Mama Ocllo y una voz silenciada: La legítima defensa diferida, la doble condena y las todopoderosas togas negras de la justicia

14 de Agosto del 2020
Mama Ocllo y una voz silenciada: La legítima defensa diferida, la doble condena y las todopoderosas togas negras de la justicia

Mama Ocllo, mítica mujer indígena, en una fría tarde invernal de junio, con la mirada en lontananza, deseosa de un mejor mañana, escucha a su interlocutora sentada a su lado en un sombrío espacio del Penal de San Roque, Sucre. Los pocos rayos de luz vislumbran las lágrimas que caen por sus mejillas como reflejo de un alma destrozada por el error judicial.

El relato empieza como si fluyera desbordado luego de un silenciamiento profundo por años de privación arbitraria de la libertad. La interlocutora, víctima de los demonios que rodean su memoria, con voz frágil y temblorosa recuerda una vida familiar inmersa en gritos, golpes constantes, palabras lacerantes y agresiones sexuales. Su memoria la lleva a una gélida y descolorida tarde otoñal, en la cual, en medio de golpes, palabras hirientes, llanto y desesperación se produce el desenlace fatal: su esposo yacía muerto a su lado, mientras ella, con la ropa ensangrentada, con heridas en el cuerpo y en el alma junto a un revólver en la mano, todavía no comprendía lo que pasaba.

Atormentada, relata el juicio, recuerda las palabras que no las había mencionado por tanto tiempo en su larga condena. Mala mujer, asesina, culpable…; recuerda a los jueces que, sin mirarla a los ojos, la condenaron por asesinato a treinta años de prisión sin derecho a indulto. Con lágrimas en los ojos, le viene a la memoria el llanto inconsolable de su pequeña hija de nueve años, cuyas súplicas de piedad y sollozos que desvelaban profundas secuelas por la violencia familiar sufrida, pasaron inadvertidas por las todopoderosas togas negras de la justicia.

Mave, todavía incrédula por la presencia de Mama Ocllo, con voz trémula, afirma estar frente a su primera visita después de muchos años de presidio. Arguye que la condena social hacia las mujeres que, como ella, no cumplieron su rol de sumisión y abnegación, es tan implacable como el veredicto de las togas negras.

Después de un silencio sepulcral, Mave confiesa que la violencia física, psicológica y sexual vivida en su seno familiar, fue el argumento para condenarla a treinta años de prisión sin derecho a indulto, porque -desde la perspectiva de las togas negras de la justicia- la violencia sufrida durante años, fue el móvil de la premeditación y alevosía, elementos configuradores del tipo penal de asesinato.

Con la voz entrecortada, Mama Ocllo, mientras observa el naranja intenso del atardecer que se entremezcla con el gris del horizonte, de manera pausada, pero firme, señala que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha identificado una cultura de discriminación contra las mujeres, en medio de la cual, se desconoce que la violencia contra ellas “es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres”.

Mirando fijamente a su interlocutora, Mama Ocllo afirma que los juzgamientos penales deben contener un enfoque de género, que es un método del derecho destinado a identificar estereotipos, prejuicios, asimetrías, situaciones de desventaja y de violencia en razón de género, para así consagrar la igualdad sustantiva y el acceso real a la justicia.

Frente a la mirada absorta de Mave, Mama Ocllo afirma que la Corte IDH, en los casos Campo Algodonero Vs. MéxicoVéliz Franco y otros Vs. GuatemalaRosendo Cantú y otra Vs. Méxicoentre otros, ha establecido el deber de juzgamiento con perspectiva de género, para evitar que las todopoderosas togas negras de la justicia, emitan decisiones basadas en estereotipos de género.

Mama Ocllo, frente a los últimos rayos del tata inti (dios sol) que iluminan tenuemente sus dos trenzas negras y su hermoso rostro cobrizo, afirma que un estereotipo de género se refiere a una pre-concepción de atributos, características poseídas o papeles que son o deberían ser cumplidos por hombres y mujeres respectivamente. Después de una pausa, agrega que es posible asociar la subordinación de la mujer a prácticas basadas en estereotipos de género socialmente dominantes, socialmente persistentes y hasta judicialmente aceptadas.

Luego de un suspiro, Mama Ocllo, afirma que en sociedades en las cuales existe un patrón estructural de discriminación y violencia contra las mujeres, las autoridades judiciales, con base en estereotipos, suelen emitir decisiones con sesgo de género. Sorprendida Mave, pregunta si al ser víctima sistémica de violencia física, psicológica y sexual, su condena por asesinato a su agresor tuvo sesgo de género. Mama Ocllo responde que sí.

 Perseguida por la mirada inquisitiva de Mave, Mama Ocllo refiere que el Comité de expertas del Mecanismo de Seguimiento a la Convención Belém do Para (MESECVI), el año 2018, emitió la Recomendación General No. 1 referente a la “Legítima defensa y violencia contra las mujeres”, la cual, genera estándares importantes que forman parte del bloque de constitucionalidad generando efectos vinculantes para las autoridades judiciales.

Apunta Mama Ocllo que los estándares generados en esta recomendación general, a la luz de los artículos 4 y 7 de la Convención Belém do Pará, establecen que en casos en los cuales se procese penalmente a mujeres víctimas de violencia que hubieran terminado con la vida o hubieren provocado lesiones a sus agresores, generan para el Estado el deber de juzgamiento con perspectiva de género.

Mama Ocllo recuerda, que de acuerdo a la Recomendación General 33 del Comité de la CEDAW, es necesario una sensibilización de género para que las autoridades jurisdiccionales aseguren juzgamientos con perspectiva de género y así se eviten dobles condenas a víctimas de violencia en razón de género que actúan en legítima defensa.

Entonces, desde esta perspectiva de género, Mama Ocllo, en el silencio sepulcral del recinto penitenciario, afirma que la legítima defensa diferida debe ser valorada por las autoridades judiciales en casos de respuesta a la situación de violencia en razón de género vivida por las víctimas. Al ver que Mave enjugaba sus lágrimas y un hálito de esperanza ilumina su rostro perdido en lontananza, Mama Ocllo señala que “…la legítima defensa supone una reacción a una agresión ilegítima que ponga en riesgo un bien jurídico protegido, como (…) la vida y la integridad personal”.

Luego de un profundo suspiro, Mama Ocllo argumenta que “[s]ostener que es el comportamiento de la mujer el que origina la agresión ilegítima desnaturaliza la legítima defensa y refuerza estereotipos negativos de género”. Con voz firme agrega que, en este contexto, sostener que la violencia física, psicológica o sexual que sufren las mujeres puede ser el móvil para un asesinato con premeditación y alevosía, refuerza estereotipos y consolida una doble condena, es decir, la condena a la violencia familiar contra la mujer en un escenario de impunidad, y a una condena penal injusta, arbitraria, desproporcionada y con sesgo de género.

Al MESECVI -tal como afirma Mama Ocllo-, “…le preocupa la persistencia de los estereotipos y la falta de aplicación de la perspectiva de género al juzgar este tipo de casos”, ya que este sesgo de género “podría llevar a valorar de manera inadecuada el comportamiento de las mujeres en situaciones de violencia…”.

Recuerda también Mama Ocllo que, desde una perspectiva de género, la legítima defensa implica valorar el requisito de inminencia en el contexto del ciclo de violenciapor cuanto “existe continuidad en la violencia ya que la conducta del agresor en situación de convivencia puede suceder en cualquier momento y ser detonada por cualquier circunstancia; consecuentemente, la mujer víctima tiene temor, preocupación y tensión “constantes” lo que causa que continuamente espera una agresión” Entonces, en estos casos, “el requisito de la inminencia debe ser comprendido más allá del momento exacto de la agresión ilegítima, pues esta no ocurre en un momento aislado…”.

Mama Ocllo agrega que, en coherencia con lo señalado, será importante comprender y analizar el requisito de inminencia desde las desigualdades estructurales existentes para las mujeres, así como de acuerdo a las dinámicas particulares de la violencia contra ellas, especialmente en el ámbito familiar.

Mave, mirando firmemente a su interlocutora, y de acuerdo a lo explicado por Mama Ocllo, no comprende porqué fue condenada a treinta años de prisión sin derecho a indulto por el delito de asesinato. Mama Ocllo, explica que la doble condena es la consecuencia de estereotipos en razón de género asumidos por las todopoderosas togas negras de la justicia. Después de una breve pausa y luego de mirar con esperanza el horizonte, sostiene la necesidad de remover obstáculos de jure o de facto que impidan procesamientos con perspectiva de género, para que así los Estados cumplan de buena fe sus obligaciones internacionales de respeto y garantía a derechos.

Mave, con la mirada perdida en lontananza pregunta a Mama Ocllo si todavía tiene esperanzas después de varios años de violencia física, psicológica y sexual sufrida en el seno de su hogar y luego de varios años de injusta condena. Mama Ocllo, mientras acomoda su colorida manta y sus largas trenzas negras, promete una revisión extraordinaria de sentencia. Además, luego de secar las lágrimas de su interlocutora, se propone, desde el activismo judicial y los mecanismos de defensa consagrados en el ordenamiento jurídico boliviano, poner fin a las todopoderosas togas negras de la justicia para que nunca más, por estereotipos de género, se silencie la voz de las históricamente oprimidas.

*El relato está basado en un caso real: se condenó a una mujer por asesinato a treinta años de presidio sin derecho a indulto, argumentándose la violencia física, psicológica y sexual sufrida como móvil para el asesinato con premeditación y alevosía del esposo agresor de la víctima. Mave son las iniciales de la víctima de juzgamiento con sesgo de género.

Citación académica sugerida: Attard Bellido, María Elena: Mama Ocllo y una voz silenciada: La legítima defensa diferida, la doble condena y las todopoderosas togas negras de la justicia, 2021/05/31. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/mama-ocllo-y-una-voz-silenciada/

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ACERCA DE LA AUTORA
María Elena Attard Bellido

Master en Derecho Constitucional y Procesal Constitucional, por la Universidad Andina Simón Bolívar; Master en Derecho Internacional Privado, por la Escuela Europea de Negocios y la Universidad Complutense. Profesora de posgrado de varias universidades de Bolivia. Fue Letrada tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia desde marzo del 2010 hasta el 2013. Autora de múltiples obras.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

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Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

Alfonso Herrea

Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.