Para la autora, la deliberación legislativa y un veto presidencial han incorporado restricciones a un proyecto de ley que buscaba garantizar los derechos de las mujeres y las niñas.
Un año después de que la Corte Constitucional del Ecuador emitiera la sentencia 34-19-IN/21, mediante la cual despenalizó el aborto por violación y dispuso a la Asamblea Nacional regular el procedimiento de interrupción del embarazo, se han evidenciado más retrocesos que avances. La Ley, cuya creación se ordenó en el fallo del 28 de abril de 2021, fue promulgada el 29 de abril de 2022, luego de intensas discusiones en la Asamblea Nacional y de un veto presidencial cuestionado por incorporar mayores limitaciones para el acceso al aborto en casos de violación.
El proyecto de Ley, de acuerdo con lo señalado por la Corte Constitucional, fue redactado inicialmente por la Defensoría del Pueblo en colaboración con la sociedad civil. Varias fueron las organizaciones y movimientos sociales que contribuyeron en la construcción de un texto que buscaba ser una ley reparadora para las niñas y mujeres que quisieran poner fin a un embarazo producto de una violación sexual. La ausencia de plazos y requisitos mínimos para el acceso al procedimiento constituyeron las principales consideraciones para evitar obstáculos y procesos de revictimización.
El proyecto de ley fue analizado por la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional y las discusiones giraron, principalmente, en torno a tres nudos críticos: el plazo para la ejecución del procedimiento, los requisitos para su acceso y la regulación del derecho a la objeción de conciencia para los profesionales de la salud. Posteriormente, el Pleno de la Asamblea Nacional, durante los meses de diciembre a febrero de 2022, discutió en dos debates el proyecto de ley que denominó “Ley Orgánica para Garantizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo para niñas, adolescentes y mujeres en caso de violación”.
Los plazos presentados para la discusión en el Pleno fueron de 16 semanas para mujeres mayores de 18 años, y de 18 semanas para las niñas, adolescentes y mujeres de la ruralidad. En cuanto a los requisitos, se estableció un formulario único y gratuito a efectos de no incorporar barreras legales o socioeconómicas a las víctimas; y, en lo referente a la objeción de conciencia, se establecieron limitaciones institucionales y la prohibición de objetar en lugares remotos en los que solo exista un profesional de la salud.
Durante el segundo debate, muchas de las intervenciones de los asambleístas coincidieron en establecer que los plazos sugeridos eran demasiado amplios y que un mero formulario derivaría en impunidad al agresor. De manera que, a fin de alcanzar los votos necesarios para la aprobación del proyecto de ley en el Pleno de la Asamblea Nacional, el texto final debió modificarse. La modificación —en una suerte de regateo— se centró en la reducción de los plazos para acceder al procedimiento de 16 semanas a 12 semanas para las mujeres mayores de 18 años, conservando la temporalidad de 18 semanas requerida para niñas, adolescentes y mujeres de la ruralidad (artículo 19 del proyecto de ley).
Los colectivos de protección de los derechos de las mujeres en el país se pronunciaron frente a la aprobación del proyecto de ley, señalando que el establecimiento de un plazo gestacional constituye un obstáculo para el acceso al procedimiento de interrupción del embarazo en casos de violación. A criterio de estos colectivos, se deja en desprotección, principalmente, a las niñas y mujeres de la ruralidad, quienes tienen certeza del embarazo cuando este cuenta con más de 18 semanas, y se elimina el carácter reparador de la ley, pensada para que las sobrevivientes de violación puedan obtener una reparación integral de parte del Estado fuera del contexto de un proceso penal o una sentencia condenatoria.
A pesar de las limitaciones que resultaron del debate legislativo, lo peor estaba aún por venir. La Constitución del Ecuador, concretamente en su artículo 153, contempla un trabajo de colegislación entre la Asamblea Nacional y el Presidente de la República para la promulgación de una ley. De manera que, una vez aprobado el proyecto de ley, debía pasar al Ejecutivo para que lo aprobara o lo objetara. El Presidente de la República, Guillermo Lasso, presentó un veto parcial a la Asamblea Nacional mediante el cual objetó el título de la ley e incorporó medidas aún más restrictivas.
El veto parcial del Ejecutivo propuso —entre otros— cambiar en el título de la ley el verbo garantizar por regular, lo que, si bien parecería un cambio formal, constituye una modificación de carácter simbólico, concordante con la idea del Presidente de una aparente “promoción del aborto” a partir de la ley. Adicionalmente, el veto unificó los plazos para el acceso al procedimiento en 12 semanas para todas las mujeres sin diferencia de condiciones etarias o socioeconómicas; incluyó como requisito previo para la ejecución del procedimiento de interrupción la presentación de una denuncia, examen médico o declaración juramentada; y eliminó la limitación de la objeción de conciencia institucional y la establecida en zonas remotas, alejadas y de difícil acceso cuando no exista otro profesional de la salud.
Vale destacar en cuanto a los requisitos que la Corte Constitucional, en su sentencia 34-19-IN/21, restringió la posibilidad de que se solicite para acceder al procedimiento una sentencia condenatoria ejecutoriada por el delito de violación, debido al tiempo que puede tomar dicho proceso; por lo que se indicaron como ejemplos de requerimientos la denuncia penal, examen médico o declaración jurada. Nótese que la Corte Constitucional usa los requisitos señalados como alternativas y no como imposición, de ahí que bien podría haberse establecido un requisito menos revictimizante como el “formulario” que fue inicialmente propuesto por la Asamblea Nacional.
Como se advierte, las observaciones del Ejecutivo incorporaron mayores limitaciones en la Ley para el acceso al aborto en casos de violación. La reducción del plazo, el incremento de requisitos y la eliminación de las limitaciones a la objeción de conciencia constituyen nuevas barreras, principalmente, para las niñas, adolescentes y las mujeres empobrecidas del campo y de zonas rurales. La desprotección de estas últimas está dada por su condición de vulnerabilidad frente a un plazo mínimo y los requisitos de denuncia o declaración juramentada, que obligan a que la niña tenga que acudir a un adulto a cuyo cuidado se encuentre —muchas veces el agresor— para cumplir con este requerimiento, o que las mujeres del campo o zonas rurales se enfrenten a obstáculos de exclusión socioeconómica en los sistemas de justicia.
Si bien esto pudo haberse solventado con la no aprobación de las observaciones del Ejecutivo y la ratificación del texto inicial por parte de la Asamblea Nacional, aquello no ocurrió. En la sesión del 14 de abril de 2022 el Legislativo no tomó ninguna decisión. Así, el silencio de la Asamblea Nacional derivó en la aceptación tácita del veto presidencial y, consecuentemente, en la promulgación de la Ley el 29 de abril de 2022. De ahí que, una vez en vigencia la norma legal, el único camino que permanece abierto para lograr modificaciones es la presentación de demandas de inconstitucionalidad de la Ley ante la Corte Constitucional.
En todo caso, los retrocesos derivados de la deliberación legislativa y del veto presidencial mantienen la situación de vulnerabilidad de las mujeres sobrevivientes de violencia sexual en Ecuador y el riesgo a su vida a causa de abortos clandestinos o autoinducidos. Aún nos queda mucho camino que recorrer para estar a la par de los países de la región que permiten el aborto legal o la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación con plazos más amplios, como Argentina, Uruguay, Cuba, Colombia y México. Cada país tiene su propio ritmo de legislación, esperemos que el Ecuador no tarde en reconocer plenamente el derecho de las mujeres a elegir libremente continuar o no con un embarazo producto de una violación sexual.
Citación académica sugerida: Ron Erráez, Ximena. Retrocesos en la despenalización del aborto por violación en Ecuador, Agenda Estado de Derecho, 2022/06/08. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/que-paso-con-la-despenalizacion-del-aborto-por-violacion-en-ecuador/
Palabras clave: aborto, derechos de las mujeres, Ecuador.
Doctora PhD en Derecho por la Universidad de Coímbra en Portugal. Abogada por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil. Magíster en Derecho Constitucional por la Universidad Andina Simón Bolívar. Asesora constitucional y parlamentaria. Docente e investigadora.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.