Estado de Derecho Ambiental y el Acuerdo de Escazú para América Latina y el Caribe

30 de Septiembre del 2020
Estado de Derecho Ambiental y el Acuerdo de Escazú para América Latina y el Caribe

Consolidar un Estado de Derecho Ambiental es hoy fundamental para la paz, la democracia, el bienestar del planeta y el nuestro, tanto desde un punto de vista social como económico. Es indispensable para lograr un desarrollo justo y sostenible, que respete los ciclos de la naturaleza y garantice los derechos fundamentales a la vida, al agua y a un ambiente equilibrado y sano. Un Estado de Derecho Ambiental implica contar con leyes adecuadas y eficaces tanto para proteger al ambiente y exigir la reparación de los daños, como también para asegurar el acceso a la justicia y la información, la equidad en la participación e inclusión, rendición de cuentas, transparencia, etc.

Se requiere un enfoque integral, con una gobernanza inclusiva, en que las políticas, leyes y decisiones se tomen de manera participativa, para que sean representativas de la gente, incluyendo una especial preocupación por los más vulnerables y las generaciones futuras, para que, así entendidas y legitimadas, sean cumplidas y fiscalizadas efectivamente. Esta es una responsabilidad común de legisladores, jueces, abogados, organizaciones no gubernamentales y del sector privado, y las comunidades todas. El fortalecimiento del Estado de Derecho Ambiental será así un aliado en la reducción de los conflictos y la prevención de nuevas tensiones relacionadas con asuntos ambientales.

Si bien algunos de estos desafíos parecen lejanos y difíciles de alcanzar, en razón de nuestra historia de políticas económicas extractivistas, que por muchos años han provocado la destrucción de los componentes naturales del ambiente, sacrificando con ello además, muchas veces, nuestro patrimonio sociocultural; hoy tenemos en América Latina y el Caribe, una gran oportunidad para avanzar en la consolidación de este Estado de Derecho Ambiental, que resulta más urgente que nunca, dada nuestra alta vulnerabilidad a los efectos del cambio climático, que implicará decidir especialmente cómo nos adaptaremos o transformaremos a esta nueva realidad.

Se trata de la adopción del Acuerdo de Escazú, el primer tratado vinculante para la región, que fija altos estándares vinculados a los tres pilares básicos del Principio 10 de la Cumbre de la Tierra de 1982 (acceso a la información, a la participación y a la justicia ambiental) y que, además, agrega uno nuevo, vinculado a la protección de los denominados “defensores ambientales”. Nutrido de la experiencia del Convenio Aarhus y de las directivas específicas que en la Unión Europea se han dictado -especialmente en relación al acceso a la información y la participación- Escazú introduce en su centro, un sello especial, nacido de la cruda realidad que viven mujeres y hombres que, en razón de la lucha socioambiental que lideran, han sido víctimas de numerosas afrentas y amenazas, por lo que se reconoce la necesidad de otorgarles una protección especial.

Iniciado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible (Río+20) en 2012, con la suscripción de la Declaración sobre la aplicación del Principio 10 de la Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo, el Acuerdo de Escazú se adoptó en Costa Rica el 4 de marzo de 2018, después de dos años de reuniones preparatorias y nueve reuniones de negociaciones entre delegaciones de distintos Estados, con una importante participación del público. Escazú se abrió a la firma de los 33 países de la región el 27 de septiembre de 2018 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York hasta el 26 de septiembre recién pasado. Al día de hoy, logró 24 firmas, es decir, el 73% de los convocados. Y a poco andar, ya ha logrado la ratificación de 9 Estados de los 11 que se requiere para entrar en vigencia.

Es primordial que Escazú entre en vigencia pues, si bien la mayoría de los países latinoamericanos contamos con cláusulas ambientales en nuestras Constituciones, con una institucionalidad ambiental y diversas leyes (de bases generales o de materias específicas), incluyendo también el desarrollo de normas especiales sobre libertad de información, asociación y participación, lo cierto es que existe bastante disparidad; cuestión que lamentablemente a veces determina elegir como receptor de inversiones extranjeras, aquellos países con estándares más bajos en este tipo de regulaciones. Escazú implicará mejorar lo existente, de manera progresiva y colaborativa, con un “estándar regional”, de reglas claras y enfocadas en canalizar adecuadamente las preocupaciones de los ciudadanos en temas ambientales, para avanzar en una tutela efectiva y en la disminución de los conflictos. Se hace cargo, especialmente, de algo trascendental: informar y escuchar a los territorios locales, sus comunidades, con especial atención hacia aquellos más vulnerables.

El acceso a la información es la base fundamental de la toma de decisiones, pues permite al público comprender realmente las implicancias de lo que sucede en su entorno, permitiéndoles tomar decisiones informadas, entender lo resuelto por los gobiernos y ser capaces de asumir un papel activo en la fiscalización. Por su parte, la participación pública permite a las comunidades expresar sus puntos de vista y opiniones, impugnar decisiones, e incidir en las políticas que pueden afectar a sus medios de vida, su salud y el ambiente. Y el acceso a la justicia ofrece las vías necesarias para cuestionar las decisiones y obtener una reparación legal, en caso de daños personales y ambientales. En cuanto a los defensores ambientales, se busca garantizar entornos seguros y propicios en donde puedan actuar sin amenazas, restricciones e inseguridad; tomar medidas adecuadas y efectivas para reconocer, proteger y promover todos sus derechos, incluidos su derecho a la vida, integridad personal, libertad de opinión y expresión, derecho de reunión y asociación pacíficas y derecho a circular libremente; y tomar medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones a los cuales sean sometidos.

América Latina y el Caribe es una región valiosa y estratégica, rica en su biodiversidad y el conocimiento de sus culturas locales. Sus características naturales nos permiten asegurar gran parte de la biodiversidad del planeta, el establecimiento de energías renovables, una mayor captura de carbono basada en soluciones basadas en la naturaleza, la seguridad alimentaria de muchos, entre otros objetivos sustentables, lo que lamentablemente, nos hace blanco también de la ambición e irresponsabilidad de muchos. Pero las pérdidas que hemos sufrido y lo vulnerables que somos a los efectos del cambio climático, nos debe mover a repensar nuestro futuro y avanzar hacia un Estado de Derecho Ambiental sólido, que garantice una fuerte protección de nuestros ecosistemas.

Todas estas nuevas decisiones, la transformación ecológica que estamos obligados a asumir, las debemos tomar con una participación informada y efectiva. Escazú ofrece un camino, que proporciona oportunidades para la resolución de disputas y para mejorar la calidad de las decisiones adoptadas, empoderando a quienes han sido marginados. Sólo así nuestras políticas públicas podrán ser eficaces, se reforzará la solidaridad colectiva y el sentido del bien común y, con ello, el cumplimiento voluntario del ordenamiento jurídico. En el fondo, una mayor participación redundará en mejores decisiones, menos inequidades o injusticias ambientales y, con ello, menos conflictos sociales y menos destrucción ambiental.

Citación académica sugerida: Delgado Schneider, Verónica: Estado de Derecho Ambiental y el Acuerdo de Escazú para América Latina y el Caribe, 2020/09/30, https://agendaestadodederecho.com/estado-de-derecho-ambiental-y-el-acuerdo-de-escazu-para-america-latina-y-el-caribe

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ACERCA DE LA AUTORA
Dra. Verónica Delgado Schneider

Profesora Asociada Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción Chile. Directora del programa derecho, Ambiente y Cambio Climático y directora de la @RevderechoUdeC.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.