La “gran transformación”: el derecho humano al cuidado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos

28 de Mayo de 2024
La “gran transformación”: el derecho humano al cuidado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos
Foto. Twitter.

En marzo, la Corte Interamericana celebró audiencias en el marco de la solicitud de opinión consultiva sobre el derecho al cuidado. ¿Qué enseñanzas y conclusiones se pueden obtener de este proceso?

En noviembre de 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) recibió 129 amicus curiae vinculados a la solicitud de Opinión consultiva 31 referida a “El contenido y el alcance del derecho al cuidado y su interrelación con otros derechos”, presentada por la República Argentina. Se trata de documentos elaborados por siete gobiernos de la región (Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, México, Panamá, Paraguay), por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de Mujeres (CIM), organismos especializados de Naciones Unidas (CEPAL; ONU-Mujeres, ACNUDH, el Comité y el Relator especial sobre los derechos de las personas con discapacidad), organismos de los ministerios públicos de varios países de la región, universidades latinoamericanas y europeas, organizaciones de la sociedad civil, feministas, de las diversidades sexuales y de derechos humanos, colegios de magistrados/as, de abogados/as y un amplio número de personas interesadas en la agenda de cuidados (véase, Observaciones).

No es habitual que haya un flujo de amicus de esta proporción, lo que muestra el interés que despierta el reconocimiento del derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado, tal como fue definido en el primer documento que así lo conceptualiza (Pautassi, 2007). De manera contundente, los argumentos sostienen la necesidad de que la Corte IDH interprete con amplitud el derecho al cuidado como un derecho autónomo y de satisfacción inmediata, reforzando la agenda de políticas públicas hoy presentes en cada uno de los países de la región. En efecto, cerca de 15 países de la región cuentan con políticas de cuidados, sean los sistemas nacionales de cuidado, como el caso pionero de Uruguay, o experiencias locales, como el sistema distrital de cuidados de Colombia, o diversas instancias en donde los Estados han avanzado en diseñar –o se encuentran haciéndolo- estrategias en base a sus obligaciones de respetar, proteger y garantizar el derecho humano al cuidado.  

Estos argumentos y experiencias fueron expuestos durante las audiencias convocadas por la Corte IDH entre el 12 y 14 de marzo del corriente, a las cuales acudieron 70 delegaciones que, entre otras, contó con la destacada participación de la vicepresidenta de Colombia, Francia Márquez (ver Audiencias). Con solvencia jurídica, los fundamentos del derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado, fueron expuestos en referencia al trabajo de cuidado remunerado y no remunerado, a las particularidades que presenta el derecho a cuidar en niños, niñas y adolescentes, personas mayores y con discapacidad, con enfermedades o con afectaciones a la salud mental. También se presentaron argumentos sobre la relevancia del ejercicio de este derecho para las personas pertenecientes a los colectivos LGBTIQ+, personas pertenecientes a pueblos originarios y afroamericanos, como también la relevancia en personas privadas de libertad, particularmente para las mujeres.

Asimismo, y con claridad, se identificó la injusta división sexual del trabajo y de los cuidados que afecta a la región, donde las mujeres generalmente tienen trabajos informales y precarizados, lo que genera que, junto a los niños, niñas y adolescentes, sean las más afectadas por la pobreza, tanto a nivel monetario como de tiempo. En promedio, las mujeres de la región trabajan el doble del tiempo que los varones, especialmente en tareas de cuidado, aunque no se reconoce en todo su aporte. Con respecto al trabajo de cuidado remunerado, las voces se alzaron para avanzar en su reconocimiento pleno como categoría laboral en condiciones igualitarias, junto con el reclamo del trabajo comunitario que realizan las mujeres a lo largo de todo el continente, con la presentación de casos conmovedores del impacto de estas tareas que hoy no están siendo reconocidas y que afectan directamente a las cuidadoras. Por su parte, hubo demandas respecto al trabajo sexual y diversas manifestaciones asociadas.

Los argumentos en relación con la sostenibilidad fiscal y la relevancia de la inversión en cuidados fueron claves, como eje de reconocimiento de que, sin justicia fiscal, no es posible efectivizar el ejercicio de derechos, en particular los DESCA y el derecho humano al cuidado. Al respecto, se presentó evidencia empírica que muestra que el trabajo de cuidado no remunerado genera valor económico y contribuye directamente al producto interno bruto de los países, que en el caso de América Latina es entre 15 y 27 puntos dependiendo de los países.

En tal sentido, y recuperando las preguntas formuladas en la solicitud de opinión consultiva, resultaron claves las argumentaciones avalando la relevancia del carácter interdependiente del cuidado con otros derechos humanos, como el derecho al trabajo, a la educación, a la seguridad social, a la salud, al ambiente, a la vivienda y el derecho a la ciudad, en base a la conceptualización de ciudades cuidadoras. Asimismo, se enfatizó el Compromiso de Buenos Aires, que es el último consenso aprobado en la XV Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe de 2022, el que se pronuncia sobre la conformación de una sociedad del cuidado, la cual promueve una transformación política y una reorganización social de los cuidados, con la participación activa del Estado, la comunidad y las instituciones públicas y privadas en la provisión de servicios, buscando superar las desigualdades socioeconómicas y de género e integrando como prioritario el cuidado del planeta y la sostenibilidad de la vida.

Desde las miradas gubernamentales, fue notable la contundencia de los argumentos expresados respecto a la autonomía del derecho al cuidado y su consiguiente reafirmación, pronunciando encendidas voces a la Corte IDH respecto a la relevancia de su tarea interpretativa. La República Argentina, como Estado solicitante, reafirmó el valor de esta consulta y la necesidad de establecer —con claridad—obligaciones, comprometiéndose en lo que respecta a garantizar y satisfacer el derecho a cuidar, ser cuidado y al autocuidado. Inclusive, hubo demandas concretas para que se adopte una perspectiva interseccional, tanto desde las posiciones de la sociedad civil como de los propios Estados.

Con la escucha respetuosa y atenta de las y los magistrados que integran la Corte IDH, se produjo un diálogo de gran relevancia con las delegaciones. Con claridad, es posible expresar que no estamos ante un derecho emergente, sino con un derecho que fue invisibilizado por casi un siglo, pero que las demandas sociales, políticas y feministas han permitido su identificación.

El proceso queda ahora en manos de la Corte IDH. Cuando emita su Opinión consultiva 31 podrá marcar un cambio de agenda a nivel regional e internacional, ya que reforzará el carácter pionero que ha tenido América Latina en reconocer y obligarse respecto a los cuidados. Confiamos en la voluntad transformadora que tiene el sistema interamericano, que sin duda dará un paso mayor: será el momento de generar una gran transformación.   Se trata de un proceso que, lejos de ser estático, es parte de una agenda global de cuidados que debemos fortalecer y demandar respuestas institucionales urgentes para garantizar el reconocimiento, respeto y el otorgamiento de garantías concretas para que cada persona pueda ejercer su derecho a cuidar, a ser cuidado y al autocuidado.

Citación académica sugerida: Pautassi, Laura. La “gran transformación”: el derecho humano al cuidado en la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Agenda estado de derecho 2024/05/28. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/el-derecho-humano-al-cuidado-en-la-corte-interamericana-de-derechos-humanos/

Palabras clave: Derecho al cuidado; Corte Interamericana de Derechos Humanos; Opinión Consultiva 31, América Latina.

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ACERCA DE LA AUTORA
Laura Pautassi

Investigadora Principal del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) de Argentina y del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales A. Gioja, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. Directora del Grupo Interdisciplinario Derechos Sociales y Políticas Públicas. Presidenta del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA).

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.