parte de varios sectores de la sociedad. Ese escrutinio no solo se sustentaba en la ininteligibilidad de la parte sustantiva o procedimental, sino en la escasa información y la ausencia de razones judiciales contenidas en las sentencias. El proceso de decisión judicial se caracterizó, en diversos países, por el secretismo en la toma de decisiones, convirtiéndose en un poder judicial hermético y extraño a los medios de comunicación y a la ciudadanía.

Esa situación fue exacerbada por la inclusión de principios jurídicos y lenguaje rebuscado ajeno a actores no-jurídicos, provocando una incuestionable lejanía de los jueces con los integrantes de los medios de comunicación, y aumentando, con ello, la falta de confianza de la sociedad civil en las instituciones de justicia y en sus operadores, tal y como se ha reportado en diversas regiones del mundo (Latinoamérica, Europa, África). Así, simplemente no se comprendían las razones aducidas por los jueces en sus sentencias. Las sentencias eran dirigidas a los litigantes de la causa, dejando a un lado al resto de la sociedad. Además, prevalecía un desconocimiento general del funcionamiento del sistema de administración de justicia, en muchas ocasiones promovido o incentivado por el contexto político que predominaba en el siglo XX.

Apertura democrática y judicial

A mediados de los ochenta, organizaciones de la sociedad civil y académicas cuestionaron la falta de publicidad y el secreto con el que eran tomadas las decisiones en el poder judicial, considerándolas como el asidero de la existencia o sospecha de la corrupción. Entre las demandas más importantes se encontraba la falta de publicidad de las audiencias, pues impedía a los medios y a la opinión pública conocer los razonamientos, así como los procedimientos de deliberación de los magistrados y magistradas. Las demandas de mayor apertura por parte del poder judicial en diversas regiones se vieron reflejadas a través del surgimiento de movimientos sociales y/o en el impulso de legislación para sentar las bases de la apertura institucional, incluyendo al poder judicial. Así sucedió en México (2002); Perú (2003); Guatemala (2008); Brasil (2011); Colombia (2014), entre otros.

Además de esas iniciativas locales, en septiembre de 2011, Brasil, Estados Unidos, Filipinas, Indonesia, México, Noruega, Reino Unido y Sudáfrica adoptaron la Declaración de Gobierno Abierto para promover la transparencia, empoderar a los ciudadanos, luchar contra la corrupción e implementar nuevas tecnologías para fortalecer la gobernanza, ello con una perspectiva internacional. A partir de esta Declaración, los tribunales nacionales en diversas jurisdicciones adoptaron medidas estructurales para la implementación y consecución de los acuerdos de la Declaración. Por ejemplo, ante la falta de confianza y descrédito en el poder judicial argentino, los jueces buscaron alternativas para estandarizar los procesos del trabajo judicial, y delimitar objetivos para promover la apertura de datos y el acercamiento con la sociedad a través de las tecnologías de la información.

A medida que los procesos democráticos se fueron consolidando a la par con las mencionadas políticas de transparencia y acceso a la información en diversas regiones del mundo, dicha apertura también creó oportunidades para los medios de comunicación, encargados de informar a la ciudadanía sobre el acontecer en la administración de justicia, las decisiones judiciales y los avances significativos en materia de administración de justicia de una manera clara y comprensible. Los medios de comunicación han contribuido a darle vigencia al principio de justicia abierta, en la medida que han transmitido de manera más efectiva y asequible la función de los tribunales.

Con sus excepciones, durante los últimos años el principio de justicia abierta a nivel mundial no solo ha operado como un principio general que sirve de guía al proceso de deliberación judicial. Además, sus promotores han establecido una serie de reglas específicas que los jueces deben aplicar al momento de ejercer su función, tales como emitir sentencias y llevar a cabo procedimientos en audiencias públicas, así como promover la elaboración de informes de labores accesibles a los medios de comunicación.

Los medios de comunicación y la función judicial

Como parte del movimiento de apertura institucional, también se promovió, al interior de los poderes judiciales, la capacitación de periodistas, especialmente aquellos encargados de cubrir la función del poder judicial. La relación entre el poder judicial y los medios de comunicación es un fenómeno que en los últimos años ha recibido una atención creciente. Ello se explica por diversas razones. La falta de entendimiento de las decisiones de casos complejos o de aquellos que tienen un impacto social significativo, se agrava por la falta de capacitación de los medios de comunicación para cubrir y explicar de manera simple las cuestiones judiciales. Esa falta de capacitación también perjudica la legitimidad y percepción ciudadana del sistema de administración de justicia.

De ahí que, en diversos países de la región, se apoyaron iniciativas para aminorar ese problema. En Perú, por ejemplo, la Asociación de Jueces por la Justicia y la Democracia y el Consejo de Prensa Peruano apoyaron un proyecto diseñado para establecer canales de comunicación entre el sistema de justicia y los periodistas, capacitando a los medios para entender el funcionamiento del poder judicial. Asimismo, se crearon espacios para que los jueces pudieran contribuir con el trabajo de los medios de comunicación. Un ejemplo similar fue impulsado en Argentina. En este caso, organizaciones no gubernamentales enfocadas en el sector de la justicia (Poder Ciudadano) y periodistas, junto con varios poderes judiciales locales, desarrollaron programas de acción (talleres, manuales de operación del poder judicial, etc.) orientados a mejorar la relación de los medios con el poder judicial.

Más allá de Latinoamérica, el European Network of Councils for the Judiciary llevó a cabo un esfuerzo regional de la misma naturaleza. En 2011, la Red Europea lideró un proyecto denominado Justice, Society and the Media, que tuvo como objetivo identificar y analizar las mejores prácticas para determinar cómo los poderes judiciales europeos podrían estar mejor comunicados con la sociedad y cuál podría ser la función de los medios de comunicación para lograr ese objetivo. Este proyecto es significativo también por varias razones. El Grupo de Trabajo de la Red Europea acordó que todos los países deberían desarrollar y utilizar un sistema de portavoz judicial mediante los denominados “jueces de prensa” y asesores de comunicación, quienes debían contar con capacitación y un profundo conocimiento sobre el funcionamiento del poder judicial, de manera que los jueces de prensa estuvieran en posibilidad de informar al público, con un lenguaje claro y comprensible, la naturaleza y el alcance de las decisiones de los tribunales y promover en todo momento la transparencia de la función pública judicial. Las recomendaciones y las mejores prácticas identificadas en este proyecto fueron adoptadas por la Asamblea General en Dublín en 2012.

Consideraciones finales

En 2003, Lord Chief Justice Woolf se planteaba si los jueces debían estar en comunicación con los medios. Pareciera que la pregunta es simple, especialmente si no se considera la historia y la relación compleja desarrollada entre los medios de comunicación y las instituciones judiciales no solo en Latinoamérica, sino en otras regiones del mundo. Como se ha expuesto en el presente artículo, los avances en materia de transparencia y acceso a la información en la región han sido significativos. No obstante, quedan temas pendientes de abordar, tales como ¿qué tipo de información se debería priorizar en los sitios de Internet de justicia abierta? ¿Cómo debe diseñarse una política integral de justicia abierta que incluya a otros operadores de justicia, además del poder judicial? ¿Qué estrategias adicionales deben implementarse para promover acciones transformadoras tendientes a generar mayor apertura de la justicia, a fin de que alcance a regiones más alejadas de las principales ciudades? Espacios como este nos permitirán seguir reflexionado no solo sobre el relevante planteamiento del Juez Woolf, sino también los expuestos en este apartado. Especialmente, en países donde la confianza en las instituciones de justicia permanece a la baja, o los niveles de corrupción y secretismo se mantienen al alza.

Citación académica sugerida: : Castillejos-Aragón, Mónica. Atendiendo el llamado del poder judicial: los medios de comunicación y la justicia abierta, Agenda Estado de Derecho, 2021/12/08. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/llamado-del-poder-judicial-los-medios-de-comunicacion-y-la-justicia-abierta/

Palabras clave: justicia abierta, medios de comunicación, Poder Judicial.

Comparte este artículo en...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
ACERCA DE LA AUTORA
Mónica Castillejos-Aragón

Profesora del Departamento de Estudios Jurídicos, Universidad de California, Berkeley. Doctora y maestra en Derecho por la Universidad de California, Berkeley, School of Law. Abogada por el ITAM, Mexico. Especialista en temas de acceso a la justicia, derechos humanos y sociología del derecho.

Artículos Relacionados

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.