La primera condena por femicidio lesbofóbico en Chile: avances, tensiones y desafíos a la luz del derecho internacional de los derechos humanos

9 de Octubre de 2025
La primera condena por femicidio lesbofóbico en Chile: avances, tensiones y desafíos a la luz del derecho internacional de los derechos humanos
Foto creada con CHAT GPT

Recientemente en Chile, el caso de Sandra Almeida marcó la primera condena por femicidio lesbofóbico ¿Avance suficiente o desafío pendiente para los derechos humanos?

El 2 de diciembre de 2023, Sandra Almeida Lizama (58 años) falleció tras seis días en coma producto de una brutal agresión sufrida en Lo Barnechea, Santiago de Chile, mientras defendía a un grupo de mujeres hostigadas en el espacio público. El ataque, perpetrado por Cristofer Arnoldo Pino Pino, se caracterizó por su extrema violencia física y por insultos lesbofóbicos dirigidos en contra de la víctima. En julio de 2025, el Tercer Tribunal Oral en lo Penal de Santiago dictó la primera condena en la historia del sistema judicial chileno por femicidio lesbofóbico, aplicando el artículo 390 ter N.º 4 del Código Penal, introducido por la Ley Gabriela, que amplía el tipo penal para abarcar homicidios motivados por la identidad de género, la orientación sexual o la expresión de género de la víctima. La Fiscalía solicitó presidio perpetuo, y organizaciones de la sociedad civil, como el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), consideraron el fallo un hito jurídico y político que visibiliza las formas específicas de violencia que enfrentan las mujeres lesbianas.

Derecho interno e interseccionalidad

La Ley Gabriela corrigió una limitación histórica del régimen penal chileno, que circunscribía el femicidio a relaciones íntimas, invisibilizando formas de violencia motivadas por género más allá del vínculo afectivo. El artículo 390 ter N.º 4 permitió calificar el homicidio lesbofóbico de Almeida como femicidio, mientras que la agravante del artículo 12 N.º 21 del Código Penal reforzó la sanción por el componente discriminatorio del delito.

La sentencia evidencia un enfoque interseccional implícito, en la medida en que reconoce que la violencia no se explica únicamente por su condición de mujer, ni exclusivamente por su orientación sexual, sino por la conjunción de ambas identidades. Como ha señalado Kimberlé Crenshaw, la interseccionalidad permite identificar cómo las estructuras de poder y opresión se entrecruzan, generando experiencias de violencia singulares que no pueden ser comprendidas de manera aislada. El fallo, aunque no enuncia expresamente este concepto, demuestra que la interseccionalidad puede operar en la práctica judicial, consolidando un precedente interpretativo de gran relevancia.

Control de convencionalidad

La jurisprudencia interamericana, desde Almonacid Arellano vs. Chile, establece que los jueces nacionales deben ejercer el control de convencionalidad, interpretando el derecho interno de manera compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la jurisprudencia de la Corte Interamericana.

En el caso Almeida, no se observan referencias explícitas a la Convención Americana, la Convención de Belém do Pará ni a precedentes como Campo Algodonero vs. México, ni a la Opinión Consultiva OC-24/17, que reconoce que la orientación sexual y la identidad de género se encuentran comprendidas en la cláusula de no discriminación. No obstante, la sentencia se encuentra alineada materialmente con estos estándares al sancionar la violencia lesbofóbica y reconocer la motivación discriminatoria como constitutiva del delito, configurando un ejercicio implícito de control de convencionalidad. Pese a ello, la ausencia de referencias explícitas evidencia un déficit que limita la fuerza pedagógica y legitimadora del fallo, subrayando la necesidad de consolidar la práctica de citar y aplicar directamente los estándares internacionales en el razonamiento judicial chileno.

Asimismo, se debe tener en cuenta que el valor del fallo trasciende su carácter inaugural. La sentencia consolida una interpretación expansiva del femicidio, capaz de abarcar la especificidad de la violencia lesbofóbica, abriendo la posibilidad de que futuros asesinatos de mujeres lesbianas, bisexuales o trans sean subsumidos en el mismo tipo penal. Este reconocimiento interseccional fortalece la capacidad del derecho penal chileno para abordar violencias complejas y contribuye a contrarrestar la objeción de insuficiencia normativa. La aplicación de la agravante por odio valida la pertinencia de esta figura en la persecución penal de delitos motivados por discriminación y establece un precedente estratégico para litigios feministas y LGBTI+, en consonancia con la obligación estatal de ejercer debida diligencia reforzada, tal como se consagra en Campo Algodonero.

Diálogo crítico con la Ley Zamudio

El caso también invita a reflexionar sobre la aplicación de la Ley N.º 20.609, conocida como Ley Zamudio, cuyo objeto es prevenir y sancionar la discriminación arbitraria, garantizando que toda persona pueda ejercer sus derechos en igualdad de condiciones, sin distinciones injustificadas por motivos personales, sociales o culturales. Esta norma, promulgada en 2012 como respuesta a un crimen de odio, ha sido sin embargo ampliamente cuestionada por su carácter reactivo, su limitada eficacia preventiva y la insuficiencia de sus mecanismos de reparación integral. La interrogante sobre si una Ley Zamudio más robusta habría podido prevenir el crimen de Almeida requiere un análisis matizado, que considere tanto las falencias estructurales de la ley como las condiciones culturales que perpetúan la violencia basada en prejuicios.

Ninguna legislación puede eliminar por completo la violencia estructural, pero un marco normativo más efectivo, con medidas preventivas obligatorias, sanciones administrativas disuasivas y políticas públicas de educación en diversidad sexual, habrían reducido los factores de riesgo. El contraste entre la eficacia sancionatoria de la Ley Gabriela y la insuficiencia preventiva de la Ley Zamudio evidencia la necesidad de reformar esta última para garantizar políticas integrales de prevención, reparación y educación en derechos humanos.

Conclusiones

La condena por el femicidio lesbofóbico de Sandra Almeida constituye un precedente histórico que visibiliza la articulación entre género y orientación sexual como categorías relevantes para comprender la violencia letal contra mujeres. La sentencia inaugura un camino hacia la consolidación de un enfoque interseccional en la interpretación judicial del femicidio, en línea con los desarrollos teóricos de Crenshaw, aunque todavía de manera implícita.

Al mismo tiempo, el fallo evidencia déficits significativos: la ausencia de un control de convencionalidad explícito y la insuficiencia de la Ley Zamudio como instrumento preventivo y reparador. El caso debe leerse, por tanto, no solo como una victoria judicial, sino como un llamado a reformar estructuralmente el marco normativo chileno, fortaleciendo la articulación entre derecho interno e internacional, la incorporación plena de la interseccionalidad y la implementación de políticas integrales de prevención y reparación.

En definitiva, este precedente constituye tanto un punto de llegada como de partida: confirma la capacidad del derecho penal para sancionar la violencia lesbofóbica y, al mismo tiempo, evidencia la urgencia de consolidar un sistema jurídico que garantice a todas las mujeres una vida libre de violencia y discriminación, cumpliendo cabalmente con las obligaciones internacionales del Estado chileno.

Citación académica sugerida: González Silva, Álvaro Sebastián. La primera condena por femicidio lesbofóbico en Chile: avances, tensiones y desafíos a la luz del Derecho internacional de los derechos humanos. Agenda Estado de Derecho. 2025/10/09. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-primera-condena-por-femicidio-lesbofobico-en-chile/

Palabras Clave: Chile, Derechos LGBTIQ+, Femicidio lesbofóbico.

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ACERCA DEL AUTOR
Álvaro Sebastián González Silva

Socio del Área Legal de Fundación Visibles Chile.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.