La propuesta de reforma constitucional a la justicia en México representa una regresión en materia de derechos humanos al incorporar figuras como la de jueces sin rostro que ya han sido cuestionadas por organismos como la Corte Interamericana.
El 5 de febrero de 2024, en el marco del 117° aniversario de la Constitución mexicana de 1917 el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, lanzó un ambicioso proyecto de 18 reformas constitucionales en muy diversos y variados temas. El conjunto de reformas se le conoce comúnmente como “Plan C”.
Entre las más polémicas por sus implicaciones institucionales destacan la militarización de la Guardia Nacional, el fortalecimiento y expansión de la prisión preventiva oficiosa – en un abierto desacato a las sentencias de la Corte IDH dictadas recientemente en los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez Vs. México-, la desaparición de organismos autónomos, la reforma en materia electoral (la cual ya fue desechada) y la reforma al Poder Judicial tanto a nivel estatal como Federal.
Para que estas reformas sean una realidad, Morena -el partido en el poder- y sus aliados, necesitaban ganar la mayoría calificada (dos terceras partes) en el Congreso de la Unión. Esta mayoría, ratificada por el Tribunal Electoral, la alcanzaron en las elecciones federales del 2 de junio de 2024.
En particular, la reforma al Poder Judicial ha provocado un intenso debate en la sociedad mexicana ya que propone, como sello distintivo, el que jueces, magistrados e incluso ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sean electos por voto popular directo en al menos dos elecciones generales a nivel nacional. La reforma también incluye la reestructuración y división del actual Consejo de la Judicatura Federal en dos instituciones: un Órgano de Administración Judicial y un Tribunal de Disciplina Judicial.
Esta reestructuración del poder judicial en México implica que en algún momento toda persona juzgadora en el país deba someter su cargo a una elección popular, aun cuando se cuente con carrera judicial e inamovilidad.
Por otro lado, la reforma permitiría que casi cualquier persona con licenciatura en derecho (equivalente a pregrado en algunos países latinoamericanos) pueda competir para ocupar la titularidad de un órgano jurisdiccional ya que los requisitos para participar en la elección son mínimos en un sistema judicial caracterizado por ser muy formalista y complejo.
La iniciativa de reforma entra en una inevitable contradicción con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, en particular, con los estándares establecidos en la jurisprudencia reiterada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación con los derechos de toda persona juzgadora de contar con un adecuado procedimiento de nombramiento, la inamovilidad en el cargo y la salvaguarda contra presiones externas. Estas son garantías reforzadas que no admiten regresividad.
Por si fuera poco, durante la discusión de la iniciativa en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados se agregó un párrafo al Artículo 20, apartado A, fracción X, que facultaría la introducción de la figura de los “jueces sin rostro” en un intento más de ampliar las medidas de excepción que se han venido instaurando desde finales de los años noventa para combatir, infructuosamente, la delincuencia organizada en México. El texto del ahora dictamen señala lo siguiente:
«Tratándose de delincuencia organizada, el órgano de administración judicial podrá disponer las medidas necesarias para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras, conforme al procedimiento que establezca la ley[…]»
El 4 de septiembre de 2024 la reforma al Poder Judicial fue turnada por la Cámara de Diputados al Senado de la República con modificaciones menores.
En diversas oportunidades se ha estimado que contar con jueces cuya identidad sea reservada representa una suerte de salvaguarda en contextos de violencia generalizada. Así, se han implementado este tipo de medidas en países como Brasil, Colombia, Perú y recientemente en El Salvador.
La Corte IDH ha tenido la oportunidad de analizar la figura de los «jueces sin rostro» en diversos casos conocidos contra Perú. Esto trajo como consecuencia la construcción de una sólida línea jurisprudencial en donde se considera que los juicios ante jueces “sin rostro” o de identidad reservada infringen el artículo 8.1 de la Convención Americana, «pues impide a los procesados conocer la identidad de los juzgadores y por ende valorar su idoneidad y competencia, así como determinar si se configuraban causales de recusación, de manera de poder ejercer su defensa ante un tribunal independiente e imparcial«.
En ocasiones, estas circunstancias terminan extendiéndose a otros funcionarios judiciales y no judiciales que intervienen en el proceso como los fiscales. Todo ello constituye una vulneración al principio del juez natural y una violación al derecho al debido proceso. La incorporación de esta figura a nivel constitucional podría sistemáticamente viciar de origen todos los procedimientos penales seguidos en el amplísimo catálogo de lo que se considera hoy en México delincuencia organizada. Además de favorecer la opacidad de la impartición de justicia.
Si esta figura se llegase a aprobar tendríamos un escenario funesto en donde habría una justicia militar que se extiende más allá de la disciplina militar – Aun en desacato a lo dispuesto en el Caso Cabrera García y Montiel Flores Vs. México-; el arraigo, que prevé la detención fuera del proceso con el fin de investigar; la prisión preventiva oficiosa, y un cuerpo policial que en principio sería civil -la Guardia Nacional- pero que ahora estaría completamente militarizado.
En este escenario los guardianes últimos de los derechos y del debido proceso serían personas sin rostro y sin ningún tipo de rendición de cuentas. Tendrían, un poder absoluto supra constitucional, otorgado por la propia Constitución.
Aunque lejana, aún existe la posibilidad de discutir y aprobar una reforma judicial integral con la participación de todas las fuerzas políticas, de todos los sectores involucrados, con pleno respeto a los derechos humanos previstos tanto en la Constitución Mexicana como en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Una reforma que no cumpla con estos mínimos no podrá ser implementada de forma eficiente y no abonará en nada en llevar justicia a las personas que más lo necesitan. Sería una gran oportunidad desperdiciada.
En particular, el resultado final del proceso legislativo tendría que llevar a que varios aspectos de la iniciativa de reforma al poder judicial sean modificados. En lo que respecta al debido proceso resulta preocupante el abierto desacato a las sentencias de la Corte IDH que ordenan la exclusión de nuestro orden constitucional de la figura de la prisión preventiva oficiosa, y el avance y consolidación de un estado de excepción permanente con la adición de la figura de los “jueces sin rostro”.
Siendo que, por el contrario, una reforma integral y transversal al aparato de justicia debería encontrarse orientada al respeto de la independencia judicial, garantía indispensable a la que como ciudadanos no podemos ni debemos renunciar en una democracia constitucional respetuosa del orden jurídico internacional. Todo ello con el fin de que la tutela judicial de los derechos pueda beneficiar a todos y en especial a la población más vulnerable en México.
Citación académica sugerida: Pelayo Moller, Carlos M. La incorporación de la figura de los “jueces sin rostro” a nivel constitucional en México en el marco de una cuestionada reforma judicial. Agenda Estado de Derecho. 2024/09/05. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/jueces-sin-rostro-en-mexico/
Palabras clave: México, reforma judicial, jueces sin rostro
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Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, LL.M.
Derecho Internacional de los Derechos Humanos por la Universidad de Notre Dame (EE.UU.) y Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Sinaloa. El contenido de este artículo y las opiniones expresadas son responsabilidad exclusiva del autor y no representa ninguna postura u opinión institucional.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.