¿Cuál es la importancia de la conciencia jurídica universal por la que abogaba el juez Cançado Trindade en el Derecho internacional?
En este post, la autora explora cómo el juez Cançado Trindade presentó sus puntos de vista sobre la conciencia jurídica universal de la humanidad y el Derecho internacional para la humanidad en sus opiniones disidentes como juez de la Corte Internacional de Justicia. Para la autora, estos conceptos contribuyen a recuperar la misión del Derecho internacional como un ámbito al servicio de las personas y no sólo de los intereses estatales.
El juez Antônio Augusto Cançado Trindade consideraba que la evolución de una conciencia jurídica universal era de lege ferenda, progresando con la «búsqueda de la realización del bien frente al sufrimiento humano» de cada generación. Como afirma en su libro de 2020, “International Law for Humankind: Towards a new Jus Gentium«, culpó a los enfoques positivistas de la interpretación del Derecho internacional de desvincular los valores y la ética, impidiendo así que el Derecho internacional satisfaga las necesidades sociales (página 139).
En su opinión, «el Derecho internacional no se reduce, en absoluto, a un instrumento al servicio del poder; sus destinatarios finales son, en última instancia, los seres humanos, a los que incumbe satisfacer sus necesidades, entre ellas la realización de la justicia. Su «fuente» material está en la propia conciencia humana (página 141)». Cançado Trindade caracterizó la conciencia como contraria a la injusticia y a la opresión, conteniendo un mínimo irreductible que forma una recta ratio vinculada al bien común de Aquino, a la recta razón y a la ilustración de De Vitoria y al imperativo categórico de Kant (página 143). Sugirió que la falta o ausencia de la recta ratio daba lugar a crímenes atroces, por lo que el reconocimiento de la conciencia jurídica universal era necesario para establecer un Derecho internacional para la humanidad.
Cançado Trindade identificó la Convención contra el Genocidio de 1948, el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, la Cláusula Martens del Protocolo Adicional II de los Convenios de Ginebra, la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales y los más de 70 tratados de derechos humanos como evocadores de dicha conciencia.
Además, afirmó que la conciencia jurídica universal constituía el fundamento de las normas de ius cogens, así como de la jurisprudencia de los tribunales penales internacionales y de los tribunales internacionales de derechos humanos, además de las resoluciones de la Asamblea General de la ONU, fundamentando la humanización del Derecho internacional y legitimándolo también (página 148).
Cançado Trindade lamentó que las consecuencias negativas de la globalización selectiva de la libre circulación de capitales, bienes y servicios (pero no de seres humanos) se traduzcan en la marginación y explotación económica de grupos vulnerables que huyen del hambre, la miseria y los conflictos armados en lugar de sufrir persecuciones individualizadas. Estas personas son entonces etiquetadas como «migrantes ilegales» o «irregulares» y se les niega la protección, a pesar de que son seres humanos con derechos básicos.
En su opinión concurrente en la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la Condición Jurídica y los Derechos del Niño, expuso la trascendental cualidad del reconocimiento de la legitimación de las personas vulnerables para interponer demandas contra las violaciones cometidas por agentes estatales como promoción del Estado de Derecho internacional:
“La verdad es que la subjetividad internacional del ser humano (sea él un niño, anciano, persona con discapacidad, apátrida, o cualquier otro) irrumpió con todo vigor en la ciencia jurídica del siglo XX, como reacción de la conciencia jurídica universal contra las sucesivas atrocidades cometidas contra el género humano. Un elocuente testimonio de la erosión de la dimensión puramente interestatal del ordenamiento jurídico internacional encuéntrase en la histórica y pionera Opinión Consultiva de la Corte Interamericana, sobre el Derecho a la Información sobre la Asistencia Consular en el Ámbito de las Garantías del Debido Proceso Legal (del 01.10.1999), que ha servido de orientación a otros tribunales internacionales y ha inspirado la evolución in statu nascendi de la jurisprudencia internacional sobre la materia (para. 29).”
En su Voto Disidente en el Caso de las Inmunidades Jurisdiccionales del Estado Alemania c. Italia, expone la conciencia jurídica universal que contrarresta la inmunidad del Estado frente a las violaciones de los derechos humanos, afirmando específicamente que «las pretendidas renuncias interestatales a los derechos inherentes a la persona humana son inadmisibles; son contrarias al ordre public internacional, y deben ser privadas de todo efecto jurídico (para 304)». Cançado Trindade subraya esta perspectiva en su opinión disidente en la CIJ en el Caso de la Aplicación de la Convención contra el Genocidio, Croacia c. Serbia, en la que expone la base de su decepción con la mayoría por no analizar la cuestión de la sucesión de Estados por responsabilidad de genocidio, a la luz de la necesidad de justicia internacional para las víctimas y del imperativo de evitar que el historial de violaciones caiga en el olvido:
“La Convención sobre el Genocidio se ocupa de los grupos humanos en situación de vulnerabilidad o indefensión. En su interpretación y aplicación, los principios fundamentales y los valores humanos ejercen un papel relevante. La preocupación por las víctimas de la crueldad humana es primordial, ya que, al fin y al cabo, la razón de humanidad prevalece sobre la razón de Estado. (para. 547).”
Él amplió el alcance del Derecho internacional de la humanidad más allá de las normas de derechos humano, Derecho Internacional Humanitario y Derecho Penal Internacional, para incluir también el Derecho internacional del medio ambiente, el Derecho del mar y el Derecho del espacio ultraterrestre. El concepto de conciencia jurídica universal y de Derecho internacional de la humanidad puede vincularse a las perspectivas de equidad intergeneracional. A su vez, el reconocimiento de la equidad intergeneracional apoya los conceptos de patrimonio y preocupación comunes de la humanidad como valores básicos de la comunidad internacional que impulsan la solidaridad para hacer frente a los desafíos globales (para 349). Por lo tanto, se puede afirmar que la conciencia jurídica universal y el Derecho internacional de la humanidad presentan una plataforma para que el derecho se oriente hacia el futuro.
En su opinión disidente en el Caso de las Islas Marshall contra el Reino Unido, Cançado Trindade invoca la conciencia jurídica universal porque «la obligación de liberar al mundo de las armas nucleares (es) un imperativo de recta ratio y no un derivado de la «voluntad» de los Estados. En efecto, para mantener viva la esperanza es necesario tener siempre presente a la humanidad en su conjunto (párr. 115)». Cita el uso o la amenaza de uso de armas nucleares como una clara violación del Derecho internacional, del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, debido a las prohibiciones absolutas de privación arbitraria de la vida humana, de tratos crueles, inhumanos o degradantes y de infligir sufrimientos innecesarios, la falta de distinción, proporcionalidad o necesidad, y la obligación de desarme nuclear.
Afirma con franqueza que una política de disuasión tiene un «componente suicida (párr. 141)». En su opinión, la conciencia jurídica universal fundamenta la perspectiva de que «un solo uso de armas nucleares, independientemente de las circunstancias, puede significar hoy, en última instancia, el fin de la propia humanidad. Todas las armas de destrucción masiva son ilegales y están prohibidas. . . La amenaza o el uso de tales armas están condenados en cualquier circunstancia por la conciencia jurídica universal (párrs. 152 y 196)». Su conclusión es decidida en su decepción por el fracaso de la mayoría a la hora de contribuir a la creciente opinio juris que condena las armas nucleares como una amenaza para la humanidad:
“Un mundo con arsenales de armas nucleares, como el nuestro, está abocado a destruir su pasado, amenaza peligrosamente el presente y no tiene ningún futuro. Las armas nucleares allanan el camino hacia la nada. A mi entender, la Corte Internacional de Justicia, como principal órgano judicial de las Naciones Unidas, debería, en la presente Sentencia, haber mostrado sensibilidad a este respecto, y haber aportado su contribución a un asunto que constituye una de las principales preocupaciones de la vulnerable comunidad internacional y, de hecho, de la humanidad en su conjunto (para. 327).”
En la actualidad se calcula que hay 3.730 cabezas nucleares desplegadas con fuerzas operativas en todo el mundo y la revista The Atlantic publicó recientemente un artículo en el que citaba a autoridades que afirmaban que «el riesgo de guerra nuclear es hoy mayor que en cualquier otro momento desde la crisis de los misiles de Cuba». Es probable que se presenten peticiones ante otros tribunales internacionales en las que se aborden las armas nucleares en relación con los derechos humanos, incluido el derecho a un medio ambiente sano, y de este modo la conciencia jurídica universal evolucionará dentro de nuevas emanaciones, como era la aspiración del juez Cançado Trindade.
Citación académica sugerida: Bailliet, Cecilia M. La búsqueda de una conciencia jurídica universal y del Derecho internacional para la humanidad. Agenda Estado de Derecho. 15/06/2023. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/la-busqueda-de-una-conciencia-juridica-universal-y-del-derecho-internacional-para-la-humanidad/
Nota: Artículo originalmente publicado en inglés, en el portal Opinio Juris, el 7 de diciembre de 2022.
Profesora, Departamento de Derecho Público e Internacional, Facultad de Derecho, Universidad de Oslo, Noruega
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.