La normalización de la destitución presidencial en el Perú

30 de Abril de 2026

Perú enfrenta una ola de destituciones presidenciales que redefine el poder político: un Congreso dominante, un Ejecutivo debilitado y una democracia atrapada en crisis permanente

El pasado 17 de febrero, el Congreso del Perú nuevamente destituyó a un presidente de la república. En este caso, al presidente transitorio José Jerí, apenas cuatro meses después de que el mismo Parlamento lo llevara al poder. La decisión se hizo por la discutible vía constitucional de la “censura” (y no de la vacancia presidencial como correspondía de acuerdo con la Constitución) y contó con 75 votos a favor y 24 en contra, convirtiéndose en el séptimo presidente depuesto por el Congreso en un lapso de diez años.

Luego, siguiendo la sucesión presidencial prevista en el artículo 115 de la Constitución, el Congreso eligió a un nuevo presidente del Congreso que devino, de inmediato, en un jefe de Estado transitorio, recayendo esta elección en José María Balcazar. Con este episodio, el país suma ocho presidentes “transitorios” en una década. Parece que se hubiera normalizado este escenario previsto constitucionalmente para un supuesto excepcional. Pero la excepción parece haberse convertido en la regla general.

La destitución presidencial como práctica normalizada

Estos hechos no sorprenden tanto como deberían, pues en el Perú, la destitución presidencial ha dejado de ser un evento excepcional. Parecería que se ha convertido en parte del funcionamiento natural del engranaje de la política doméstica. La pregunta central es evidente: ¿Acaso el Congreso de la República está ejerciendo un control legítimo sobre el Ejecutivo o estamos ante una dinámica de confrontación permanente que debilita los pilares del sistema democrático?

El Congreso peruano, bajo nuestro sistema “semipresidencial” (o “semiparlamentario”) tiene facultades constitucionales para controlar al presidente. El sistema político prevé los mecanismos de responsabilidad política y, entre ellos, se encuentra la posibilidad de remover a un mandatario cuando pierde la confianza política o cuando incurre en conductas incompatibles con el cargo. No obstante, ello se considera “un botón rojo” que no debería presionar tan fácilmente.

En el caso de Jerí, su fulminante destitución estuvo vinculada a investigaciones por presunto tráfico de influencias y a reuniones no declaradas en horarios inciertos con empresarios chinos. Desde el punto de vista formal, el Congreso actuó dentro de sus competencias y con ello hubo debate político, votación y una mayoría clara. Sin embargo, el problema no es netamente jurídico, sino que es estructural.

Cuando la destitución de un presidente ocurre con mucha frecuencia, deja de funcionar como un mecanismo excepcional de control y se transforma en una herramienta política cotidiana. Ese cambio altera la lógica del sistema institucional.

El Perú ha tenido una rotación presidencial bastante rápida en los últimos años. Desde 2016, el país ha tenido ocho presidentes distintos cuando deberíamos ir recién por finalizar el segundo mandato presidencial. Esta inestabilidad no responde a golpes de Estado de antaño, sino que se produce dentro de nuestra propia institucionalidad.

El Congreso remueve presidentes cada cierto tiempo con más frecuencia de la que debería y resulta necesaria. Luego, elige o habilita a otro meses después y así el ciclo vuelve a empezar. El resultado de ello es una especie de “presidencialismo parlamentario informal”. El presidente sigue siendo formalmente el jefe de Estado y de Gobierno, pero su permanencia depende constantemente del Congreso. Esto genera una paradoja porque el Perú tiene una Constitución que formula una especie de presidencialismo atenuado; pero su práctica política se parece cada vez más a un régimen de control parlamentario.

Con una diferencia clave, pues en un parlamentarismo real, la caída de un gobierno implica la formación inmediata de otro con una mayoría clara. En el Perú, las mayorías son frágiles. Por ello, cada nuevo gobierno nace débil.

Un sistema que genera presidentes débiles y crisis recurrentes

La repetición de destituciones tiene un efecto que va acumulándose. Cada nuevo presidente llega al poder sabiendo que su permanencia es incierta y eso cambia la lógica del gobierno porque un presidente fuerte podría impulsar reformas, negociar con actores políticos y asumir costos políticos. Un presidente débil se concentra solamente en sobrevivir. Así, el Ejecutivo pierde capacidad de liderazgo y el Congreso, gana poder político real: ya no solo legisla y fiscaliza, sino que además se convierte en el árbitro de la continuidad del gobierno.

Ahora bien, el problema no es que el Congreso controle al Ejecutivo, sino que ese control es esencial en cualquier democracia porque forma parte de lo que en teoría se conoce como checks and balances. Entonces, el problema surge cuando ese control se convierte en una amenaza constante. La política deja de girar en torno a programas de gobierno y pasa a girar en torno a los escándalos de corrupción y la supervivencia política. La dinámica actual genera así incentivos perversos.

Para la oposición parlamentaria, destituir a un presidente puede resultar más rentable que negociar con él, pues el juego de poderes rinde más beneficios políticos que la cooperación. Para el Ejecutivo, gobernar se vuelve una tarea defensiva. Cada decisión puede abrir un nuevo frente político. Así se instala una lógica de fuego cruzado permanente.

El sistema político entra en un círculo vicioso difícil de romper con presidentes débiles, congresos fragmentados y crisis. El debate público suele concentrarse en los nombres, se discute si recibió diferentes tipos de Rolex o si estuvo implicado en denuncias sexuales. El debate es necesario, pero insuficiente porque el problema más profundo es el institucional. El diseño constitucional peruano permite una relación conflictiva entre Ejecutivo y Legislativo. Existen múltiples mecanismos de presión mutua y está bien. El Congreso puede remover al presidente. El presidente puede disolver el Congreso en circunstancias excepcionales.

Este equilibrio busca evitar el autoritarismo; pero en la práctica se ha generado un sistema propenso a la confrontación permanente. El mayor riesgo no es la crisis política en sí misma, pues las democracias suelen atravesar este tipo de escenarios. El verdadero riesgo es cuando la crisis se normaliza.

Cuando la caída de un presidente deja de sorprender, algo profundo está fallando en la estructura esencial del sistema político. La estabilidad institucional no depende solo de las reglas, sino también de las expectativas compartidas. Los actores deben asumir que el mandato presidencial tiene una duración razonable y si esa expectativa desaparece, el horizonte temporal de la política se acorta y si la política se vuelve de corto plazo, las reformas estructurales irán desapareciendo de la agenda nacional.

¿Es un modelo sostenible?

La crisis política peruana no es un caso aislado en Latinoamérica. Varios países han experimentado tensiones entre poderes del Estado. Pero el caso peruano destaca por la frecuencia de los cambios presidenciales. La combinación de fragmentación partidaria, debilidad institucional y confrontación política ha producido un escenario singular, pero ello no significa un desplome institucional.

Las instituciones siguen funcionando. La economía sigue en pie, el Congreso sigue votando y discutiendo. Las sucesiones presidenciales se producen dentro del marco constitucional; pero seguimos funcionando. No obstante, es verdad que la estabilidad política se erosiona lentamente.

Hay un punto que rara vez aparece en el debate público y es que la repetición de destituciones presidenciales podría afectar la legitimidad de la presidencia. Si el presidente puede ser removido en cualquier escenario oscuro por una mayoría parlamentaria, la figura presidencial pierde su peso político y se vuelve una autoridad provisional. A largo plazo, podría cambiar la naturaleza del régimen.

El país mantiene formalmente un sistema presidencial, pero en la práctica opera con un Ejecutivo condicionado por el Congreso. La pregunta que se deberá responder en los próximos años es si este modelo es verdaderamente sostenible porque una democracia puede soportar una crisis, pero difícilmente puede funcionar indefinidamente en crisis y tensiones permanentes.

Citación académica sugerida: Quiroga León, Aníbal. La normalización de la destitución presidencial en el Perú.. Agenda Estado de Derecho. 2026/04/30. Disponible en:  https://agendaestadodederecho.com/la-normalizacion-de-la-destitucion-presidencial/

Palabras clave sugeridas: Perú, Presidente, Congreso.

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ACERCA DEL AUTOR
Aníbal Quiroga León

Es decano y especialista en Derecho Constitucional y Procesal, con amplia trayectoria docente en universidades peruanas. Ha sido vocal suplente de la Corte Superior de Justicia de Lima y presidente del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas. Miembro activo de diversas instituciones internacionales de derecho y abogado en ejercicio.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.