Mujeres buscadoras como defensoras de derechos humanos: lecciones para la construcción de políticas públicas de protección

16 de Marzo de 2026

La Corte IDH reconoció a las mujeres buscadoras como defensoras de derechos humanos. El artículo analiza los estándares jurisprudenciales para diseñar políticas públicas de protección en América Latina.

Cuando una mujer asume la búsqueda de verdad y justicia de un ser querido víctima de desaparición forzada, su proyecto de vida se transforma totalmente: el duelo prolongado, el abandono de empleos y estudios y los riesgos contra su seguridad constituyen el costo de su labor. Así como América Latina conoce esta realidad, la jurisprudencia interamericana ha comenzado a reconocerla también, categorizando a estas mujeres como defensoras de derechos humanos. Este artículo analiza los estándares fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las lecciones que de ellos se derivan para el diseño de políticas públicas de protección integral en la región.

La desaparición forzada constituye una grave violación de derechos humanos que causa impacto en los familiares; sin embargo, son las mujeres y madres que ejercen el rol de buscadoras quienes experimentan una dimensión diferenciada de ese daño en sus proyectos de vida. Dado que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en 2024 reconoció a las buscadoras como defensoras de derechos humanos, este artículo propone ampliar las garantías de no repetición previstas para dicho grupo, como la formulación de políticas públicas de protección integral, con el objetivo de reparar integralmente los daños específicos que experimentan.

La búsqueda de restos de familiares y seres queridos por parte de mujeres es un fenómeno histórico documentado desde la literatura universal. Por ejemplo, en la tragedia “Antígona” de Sófocles, la protagonista enfrenta consecuencias legales y sociales por buscar y honrar el cuerpo de su hermano Polinices. Asimismo, en América Latina, la búsqueda de personas dadas por desaparecidas se ha materializado a través de la sociedad civil como sucede con el movimiento de las Madres de Plaza de Mayo en Argentina (1977), madres de jóvenes desaparecidos durante la dictadura militar que influyeron en colectivos similares en la región. En el caso colombiano, las Madres de Soacha denunciaron las ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas ocurridas por miembros del ejército colombiano (2008) y para el 2024, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) ha registrado un total de 24.249 mujeres buscadoras colombianas.

En los últimos dos casos, la búsqueda emprendida por mujeres ha constituido una labor que ha generado aportes significativos, como ha reconocido el Centro Nacional de Memoria Histórica de Colombia (CNMH), estas mujeres han trascendido la condición de espera y han asumido el rol de sujetos activos y protagonismo por la reivindicación de derechos y búsqueda incansable de la verdad. En este marco, han logrado la localización de sitios de inhumación clandestina e identificación, además, de ejercer presión legítima sobre los responsables de los hechos delictivos, enfrentando amenazas significativas contra su seguridad y bienestar físico.

¿Por qué la Corte IDH reconoció a las mujeres buscadoras como defensoras de DDHH?

En ese sentido, se ha reconocido de manera progresiva la importancia del activismo de las mujeres buscadoras, hasta categorizarlas como defensoras de derechos humanos. El caso Movilla Galarcio vs. Colombia (2022) fue precedente hito sobre el tema ante la Corte IDH; órgano que reconoció que, durante los períodos posteriores a la desaparición de sus parientes, las mujeres experimentan un impacto diferenciado que en el marco del rol de buscadora se traduce en estigmas, violencia y discriminación asociados a roles de género. Además, identificó que, cuando la persona desaparecida es el sostén familiar, la victimización se intensifica y, por ello, ordenó dentro de las medidas de reparación un reconocimiento público a la labor de la señora Candelaria Vergara.

En el caso Tabares Toro vs. Colombia (2023), la Corte IDH reiteró de manera posterior que los Estados tienen como obligación el realizar acciones que reconozcan y garanticen la labor de las mujeres buscadoras sin obstáculos, amenazas, intimidaciones, entre otros. Recientemente, en el caso Ubaté y Bogotá vs. Colombia (2024) reconoció las enormes presiones y secuelas que enfrentan las mujeres buscadoras. Como consecuencia, ordenó, como medida de reparación, que la UBPD adelante su trabajo de búsqueda con un enfoque interseccional y de género. En palabras de la Corte, esto permitirá sensibilizar a la sociedad colombiana sobre el trabajo que las mujeres buscadoras han venido realizando en la búsqueda de sus familiares. Finalmente, en el caso Leite de Souza vs. Brasil (2024), el Tribunal recalcó el deber reforzado de protección especial para estas mujeres, reconociendo su labor como defensoras de derechos humanos.

Estándares de políticas públicas para defensores de DD.HH como garantías de no repetición

La Importancia de ser categorizadas como defensoras de derechos humanos es de resaltar. En reiteradas ocasiones en casos como Valle Jaramillo vs Colombia, se han reconocido los riesgos inherentes a la labor y protección especial que requieren. Por su parte, en Defensores de Derechos Humanos vs. Guatemala y Luna López vs. Honduras, la Corte IDH ha ordenado a los Estados implementar políticas públicas como medidas de no repetición para garantizar el ejercicio libre y seguro de la defensa de derechos humanos. Lo anterior se fundamenta en los arts. 1.1, 2, 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada y la Convención Belém do Pará, que imponen deberes de garantizar, respetar, adecuar, prevenir, investigar, reparar y aplicar el enfoque de género.

En este sentido, pueden identificarse siete ejes centrales en los estándares jurisprudenciales interamericanos en materia de garantías de no repetición en políticas públicas para defensores de derechos humanos: (i) la participación de defensores, sociedad civil y expertos en la elaboración normativa, (ii) programas de protección integral e interinstitucional con atención inmediata, (iii) modelos de análisis de riesgo específicos, (iv) sistemas de gestión de prevención y protección, (v) planes de protección individualizados según el riesgo de defensores, (vi) la promoción de cultura de legitimación de la labor defensorial, y (vii) la dotación de recursos humanos y financieros suficientes.

Este marco jurisprudencial ha reconocido, por una parte, a las buscadoras como defensoras de derechos humanos y, por otra, el daño diferenciado que experimentan con perspectiva de género. La Corte IDH ha ordenado medidas de satisfacción con enfoque de género. No obstante, se requiere avanzar hacia políticas públicas que respondan integralmente a los riesgos y daños específicos que enfrentan, conforme a la CIDH, como son: los hechos de violencia de género, acoso, hostigamiento, amenazas e incluso asesinatos, ataques, criminalización por defender los derechos humanos, pérdida de ingresos, reconfiguración de los roles domésticos, gastos derivados de la búsqueda e interrupción de trayectorias educativas y profesionales.

Modelo colombiano como referente de implementación

Ante este panorama de vulneraciones y riesgos que enfrentan las mujeres buscadoras, derivados, entre otros, por la presión legítima y constante que ejercen sobre los responsables de las desapariciones forzadas, resulta relevante analizar la Ley 2364 de 2024 del ordenamiento colombiano. Esta legislación representa un modelo pionero que, primero, reconoce a las mujeres buscadoras como sujetos activos, constructoras de paz y personas de especial protección constitucional y segundo, enuncia derechos específicos para mujeres buscadoras desde distintos ejes.

En materia de participación, se incluye a las mujeres buscadoras en políticas de paz, en protección penal y se adicionan al Código Penal colombiano circunstancias de mayor punibilidad para quienes obstaculicen su labor. En la reparación integral, se contempla reparación por los daños derivados de su labor además de apoyos económicos no condicionados para las buscadoras que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Respecto a condiciones de vida, se da el acceso prioritario a viviendas de interés social, al igual que en afiliación a seguridad social, se prioriza al régimen subsidiado de salud a las buscadoras y a sus familiares. En materia de protección integral, se da el reconocimiento del 23 de octubre como Día Nacional de las Mujeres Buscadoras y demás.

Finalmente, es importante recordar que la Corte IDH ha desarrollado progresivamente estándares con perspectiva de género sobre las afectaciones diferenciadas que experimentan las mujeres buscadoras lo que representa un avance en la protección de sus derechos. Ante este momento crucial, la experiencia colombiana puede ser clave para consolidar un estándar regional tal como lo evidenció recientemente el caso García Andrade y otros vs. México (2025), en el que la Corte ordenó integrar expresamente a las madres buscadoras en la Ley de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos. Proximamente, el caso Lalinde y otros vs. Colombia representa una oportunidad para ampliar y consolidar un estándar regional vinculante que haga de la reparación integral una realidad para todas las mujeres buscadoras de América Latina.

Citación sugerida: Losada López, María Milagros. Mujeres buscadoras como defensoras de derechos humanos: Lecciones jurisprudenciales para la construcción de políticas públicas de protección.. Agenda Estado de Derecho. 2026/03/16. Disponible en:  https://agendaestadodederecho.com/mujeres-buscadoras-como-defensoras-de-derechos-humanos/

Palabras clave sugeridas: Mujeres buscadoras, Defensoras de DD.HH, Enfoque diferencial, Reparación integral.

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ACERCA DE LA AUTORA
María Milagros Losada López

Investigadora judicial y estudiante de Derecho de la Universidad de Cartagena, enfocada en Derechos Humanos y justicia transicional, con experiencia en organismos internacionales. Beneficiaria de la OEI en 2023 de una Fellowship, pasante en la OEA y en el Centro Nacional de Memoria Histórica e investigadora en el Centro de Asistencia Legal Interamericano en Derechos Humanos (CALIDH).

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

Mariano Fernández Valle

Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

Mauricio Alarcón

Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

Ángel Arellano

Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

Edgar Ortiz Romero

Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

Angelita Baeyens

Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

Leonardo Nemer Caldeira Brant

Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

Edward Pérez

Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.