cinco grandes errores de la reforma a la justicia en México

10 de Septiembre de 2024
Los cinco grandes errores de la reforma a la justicia en México
Foto @ElCeo__

El artículo aborda cinco grandes errores de la propuesta de reforma judicial en México. Critica la elección popular de jueces, la malinterpretación de resultados electorales, la falta de atención a expertos, el intento de captura del poder judicial, y la figura de jueces sin rostro. Propone un diálogo genuino para una reforma verdadera.

El 30 de agosto se llevó a cabo un Space de X organizado por AeD. En este espacio de discusión se reflexionó sobre los riesgos que la reforma a la justicia supone para la democracia, el Estado de derecho y los derechos humanos en México. De los aspectos que me llamaron la atención está la construcción del contexto de la reforma, mismos que quiero retomar como punto de partida para este análisis.

i. Se destacó que las reformas fueron propuestas por el presidente de la República, es decir, que no fueron precedidas por un diagnóstico, ni por un debate nacional, sino que nacen desde la voluntad del poder.

ii. Se señaló que la presentación de esta propuesta se vio motivada por una serie de resoluciones que dictaron los diferentes órganos del poder judicial federal para frenar proyectos impulsados por el gobierno de la 4T. Es decir, que la propuesta para reformar al poder judicial puede ser un acto de revanchismo.

iii. Se advirtió que la presentación de dicha propuesta fue precedida, incluso, ha sido acompañada de un contexto caracterizado por hostigamiento, chantajes y amenazas al Poder Judicial y a personas juzgadoras, en lo que identifica como ataques sin precedentes a la justicia en México.

Todos los argumentos precedidos dan cuenta de que no se trata de una reforma que busca fortalecer la justicia en el país en beneficio de los justiciables, ni para atender los problemas estructurales de la justicia en México, sino más bien, que se trata de una reforma diseñada desde el poder para cooptar al sistema de justicia y aniquilar su independencia, pues este poder ha sido hasta ahora último reducto de la independencia de poderes en México.

Desde la Academia Neolonesa de Ciencias Penales que tengo el honor de presidir, hemos advertido en comunicado del 22 de agosto y del 07 de septiembre la gravedad de esta reforma, y hemos llamado constantemente al diálogo genuino. Apostamos por un poder judicial independiente, autónomo y libre de influencias políticas. En este contexto, este artículo busca advertir los cinco errores que han cometido y siguen cometiendo quienes impulsan y apuestan por esta propuesta que pone en riesgo el sistema de justicia en México.

Cinco errores de la reforma a la justicia y sus promotores

Primer error. No dimensionar el tamaño y la gravedad de lo que se propone

La reforma tal y como está propuesta es logística y presupuestariamente inviable. Ésta supondría la remoción de todas las personas juzgadoras del poder judicial federal y estatales, desde el eslabón más bajo hasta el más alto, y la elección popular de nuevos integrantes.

En primer orden, en lo que respecta a la remoción de las personas juzgadoras que han sido seleccionadas mediante concursos y que gozan de estabilidad laboral e inamovilidad constitucional, los dos problemas que se presentan son:

a. Por un lado, el problema jurídico relacionado con la violación de los estándares sobre su remoción, lo que puede provocar que México sea llevado ante organismos como la Corte Interamericana por incumplir sus compromisos, y

b. Por otro, el problema económico relacionado con el pago de indemnizaciones de miles de personas que administran justicia y que serán removidas de sus puestos.

Es decir que los costos políticos y económicos de la reforma son altos.

En segundo lugar, en lo que respecta a la elección popular de personas juzgadoras, no se han dimensionado los problemas de fondo y de forma.

a. El problema de forma ya fue advertido por la presidenta del Instituto Nacional Electoral, quién señaló que no es lo mismo la elección de senadores o presidente, que la elección de personas juzgadoras, y que esta elección podría ser más grande y desafiante. Además, advirtió que hay puntos poco claros y que representan una debilidad estructural de la propuesta, como el periodo, forma y regulación de la campaña, así como el financiamiento electoral de las personas candidatas (de dónde saldrá, quién lo hará). Además, la lista de personas candidatas es extensa.

b. El problema de fondo -y más grave aún- es que, por su naturaleza, la función judicial no responde a una mayoría electoral, sino más bien al mandato de la Constitución y la Ley. Los riesgos que supone supeditar al poder judicial al mandato de “mayorías” es que se abren puertas al populismo judicial y al populismo punitivo, teniendo que dictar sentencias a la medida de las demandas y preferencias de los electores, lo que genera una inseguridad jurídica. A diferencia de este esquema, los jueces profesionales no dependen de presiones externas, sino de un juicio imparcial en el que la sentencia depende de las pruebas aportadas por las partes y de un análisis a conciencia de la legislación.

Segundo error. Malinterpretar los resultados electorales de 02 de julio y no escuchar las voces de las personas expertas y de la comunidad jurídica

En las elecciones generales del 02 de julio el partido Morena obtuvo una mayoría abrumadora que le permite la continuidad al proyecto político iniciado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

La narrativa gubernamental hasta ahora ha sido señalar que la mayoría del pueblo votó por las reformas al poder judicial propuestas el cinco de febrero. Pero ¿Qué fue lo que realmente votó la población? Las personas eligieron a los titulares del ejecutivo y legislativo, en abstracto, sin respaldar una propuesta en específico.

Antes de iniciar los diálogos para implementar la reforma, el partido Morena llevó a cabo una encuesta nacional. Los resultados de esa encuesta desmienten el argumento de que las personas votaron por la reforma, sobre todo cuando el mismo gobierno ha reconocido que más del 50 por ciento de la población desconocía el contenido de la reforma.

En esta encuesta, aunque la mayoría respondió que está a favor de la elección popular de las autoridades judiciales, se ha cuestionado la metodología y que la misma se haya llevado a cabo por un órgano partidario y no por una institución imparcial o gubernamental.

Para legitimar la reforma, también se llevaron a cabo diálogos a nivel nacional, sin embargo, las propuestas y las voces de las personas que se oponen a la propuesta no fueron escuchadas e incorporadas al texto, el cual fue aprobado casi en los términos en los que fue recibido. Esto muestra, que los diálogos no fueron procesos genuinos de democracia participativa, sino verdaderos actos de simulación.

Lo anterior ha causado malestar en la comunidad jurídica y ha provocado una ola de protestas a nivel nacional, lideradas principalmente por estudiantes y docentes de derecho, así como por integrantes de los poderes judiciales federal y estatales.

Tercer error. Confundir la naturaleza de la función judicial

El poder judicial tiene una función que no es representativa. Las personas juzgadoras por su naturaleza deben obedecer a la Constitución y al marco normativo del país, así como a los tratados internacionales. No dependen de la opinión o preferencias de la mayoría. Supeditar al poder judicial al mandato popular a través de una elección es desnaturalizarlo, considerando que los nuevos juzgadores tendrían que ser fieles a las preferencias de su electorado. Esto significa que podrían verse arrinconados a tomar decisiones populares, aún y cuando estas decisiones sean contrarias a la ley o los derechos humanos.

Cuarto error. No aprender de los errores y de las buenas prácticas

El caso boliviano que ha sido paradigmático deja muchas experiencias de las que México debería aprender. Un error que han cometido los legisladores en México es exaltar el caso boliviano como ejemplo y buena práctica, cuando en la realidad las investigaciones demuestran que en Bolivia la elección de las autoridades de las altas cortes derivó en la politización de la justicia y en un descrédito aún mayor de ésta. En Bolivia incluso se discute volver a un sistema de elección basado en los méritos y no en la popularidad.

Quinto error. La incorporación de la figura de jueces “sin rostro”

Otro error que agrava aún más el escenario descrito es la inclusión en la reforma de la figura de los jueces sin rostro que ya se ha implementado en otros países como Perú. Sobre la experiencia peruana la Corte Interamericana ha tenido la oportunidad de pronunciarse y declarar esta figura como contraria a la Convención Americana.

México se encuentra en un momento crucial para la historia. La reforma judicial tal y como está propuesta (o de aprobarse como está) pone en riesgo la independencia, la imparcialidad y la autonomía del poder judicial, afecta la seguridad jurídica en el país y compromete seriamente los derechos humanos. Es necesario una reflexión profunda y un diálogo sincero entre el gobierno, las fuerzas políticas, la comunidad jurídica, la academia y la población mexicana para construir con seriedad y compromiso una reforma judicial sólida que verdaderamente esté orientada a mejorar la justicia en México. La elección popular de jueces no es el camino.

Citación académica sugerida: Martínez Garza, Julio César. Cinco grandes errores de la propuesta de reforma a la justicia en México. Agenda Estado de Derecho. 2024/09/10, Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/errores-de-la-reforma-a-la-justicia-en-mexico/

Palabras clave: México, reforma judicial, justicia, Estado de derecho

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ACERCA DEL AUTOR
Julio César Martínez Garza

Presidente de la Academia Neolonesa de Ciencias Penales, cuenta con un Doctorado en Derecho con orientación en Derecho Penal y Criminología, obtenido con mención sobresaliente Cum Laude por la Universidad Pablo de Olavide, Sevilla, España. Además, ha sido distinguido con el título de Doctor Honoris Causa por el Colegio de Especialidades Jurídicas. Es Investigador Nacional Nivel I del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) de CONAHCYT para el periodo 2023-2027. Asimismo, recibió la mención sobresaliente como investigador por la Universidad Pablo de Olavide. Su destacada trayectoria académica y profesional incluye la autoría de múltiples obras jurídicas en materia penal, y su labor como socio fundador de la Academia ha sido clave en la consolidación de este espacio de estudio e investigación en ciencias penales. Su experiencia y compromiso con la promoción del derecho penal y criminología lo posicionan como un referente en su campo.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.