El Tribunal Constitucional peruano en la mira, una vez más

13 de Agosto de 2021
El Tribunal Constitucional peruano en la mira, una vez más
Crédito foto: Lex Latín

El Tribunal Constitucional del Perú ha sido blanco de interferencias desde su creación, en 1982. La historia reciente ratifica la tendencia. 

El drama del Tribunal Constitucional (TC) del Perú tiene varios capítulos en la historia del país. El último de ellos todavía no termina de ser escrito. El actual Congreso peruano, que empezó funciones el pasado 28 de julio, tiene la difícil tarea de actualizar  la composición del TC. Esta labor es necesaria para la defensa y preservación del estado de derecho. Sin embargo, es también difícil ya que el proceso de recomposición ha estado expuesto a la crisis política imperante en el país desde el 2019, hecho que ha frustrado el proceso en varias ocasiones, y que hace dudar sobre su idoneidad de manera general. 

El contexto del último ataque

Desde su instalación como Tribunal de Garantías Constitucionales en 1982, este colegiado ha sufrido tropiezos. Sin embargo, los tragos más amargos del TC han sido ofrecidos por el Fujimorismo. Alberto Fujimori no solo cerró el Tribunal de Garantías Constitucionales durante el autogolpe de 1992, sino que también se enfrentó al TC, ordenando, a través de un Congreso dominado, la destitución de tres de sus magistrados luego de que estos declararan como inaplicable la Ley de Interpretación Auténtica en 1996. Esta última permitió la postulación ilegítima de Fujimori por tercera vez a la Presidencia de la República en el 2000.

Hoy se dirige nuevamente la mira al TC, con ánimos de someterlo, utilizando, nuevamente, al Congreso como su caballo de batalla. Desde el 2019, primero, sólo gracias a su mayoría parlamentaria y luego a través de alianzas con otros grupos políticos, el Fujimorismo ha liderado varios procesos parlamentarios para designar nuevos magistrados. Estos intentos han estado estrechamente conectados con los hitos de la crisis política que llevó al Perú a tener cuatro (algunos opinan cinco) presidentes de la república en poco menos de 3 años. 

La madre del cordero

El papel del TC es fundamental para el Congreso, sea cual fuere su composición y orientación política. En particular, se está desarrollando en el Perú una práctica institucionalizada de la figura de vacancia presidencial que hace del TC una pieza política clave que los partidos políticos buscan dominar. El artículo 113 de la Constitución Política del Perú establece en su inciso 2 que la Presidencia de la República puede ser objeto de vacancia por incapacidad moral o física. La Constitución no define el término “moral”, aunque existe la opinión de que éste se refiere a una imposibilidad de discernimiento provocada por alguna enfermedad física o condición mental. 

Esta falta de definición ha servido al Congreso para utilizar la vacancia por incapacidad moral como una contundente arma para manipular algunas decisiones del Ejecutivo o, al menos, limitar su margen de acción. Para ilustrar, el Presidente Pedro Pablo Kuczynski (2016-2019) fue sometido a dos pedidos de vacancia por incapacidad moral (2017 y 2018). El 21 de diciembre 2017, sometido al voto, el Congreso no alcanzó mayoría calificada para declarar dicha incapacidad debido a la abstención de algunos congresistas Fujimoristas. 

Tres días después, Kuczynski indultó a Alberto Fujimori por supuestas razones humanitarias, provocando el rechazo de reconocidas organizaciones de derechos humanos y la sociedad civil. La cercanía de estas fechas despertó suspicacias respecto a un probable canje político con una facción del Fujimorismo. En marzo de 2018, ya habiendo perdido Kuczynski el favor de las bancadas en minoría debido al indulto, se presentó una segunda moción de vacancia contra éste, acusado una vez más de serios actos de corrupción. Kuczynski renunció a la presidencia un día antes de la votación sobre la vacancia, luego de que se hicieren públicas unas grabaciones conocidas como los Kenjivideos (por Kenji Fujimori, hijo del exdictador y entonces congresista de la República), donde se ofrecíeron favores a un congresista fujimorista para votar en contra de la vacancia.

Vizcarra, el sucesor de Kuczynski, también estuvo sujeto a dos pedidos de vacancia, el segundo de ellos exitoso. Cuando éste fue vacado, el Congreso se amparó en el Artículo 115 de la Constitución y declaró como Presidente de la República, al entonces Presidente del Congreso, Manuel Merino. Este hecho fue calificado como golpe de estado y, luego de masivas protestas con un saldo de dos muertes, Merino fue obligado a renunciar tras apenas 5 días en el poder. 

El TC fue llamado a aclarar la aplicación del Artículo 113 luego de estos hechos, pero desistió argumentando que ya un nuevo presidente de la República había sido nombrado por el Congreso. El tema de la interpretación de la vacancia por incapacidad moral –en el que el TC tendrá un rol esencial– queda entonces pendiente de aclaración y sujeto a nuevos intentos de explotación por el Congreso. 

(Recomendado: Seis presidentes en cinco años: cronología de una crisis cíclica en el Perú)

La batalla sobre la composición del Tribunal Constitucional

La necesidad de controlar al TC guarda relación con la elección de sus miembros. Cuando la Asamblea Constituyente de 1979 diseñó el Tribunal de Garantías Constitucionales, ésta optó por una elección plural de miembros. La elección de sus 9 integrantes sería repartida equitativamente entre los tres poderes del Estado (3 por el Congreso, 3 por el Ejecutivo y 3 por la Corte Suprema de Justicia). Luego del autogolpe, en 1996, el Congreso Constituyente Democrático, de mayoría Fujimorista, decidió que los ahora siete miembros del TC serían elegidos únicamente por el Congreso, dejando atrás el equilibrio de poderes.

La recomposición del TC es inminente pues seis de sus siete magistrados tienen el periodo vencido desde el 2019. Según su reglamento, los miembros del TC son elegidos por un periodo de cinco años y no tienen opción a elección inmediata. La demora en la designación se debe a la crisis política existente desde el 2019. Fue precisamente la falta de transparencia en el proceso de selección de los candidatos al TC, lo que originó que el entonces Presidente Vizcarra disolviera el Congreso ese año. El Congreso “complementario”, que acaba de cesar, intentó repetidamente nombrar a nuevos magistrados sin éxito debido a la falta de consenso (se necesita el voto de dos tercios de los congresistas según la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional) y la impresión de su falta de idoneidad para llevar a cabo dicho proceso

A pesar de estas declaraciones, el Congreso “complementario” continuó, infructuosamente, con el proceso irregular de elección de magistrados. La falta de transparencia en la selección y evaluación de candidatos provocó una medida cautelar, dictada dentro de un proceso de amparo, ordenando la suspensión del proceso. Organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos abogaron también por la suspensión del trámite. Pero, argumentando la injerencia del poder judicial en cuestiones legislativas, el Congreso comunicó su intención de desobedecer la orden judicial y denunció a la jueza que dictó la medida por prevaricato

Inclusive, el Congreso “complementario” intentó una interpretación antojadiza del criterio de selección: El orden de precedencia. Según el Reglamento Normativo del TC, depende primero de la antigüedad en el cargo y, en caso de igualdad, de la colegiatura. Como los 6 magistrados fueron nombrados el mismo día, correspondería comenzar a reemplazarlos usando el segundo criterio. Pero, para la mayoría del Congreso “complementario”, este criterio no favorecería el reemplazo de magistrados críticos a las medidas populistas últimamente tomadas y favorecedoras de intereses de algunos congresistas favorables al fujimorismo. Una voceada alternativa fue entonces usar el primer criterio teniendo en cuenta la hora en que los magistrados fueron elegidos, para así, asegurar el reemplazo de al menos un candidato conocido por sus votos contra medidas pro Fujimoristas. Afortunadamente, el Congreso “complementario” no llegó a reunir consenso para intentar una nueva votación antes del cambio de mando. Ahora queda ver cómo el nuevo Congreso, dividido, sin mayorías claras, pero claramente hostil al nuevo Ejecutivo, afrontará este reto. 

Por el momento, mientras el país sigue en crisis política luego de un cambio de mando accidentado, el control estratégico del TC sigue siendo un recurso altamente relevante. El Consejo de Ministros recientemente nombrado por el Presidente de la República, Pedro Castillo, enfrenta serias críticas por parte del Congreso y de la población, al incluir, entre otros, a una persona investigada por el delito de apología al terrorismo. Muchos se preguntan si ésta es, en realidad, una medida tomada con el fin de provocar la disolución del Congreso, al ser improbable que el Consejo de Ministros reciba la “confianza” necesaria (Art. 130 Constitución del Perú).

 Al mismo tiempo y en respuesta, la sombra de la vacancia presidencial por incapacidad moral resurge en el Congreso, pues el presidente podría ser acusado por incluir en su gabinete a personas investigadas por delitos de alta sensibilidad nacional, tomando en cuenta la historia reciente de la lucha contra el terrorismo en el Perú. Asimismo, Castillo ha declarado su intención, al menos durante la campaña electoral, de eliminar el TC y reemplazarlo por un organismo más representativo, además de instaurar una Asamblea Constituyente para redactar una nueva constitución. Al carecer de mayor explicación desde el nuevo gobierno, queda ver si, en efecto, existe un plan efectivo de cambiar la Constitución y si dicho cambio incluiría, como se ha señalado, un proceso de selección de magistrados plural que garantice representación y obedezca a un equilibrio de poderes.

Citación académica sugerida: Cornejo Chavez, Leiry. El Tribunal Constitucional peruano en la mira, una vez más. Agenda Estado de Derecho. 13/08/2021 Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/el-tribunal-constitucional-peruano-en-la-mira/

Palabras clave: Tribunal Constitucional, Perú, Congreso, Elección. 

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ACERCA DE LA AUTORA
Leiry Cornejo Chavez

Es Doctora en Derecho por el Instituto Universitario Europeo  (Florencia, Italia), y Master en Derecho Público Internacional (LL.M) por la Universidad de Oslo (Noruega). Como abogada, ha trabajado para el Congreso de la Republica del Perú, colaborado con la Corte Interamericana de Derechos Humanos y participado en diversos proyectos europeos de investigación sobre derechos humanos. Es autora de varios artículos académicos.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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