El Acuerdo de Escazú Luces y sombras de la política medioambiental regional

23 de Abril del 2021
El Acuerdo de Escazú Luces y sombras de la política medioambiental regional

Después de un tiempo de transición marcado por la incertidumbre, que finalizó con la ratificación de México en enero del 2021, entra en vigor el 22 de abril del 2021 el acuerdo medioambiental regional más importante de Latinoamérica. 

Entra en vigor el “Tratado regional sobre el acceso a informaciones, la participación de la ciudadanía y el análisis jurídico en temas ambientales en Latinoamérica y el Caribe”, el cual es más conocido como el Acuerdo de Escazú. Ese Acuerdo le ofrece a la población nuevas oportunidades respecto a la información, la participación y el acceso al derecho en el ámbito medioambiental.  En sí, es el primer acuerdo ambiental regional en Latinoamérica y el primero en todo el mundo que contenga disposiciones específicas para proteger los derechos humanos medioambientales.  Sin embargo, muchos estados importantes de la región no han ratificado (¿aún?) el acuerdo dado que consideran que sus intereses económicos, su soberanía nacional y su libertad en la toma de decisiones son afectados por las disposiciones del acuerdo.

Contexto y Contenido del Acuerdo

El Acuerdo de Escazú tiene como finalidad asegurar la realización plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, la participación de la sociedad en la toma de decisiones ambientales y el acceso a la justicia en asuntos ambientales. También busca fortalecer las capacidades en estos ámbitos y fomentar la cooperación.  De esta manera, el acuerdo tiene como objetivo hacer efectivo el derecho de todas las personas, y en especial de las generaciones futuras, a vivir en un medio ambiente sano y a contribuir a su desarrollo sostenible.          

El acuerdo se debe considerar en parte como una continuación de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de 1992, así como también de sus declaraciones complementarias.  Antes que la Convención de Escazú entrará en vigor, ya existían en algunos países de América Latina normas avanzadas sobre el derecho de acceso a la información ambiental.  Estas se basan por un lado, en las normas establecidas en la Convención Americana de Derechos Humanos y por otro lado, en los estándares determinados por la Corte Interamericana de Justicia y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a través de numerosas resoluciones.  Sin embargo, hasta ahora no se contó con un reglamento coherente y claro en la región que resuma estas disposiciones y defina sus alcances. Asimismo, hasta ahora hay deficiencias en la implementación efectiva de los derechos y disposiciones correspondientes.

Un análisis más exhaustivo del acuerdo muestra la notable ambición con la que la región quiere contrarrestar los problemas existentes hasta el momento: el reglamento determina, entre otras cosas, qué datos están exactamente comprendidos por el derecho de acceso a la información medioambiental y qué información debe ser presentada públicamente por los distintos Estados. El derecho a la participación previsto en el reglamento es de gran importancia especialmente para los pueblos indígenas, en el contexto del derecho a una consulta previa, libre e informada.  La obligación del estado de adoptar mecanismos para proteger a los defensores de los derechos humanos en temas medioambientales contra las amenazas, las restricciones y la inseguridad es, hasta la fecha, única en el mundo. Esta disposición es especialmente importante en América Latina, la región donde más activistas ambientales son asesinados en todo el mundo. 

Para poder alcanzar los objetivos previstos en el Acuerdo de Escazú los países deben implementar a nivel nacional las normas que allí se establecieron.  El reglamento proporciona una base legal para la creación de estructuras institucionales y mecanismos administrativos que sirven para reforzar el proceso de toma de decisiones políticas.  Basado en la apertura, la transparencia y la participación, el acuerdo busca impulsar la transición hacia un modelo de desarrollo sostenible para la región.

Un proceso largo de coordinación con un final ambiguo

La entrada en vigor del acuerdo el 22 de abril de 2021 estuvo marcada por un largo proceso lleno de declaraciones eufóricas, votaciones multilaterales y denegaciones imprevistas. El punto de partida para la creación del acuerdo fue la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible de 2012, así como la Decisión de Santiago de 2014 que derivó de la primera.  Entre 2014 y 2018, los países de América Latina y el Caribe negociaron el contenido concreto de un acuerdo ambiental regional bajo la presidencia de las delegaciones de Chile y Costa Rica, y con la inclusión de las voces de la sociedad civil, la investigación y la academia. En ese proceso de negociación la “Mesa Directiva” recibió el apoyo de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL).   Finalmente, el acuerdo se firmó el 4 de marzo de 2018 en Escazú, Costa Rica. 

Por otra parte, fueron precisamente los sectores de la política y la economía de distintos países que habían participado en la creación, quienes frenaron el proceso de ratificación desde que culminaron las negociaciones en 2018. El ejemplo más destacado es el de Chile, que se había mostrado como un firme defensor y principal impulsor del acuerdo durante la fase de negociación. Fue una gran sorpresa para muchos cuando Chile rechazó la ratificación en el 2020.  Allamand, el ministro exterior chileno, justificó el rechazo alegando que el acuerdo infringía leyes chilenas como también intereses privados. Además, que este causaba inseguridad jurídica en la planificación e implementación de proyectos industriales grandes y ponía en duda su rentabilidad. Asimismo, que mezclaba los derechos humanos con temas ambientales.  Aunque existe el derecho a un medio ambiente limpio en diferentes constituciones latinoamericanas, parece que algunos países ven los derechos subjetivos establecidos en el Acuerdo de Escazú como exagerados. También Perú, Brasil y Venezuela señalaron sus preocupaciones respecto los alcances del acuerdo en especial con relación al uso de sus áreas y recursos naturales. Ellos temen una pérdida de soberanía, y el desplazamiento del poder, para tomar decisiones sobre conflictos medioambientales, al escenario regional e internacional.  Costa Rica, que es visto como un país ejemplar en la región respecto al clima, tampoco ha ratificado el acuerdo.  Las discusiones, en parte polémicas, que se realizaron en estos países muestran que los gobiernos actuales siguen dándole prioridad a las consideraciones económicas, a los intereses sobre los recursos naturales y a las cuestiones de gobernanza territorial, desestimando así las propuestas de la política climática y medioambiental.

¿Puede Escazú despertar esperanza?

La idea de que se pueda aprobar un acuerdo válido para toda la región de Latinoamérica y el Caribe y que con ello se pueda tener una representación internacional como un bloque regional y lograr ser un precursor en cuestiones medioambientales, fue mermado por la actitud de rechazo de países importantes. Finalmente, el acuerdo solo se implementará en los 12 países que lo ratificaron efectivamente. Al mismo tiempo, el acuerdo puede traer esperanza de mejorar la cooperación regional no solamente en temas ambientales, lo que cobra importancia en un tiempo con compromisos de políticas climáticas débiles y unas negociaciones tambaleantes en el marco del Tratado Mercosur. A través de su entrada en vigor se materializa la narrativa de varios países de fomentar un desarrollo sostenible en especial dentro de un contexto post Covid. 

Con él surge la esperanza en los pueblos indígenas de la región, los cuales están especialmente afectados en sus áreas rurales por proyectos industrializados planeados de una manera centralizada.  Actualmente la representación de los intereses indígenas en temas medioambientales está fuertemente mermada en muchas partes de Latinoamérica y el Caribe. Esto se debe en gran medida a la falta de información confiable y de oportunidades de participación efectivas. El Acuerdo de Escazú ofrece la posibilidad de reducir estos problemas por lo menos a mediano plazo. 

Finalmente, el acuerdo proporciona nuevas oportunidades a los países de la región que se quieran posicionar como un actor confiable y amigable con el medio ambiente en el contexto comercial.  La propuesta de implementar estándares ambientales regionales de manera sostenible y coherente a un nivel nacional, también es de gran interés en la discusión actual en Alemania y Europa acerca de las cadenas de valor sostenibles.

Una Mirada hacia el Futuro

El Acuerdo de Escazú entra a la historia como el primer acuerdo medioambiental vinculante para Latinoamérica y el Caribe. La combinación de las disposiciones sobre el cuidado del medio ambiente y los derechos humanos ofrece potencial para impulsar procesos parecidos en otras regiones del mundo. El acuerdo sobrepasa el Convenio de Aarhus, firmado el 25 de junio de 1998, que fue el primer acuerdo de la Comisión Económica para Europa (UNCECE) sobre el acceso a informaciones, la participación de la sociedad en procesos decisivos y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente. Ese acuerdo fue ratificado por 47 estados europeos y asiáticos así como también por todos los miembros de la Unión Europea. El Convenio de Aarhus fue en su tiempo el primer tratado de derecho internacional que otorgaba a todas las personas derechos medioambientales y es una fuente de inspiración para el Acuerdo de Escazú.

Para ambientalistas, defensores de los derechos humanos y pueblos indígenas el 22 de abril significa sobre todo que de aquí en adelante existan disposiciones concretas y ejecutables sobre el acceso a informaciones medioambientales y que se les brinda una base para crear un entorno seguro y de derecho en el ámbito del medio ambiente.  En este punto, la entrada en vigor del Acuerdo Escazú brinda esperanza, en especial, en un tiempo en el cual esos grupos son expuestos en gran medida a persecución y violencia.  Además refuerza la seguridad jurídica en general y así puede contribuir con el crecimiento y el desarrollo sostenible – siempre y cuando los estados firmantes también estén dispuestos y con la capacidad de hacer valer el derecho en regiones alejadas. 

Por otro lado, es importante que el Acuerdo de Escazú no se vuelva un impedimento para la planificación y ejecución de proyectos innovadores y rentables en la región, los cuales son tan esenciales para el progreso económico de Latinoamérica.  La aplicación efectiva de derechos medioambientales subjetivos y de intereses económicos legítimos tienen que compaginarse de manera equilibrada al implementar el Acuerdo de Escazú.

Habrá que esperar para saber cómo usarán la sociedad civil y el sector privado las herramientas que ahora tienen a su alcance.  Las personas podrán hacer valer su derecho de participación en relación con el uso de los recursos naturales en especial en países donde se observa un retroceso con respecto a la política climática y energética a nivel nacional.  Por otro lado, el acuerdo no significa que todo esté solucionado y no haya más por hacer.  Las barreras burocráticas y políticas seguirán siendo un riesgo que pueden apagar rápidamente las nuevas esperanzas despertadas por el acuerdo. Un primer paso simbólico es el hecho de que entre en vigor el Día de la Tierra.  Sin embargo, todavía será un largo camino hasta que las disposiciones medioambientales sean implementadas de manera jurídica efectiva y se pongan en práctica de forma generalizada. 

Citación académica sugerida: Stopfer, Nicole - Fuchs, Marie Christine - Dufner, Georg: El Acuerdo de Escazú Luces y sombras de la política medioambiental regional, 2021/04/23, https://agendaestadodederecho.com/el-acuerdo-de-escazu/

Comparte este artículo en...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
ACERCA DE LOS AUTORES
Nicole Stopfer

Es Directora del Programa Regional “Seguridad Energética y Cambio Climático en América Latina” de la KAS con sede en Lima, Perú. Antes de asumir su puesto actual, fue representante adjunta de la KAS México de 2013 a 2015 así como la encargada de los países del ConoSur en la central de la Fundación. Además, de Febrero a Noviembre de 2020 fue representante de la KAS en el Perú. Nicole Stopfer tiene una Maestría en Relaciones Internacionales de la FU Berlín y la George Washington University , EEUU. 

Marie-Christine Fuchs

Abogada alemana (Rechtsanwältin, Berlin) y Doctora en Derecho de la Universität des Saarlandes, Saarbrücken, Alemania. Realizó sus estudios de Maestría en Derecho Internacional Público, Derecho de la Unión Europea y Derechos Humanos en el Europainstitut de la misma universidad. Cursó estudios de licenciatura tanto en derecho alemán como en derecho francés. Ha sido investigadora asociada al Instituto Max Planck de Derecho Privado Extranjero y Derecho Internacional Privado en Hamburgo, así como investigadora y profesora asistente en el Europainstitut. De 2011 a 2015 se desempeñó como abogada en el despacho jurídico internacional Freshfields Bruckhaus Deringer en Berlín. Desde 2016, es directora del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer. Es autora de diversas publicaciones sobre derecho internacional público y derecho internacional de derechos humanos.

Georg Dufner

Es el Representante de la Fundación Konrad Adenauer (KAS) en Bolivia y Director del Programa Regional de Participación Política Indígena (PPI) en América Latina de esta misma entidad. De formación es historiador y politólogo. Adicionalmente, se ha desempeñado como investigador y docente académico. Es autor y experto en relaciones internacionales extensamente familiarizado con la región andina, pasando varios años para su labor científica en Chile (Pontificia Universidad Católica de Chile y en la Universidad de Santiago de Chile – Instituto de Estudios Avanzados), Ecuador y Argentina, entre otros. 

Artículos Relacionados

Sigue nuestro Newsletter en LinkedIn

Suscribirte en LinkedIn

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.