La Transición energética debe estar en sintonía con el desarrollo sostenible y el respeto a los derechos humanos para que pueda cumplir su papel transformador.
La transición energética (TE) que estamos observando a diferentes velocidades en muchos países, parece estar centrada solo en la sustitución de fuentes de generación basadas en energías fósiles por otras basadas en energías renovables.
Tener en cuenta los principios que la inspiran y el contexto en el cual se desarrolla, facilita comprender que está llamada a producir una transformación cuyo fin último es ir más allá de la descarbonización. Por ello sus propósitos se enmarcan en una transición global de mayores dimensiones y de la cual es un elemento complementario.
Si bien la TE gravita alrededor del desarrollo y la expansión de las energías renovables como estrategia clave para la descarbonización, debe estar en sintonía con el desarrollo sostenible y el respeto a los derechos humanos para que pueda cumplir su papel transformador. Por lo tanto, los procesos que involucran su gestión, de ningún modo pueden reproducir el estilo de generación de energía basado en fuentes fósiles.
Pero tampoco se debe imponer a cualquier costo, devorando recursos naturales y violando los derechos humanos de las poblaciones donde son instalados los parques eólicos y/o solares. En cambio, mejorar la eficiencia y el ahorro energético puede tener un impacto ambiental y económico extraordinario a la par que se da marcha a un proceso consensuado y continuo de TE justa y sostenible.
Algunos países como Alemania iniciaron el camino de la TE en la década de los 70 del siglo pasado de la mano de los movimientos anti-energía nuclear, ambientalistas y como reacción a los efectos de la primera y la segunda gran crisis del petróleo.
Desde entonces, la TE alemana ha contado con un fuerte componente ciudadano. Organizados en cooperativas y empresas locales ya controlan más del 40% de la generación de energía renovable del país, con lo cual han creado un nuevo paradigma de gestión descentralizada y distanciada del modelo empresarial tradicional.
La incorporación de la variable cambio climático (CC) a la TE tiene como antecedente la Conferencia de Estocolmo sobre el Medio Humano de 1972 en la que se advirtió por primera vez a los gobiernos, que debían tomar en consideración las actividades que pudieran provocar cambios en el clima.
Por su parte, el acceso a la energía es más reciente y su impulso se da a partir de la Declaración sobre el Desarrollo Sostenible de 2012, la cual facilitó el camino para convertir el acceso a la energía asequible y no contaminante en 2015 en el objetivo número 7 de los 17 ODS de la Agenda 2030.
Por lo tanto, los proyectos de energías renovables a partir de la Agenda 2030 tienen y deben enmarcarse en el ODS 7 e incluir como prioridad servicios modernos de energía libre de emisiones contaminantes a la disposición de las poblaciones más vulnerables para mejorar su calidad de vida.
En el mundo cerca de 840 millones de personas no tienen acceso a la electricidad y cerca de 3.000 millones no tienen acceso a combustibles limpios para cocinar.
Aunque es un hecho indiscutible que nunca como ahora a tantas personas se le ha facilitado el acceso a la electricidad, también es cierto, que ese acceso continúa siendo muy limitado, en parte por la insuficiente generación y deficientes infraestructuras. Un estudio publicado por la revista Nature Energy hace aún más visible las inmensas desigualdades para acceder a la energía, ilustrando que el 10% más rico de la población global consume aproximadamente 20 veces más energía que el 10% más pobre.
Por su lado el Acuerdo de París sobre cambio climático refuerza los cimientos de la TE. Los planes de mitigación a los que hace referencia exigen una transformación del sistema energético con nuevos patrones de generación. para mantener el aumento de la temperatura media mundial por debajo de 2ºC realizando esfuerzos para limitar ese aumento a 1,5 ºC.
De este modo estas dos agendas internacionales se complementan para impulsar la TE, sin la cual será prácticamente imposible lograr en 2050 la descarbonización de la economía y de la sociedad en general, dejando al ideal del desarrollo sostenible sin muchos frutos que mostrar.
El respeto y la protección de los derechos humanos ambientales constituyen elementos claves de la TE. Este argumento encuentra soporte jurídico en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en la doctrina y en la jurisprudencia que se ha venido desarrollando.
La Corte IDH en su Opinión Consultiva 23/2017 ratificó la existencia de una relación innegable entre la protección del medio ambiente y la realización de los derechos humanos. Más recientemente en septiembre 2020, el Comité de Derechos Humanos de la ONU en un caso sobre el derecho a la vida consagrado en el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos consideró que “la degradación del medio ambiente y el cambio climático constituyen amenazas extremadamente graves para la capacidad de las generaciones presentes y futuras de disfrutar del derecho a la vida”.
En Latinoamérica y el Caribe, la entrada en vigor del Acuerdo de Escazú el 22 de abril 2021, fortalece esa visión de protección del derecho a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible, a través de la garantía plena y efectiva de los derechos de acceso a la información, participación y acceso a la justicia en asuntos ambientales.
De este modo un vigoroso marco normativo de derechos humanos ambientales en pleno desarrollo y expansión está sirviendo de soporte a miles de ciudadanos y ONGs en el mundo que exigen a los Estados impulsar la descarbonización del planeta, amenazado por el incuestionable dominio de los combustibles fósiles que aun suministran cerca del 80% de los requerimientos energéticos globales.
Afortunadamente y abonando a la resiliencia humana, una histórica decisión del influyente Tribunal Constitucional de Alemania de 29 de abril 2021 ha dicho que las disposiciones de la Ley de Protección del Clima de ese país de 2019 resultan incompatibles con los derechos fundamentales en la medida que carecen de especificaciones suficientes en relación con la reducción de emisiones a partir del año 2031. Esta sentencia va a desafiar aún más la transición y transformación del sector energético alemán con previsibles impactos en todo Europa.
En marzo de este año el Parlamento Europeo aprobó el informe de iniciativa sobre la debida diligencia que obligará a identificar, abordar y corregir los impactos adversos, potenciales o efectivos sobre los derechos humanos, el medio ambiente y la buena gobernanza en su cadena de valor.
Aunque se trata de una propuesta legislativa todavía en fase de discusión y debates, es importante tener en cuenta que sus fundamentos ya se encuentran contenidos en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas y en el Informe Empresas y Derechos Humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Precisamente y con el propósito de hacer cumplir esos compromisos y de obligar a las empresas a actuar conforme a los principios antes mencionados, una decisión sin precedentes se ha producido en los Países Bajos. El Tribunal del Distrito de la Haya en el mes de mayo 2021 condenó a la multinacional petrolera Shell, a limitar el volumen anual agregado de todas sus emisiones de CO2 debido a las operaciones comerciales y a la venta de productos energéticos vendidos, a tal punto que ese volumen deberá reducirse al menos en un 45% neto a fines de 2030, en relación con los niveles de 2019.
Para el análisis del caso el tribunal ha tomado en consideración entre otros aspectos la vulneración del derecho a la vida y el derecho al respeto de la vida privada y familiar previstos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos.
La TE se ha fusionado al concepto de desarrollo sostenible, al punto que sin el uno no puede existir el otro. El acoplamiento de ambos nos pondrá a las puertas de una gran transición global, como se ha calificado el paso de la biomasa a los combustibles fósiles, dando lugar a la primera y segunda revolución industrial y a la primera y segunda transición energética.
Por lo tanto, este proceso de cambio en pleno desarrollo y expansión debe ser completamente diferente a los cambios introducidos por los combustibles fósiles en la sociedad. La actual TE está predestinada, por un lado, a impedir que se pierdan los avances, el bienestar y el progreso alcanzado y por el otro, a reparar los daños que han causado al medio ambiente y a la vida en el planeta, la quema de combustibles fósiles en los últimos 200 años.
Citación académica sugerida: Jiménez Guanipa, Henry. La Transición energética es mucho más que sustituir fuentes de energía. Agenda Estado de Derecho, 2021/06/24. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-transicion-energetica-es-mucho-mas-que-sustituir-fuentes-de-energia/
Palabras clave: Transición energética; desarrollo sostenible; medio ambiente; derechos humanos; cambio climático; Acuerdo de Escazú
Abogado con más de 25 años de experiencia en el sector energético. Máster en Derecho por la Universidad de Heidelberg y Doctor en Derecho por la Universidad Ruhr Bochum de Alemania. Docente y conferencista invitado en universidades e instituciones europeas y latinoamericanas. Investigador visitante del Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional Público, de Heidelberg y del Instituto de Derecho de Minas y Energía de Bochum, Alemania. Es Consultor Senior en proyectos financiados por el Banco Mundial y miembro de la firma de abogados WIRTH Rechtsanwälten en Alemania.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.