Desafíos ciudadanos frente a la propuesta de reforma constitucional en Venezuela
18 de Marzo de 2025

En Venezuela se anunció la designación de una Comisión Nacional para la Reforma Constitucional ¿Hacia dónde se dirigiría la reforma? ¿Cuáles son los retos que surgen?
Venezuela se encuentra ante un nuevo intento de modificación constitucional. Se ha anunciado ante el país la próxima presentación de una iniciativa de reforma constitucional y se ha designado una Comisión Nacional para la Reforma Constitucional, compuesta por personas cercanas al círculo gubernamental. Se ha hecho mención asimismo a un proyecto de 80 artículos que estaría ya redactado, con ideas preliminares para la reforma constitucional.
Aunque no se conoce este articulado, el proponente de la reforma ha aludido a los cuatro ámbitos u objetivos que persigue. Como propósito general se hace un llamado a un gran consenso nuevo, a un debate nacional unificador y al reconocimiento de nuevos derechos.
La reforma planteada persigue:
1.- La “ampliación y perfeccionamiento de la democracia participativa, protagónica y directa”, esto es, “construir un nuevo sistema de Estado democrático e incorporar el Poder Comunal, Social y Popular». Se pretende transformar de raíz las gobernaciones y alcaldías, las viejas estructuras de los órganos de gobierno y legislación de los Estados y Municipios.
2.- La definición de los valores de una nueva sociedad, desde el “humanismo” y el “nacionalismo revolucionario”, entre otros referentes. Igualmente, se procura enfrentar las acechanzas del fascismo.
3.- La instauración de un nuevo modelo económico, diversificado y autosuficiente, entre otros rasgos de una nueva economía.
4.- La actualización de todo el engranaje constitucional.
La propuesta merece de entrada varias objeciones. La primera consiste en que no se ha justificado la reforma, desde una racionalidad constitucional y democrática. Las Constituciones no son inmutables, pero tienen vocación de permanencia y su reforma debe por regla general atender a insuficiencias detectadas en ellas, surgidas de la dialéctica permanente que sostienen con la realidad que intentan regir, la cual no es estática sino dinámica.
El asunto se torna problemático cuando se pretende cambiar una Constitución que no ha sido plenamente aplicada, que no ha sido aún probada y confrontada con la realidad, ya que no ha habido voluntad de cumplirla. En la propuesta no se alude a imperfecciones concretas que deban ser superadas ni a desajustes específicos respecto de nuevos tiempos. La única materia particularmente mencionada es la del poder popular y asuntos conexos, pero aun así desde una gran generalidad.
El cambio constitucional puede, ciertamente, obedecer no solo a insuficiencias de la Constitución advertidas con motivo de su aplicación, sino también a circunstancias políticas extraordinarias que demanden un proceso amplio de reforma o génesis constitucional, en otras palabras, a momentos singulares de autodefinición política de la comunidad. Pero estos episodios se generan desde las fuerzas políticas y sociales emergentes, no se imponen desde arriba.
Además, si se tratare de canalizar reclamos o exigencias imperiosas de la sociedad política venezolana, habría que subrayar que hay cuestiones pendientes en el país en materia de cumplimiento de la Constitución, transparencia electoral y respeto de la voluntad popular, persecución política y violaciones a derechos humanos, indispensable instauración de un Estado de Derecho, y recuperación del tejido económico y social, entre otras, que deben ser abordadas con carácter prioritario.
Algunos partidarios de la reforma parten de la premisa de que al haber transcurrido 25 años de vigencia (formal) de la Constitución es aconsejable someterla a una amplia revisión o reforma. Esta es una falsa premisa, pues las Constituciones no son un producto con fecha de caducidad, desechable por el solo hecho de que el tiempo haya transcurrido.
En 2017, cuando se impuso una asamblea nacional constituyente, se adujo, para justificar la pretensión de cambio constitucional, que según un estudio del PNUD cada 19 años en promedio se reemplazaban las Constituciones. Este argumento es falaz, pues lo que señala dicho estudio, basado en una investigación desarrollada por Ginsburg, Melton y Elkins, es que, desde 1789 hasta la fecha de su trabajo, en los numerosos países considerados en distintas regiones del mundo, en promedio cada 19 años había un cambio constitucional, pero ello como dato empírico no como recomendación ni como estándar aceptable. Nótese que dicha investigación tuvo en cuenta toda clase de regímenes, así como las más variadas situaciones desencadenantes de una nueva producción constitucional.
Se habla de construir un gran consenso nuevo. No obstante, el único modo de lograrlo en Venezuela sería yendo más allá de las propias filas y banderas, incluyendo posiciones diversas, reunidas en torno a los principios fundamentales de una democracia constitucional. Existe el peligro de que el consenso al que se apele sea entre copartidarios, entre iguales, con la homogeneidad de la unilateralidad ideológica.
Las reservas se confirman si pasamos a considerar los cuatro objetivos genéricos de la reforma. Por un lado, no habría inconveniente en estimar admisibles modificaciones tendientes a ampliar la democracia participativa y protagónica, siempre que se ajustaran al federalismo, a la legitimación mediante el sufragio universal, directo y secreto y al pluralismo político, entre otras exigencias (artículos 4 y 6 de la Constitución, entre otros).
Aunque habría que preguntar por qué no se dictan leyes sobre la participación política, como la de los referendos, y otras con las que se está en mora, en lugar de precipitar la reforma constitucional. Sabemos, sin embargo, que está presente la intención de formalizar el Estado comunal, que se ha venido instaurando en los últimos lustros, mediante decretos leyes, leyes y otros instrumentos, pese al rechazo popular del proyecto de reforma constitucional en 2007. El Estado comunal, en los perfiles que hasta ahora ha recibido resulta antidemocrático, por implicar una imposición ideológica, la del socialismo, y por socavar el ámbito y significación política de los Estados y Municipios y de las autoridades electas en estas entidades. Planteado así, estaríamos ante un serio riesgo para los principios fundamentales de la Constitución, inalterables mediante reforma constitucional, y para la idea misma de Constitución y de Democracia.
Por otro lado, vagamente se alude a los propósitos de definir los nuevos valores de la sociedad y el nuevo modelo económico, y de revisar el “engranaje” constitucional. Habrá que esperar al articulado para medir el alcance exacto de estas propuestas, pero sería una amenaza a la libertad el intento de imponer desde el Estado los valores sociales, y sería un error pretender fijar en la Constitución un modelo económico específico, más allá de las reglas generales que una Constitución puede contener sobre el orden económico, a partir de los derechos fundamentales que se proyectan sobre ese ámbito y de las tareas indispensables de regulación estatal. Sobre los pretendidos cambios en el engranaje constitucional es poco lo que ahora puede decirse.
En suma, debemos estar alertas ante la propuesta de reforma constitucional y ser conscientes de que todo ciudadano tiene el derecho de invocar y defender la Constitución como propia y común a la vez. No niego que la Constitución requiera modificaciones, como la supresión de la reelección indefinida, pero la consideración de estas y otras revisiones debe inscribirse en un proceso de construcción democrática. Hay asuntos previos que resolver y no se ha promovido, primero, un debate libre y plural sobre la justificación de la reforma constitucional.
Conviene impulsar espacios sociales de discusión sobre estos asuntos, en ejercicio de nuestro derecho a la defensa de la democracia y el Estado de Derecho, reconocido por la jurisprudencia interamericana. Debe insistirse en la defensa de la Constitución, en forma propositiva, no reaccionaria, para reivindicar y testimoniar el pluralismo frente a los intentos de suprimirlo. Además, es preciso estar vigilantes y denunciar cualquier proyecto normativo dirigido a modificar la estructura o principios fundamentales de la Constitución, que no pueden ser alterados mediante reforma constitucional (artículo 342 de la Constitución). El referendo popular sería un recurso adicional para la defensa constitucional.
Persiste en el país por supuesto la necesidad de la transformación de la institucionalidad del Estado, para establecer un verdadero Estado democrático de Derecho, con separación de poderes, respeto a la voluntad popular y a los derechos humanos. Solo una reforma que sirviera para fines democratizadores sería aceptable, siempre que se atendieran las cuestiones previas mencionadas.
En la esfera universitaria se está iniciando esta deliberación en defensa de la Constitución, esto es, de la constitucionalidad democrática, y seguramente se extenderá.
Citación académica sugerida: Casal, Jesús María. Desafíos ciudadanos frente a la propuesta de reforma constitucional. Agenda Estado de Derecho. 2025/03/18. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/propuesta-de-reforma-constitucional-en-venezuela/
Palabras clave: Venezuela, reforma constitucional, defensa de la Constitución
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Profesor de Derecho Constitucional de la UCAB. Doctor en Derecho
Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.