Los procesos de construcción de paz en el mundo han reflejado la imposibilidad de perseguir penalmente a todos los responsables ¿A quiénes juzgará la JEP?
El actual proceso de justicia transicional colombiano, que tiene a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) entre sus instituciones centrales, empieza a ofrecer algunas claves para entender mejor a quiénes es necesario sancionar en contextos de violaciones masivas a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario. Las decisiones que ha venido tomando la JEP permiten una demarcación inicial del concepto de máximo responsable que tiene implicaciones para el derecho internacional, que aún no decanta una definición ni tiene una práctica uniforme sobre la materia.
Esto es importante para contextos de masivas violaciones a los derechos humanos y al Derecho Internacional Humanitario (DIH). En Colombia, por ejemplo, casi sesenta años de conflicto armado ha producido alrededor de nueve millones de víctimas de crímenes como desplazamiento forzado, asesinatos, amenazas, desapariciones forzadas, secuestros, violencia sexual, torturas, entre muchos otros delitos. Violaciones masivas también han ocurrido en otros contextos, como en Guatemala con su conflicto armado interno o Ruanda, tras el genocidio Tutsi a inicios de la década de 1990, y siguen sucediendo en lugares como Siria, a causa de la guerra en que está inmersa desde el año 2011.
La experiencia de los tribunales penales internacionales e híbridos demostró que en un contexto de violaciones masivas a los derechos humanos e infracciones al DIH es impracticable (por no decir imposible) perseguir penalmente a todos y cada uno de los responsables. Especialmente si se plantea hacerlo respetando las garantías de un proceso penal que sea a su vez respetuoso de los derechos humanos.
Por ejemplo, en el 2004 el Consejo de Seguridad de la ONU instó tanto al Tribunal Internacional Penal para Ruanda como al Tribunal Internacional Penal para la Antigua Yugoslavia a perseguir a los que tuvieran la más alta responsabilidad, después de años de haber iniciado sus labores y tras reconocer que no era posible investigar, juzgar y sancionar a todos los responsables. Asimismo, en el caso de Camboya, el Grupo de Expertos de las Naciones Unidas recomendó que el Tribunal se centrara en las personas más responsables (most responsible), lo que incluía a los líderes de alto nivel (senior leaders) del partido Democratic Kampuchea y a los implicados en las atrocidades más graves.
Estos ejemplos dan cuenta del reconocimiento en el escenario internacional de la imposibilidad de juzgar a todos los responsables de las atrocidades cometidas en un conflicto. Intentarlo elevaría y frustraría las expectativas de la sociedad y las víctimas, pues la escala de la victimización podría llevar a la parálisis del sistema de justicia y permitir que la impunidad reine, un desenlace no sólo indeseable sino contrario al derecho internacional y los principios más básicos de humanidad. Pero las preguntas permanecen, pues los derechos de las víctimas a la vedad, la justicia y la reparación continúan vigentes. ¿Cómo castigar a los responsables para que las atrocidades no vuelvan a ocurrir? ¿se puede castigar a todos y cada uno de los responsables de haber cometido crímenes? ¿es esto deseable? ¿a quiénes sancionar?
En el actual proceso transicional en Colombia la JEP construido sus propios criterios para investigar y juzgar los delitos cometidos en el marco del conflicto. Para ello ha interpretado el Acuerdo Final de Paz y, hasta cierto punto, la historia institucional de persecución de crímenes de sistema en el país. Por un lado, ha caracterizado los crímenes internacionales como aquellos crímenes de sistema ejecutados en tal forma que se pueden identificar patrones y políticas de macrocriminalidad que los orientan. Esta perspectiva analítica de los crímenes internacionales le ha permitido situar con mayor rigor tanto el rol esencial que cumplen quienes detentan la más alta responsabilidad, como las motivaciones del delito y sus afectaciones en las víctimas. Por otro lado, en recientes decisiones ha avanzado en la definición del concepto de máximo responsable y sus características principales y ha seleccionado algunos responsables en dos de los casos que actualmente tiene abiertos. A continuación, explicamos el acercamiento de la JEP en esas decisiones.
La JEP ha explicado que el concepto de máximo responsable se concreta en dos modalidades: liderazgo y participación. Para este órgano, el máximo responsable sería aquel que «en razón de su posición jerárquica, rango o liderazgo, de facto o de iure, de tipo militar, político, económico o social, ha tenido una participación determinante en la generación, desenvolvimiento o ejecución de patrones de macrocriminalidad»; pero también quien «sin importar su posición jerárquica, rango o liderazgo, participó de forma determinante en la comisión de delitos especialmente graves y representativos que definieron el patrón de macrocriminalidad, al punto que su judicialización contribuiría sustancialmente a las finalidades de la transición en un grado comparable al procesamiento del artífice de la política». Estos criterios podrían resumir gran parte del debate internacional sobre la cuestión de quiénes deben ser sancionados en casos de masivas violaciones a los derechos humanos.
A su vez, la JEP ha venido mostrando cómo luciría en la práctica la selección de los máximos responsables en tres decisiones adoptadas por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de este año.
En enero imputó cargos a los máximos líderes de las FARC-EP por crímenes de guerra y lesa humanidad cometidos con la implementación de políticas de secuestro de personas en el marco del conflicto armado. En este caso, los líderes estaban identificados y respondían a una organización armada bien estructurada jerárquicamente, por lo que la Sala de Reconocimiento siguió una estrategia de arriba hacia abajo para investigar los hechos y dar cuenta de los máximos responsables en la modalidad de liderazgo.
Más adelante, en julio, la Sala de Reconocimiento imputó cargos a diez integrantes de Ejército y un tercero civil por crímenes de guerra y de lesa humanidad consistentes en el asesinato de personas para hacerlas pasar como bajas en combate en la zona del Catatumbo y, el mismo mes, a otros quince integrantes del Ejército por crímenes similares en la Costa Caribe. La estrategia de investigación seguida en estos casos fue distinta. Se avanzó de abajo hacia arriba, esto es, se analizaron los hechos y el rol que efectivamente desempeñaron las personas involucradas, para así llegar a identificar a algunos máximos responsables, unos en la modalidad de liderazgo y otros en la de participación.
Estas son las primeras aproximaciones de la JEP a la selección de casos y a la aplicación de la categoría «máximo responsable» a casos concretos. Allí se puede identificar no sólo cómo se aplican las dos modalidades (liderazgo y participación) sino cómo estas se acoplan a las estrategias investigativas de la Sala de Reconocimiento (de arriba hacia abajo o de abajo hacia arriba). Con esto comienza a despejarse el panorama general de la selección como estrategia de racionalización de la acción penal, pero sigue pendiente definir otras cuestiones. Las fundamentales, para nosotros, son dos. Primero, cuál es el procedimiento por seguir y cuáles son las obligaciones que adquieren las personas que no son seleccionadas y cuya situación jurídica la JEP debe definir. Segundo, cuál será la posición de los sistemas internacionales de protección de derechos humanos frente a las decisiones de no selección. Son preguntas que siguen en el aire y que necesitan más atención y cuidado.
* Los nombres de los autores aparecen por orden alfabético y no sugiere de ninguna manera mayor o menor importancia de sus contribuciones a la escritura de esta entrada. Con esta aclaración queremos resaltar el carácter colectivo que orienta nuestra colaboración.
Citación académica sugerida: Jiménez, Alejandro; Martínez, Hobeth y Cruz, Michael. ¿A quiénes sancionar en casos de masivas violaciones a los derechos humanos?: la interpretación de la JEP. Agenda Estado de Derecho. 2021/09/02. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/a-quienes-sancionar-en-casos-de-masivas-violaciones-a-los-derechos-humanos-la-interpretacion-de-la-jep/
Palabras clave: máximos responsables, justicia transicional, Colombia.
Coordinador de la línea de investigación en justicia transicional, Dejusticia
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.