El Dilema de la comunidad internacional en el contexto de la represión en Nicaragua. ¿Cambio o costos sociales por presión?

29 de Octubre del 2021
El Dilema de la comunidad internacional en el contexto de la represión en Nicaragua. ¿Cambio o costos sociales por presión?

¿Aumentar la presión internacional contra el régimen nicaragüense podría traer altos costos sociales? ¿No hacerlo sería una legitimación del régimen?

Este artículo se publica como producto de la alianza de Agenda Estado de Derecho y La Red Académica para Nicaragua, del Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional.

Alianza

La serie de análisis se realiza por parte de la Red Académica para Nicaragua en el marco de un intercambio académico con Agenda Estado de Derecho.

La Red Académica para Nicaragua fue creada con posterioridad al coloquio “La Situación de los Derechos Humanos a 3 años de las Protestas Sociales en Nicaragua” del proyecto “Ius Constitutionale Commune en América Latina” (ICCAL) del Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional (MPIL) en cooperación con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). La Red se dedica al seguimiento académico de la situación en Nicaragua y al fomento de un debate plural sobre las transformaciones en favor de la democracia, los derechos humanos y el Estado de derecho.

MAX PLANCK

Desde 2007, Nicaragua se encuentra en un proceso de erosión democrática, pues quienes están en el poder vacían de contenido desde adentro las instituciones y los mecanismos propios de una democracia, mientras se mantiene una fachada. Adicionalmente, en el contexto de las protestas masivas desde 2018, los agentes estatales se han visto involucrados en una represión desproporcionada y excesiva, restringiendo las libertades de expresión y reunión, vulnerando el derecho a la integridad física y otros derechos.

En 2018, Nicaragua entró en el centro de la atención internacional; los actores multilaterales y diferentes Estados declararon su solidaridad con los movimientos de protesta condenaron el comportamiento represivo del Gobierno. Sin embargo, en los últimos dos años, la atención internacional se ha desvanecido. La represión excesiva generó un declive de las protestas masivas. Simultáneamente, la agenda de los Estados Unidos se concentró en la turbulenta transición del gobierno de Trump al de Biden, así como la atención global se dirigía hacia la pandemia de COVID-19. El creciente número de refugiados y, especialmente, la última ola de arrestos de precandidatos presidenciales en el proceso electoral, han vuelto a colocar a Nicaragua en el foco de atención internacional.

La comunidad internacional ha condenado y sancionado reiteradamente las acciones del régimen nicaragüense sin lograr hasta la fecha un cambio significativo por parte del Estado, ya que los efectos de cualquier acción/sanción adoptada no son rectilíneos. Aunque las sanciones están diseñadas para privar al régimen de sus bases, pueden igualmente provocar un efecto estabilizador del mismo. En paralelo, la continuación de programas de ayuda y el otorgamiento de cooperaciones comerciales puede interpretarse como una legitimación del gobierno represivo. Ello apunta al dilema al que se enfrenta la comunidad internacional: la presión parece no ser suficiente para lograr el cambio del régimen, pero aumentarla puede implicar costos sociales para los más vulnerables. Frente a este dilema surge la pregunta ¿qué puede hacer la comunidad internacional por los derechos humanos y la democracia en Nicaragua?

Para fortalecer a la sociedad civil y la oposición política, la comunidad internacional puede desempeñar un papel determinante. Sugiero una triple dimensionalidad: Primero, los actores internacionales involucrados económica o políticamente en el país necesitan corroborar si su presencia o cooperación pueden ser utilizados como soporte del régimen o incluso emplearlos en medios represivos. Dichos fondos pueden generar efectos estabilizadores de manera directa (por ejemplo, financiando fuerzas coercitivas) o indirecta (por ejemplo, a través de la instrumentalización en el discurso político). En segundo lugar, los actores internacionales deben aumentar decisivamente la presión económica y política, aplicando plenamente los instrumentos que tienen en sus manos con la finalidad de aislar al régimen. Finalmente, como tercera perspectiva, la sociedad civil se robustece mediante la creación de espacios y foros, en el marco de favorecer que la oposición pueda encontrar puntos en común y convergencias para enfrentar al régimen.

¿Qué ha hecho la comunidad internacional hasta ahora?

Estados Unidos, Canadá, el Reino Unido y la Unión Europea (UE), entre otros, han impuesto varias rondas de sanciones contra Nicaragua. La UE acaba de prorrogar sus sanciones selectivas hasta mediados de octubre de 2022, dirigidas a los activos financieros de 14 personas (incluyendo a la vicepresidenta) y prohibiéndoles viajar a la UE. Hasta ahora, las diversas sanciones no han tenido el efecto deseado de cambiar el comportamiento del régimen. Al contrario, alimentó el discurso gubernamental de una intervención imperialista en los asuntos internos “de una Nicaragua soberana”. Algunos críticos incluso argumentan que la presión externa ha revelado una mayor cohesión y lealtad al presidente en los niveles más altos de las fuerzas de seguridad, el poder legislativo y el poder judicial.

A pesar de la considerable dependencia del comercio internacional y la ayuda exterior, parece asombroso que las sanciones económicas hayan tenido poco efecto hasta la actualidad. Esto no es sorprendente a la luz de los resultados de estudios empíricos sobre las sanciones económicas, que han demostrado que éstas por sí solas pocas veces tienen el efecto esperado, y a su vez, pueden provocar un “rally around the flag”-efecto cuando la población o partes de ella se oponen a las sanciones y se solidarizan con el gobierno.

Otro factor que incide en contrarrestar el efecto de las sanciones económicas se manifiesta en la continuación de la cooperación para el desarrollo, los fondos del FMI, los proyectos de cooperación comunal, así como el comercio. Evidentemente, se argumenta que detrás de la continuación de la cooperación para el desarrollo es el temor de que, especialmente, la población marginada que ya sufre resulte perjudicada si se retiran los fondos. Esta posible consecuencia debe sopesarse en la evaluación del uso que de ella hace el régimen nicaragüense.

Abanico de posibilidades de la comunidad internacional

Las sanciones pueden ser efectivas si se dirigen de manera decisiva a los pilares económicos del régimen y obstaculizan la perspectiva de un futuro político del gobierno.

Hasta la fecha, los Estados Unidos ha excluido al ejército de sus sanciones por considerarlo un aliado en la lucha contra el narcotráfico. Para erosionar el apoyo del régimen dentro de las fuerzas armadas, la comunidad internacional debería aplicar sanciones contra los altos mandos del ejército, comenzando con la incautación de cientos de millones de dólares que probablemente se mantienen escondidos por el ejército nicaragüense en bancos y mercados en todo el mundo. Mientras los altos mandos militares no se vean afectados por las sanciones y, en su lugar, sigan beneficiándose de los estrechos vínculos con la familia gobernante, es poco probable que dejen de respaldar al régimen.

La Nica Act de los Estados Unidos aún no se ha implementado completamente. Si se instrumenta en su totalidad, junto a las sanciones específicas dirigidas a ciertos funcionarios y personeros del régimen, se restringirá a las instituciones financieras internacionales, incluidas las afiliadas al grupo del Banco Mundial y al Banco Interamericano de Desarrollo, brindar asistencia financiera o técnica al gobierno de Nicaragua.

Todavía hace falta aprobar finalmente al Renacer Act, otra Ley norteamericana que propone nuevas iniciativas para monitorear, informar y abordar la corrupción del gobierno y la familia de Ortega, así como los abusos a los derechos humanos perpetrados por las fuerzas de seguridad nicaragüenses. El Renacer Act contempla que el gobierno de los Estados Unidos aumente las sanciones a los actores clave del régimen de Ortega y amplíe la coordinación con Canadá y la Unión Europea. Incluye, asimismo, una revisión de la participación de Nicaragua en el Tratado de Libre Comercio de Centroamérica (CAFTA). No puede dejarse sin considerar que el Renacer Act prevé la posibilidad de requerir más informes de inteligencia sobre las actividades rusas en Nicaragua y una revisión de las ventas de armas rusas al país centroamericano y posibles sanciones en virtud de la Ley de Contrarrestar a los Adversarios de Estados Unidos mediante Sanciones (CAATSA). De modo parecido, la UE todavía ha evitado expulsar a Nicaragua del Acuerdo de Asociación (AdA) entre Centroamérica y Europa por medio de la activación de la cláusula democrática. Al perder las ventajas arancelarias derivadas del acuerdo, los productores nicaragüenses ya no podrán competir con otros productos centroamericanos. Además, pondría bajo presión al régimen, ya que la UE es el tercer socio comercial del país.

Otro mecanismo de apoyo internacional podría consistir en beneficiar a los activistas exiliados en aras de proporcionarles un escenario para los debates y dar visibilidad a la problemática del país, con la finalidad de identificar puntos en común entre las diferentes organizaciones de oposición. Es conocido que los espacios cívicos en Nicaragua se están disolviendo y muchos activistas tuvieron que salir del país por su seguridad, razón por la cual la asistencia y apoyo internacional a la sociedad civil nicaragüense en el exterior contribuye a reforzar su compromiso y sus esfuerzos de resiliencia democrática.

Otra fuente de cooperación internacional con Nicaragua que debería restringirse proviene de la cooperación a nivel municipal y de ciudades hermanas. Aunque financieramente podrían no tener un gran impacto, no se debe subestimar el efecto de señalización de ambos, la continuación o la cancelación de dicha cooperación. Para tomar el ejemplo de los proyectos de ciudades hermanas alemanas, la mayoría de los cuales surgieron de los movimientos de solidaridad a raíz de la Revolución Sandinista, se puede enviar un mensaje contundente cancelando ese compromiso y explicando públicamente, mediante un lenguaje claro, por qué se toman tales medidas. En caso contrario, la continuación de estos proyectos puede percibirse como una legitimación y reconocimiento del régimen y sus acciones por parte de la población.

Potenciales de asistencia internacional: aumentar la presión, privar bases de apoyo y crear espacios cívicos

Sugiero que, aunque especialmente las sanciones económicas han mostrado poco efecto hasta ahora, es indispensable que los actores internacionales mantengan el foco en Nicaragua y utilicen todas las medidas disponibles para presionar al régimen y fortalecer los movimientos de oposición. Las sanciones selectivas, junto con el escrutinio internacional sostenido y la condena por parte de organismos internacionales como el Consejo de Derechos Humanos de la ONU en el ámbito global o en el Interamericano por parte de la OEA, son herramientas valiosas para presionar a los líderes nicaragüenses, incluido el presidente, para hacer concesiones. Sin una presión internacional fuerte y sostenida, el gobierno de Ortega no tendrá ningún incentivo para frenar la represión y eventualmente permitir elecciones libres y justas.

Citación académica sugerida: Reder, Désirée. El Dilema de la comunidad internacional en el contexto de la represión en Nicaragua. ¿Cambio o costos sociales por presión? Agenda Estado de Derecho, 2021/10/29. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/https://agendaestadodederecho.com/el-dilema-de-la-comunidad-internacional-en-el-contexto-de-la-represion-en-nicaragua/

Palabras clave: Nicaragua; sanciones; represión; comunidad internacional; represión

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ACERCA DE LA AUTORA
Désirée Reder

Investigadora del Instituto Alemán de Estudios Globales y de Área (GIGA) en Hamburgo e investigadora doctoral del Centro de Estudios de Conflicto de la Universidad Marburg. Sus intereses de investigación son represión estatal, seguridad y conflicto desde una perspectiva comparada y con un énfasis en discursos de legitimación.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.