Estrasburgo y San José cierran filas: diálogo entre cortes sobre independencia judicial (PARTE I)

28 de Enero del 2021

Tanto en Latinoamérica como en Europa la independencia judicial está experimentando ataques crecientes. ¿Cuál ha sido la posición de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el combate a injerencias indebidas en el ejercicio de jueces y fiscales? Y, ¿su jurisprudencia se fertiliza recíprocamente? La primera parte de este artículo vislumbra algunas de las sentencias sobre restricciones y destituciones ilegítimas de jueces (Parte II sobre fiscales) de las cortes hermanas.

La jurisprudencia de San José

Iniciamos con la sentencia más reciente de la Corte IDH. En agosto de 2020 el tribunal declaró responsable a Chile por la violación de la libertad de expresión y las garantías judiciales del juez Urrutia (Urrutia Laubreaux Vs. Chile). Este fue sancionado disciplinariamente por un trabajo académico que había elaborado para un Diplomado en Derechos Humanos. En este proponía que el Poder Judicial adoptara medidas de reparación, por la responsabilidad que la Corte Suprema de Chile habría tenido en las violaciones de derechos humanos ocurridas durante el régimen militar chileno.

Siguiendo a precedentes internacionales, la Corte IDH aclaró que debido a sus funciones de administración de justicia la libertad de expresión de los jueces no es absoluta. Sobre todo, con respecto a los casos sobre los que tiene que decidir un juez debe guardar neutralidad. Por el contrario, sancionar la expresión de una opinión personal en un trabajo académico que no tiene vínculo directo con un caso concreto es, según la Corte IDH, una violación a la libertad de expresión de Urrutia.

Cabe destacar que Urrutia fue solo el segundo caso, en la historia del Tribunal Interamericano, en el que falla sobre la libertad de expresión de un juez. El primero era López Lone et al. Vs. Honduras de 2015, en el que cuatro jueces constitucionales fueron sometidos a procedimientos disciplinarios después de haber expresado sus críticas al golpe de Estado en Honduras de 2009. La Corte constató que en una situación tan excepcional como la creada por un golpe los principios de la democracia y la separación de poderes exigen que el poder judicial se pronuncie sobre el respeto y la vigencia del Estado de Derecho.

En todos los demás casos de destituciones indebidas de jueces que la Corte IDH ha decidido a lo largo de sus 40 años de historia (13 casos), desde su primer fallo en el caso Tribunal Constitucional Vs. Perú hasta los tres casos de destituciones de jueces provisionales en Venezuela (Reverón TrujilloApitz Barbera y Chocrón Chocrón Vs. Venezuela); la Corte se ha fijado en constatar violaciones de los artículos 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (debido proceso), a veces en combinación con el artículo 23.1 CADH (derecho de tener acceso a funciones públicas).

¿Y qué dice Estrasburgo?

Por el contrario, la mayoría de los casos hito de la corte hermana en Estrasburgo se decidieron por ataques contra expresiones públicas de jueces y juezas. Ya en el año 2009, en el caso Kudeshkina Vs. Rusia, la jueza Kudeshkina alegó haber sido destituida de su cargo tras emitir declaraciones críticas sobre el comportamiento de funcionarios públicos al ejercer presión contra los jueces. El TEDH aclaró en su momento que los funcionarios públicos están sujetos a ciertas obligaciones de lealtad y discreción en cuanto a la divulgación de información obtenida en el ámbito de su actividad profesional. En el caso Urrutia, la Corte IDH citó este párrafo de la sentencia para subrayar los límites a la libertad de expresión de un juez. Sin embargo, el TEDH confirmó que cuando se trata de expresiones que son de interés público las obligaciones de lealtad de un juez se ven superadas.

El ”leading case” del TEDH para este tema es el caso Baka Vs. Hungría de 2016. András Baka, juez del TEDH de 1991 a 2008, en 2009 fue nombrado presidente de la Corte Suprema por un periodo de seis años. En 2011 el gobierno húngaro anunció avanzar con un paquete significativo de reformas que previeron, entre otros temas, la reducción en la edad de jubilación de jueces de la Corte Suprema pasando de 70 a 62 años. Baka se pronunció ante la prensa afirmando que las reformas promovidas violaban principios básicos de la independencia judicial, sobre todo la inamovilidad de los jueces. A pesar de la crítica, el Parlamento decidió cambiar la Constitución, eso con efectos inmediatos no solo para el Estado de Derecho de Hungría, sino también sobre Baka: su mandato terminaría en 2012, es decir mucho antes del tiempo previsto.

El TEDH comprobó prima facie el vínculo causal entre la expresión de las opiniones de Baka y la terminación de su mandato. El gobierno húngaro, teniendo la carga de la prueba, no pudo comprobar lo contrario. Después encontró que los debates públicos sobre el funcionamiento de la justicia, dado que tocan al núcleo de una sociedad democrática, gozan de un alto nivel de protección. En tal sentido, Baka no solo tenía derecho a expresarse sobre las reformas, sino que además era su deber. Su despido anticipado tuvo un “chilling effect”, ya que además de desalentarlo a él, disuadiría en el futuro a otros jueces a participar en debates públicos.

Baka como catalizador del diálogo

Mientras que la Corte IDH en casi todos sus casos de destituciones de jueces cita, entre otras fuentes, a la jurisprudencia del TEDH, antes de Baka el TEDH hizo referencia explícita a casos de la Corte IDH sobre independencia judicial en tan solo dos de decenas de casos. Baka llevó el diálogo jurisprudencial entre Estrasburgo hacia San José a otro nivel. Más allá de meras citaciones, se realizó una discusión y evaluación sustantiva de la argumentación de la corte hermana: primero, en la parte de derecho comparado, la Gran Sala citó párrafos largos de la sentencia de la Corte IDH Corte Suprema (Quintana Coello y otros) Vs. Ecuador. Luego, en la parte material sobre el artículo 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho a un proceso equitativo) consideró que la decisión Quintana Coello confirmó su opinión de que el principio de inamovilidad de los jueces es de importancia fundamental para la independencia del Poder Judicial.

Aún más notable, en su voto particular en Baka, el entonces juez Sicilianos evaluó de manera profunda la pregunta de hasta qué punto la sentencia de San José contra Ecuador puede ser fructífera para la jurisprudencia de Estrasburgo respecto al artículo 6 CEDH. En efecto, en este caso la Corte IDH constató que el artículo 8 CADH comprende: 1) un derecho subjetivo en favor de los jueces a que su propia destitución sea revisada por los tribunales y 2) que una destitución arbitraria viola este derecho subjetivo.

Un caso de igual relevancia para el diálogo entre Estrasburgo y San José es Volkov vs. Ucrania: Por primera vez el TEDH condenó al demandado a restituir a un juez a su cargo anterior. Si bien destacó la naturaleza declarativa de sus sentencias, aplicó, de manera excepcional, el concepto de satisfacción equitativa (artículo 41 CEDH). La jueza del TEDH Yudkivska, con voto particular, basó su opinión en que el TEDH, con razón, pidió la restitución de Volkov a su cargo, entre otros, en una comparación directa con dos sentencias de la Corte IDH. A diferencia del TEDH, San José tiene una facultad clara de ordenar por sí misma reparaciones (Art. 63 párr. 1 lit. 2 CADH).

Aunque queda por esperar el desarrollo futuro en Estrasburgo sobre la deducción de un derecho subjetivo en favor de los jueces del artículo 6 CEDH y en materia de reparaciones -hasta ahora el caso Volkov queda excepcional-, la jurisprudencia ya descrita evidencia un intercambio cada día más profundo y estructural entre la Corte IDH y el TEDH. Para los jueces, quienes ven en peligro su independencia y para la ciudadanía en general, esta cross-fertilization es una buena noticia: no solo en los casos Volkov y Baka los jueces invocaron la jurisprudencia de la corte hermana para profundizar sus respectivos estándares para la protección cada día más efectiva de los derechos de los jueces, incluso su derecho a reparaciones.

Enhorabuena, porque no solo los ataques a la independencia judicial en Venezuela y Polonia manifiestan que la jurisprudencia de los dos sistemas regionales es de importancia creciente. Para dar un ejemplo, desde septiembre de 2019 está pendiente en el TEDH una querella referida a si la configuración actual del Tribunal Constitucional polaco cumple con los principios del Estado de Derecho. Su resultado se espera y no con poca expectativa. Más allá de esto, en el último año los poderes de algunos gobiernos se han visto incrementados exponencialmente en medio de la pandemia. Es ahora más que nunca que la voz de jueces, libres e independientes, son importantes como contrapeso, con las limitaciones propias de la Constitución.

Citación académica sugerida: Fuchs, Marie-Christine; Zamora, Jenny: Estrasburgo y San José cierran filas: diálogo entre cortes sobre independencia judicial (PARTE I), 2021/01/28, https://agendaestadodederecho.com/estrasburgo-y-san-jose-cierran-filas-dialogo-entre-cortes-sobre-independencia-judicial-parte-i

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ACERCA DE LAS AUTORAS
Marie-Christine Fuchs

Abogada alemana (Rechtsanwältin, Berlín) y Doctora en Derecho de la Universität des Saarlandes, Saarbrücken, Alemania. Realizó sus estudios de Maestría en Derecho Internacional Público, Derecho de la Unión Europea y Derechos Humanos en el Europainstitut de la misma universidad. Cursó estudios de licenciatura tanto en derecho alemán como en derecho francés. Ha sido investigadora asociada al Instituto Max Planck de Derecho Privado Extranjero y Derecho Internacional Privado en Hamburgo, así como investigadora y profesora asistente en el Europainstitut. De 2011 a 2015 se desempeñó como abogada en el despacho jurídico internacional Freshfields Bruckhaus Deringer en Berlín. Desde 2016, es directora del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer. Es autora de diversas publicaciones sobre derecho internacional público y derecho internacional de derechos humanos.

Jenny Zamora

Estudiante de derecho en Friburgo, Alemania y Río de Janeiro, Brasil; licenciada de derecho por la Albert-Ludwigs-Universidad de Friburgo, pasante anterior del Programa de Estado de Derecho de América Latina de la Fundación Konrad-Adenauer y actualmente abogada en prácticas en el tribunal de distrito de Dresde, Alemania.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

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María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.