Entre la denuncia y la difamación: el acoso sexual en la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia

28 de Abril de 2022
Entre la denuncia y la difamación: el acoso sexual en la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia
Crédito foto: San Carlos Digital

La Corte Constitucional de Colombia se pronunció frente a casos de ‘escrache’ ¿Cómo abordó la tensión entre libertad de expresión y buen nombre?

Introducción

El surgimiento del movimiento #MeToo en Estados Unidos para denunciar actos de acoso sexual a través de Twitter puso otra vez en el centro del debate público esta forma de violencia de género. Las denuncias de mujeres que han experimentado abuso o violencia sexual en América Latina han invadido las redes sociales desde entonces (por ejemplo, la campaña feminista de denuncia #MiPrimerAcoso en México). Como lo señala Vicky Schultz, académica feminista pionera en el estudio del tema, el acoso está más relacionado con “el sexismo, que con el sexo.” Y es que el acoso sexual germina gracias a la cultura sexista en la que las mujeres estamos inmersas. Obviamente, también las personas LGBTIQ+ son víctimas frecuentes de acoso porque precisamente transgreden esa cultura hegemónica que no tolera la manifestación de la diversidad sexual en las calles, las universidades o en el trabajo.

La visibilización de los testimonios de las mujeres y personas no-binarias de actos de violencia sexual en redes sociales, periódicos feministas digitales o informes universitarios ha provocado también una avalancha de demandas por parte de los “presuntos acosadores” en contra de quien los denuncia por ensuciar “su buen nombre” y violar su privacidad. ¿Cómo hacer un balance de los derechos en juego? ¿Debe primar la libertad de expresión sobre el derecho a la honra?

1. Tutelas sobre acoso sexual en la Corte Constitucional de Colombia

Al analizar la tutela interpuesta en Colombia por Fabián Sanabria Sánchez contra Mónica Godoy Ferro, la Corte Constitucional ha sentado un precedente importante en materia de libertad de expresión cuando se publica información sobre violencias de género (Sentencia T-061/22). En julio de 2020, se publicó un informe por la Comisión Feminista y de Asuntos de Género de Antropología, liderado por Mónica Godoy Ferro, sobre presuntos actos de abuso sexual cometidos en el Departamento de Antropología de la Universidad Nacional de Colombia por varios profesores en contra de mujeres estudiantes y un hombre. Entre los señalados, figura Francisco Sanabria, ex Decano de la Facultad de Antropología y aspirante a Rector de la Universidad, quien promovió una tutela alegando que esos actos constituyen difamación y calumnia, violando su derecho fundamental a la privacidad y al buen nombre.

Los jueces de instancias inferiores consideraron que las afirmaciones de Mónica Godoy eran infundadas. Por ende, protegieron el derecho al buen nombre, intimidad y honra de Sanabria, ordenándole a Godoy no volver a pronunciarse sobre el asunto. Lo cual implicó, en su opinión, una censura previa a su libertad de expresión.  Cabe resaltar que Mónica Godoy ya había presentado una tutela previa, seleccionada por la Corte Constitucional, en contra de la Universidad de Ibagué donde trabajaba, por visibilizar testimonios de mujeres acosadas por dirigentes académicos. Godoy fue despedida sin causa justa, tras una serie de eventos que denominó “persecución laboral” y, por los cuales, la Corte Constitucional protegió sus derechos laborales (Sentencia T-239 de 2018). En esa sentencia, la Corte consideró que el acoso sexual es una forma de violencia de género cuya denuncia y discusión pública está protegida dentro del derecho a la libertad de expresión, al ser información de relevancia e interés público.

2. Tensiones entre la libertad de expresión y el buen nombre

En su fallo de 2022, la Corte Constitucional analiza las tensiones que se originan entre la libertad de expresión – al dar a conocer hechos de acoso sexual – y el derecho fundamental a la honra y el buen nombre. Primero, reconoce que si las mujeres denuncian a través de medios no institucionales estos hechos es porque hay una falta de credibilidad de sus testimonios en las instancias de justicia y también una falta de debida diligencia para investigar los hechos por parte de las instituciones en las cuales se presentan. Considerando que la libertad de expresión es una condición para la existencia de la democracia, la Corte reiteró que esa libertad no puede estar sujeta a censura previa, especialmente si se trata de discursos protegidos constitucionalmente, como en el caso de la información sobre violencia de género.

Si se trata de figuras públicas, el umbral de restricción a la libertad de expresión es menor pues son personas que se encuentran sometidas a un mayor escrutinio público. La Corte Constitucional, siguiendo los estándares internacionales de derechos humanos, consideró que la protección al derecho a la intimidad y el buen nombre, como límite de la libertad de expresión, cambia dependiendo del rol social de las personas. Así, “cuando una persona ejerce un cargo público, se somete a un cargo de elección popular, o sus responsabilidades implican la determinación del gasto público, sus currículos y trayectorias profesionales estarán sometidas a un escrutinio ciudadano más exigente” (Sentencia T-061/22). Las figuras públicas también son aquellas que tienen un reconocimiento social importante.

Si bien la Corte ha validado la denuncia de las mujeres de hechos de violencia en redes sociales, también considera que al acudir al “escrache”, deben ser “especialmente cuidadosas y responsables con la información que divulgan.” En este sentido, el respeto por la presunción de inocencia exige a quien denuncia: “(a) no afirmar que el acusado es penalmente responsable de tales hechos si no existe una condena judicial en firme y (b) usar formas lingüísticas dubitativas que eviten que la audiencia concluya de manera anticipada que el accionante incurrió en las conductas punibles que se le imputan” (Sentencia T-061/22).

Considerando que Sanabria es una figura pública en el contexto universitario y que el informe de la Comisión de Género emitido versaba sobre actos de violencia de género que eran necesarios de dar a conocer a la sociedad, la Corte Constitucional decidió no tutelar los derechos a la honra y el buen nombre de Sanabria. Por lo tanto, ordenó revocar las sentencias penales; dio un año de plazo a la Rectoría de la Universidad Nacional para actualizar la normatividad vigente sobre procesos disciplinarios contra miembros de la comunidad académica, promoviendo la aplicación de normas exitosas de prevención y sensibilización contra violencias basadas en el género creadas por las diversas facultades de la universidad; y exhortó al Ministerio de Educación a destinar recursos financieros para fortalecer la política contra estas violencias de la Universidad Nacional.

Conclusiones

Este fallo de la Corte Constitucional enmarca la información y discusión del acoso sexual como parte del debate público en una sociedad democrática, dando pautas para ejercer la libertad de expresión en la denuncia pública de estos hechos. Seguramente será un precedente importante al analizar la tutela del director de cine colombiano Ciro Guerra contra las periodistas feministas de la revista Volcánicas, quien las ha acusado de violar su honra por publicar testimonios de acoso. Este caso se originó por el reportaje de nueve testimonios de acoso sexual de las periodistas independientes Matilde de los Milagros y Catalina Ruiz Navarro en junio de 2020, en donde el presunto implicado es un director colombiano de cine famoso. Además de la tutela, Guerra denunció penal y civilmente a las periodistas por violación a su buen nombre. Si la Corte Constitucional falla la tutela a favor de las periodistas, es muy probable que al menos el proceso penal en su contra, se caiga. Los precedentes previos de la Corte Constitucional en las sentencias comentadas en este artículo demuestran que en casos donde hay figuras públicas implicadas, como en el de Ciro Guerra, la libertad de expresión de quien da a conocer información social relevante está protegida y no puede estar sujeta a ninguna censura previa.

Citación académica sugerida: Beltrán y Puga Murai, Alma Luz Kadue. Entre la denuncia y la difamación: el acoso sexual en la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia. Agenda Estado de Derecho. 2022/04/28. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/entre-la-denuncia-y-la-difamacion-el-acoso-sexual-en-la-jurisprudencia-de-la-corte-constitucional-de-colombia/

Palabras clave: Corte Constitucional, Colombia, Escrache, libertad de expresión, buen nombre

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ACERCA DE LA AUTORA
Alma Beltrán y Puga

Profesora principal de la Facultad de Jurisprudencia.

Universidad del Rosario, Colombia

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Ariana Guevara Gómez

Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

Edison Lanza

Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

José Luis Caballero Ochoa

José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

Leonel González

Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

María Luisa Piqué

Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.

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Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.

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Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.

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Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.

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Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

Marcia Aguiluz

Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.