La promesa mortal: Avances y retos en Latinoamérica a 25 años de la Declaración y Plataforma de Beijing

25 de Noviembre del 2020
La promesa mortal: Avances y retos en Latinoamérica a 25 años de la Declaración y Plataforma de Beijing

La Declaración y Plataforma de Beijing cumple 25 años este 2020, un buen año para hacer evaluaciones. La Declaración y Plataforma de Acción de Beijing fue el resultado de lCuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer celebrada en septiembre de 1995 en China, donde 189 países definieron acciones a realizar para potenciar el papel de la mujer y se comprometieron a un conjunto de medidas a adoptar por todos los actores de desarrollo –gobiernos, comunidad internacional y organizaciones no gubernamentales, entre otros– para reducir las barreras que impiden el pleno despliegue de la vida de las mujeres en igualdad de dignidad y derechos. Para ello, la Plataforma de Acción estableció doce áreas priorizadas, también denominadas “esferas de preocupación”, que fueron: la mujer y la pobreza; la educación y la capacitación de la mujer; la mujer y la salud; la violencia contra la mujer; la mujer y los conflictos armados; la mujer y la economía; la participación de la mujer en el poder y la adopción de decisiones; los mecanismos institucionales para el adelanto de la mujer; los derechos humanos de la mujer; la mujer y los medios de comunicación; la mujer y el medio ambiente; y la niña.

El cuarto de siglo del conjunto de compromisos más ambiciosos en materia de igualdad de género y empoderamiento de la mujer, nos recibe no sólo con deudas pendientes con las mujeres y niñas de la región, sino con un planeta azotado por una pandemia global sin precedentes, con estados débiles y economías hundidas, y la intensificación de discursos fundamentalistas, polarización política y violencia como mecanismo de resolución de conflictos, que amenaza con echar por tierra los tímidos avances de esta agenda global por la igualdad de género.

En efecto, 25 años después, el Informe regional sobre el examen de la Declaración y Plataforma de Beijing en los países de América Latina y el Caribe elaborado por la CEPAL, destaca como logros cuatro ámbitos: el avance en la formulación y aprobación de leyes y normativas que tipifican el femicidio o feminicidio (*); el aumento –aunque aún insuficiente– de la participación de las mujeres en los espacios de toma de decisiones; la incorporación en la agenda de los países de la región del tema de los cuidados y del trabajo no remunerado que realizan las mujeres, como parte integral del diseño de los sistemas de protección social, y por último, la incorporación del enfoque de género en la arquitectura institucional de los Estados y en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible en la región. En 23 países de la región, existen planes y políticas nacionales contra la violencia por razón de género contra las mujeres. En 18, se aprobaron leyes que tipifican el femicidio/feminicidio, los más recientes: Brasil, en 2015, Paraguay, en 2016, y Uruguay, en 2017.

Sin embargo, el propio informe concluye que existen retos en relación con la aplicación efectiva de estas leyes y normas, que incluye el acceso a la justicia y los mecanismos de prevención, atención y protección a las mujeres.

¿Qué tan grande es el reto?

América Latina es la segunda región más letal para las mujeres después de África, con una tasa de 1,6 por cada 100.000 habitantes, según un informe publicado por Naciones Unidas en 2018. La información más reciente de 33 países de la región da cuenta de que la cifra de mujeres asesinadas por el solo hecho de ser mujeres superaba las 3.800, es decir, cada dos horas y media se registra un femicidio en América Latina y el Caribe. Una de cada tres      mujeres sufre violencia física o sexual y el 80% de la violencia física se comete contra mujeres.

En cuanto a la erradicación de la pobreza y los derechos laborales, el informe de la CEPAL señala que la feminización de la pobreza muestra un incremento a nivel regional; pasó de 117,4 mujeres por cada 100 hombres que viven en hogares pobres en 2015, a 120,9 en 2017. En América Latina, en promedio, el 29.4 por ciento de las mujeres no cuentan aún con ingresos propios, porcentaje que se ubica en torno al 10.7 por ciento en el caso de los hombres.

En cuanto a las brechas salariales de género, éstas persisten. El más reciente informe de la OIT sobre la brecha salarial entre hombres y mujeres en América Latina hace referencia al Informe Panorama Laboral 2017 de América Latina y el Caribe de la OIT, que indica que la brecha salarial promedio en América Latina al año 2015 es del 14.5%;  siendo un 24,4 % en el Cono Sur, 16 % en los países andinos y 9,9% en Centroamérica y México. Estos datos se confirman si recurrimos a otras fuentes. Según los cálculos realizados por CEPAL, a partir de la comparación del salario promedio de las mujeres urbanas de 20 a 49 años que trabajan 35 horas y más por semana respecto del salario promedio de los hombres de iguales características, se obtuvo que en 2014 las mujeres asalariadas recibían en promedio el 83,9% del salario promedio que recibían los hombres lo que representa una brecha de 16,1%.

Las brechas salariales son un obstáculo para la autonomía económica de las mujeres y tienen un efecto perverso no sólo en su vida laboral, sino también en los niveles de ingreso a la edad de retiro y en el monto de la pensión a la que tendrán acceso. Desde la interseccionalidad, la brecha se agudiza. En efecto, estas brechas salariales son aún mayores para los grupos de mujeres que enfrentan múltiples discriminaciones en la región, como son las mujeres indígenas, afrodescendientes o migrantes.

El panorama es, por decir lo menos, desolador. La Declaración y Plataforma de Beijing ha sido caracterizada como una fuente de inspiración, y efectivamente, no constituye un cuerpo normativo obligatorio, sino sólo un conjunto de promesas -esto me hace recordar a Borges, cuando decía que solo los dioses pueden prometer, porque ellos son inmortales. Las personas de carne y hueso no podemos darnos esa licencia eterna. Y en efecto, esas promesas incumplidas se descubren en el contexto de una pandemia global que ha desnudado la fragilidad y debilidad de nuestros sistemas de protección social, debilidades que, nuevamente, afectan primordialmente a las mujeres.

El escaso avance nos enfrenta al peligro inminente de retroceso en las conquistas y progresos alcanzados. Naciones Unidas y ONU Mujeres han alertado sobre cómo las mujeres son las más afectadas por las consecuencias económicas y sociales del COVID-19. Para innumerables mujeres en economías de todos los tamaños, junto con la pérdida de ingresos, la carga del trabajo doméstico y el cuidado no remunerado se ha disparado. El cierre de los negocios y la caída de las economías ha hecho que desaparezcan millones de puestos de trabajo de mujeres.  Las mujeres que son pobres y marginadas enfrentan un riesgo aún mayor de transmisión del COVID-19 y muertes, pérdida de sus medios de subsistencia y aumento de la violencia. El impacto del Covid-19 en la igualdad de género muestra que la pandemia empujará a 96 millones de personas a la pobreza extrema para 2021, 47 millones de las cuales son mujeres y niñas. Esto elevará el número total de mujeres y niñas que viven con 1,90 USD ó menos diarios a 435 millones.    

En cuanto a la violencia, los organismos internacionales y nacionales han alertado acerca del aumento de denuncias por violencia de género, pues el confinamiento ha dejado a las mujeres atrapadas en casa con sus abusadores. Y también han destacado los riesgos de una intensificación de la trata de mujeres frente al aumento de la vulnerabilidad económica, el engaño por medio de las redes sociales y la dificultad de acceso a servicios del E stado.

No hay nada que celebrar en este aniversario 25º. Los Estados se confiaron, quizás intuyendo a Borges, en que también los hombres pueden prometer, porque en la promesa hay algo inmortal. Pero a diferencia de la promesa del cuento de Borges – un cuadro prometido jamás pintado -, la promesa de la Plataforma de Beijing corre el riesgo de ser un veredicto de muerte para nuestra sobrevivencia. La ineficacia de los compromisos adquiridos para concretar un cambio real en la condición de las mujeres, destruye la capacidad de crear, nutrir y mantener comunidades de vida. La violencia y discriminación contra la mujer encierra en su seno un instinto irracional por la muerte. Tenemos que despertar. Y cumplir la promesa en vida. Por el bien de todos.

(*) Aclaración final sobre feminicidio y femicidio: si bien no existe una definición consensuada y los alcances, contenidos e implicancias de los conceptos femicidio/feminicidio, siguen siendo objeto de debate. El concepto femicidio fue incorporado por la escritora y activista feminista Diana Russell a fines de la década de 1980 en el Tribunal Internacional de Crímenes contra mujeres. Esta expresión surge como alternativa al término neutro de “homicidio” con el fin político de reconocer y visibilizar la discriminación, la opresión, la desigualdad y la violencia sistemática contra la mujer que, en su forma más extrema, culmina en la muerte. De acuerdo con la definición de Russell, el femicidio se aplica a todas las formas de asesinato sexista, es decir, “los asesinatos realizados por varones motivados por un sentido de tener derecho a ello o superioridad sobre las mujeres, por placer o deseos sádicos hacía ellas, o por la suposición de propiedad sobre las mujeres”.

El feminicidio por su parte, es un concepto que fue incorporado por la antropóloga mexicana Marcela Lagarde, a raíz de los terribles asesinatos en serie cometidos en Ciudad Juárez, por más de una década, y que incluyó violación, tortura y cadáveres de mujeres arrojados al desierto, sin respuesta por parte del Estado mexicano. Es por esto que el feminicidio se refiere a la impunidad estatal para condenar los asesinatos a mujeres. De acuerdo a Lagarde, los feminicidios son conjuntos de delitos de lesa humanidad que contienen los crímenes, los secuestros y las desapariciones de niñas y mujeres en un cuadro de colapso institucional. Se trata de una fractura del Estado de derecho que favorece la impunidad. Esa impunidad del Estado para condenar los asesinatos de mujeres, es la que distingue el término ‘feminicidio’ de ‘femicidio’.  Los ordenamientos jurídicos latinoamericanos han criminalizado el asesinato sexista de mujeres utilizando indistintamente uno y otro término.

Citación académica sugerida: Rudnick Vizcarra, Carolina: La Contraloría como instrumento de censura: La promesa mortal: Avances y retos en Latinoamérica a 25 años de la Declaración y Plataforma de Beijing, 2020/11/25, https://agendaestadodederecho.com/latinoamerica-a-25-anos-de-la-declaracion-y-plataforma-de-beijing/

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ACERCA DE LA AUTORA
Carolina S. Rudnick Vizcarra

Abogada, Univ. de Concepción. Master en Política Criminal de LSE. Cofundadora y Directora de Fundación Libera contra la Trata de Personas y la Esclavitud en Todas sus Formas. Docente universitaria de derecho político y constitucional.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.