El derecho a defender derechos humanos como derecho autónomo en América Latina

28 de Mayo de 2021
El derecho a defender derechos humanos como derecho autónomo en América Latina
Crédito de la foto: Federico Zaá

Palabras clave: América Latina, defensores de derechos humanos, derechos humanos

En febrero de 2021, la organización irlandesa Front Line Defenders publicó su Análisis Global sobre ataques a personas defensoras de derechos humanos durante 2020. El panorama que reveló este informe es desolador: 331 personas fueron asesinadas y en particular destaca la nefasta contribución de Colombia con 177 personas defensoras asesinadas. En consecuencia, América Latina encabezó una vez más la lista de las regiones más letales para ejercer este oficio. Esta tendencia se mantiene en lo que va de este año y tampoco es reciente. De los 1323 asesinatos a personas defensoras reportados a nivel mundial por la Relatora Especial de la ONU sobre la Situación de los Defensores desde 2015, 933 tuvieron lugar en la región, siendo más vulnerables a los ataques aquellos que defienden el medio ambiente, los que se oponen al apoderamiento de tierras o la imposición de proyectos empresariales sin su consentimiento, al frente de cuyas luchas, con frecuencia, se encuentran las mujeres defensoras.

Si bien el asesinato de personas defensoras es, como dice la Relatora Especial, “esa línea roja que ningún Estado ni actor no estatal debería cruzar jamás”, quienes se dedican a la defensa y promoción de derechos humanos afrontan muchos otros tipos de hostigamientos y agresiones, tanto de actores estatales como no estatales, y van desde las amenazas y la estigmatización frecuente, a la criminalización, las agresiones físicas, la detención y la tortura. Estos ataques además adquieren tintes específicos en virtud del género cuando se dan en contra de mujeres defensoras. 

La situación de riesgo de las personas defensoras, además, se ha agudizado por el incremento regional del uso indebido del derecho penal en su contra, así como por el impacto de la pandemia, que ha empeorado sus condiciones de vida, ha limitado el ejercicio legítimo del derecho a la protesta y la asociación, y ha impulsado el trabajo en línea que a su vez ha generado un aumento de la violencia digital, los ciberataques, la vigilancia y el espionaje. Además, en algunos países de la región, los Estados progresivamente han venido adoptando medidas que buscan restringir la capacidad de los colectivos de defensores de operar como organizaciones de derechos humanos, impidiendo su registro, prohibiendo la recepción de fondos extranjeros, o exigiéndoles reportar información sensible y confidencial sobre sus aportes y beneficiarios, como en el caso de Venezuela, Guatemala o Nicaragua.

Ante la situación de riesgo y violencia que enfrentan las personas defensoras, algunos Estados en América Latina han adoptado leyes y mecanismos de protección. Sin embargo, la mayoría de estos mecanismos carecen de recursos suficientes y los Estados no tienen la voluntad política necesaria para garantizar el ejercicio del derecho a defender derechos humanos en condiciones adecuadas y seguras. Muchas veces la creación de sistemas de protección busca frenar la presión internacional y se limita a la adopción de medidas físicas o “duras” de protección”, que no abarcan, por ejemplo, la legitimación de la lucha, la adopción de medidas correctivas frente a la criminalización y mucho menos buscan identificar y eliminar las fuentes de las amenazas. Con ello se perpetúa la necesidad de las medidas de protección, en lugar de asegurar que estas solo sean necesarias de manera temporal. Pero, además, los modelos de protección a personas defensoras en la región no integran un enfoque de género, que responda, entre otras cosas, a las preocupaciones y riesgos por el bienestar no solo de las defensoras, sino de sus familias. Por el contrario, lo que demuestran los distintos mecanismos que se han creado en América Latina para personas defensoras, es que los Estados no reconocen, verdaderamente, el derecho a defender derechos humanos como un derecho autónomo y legítimo, ni las obligaciones estatales que se derivan de éste.

El reconocimiento del derecho a defender derechos humanos como derecho autónomo e independiente es una construcción jurídica, que surge precisamente como necesidad de reconocer políticamente el rol fundamental que ejercen las personas defensoras como última línea de defensa en la protección de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho y que se afirma por primera vez en 1998 con la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos (también conocida como declaración sobre Defensores). 

La importancia de esta afirmación de la legitimidad de la labor de defensa de los derechos humanos es aún más evidente en América Latina, donde, como lo demuestran las cifras ya resaltadas, existe una institucionalidad democrática cada vez más deteriorada por la penetración de estructuras de poder que instigan y ejercen una violencia descarnada en contra de quienes se oponen a ellos, ante la pasividad, aquiescencia y muchas veces con la participación directa de las autoridades estatales que más bien debieran proteger y facilitar el trabajo de las personas defensoras de derechos. 

Si bien el derecho a defender derechos humanos contiene a su vez derechos que están expresamente reconocidos en instrumentos internacionales vinculantes y en las constituciones de la mayoría de países en el mundo, como la libertad de expresión, el derecho de reunión pacifica, la libertad de asociación, y los derechos políticos, entre otros, su reconocimiento explícito como derecho autónomo en la Constitución y leyes a nivel nacional está aún lejos de ser una posibilidad. Por ello, haciendo uso de la conexidad que tiene el derecho a defender con estos otros derechos, las Cortes en Latinoamérica tienen la posibilidad de reconocer el derecho a defender derechos a través de su jurisprudencia. Y es que como lo ha señalado la Corte Interamericana, su reconocimiento como derecho permite articular esos otros derechos y aplicarlos a la función y situación práctica de las personas defensoras. 

El reconocimiento del derecho a defender derechos humanos como derecho autónomo, no solo procede entonces porque hay un amplio consenso internacional y regional al respecto, que se refleja incluso a nivel interamericano en las resoluciones de la OEA, o en las propias leyes creadas por los mecanismos de protección existentes a nivel nacional, sino que resulta imperativo porque el impacto de la vulneración del derecho a defender derechos humanos trasciende a la colectividad social cuyos derechos el o la defensora defiende.

Es urgente un mayor, más contundente y extenso reconocimiento del derecho a defender derechos humanos, como espaldarazo político y legitimador del rol medular que las personas defensoras cumplen en la sociedad, y como forma de articular y detallar de forma precisa su contenido, a la luz de los derechos que su ejercicio implica.

En este momento, la Corte Constitucional de Colombia tiene la oportunidad de afirmar el reconocimiento del derecho a defender derechos como derecho autónomo a través de la revisión de una tutela solicitada por 189 activistas y personas líderes con el apoyo de un importante número de organizaciones de la sociedad civil. La revisión se da luego de decisiones de primera y segunda instancia en las que las autoridades judiciales reconocieron que se están vulnerando varios derechos relacionados con la defensa de derechos humanos y ordenaron algunas medidas concretas para abordar los problemas de estigmatización, así como las fallas en las medidas de seguridad proporcionadas por la Unidad Nacional de Protección, entre otras, que no fueron cumplidas por el Estado. 

Una decisión positiva en esta revisión de protección constitucional tendría no solo un impacto en la obligatoriedad de las medidas de prevención y protección en favor de personas defensoras en el país, incluyendo la implementación de una verdadera política pública de protección, sino que sentaría un ejemplo importante para otros Estados de la región en los que las condiciones para ejercer la defensa de los derechos humanos son igualmente críticas y en donde las Altas Cortes pueden jugar un rol clave. 

El reconocimiento jurisprudencial del derecho a defender derechos es, además de un acto simbólico cargado de fuerza legitimadora para las y los defensores, un acto que puede y debe traducirse en cambios profundos de las condiciones en las que se ejerce el derecho. Desde el ‘desarme de la palabra’ desde los palcos presidenciales de países como México, El Salvador, Guatemala, Venezuela, y Brasil en contra de las personas defensoras, hasta la promoción de narrativas positivas sobre su labor. 

Desde mecanismos de protección que en lugar de apostarle a medidas reactivas e insostenibles en el tiempo como guardaespaldas, chalecos antibalas, o transporte blindado (en el mejor de los casos) busquen identificar y sancionar a quienes amenazan y atacan a las personas defensoras y que, en los casos en los que medidas duras de protección sean necesarias, tengan un enfoque adecuado, inclusive de género, que no asuma que la evaluación de riesgo es la aplicación de una fórmula genérica, o que las necesidades de protección se agotan en la persona del defensor o defensora sino que se extiende a su familia y sus comunidades o colectivos.

Reconocer y proteger el derecho a defender derechos es una apuesta por la vida, la dignidad y la esperanza. 

Citación académica sugerida: Baeyens, Angelita; González, Marta: El derecho a defender derechos humanos como derecho autónomo en América Latina, Agenda Estado de Derecho, 2021/05/28. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/el-derecho-a-defender-derechos-humanos-america-latina

Comparte este artículo en...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
ACERCA DE LOS AUTORES
Angelita Baeyens

Dirige el área de Incidencia y Litigio Internacional en el Robert F. Kennedy Human Rights desde el año 2014. Se desempeñó como Oficial de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas en la División de las Américas. Trabajó como Oficial de Derechos Humanos en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y como Coordinadora de la Relatoría de Defensores de Derechos Humanos de la CIDH. Es profesora adjunta de Derecho en la Universidad de Georgetown. Es licenciada en Derecho por la Universidad de Ibagué y tiene un máster en Derecho Internacional de los Derechos Humanos por la Universidad de Notre Dame.

Marta González

Abogada, defensora de derechos humanos con experiencia en la ejecución de acciones de incidencia y de litigio estratégico ante los Sistemas Interamericano y Universal de Derechos Humanos en temas de género, derechos sexuales y reproductivos, protección de personas defensoras de los derechos humanos, asilo y refugio. Apoya como consultora al centro de derechos humanos Robert F. Kennedy Human Rights y a la Iniciativa Mesoamericana de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos. Ha trabajado como asesora legal en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y en el Centro de Derechos Reproductivos (CRR), basadas respectivamente en Costa Rica y en Colombia. Tiene un máster en Derechos Humanos y Gobernanza por la Universidad Autónoma de Madrid.

Artículos Relacionados

Sigue nuestro Newsletter en LinkedIn

Suscribirte en LinkedIn

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.