Donde la tortura manda, la dignidad desaparece: la situación en las prisiones ecuatorianas

16 de Junio de 2022
Donde la tortura manda, la dignidad desaparece: la situación en las prisiones ecuatorianas
Crédito foto: Pixabay

Desde 2021 cerca de 390 personas han sido asesinadas en el interior de centros penitenciarios en Ecuador ¿qué está pasando dentro de las cárceles?

¿Qué ocurre en las prisiones de ecuatorianas?

Uno de los problemas más grandes a los que se enfrenta Ecuador es la crítica situación que sufre el Sistema Penitenciario. Aunque es sencillo señalar a los gobernantes más recientes, por el grado de complejidad que ha adquirido el problema, también sería irresponsable desconocer que se trata de algo que ha estado presente en el país desde hace aproximadamente dos décadas.

Lo preocupante actualmente es el grado de violencia en el interior de los centros. A nivel nacional e internacional se ha puesto en debate el cuestionamiento a la gestión penitenciaria ecuatoriana por los bruscos atropellos contra los derechos de las personas privadas de libertad.

De diciembre de 2020 a mayo de 2022 han tenido lugar aproximadamente 390 asesinatos en las cárceles ecuatorianas. En el 2021 ocurrieron 8 episodios violentos, en los que se pudo identificar que la mayoría de las víctimas eran jóvenes que estaban en prisión preventiva y personas que ya contaban con boleta de excarcelación. El nivel de violencia fue tan alto que se presentaron casos de incineración y desmembramiento corporal, dificultando la identificación de las víctimas.

Lo que no se cumple

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos se ha pronunciado en varias ocasiones respecto al incumplimiento, por parte del Estado ecuatoriano, en garantizar condiciones de vida dignas en sus prisiones. Este ambiente hostil en su interior convierte a los presidios  del país suramericano en una institución netamente despersonalizadora, desocializadora y estigmatizadora     .

No se cumplen las Reglas “Nelson Mandela” para el Tratamiento de los Reclusos;      tampoco se siguen las recomendaciones destinadas a reducir la violencia, las muertes y las lesiones graves en las instalaciones de detención, establecidas por la Alta Comisionada en su informe de 2019 sobre los derechos humanos en la administración de justicia.

Además, no se considera lo establecido en la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; no se toma en cuenta la hoja de ruta para la elaboración de Programas de Rehabilitación en las Cárceles; ni se sigue el Manual de Seguridad Dinámica e Inteligencia Penitenciaria, realizado por la UNODC.

Si entramos en mayor profundidad, también se puede decir que no se cumple con las Reglas “Bangkok” para el tratamiento de reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes; y, no se tienen presentes las Reglas de “Tokio” para evitar medidas que generen condiciones de hacinamiento dentro de los centros de detención.

Desde el ámbito regional, podemos afirmar que no se respeta el Pacto de San José, ni se ha cumplido con el compromiso de reconocer el derecho fundamental de las personas privadas de libertad a ser tratadas como seres humanos, establecido en los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas.

Este criterio de protección hacia quienes se encuentran en prisión ha sido desarrollado de manera amplia por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, destacando el rol de garante del Estado sobre las personas privadas de libertad, debido a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran. Mismo que, como se puede observar, no ha podido ser cumplido en el caso ecuatoriano.

Lo que hay detrás del incumplimiento

Los males que rondan en las cárceles ecuatorianas están relacionados con una vulneración sistemática de derechos en el interior de los centros, generadas por las condiciones de vida deplorables a las que están sometidas las personas privadas de libertad. La forma en la que se han gestionado las prisiones, junto a un cúmulo de decisiones desacertadas que se han tomado con el pasar de los años, son factores decisores que han repercutido en la orientación de la política criminal ecuatoriana, la cual ha estado marcada por el punitivismo     .

Solamente para tener una idea, en la actualidad el  hacinamiento existente es casi del 30%, con un número aproximado de 40.000 personas en prisión, cuando la capacidad total del Sistema es para 30.000     .

Se señala que los principales factores que profundizan la crisis penitenciaria son: el aumento de penas y del catálogo de delitos que privilegian el encarcelamiento; el uso excesivo de prisión preventiva; el debilitamiento institucional; la corrupción interna; la escasez de recursos en las entidades del sistema penitenciario; la errónea política contra las drogas; la burocratización de procedimientos internos; y, la calidad de vida dentro de las prisiones.

Por esto, la persona condenada a prisión prácticamente es sometida a un doble castigo que se limita a aislar y neutralizar, olvidando la rehabilitación y la reinserción social. Lo complejo es que no se evidencian esfuerzos suficientes para asumir el problema con la responsabilidad técnica que merece; y, en su lugar, se ha optado por acudir a una narrativa que excluye la responsabilidad estatal sobre la situación y la reduce a un enfrentamiento entre bandas, sin tomar en cuenta otro tipo de factores que también se correlacionan con lo que ocurre.

Lo que se debería considerar

La situación descrita evidencia la necesidad urgente de una reforma integral del Sistema Penitenciario en su totalidad. Para conseguirlo, es necesario aunar esfuerzos con el objetivo principal de dignificar el castigo penal.

La tarea más compleja consiste en identificar correctamente todos los factores que se correlacionan con la problemática; lograr determinar la fuerza en la que lo hacen; y, plantear las soluciones adecuadas a cada uno. Sin embargo, hay varios factores de riesgo que resultan evidentes causantes de la complejidad del problema, como los expuestos en el apartado anterior.

Por lo tanto, la reforma deberá contemplar al menos los siguientes puntos:

i. Visibilizar la situación de las personas en prisión mediante mecanismos que generen más espacios de diálogo con ellas, sus familiares y las autoridades penitenciarias;      

ii. Direccionar recursos destinados a mejorar las condiciones internas de los centros, la calidad de vida influye en los procesos de rehabilitación;      

iii. Erradicar la corrupción interna mediante mejores condiciones laborales, más capacitación y mayor inclusión del personal de prisión en los objetivos esperados

iv. Dar apertura de las prisiones al público, con la finalidad de transparentar la gestión penitenciaria y visibilizar su crudeza, para reducir el alto grado de punitivismo que existe;      

v. Reforzar el catálogo de alternativas a prisión, otorgando un mayor margen de aplicación y favoreciendo el uso principal de estas medidas o sanciones;      

reducir la desigualdad económica y laboral, y fortalecer la presencia estatal en los sectores más vulnerables; y,      

vi. Reorientar las políticas contra el micro y narcotráfico.

Lo más importante de todo es reconocer la necesidad de una verdadera política criminal que aborde el fondo de la problemática, dando atención a la estructura social desigual en la que vivimos, con la finalidad de reducirla y evitar perennizar la situación de las personas menos favorecidas a través del castigo de prisión. Sin esto, las garantías y los derechos quedarán solamente en papel.

Citación académica sugerida: Citación académica sugerida: Punín Tandazo, Pablo. Donde la tortura manda, la dignidad desaparece: la situación en las prisiones ecuatorianas, Agenda Estado de Derecho, 2022/06/16. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-situacion-en-las-prisiones-ecuatorianas/

Palabras clave: Ecuador, cárceles, crisis.

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ACERCA DEL AUTOR
Pablo D. Punín Tandazo

Miembro del Grupo de Investigación en Criminología y Sistema Penal de la UPF; Especialista de Patrocinio Penal; Coordinador del Observatorio de Criminología, Política Criminal y Ejecución Penal del Ecuador (@observatorioCPE); y, Profesor de Teoría Penal. 

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Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.