Prevenir la tortura en contextos no tradicionales: una interpretación integrada del concepto de privación de libertad

31 de Mayo de 2024
Prevenir la tortura en contextos no tradicionales: una interpretación integrada del concepto de privación de libertad
Foto de Valery Tenevoy en Unsplash.

La prevención de la tortura no solo abarca cárceles y centros de detención, sino también otros contextos de privación. Al ampliar este enfoque, se suman más actores en la crucial tarea de erradicar tratos crueles e inhumanos.

Los hitos de la principal estrategia para prevenir la tortura son parte de una historia muy reciente. Solo han transcurrido veinte años desde la adopción del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT), dieciséis años de su ratificación por parte del Estado de Chile, y cinco años desde la promulgación de la Ley 21.154 que crea al Comité para la Prevención contra la Tortura (CPT).

El Protocolo Facultativo, que propone un sistema internacional de visitas a lugares de privación de libertad, abordó especialmente las definiciones de conceptos centrales como la privación de libertad (art. 4.2) y el lugar de privación de libertad (art. 4.1), ya que éstos permitirían fijar el ámbito de acción de sus dos órganos: el Subcomité para la Prevención de la Tortura – en sus visitas a nivel global- y de los Mecanismos Nacionales -a nivel local. Específicamente se consagra que una persona está privada de libertad cuando ve interrumpido su derecho al libre desplazamiento y define como lugar de privación de libertad a cualquier mueble o inmueble, público o privado (funcionando con la autorización expresa o tácita del Estado) donde se encontraren personas privadas de libertad.

El OPCAT y las leyes nacionales han otorgado una gran importancia al “espacio físico”, como ámbito del monitoreo. Esto se explicó -y se continúa analizando- por la dificultad estructural que existe para controlar o supervigilar a las “instituciones totales” y a las dinámicas de aislamiento de la sociedad que experimentan las personas que residen allí, tal y como lo documentó el sociólogo Erving Goffman en la década del 60´. Fue así como la cárcel, la unidad policial, el hospital psiquiátrico, el centro de justicia juvenil y las residencias de protección de derechos de la infancia han sido el ámbito donde mayormente, en estos veinte años, se ha desarrollado el trabajo de monitoreo de los mecanismos nacionales. Más recientemente, algunos mecanismos han integrado en su mandato a: i) establecimientos de larga estadía de personas mayores; ii) centros de detención de personas migrantes, iii) residencias sanitarias, entre otras. Siendo clave -en todos ellos- el estado de privación de libertad.

En el ámbito de la prevención de la tortura en la custodia policial, las consecuencias de esta definición han tenido claras proyecciones. En Chile, como en otros lugares del mundo, el trabajo de monitoreo, sobre todo en las primeras horas de la detención, ha estado centrado en la unidad policial y en recomendaciones para construir o fortalecer salvaguardas o medidas de protección, exclusivamente de responsabilidad de las policías.

En los tres años de trabajo que el Área de Función Policial del Comité para la Prevención de la Tortura de Chile ha realizado con las policías, el cual se ha traducido en la visita a más de noventa unidades policiales en distintas regiones del país, se han constatado avances significativos en materia de construcción e implementación de salvaguardas para elevar los estándares de seguridad y dignidad de las personas en detención. Hasta ahora, esas mejoras han tenido un carácter excepcional y una aplicación solo a nivel local, por lo mismo, el gran desafío será mantener en el tiempo dichas mejoras y que las instituciones policiales las estandaricen a nivel nacional.

Al mismo tiempo, se ha advertido –como lo han hecho distintos reportes nacionales e internacionales- que la mayoría de los factores de riesgo de tortura ocurren en otros momentos de las primeras horas de la detención (traslados, constatación de lesiones, traspaso de la custodia entre las policías y el servicio penitenciario en los tribunales, entre otros).

Finalmente, sobre este punto, se ha observado que algunos territorios se han transformado en ecosistemas más seguros para las personas imputadas en sus primeras horas de detención, por ejemplo cuando la Defensoría Penal Pública ha dispuesto que sus defensores se constituyan en las comisarías para que se entrevisten con las personas imputadas. Lo mismo sucede si los fiscales del Ministerio Público se coordinan en forma ágil y eficaz con las policías a cargo de los procedimientos, o cuando estas últimas lo hacen con las autoridades de salud para que el trámite de constatación de lesiones se realice en forma rápida y exhaustiva. Puede sumarse como símil de estas ventajas toda vez que los jueces de garantía, en la audiencia de control de detención, velan con celo que cada uno de estos intervinientes haya cumplido con sus obligaciones respectivas.

Estos hallazgos, es decir, la necesidad de salir de la unidad y de incluir a todos los actores del sistema penal en el trabajo preventivo, en cuanto a la forma de concebir el ámbito de acción del monitoreo preventivo propuesto por el OPCAT, nos lleva a una reflexión aún mayor. En un mundo donde las formas binarias de ver la vida (bueno/malo-amigo/enemigo-nacional/extranjero) se imponen y donde la respuesta punitiva como la única forma de resolver problemas sociales prevalece, la prevención de la tortura además de mirar a los lugares de custodia, y a sus históricos y crónicos problemas, debe centrarse también en los contextos de privación de libertad (no necesariamente asociado a un espacio físico, como por ejemplo un control de identidad), en el sistema de justicia y sus operadores y en la función misma de seguridad.

Aceptar esta conclusión, en el ámbito de la prevención del delito y mantenimiento del orden público, nos llevaría a concebir como garantes de la integridad personal y, por lo mismo, como agentes de prevención de la tortura, a todas las instituciones sean estas públicas o privadas y que, de alguna manera, contribuyen en la coproducción de la seguridad. Militares -que pese a lo desaconsejable de la medida- participan en tareas de control del orden público, equipos de seguridad municipal, empresas de seguridad privada, fabricantes de armas y equipos conexos, desde ya las policías, el Ministerio Público, las defensas públicas o privadas, el Poder Judicial, todos esos órganos y agentes tienen el gran desafío de reconocer el rol que les cabe en la protección de la integridad personal de las personas privadas de libertad.

Esta forma integrada de comprender a los lugares de privación de libertad como parte de un sistema y expandir la responsabilidad en la protección de la integridad personal a un mayor número de actores, creo que sería una de la claves para mejorar el rendimiento de los Estados en la difícil tarea de prevenir la tortura y los malos tratos, convirtiendo a los contextos y lugares de privación de libertad en espacios más seguros, contribuyendo a hacer más eficiente la gestión de la seguridad.

Reflexiones finales

Actualmente el Subcomité para la Prevención de la Tortura de Naciones Unidas se encuentra trabajando en los últimos borradores de la que será su primera Observación General (OG), la cual versará sobre los conceptos de lugar de privación de libertad y persona privada de libertad. El objetivo de la OG N.º 1 precisamente será “aclarar el alcance de las obligaciones de los Estados parte en el Protocolo Facultativo con respecto a los lugares de privación de libertad que el Subcomité y los mecanismos nacionales de prevención deben visitar en el marco de su mandato de prevención de la tortura, de conformidad con el Protocolo Facultativo”. 

Resulta muy interesante advertir que el draft recomienda a los Estados hacer una lectura integrada de ambos conceptos, para así considerar derechamente como lugares de privación de libertad -con el propósito de ampliar el concepto-, a “entornos o situaciones”  en los que se encontraren personas en estado de privación de libertad.

Entiendo que los borradores de la OG N.º 1 del SPT -que esperamos sea adoptada a la brevedad- parecieran ir en la misma dirección de las reflexiones propuestas en este análisis. Integrar y ampliar el concepto de lugar de privación de libertad trae como consecuencia, expandir el ámbito preventivo, y de esa manera sumar a más actores en la siempre difícil tarea de erradicar la tortura y los otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Citación académica sugerida: Cabezas Chamorro, Sebastián. Notas para una interpretación evolutiva del ámbito de acción de los Mecanismos Nacionales para la prevención de la Tortura (Art. 4 OPCAT). Agenda Estado de Derecho, 2024/05/31. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/prevenir-la-tortura-en-contextos-no-tradicionales/

Palabras clave: Tortura; Convención contra la Tortura; Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura; Subcomité para la Prevención de la Tortura.

Comparte este artículo en...
Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
ACERCA DEL AUTOR
Sebastián Cabezas Chamorro

Experto del Comité para la Prevención de la Tortura de Chile.

Artículos Relacionados

Sigue nuestro Newsletter en LinkedIn

Suscribirte en LinkedIn

Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.