12 de Agosto de 2026

Democracia y paridad: un llamado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos

Foto. Flickr Corte IDH.

¿Es la paridad de género una medida temporal o una exigencia democrática permanente? Este es uno de los debates sobre la participación política equitativa de cara a la próxima Opinión Consultiva de la Corte IDH.

En varios países de la región se está viviendo un momento político en el que los logros en materia de igualdad están pasando de ser entendidos como pisos mínimos a plantearse como techos limitantes. Peor aún, varios gobernantes han incorporado en su discurso cotidiano ataques a dichos logros y han impulsado retrocesos jurídicos e institucionales sobre victorias que parecían consolidadas, a la vez que amenazan con obstaculizar cualquier intento de avance para saldar las deudas aún vigentes sobre igualdad, incluyendo la de género.

En contextos como este, los órganos de protección de derechos humanos tienen un doble rol. Por un lado, proteger lo alcanzado ante amenazas de retroceso y, por otro, seguir ejerciendo su papel fundamental en asegurar, con sus interpretaciones, que el derecho internacional de los derechos humanos (DIDH) sea eficaz y cumpla con su finalidad.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) celebrará en los próximos días la audiencia sobre la solicitud de opinión consultiva presentada por el Estado de Guatemala: “Democracia y su Protección ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”. Esta es una oportunidad invaluable para que la Corte IDH aborde la paridad de género en la participación política y en el ejercicio del poder público, como presupuesto de una democracia sustantiva.

Democracia sustantiva y principio de igualdad y no discriminación

Ambos órganos del sistema interamericano han reconocido la relación intrínseca entre democracia y derechos humanos. Igualmente, tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como la Corte IDH han reflejado el entendimiento de que la democracia no se agota con la realización de elecciones periódicas, sino que tiene una dimensión sustantiva. Algunos ejemplos de esa comprensión de la democracia incluyen el reconocimiento del pluralismo, el fortalecimiento del espacio cívico, la superación de la desigualdad estructural y la pobreza, y el cierre de las brechas de género en la participación política.

Varias de estas expresiones de la democracia sustantiva, especialmente la última, están directamente relacionadas con el principio de igualdad y no discriminación que le impone a los Estados no sólo la obligación negativa de no discriminar, sino la de adoptar medidas positivas para asegurar condiciones de igualdad real. Esta concepción de la igualdad es un punto de consenso en el DIDH y en el constitucionalismo de la región. La jurisprudencia de la Corte IDH ha sido parte central del desarrollo de dicho consenso y en varias oportunidades ha responsabilizado internacionalmente a los Estados por no adoptar medidas positivas para remediar desigualdades estructurales.

Ahora bien, el tema puntual de la paridad de género en la vida política y pública y su relación con las acciones afirmativas – que consisten en brindar un trato preferencial a ciertas personas por su pertenencia a un grupo históricamente excluido – ha estado prácticamente ausente en la jurisprudencia de la Corte IDH.

Es importante aclarar que la paridad de género en la vida política y en el ejercicio del poder público debe entenderse como la realización de la igualdad de las mujeres y, por ello, su obligatoriedad debe tener carácter permanente. Sin embargo, dada la vigencia de la desventaja estructural que enfrentan las mujeres para participar en pie de igualdad en la vida pública, las acciones afirmativas de carácter temporal siguen siendo uno de los medios para lograrla. Por ello, sin perjuicio del carácter permanente de la paridad, la solicitud de Opinión Consultiva le abre la puerta a la Corte IDH para que se pronuncie sobre las acciones afirmativas, como caso concreto de las medidas positivas que deben adoptar los Estados para alcanzar la igualdad real y, puntualmente, para la realización de la igualdad de género.

El aporte del Comité de la CEDAW

La Corte IDH ha tenido la práctica de acudir a los desarrollos de los órganos de tratados del sistema universal de derechos humanos para orientar sus interpretaciones. Aunque la igualdad de género en la vida pública y política había estado presente en pronunciamientos anteriores, fue en su Recomendación General No. 40 sobre la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones, que el Comité de la CEDAW consolidó su posición y brindó la guía más detallada a los Estados sobre el tema.

Son cuatro los aportes centrales de dicha recomendación general que podrían influir a la Corte IDH en el abordaje de este tema. El primero es que se aclara que la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres sólo puede lograrse con el alcance numérico 50/50. Esto es clave porque muchas de las medidas adoptadas en la región, como las llamadas “leyes de cuotas”, hablan de porcentajes menores al 50%. Si bien estas medidas han sido valoradas positivamente en el pasado, no pueden ser entendidas como el logro de la igualdad de género en la participación política y en el ejercicio del poder público. Al contrario, deben considerarse incompatibles con el objetivo de lograr la igualdad entre hombre y mujeres y los Estados deben adecuarlas para que reflejen la paridad total.

El segundo es que se resuelve una confusión frecuente que caracteriza a la paridad de género como una acción afirmativa de carácter temporal. El Comité de la CEDAW deja claro que la paridad de género, entendida como “el reparto de poder pleno e igualitario (50/50) entre mujeres y hombres” debe ser “una característica permanente y central en todas las esferas, incluida la vida política, pública y económica”, por lo que “la legislación que garantiza la paridad no está pensada para ser eliminada una vez que se hayan reparado las desventajas históricas de las mujeres, sino que sigue siendo un principio jurídico y una característica permanente y universal de la buena gobernanza”. Así, las acciones afirmativas temporales son uno de los mecanismos para el logro de la paridad de género que, como se indicó, debe ser de carácter permanente.

El tercero es la orientación más puntual que brinda el Comité de la CEDAW a los Estados al momento de adoptar leyes y diseños institucionales sobre paridad de género, incluyendo:

  • Que exista un marco jurídico sólido para institucionalizar la paridad total y para establecer medidas especiales para lograrla, con plazos definidos con claridad.
  • Que se eviten enfoques simbólicos a través de la determinación del alcance amplio de la paridad, incluyendo el plano local, nacional, regional e internacional, en todas las esferas y, especialmente, en todos los niveles de la toma de decisiones.
  • Que se considere a las mujeres en toda su diversidad, esto es, que el marco jurídico tome en cuenta las formas de discriminación interseccionales y cambiantes que enfrentan las mujeres.
  • Que existan mecanismos para la rendición de cuentas, incluyendo órganos de vigilancia capaces de establecer sanciones en caso de incumplimiento.
  • Que existan mecanismos de análisis y actualización de datos que permitan evaluar los avances y retrocesos.
  • Que se promueva el apoyo a las medidas en favor de la paridad y la comprensión de su naturaleza no discriminatoria a través de medidas educativas y de sensibilización sobre la igualdad sustantiva.

Y el cuarto, el Comité de la CEDAW reconoce que un marco jurídico que exija la paridad de género no es suficiente para resolver las causas estructurales que hacen que persista la brecha entre hombres y mujeres en la participación política y en el ejercicio del poder público. Por ello, dentro de sus recomendaciones, señala medidas complementarias relacionadas con dichas causas estructurales. Dentro de ellas se destacan las relativas a equilibrar la desproporcionada asignación de roles a las mujeres en las esferas privadas, incluyendo las cargas de cuidado.

La Ley Modelo de la CIM

La Comisión Interamericana de Mujeres (CIM) también le ofrece a la Corte IDH una fuente adicional para informar la inclusión del tema de paridad de género en su Opinión Consultiva. Recientemente, la CIM publicó la Ley Modelo de Paridad entre Mujeres y Hombres en el Estado y en la Vida Política y Pública que recoge los desarrollos del Comité de la CEDAW.

La mención por parte de la Corte IDH a esta ley modelo puede agregarle a su decisión una dimensión práctica y de orientación constructiva a los Estados que, además, puede redundar en el fortalecimiento del efecto útil de su función consultiva.

Reflexión final: que contener el retroceso no impida el avance

Por su propia naturaleza, la Corte IDH –como, por regla general, todas las cortes– tiene un papel reactivo: ejerce su jurisdicción respondiendo a las actuaciones de los actores legitimados para activarla. En el ámbito de los derechos humanos, cuyas normas jurídicas están formuladas en su mayoría como principios con un grado importante de indeterminación, la interpretación judicial tiene una función fundamental en la concreción del alcance y contenido del Derecho. Por estas dos razones, la Corte IDH puede y debe responder a las oportunidades que se le presentan para sentar jurisprudencia.

Como se dijo al inicio, la Solicitud de Opinión Consultiva sobre democracia llega en un contexto regional de deterioro democrático, por lo que es frecuente escuchar que la Corte IDH debe caracterizar las amenazas de retrocesos en los derechos humanos como un síntoma grave de ese deterioro democrático, con lo cual no puedo sino coincidir.

Sin embargo, es necesario que el afán de proteger lo existente no lleve a olvidar las deudas pendientes y a asumir una actitud conformista con ese rol defensivo de las cortes, generando un efecto paralizante. Es imperativo recordar que aún queda un camino por recorrer para que la igualdad de género no sólo sea una realidad, sino que incluya a todas las mujeres. La participación política y el ejercicio del poder público son ámbitos en los que el camino por delante es largo y ojalá la Corte IDH no deje pasar la oportunidad de acortarlo mediante un pronunciamiento claro sobre paridad de género. Es altamente improbable que la Corte IDH vuelva a tener esta oportunidad en el corto plazo.

Citación académica sugerida: Serrano Guzmán, Silvia.Democracia y paridad: un llamado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Agenda Estado de Derecho. 2026/03/12. Disponible en:  https://agendaestadodederecho.com/democracia-y-paridad-un-llamado/

Palabras clave sugeridas: Paridad de género, democracia, participación política.

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ACERCA DE LA AUTORA
Silvia Serrano Guzmán

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O’Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.