Argentina prepara una ley para rebajar la edad penal a los 14 años. ¿Cuáles son los alcances de esta medida?
Es posible leer, en distintos canales de información, que el gobierno del presidente argentino Javier Milei está preparando un proyecto de ley para reducir la edad penal de imputabilidad de 16 a 14 años, en respuesta a la escalada de delincuencia en lugares como la ciudad de Rosario. La medida ha sido planteada después de la detención de un adolescente de 15 años, acusado del asesinato de un trabajador de una gasolinera en la mencionada ciudad. “El que las hace, las paga”, publicó Milei en X, secundado por el portavoz presidencial, Manuel Adorni: “Delito de adulto, pena de adulto”. “Ya está entrando al Congreso de la Nación la Ley de Imputabilidad, para que nunca más crímenes como estos queden impunes”, destacó la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en X.
Esta noticia es de 2024, pero podría haber sido de 2015 o de 2004. La respuesta más habitual de los gobiernos democráticos en las últimas décadas es la de -ante un hecho delictivo terrible- proponer reducir la edad de imputabilidad con argumentos de distinto tipo. Probablemente, y pese a que se trata de declaraciones en redes sociales, este sea el intento con peores justificaciones que se recuerde. No sólo no hay razones detrás de los eslóganes como “El que las hace, las paga”, algo evidente en una democracia constitucional en la que (aún con muchas dificultades) los delitos se persiguen, se investigan y se castigan, sino que tampoco justifican la decisión que intentarán implementar.
La idea de que hay un delito de adulto que tiene que recibir una pena de adulto tampoco es demasiado explícita. Las penas responden a determinados delitos y toman en consideración hechos en concreto y, finalmente, personas específicas. Esto, en la teoría del derecho penal en Latinoamérica y Europa se llama principio de culpabilidad. Este principio permite evaluar si la persona acusada tuvo alternativas de no llevar a cabo el delito por el que se le acusa. Si un niño de diez años, jugando con un arma de su padre comete involuntariamente la muerte de su hermano menor, comete un delito de adulto, pero no deja de ser un niño al que tenemos que tratar de una forma particular y diferente a un adulto.
Es más, la formulación del vocero presidencial parece identificar el problema de un modo equivalente a decir: “Delito de niños, pena de niños”. Sin embargo, esta presunción se acerca más a la realidad que los comentarios del presidente Milei y de la Ministra Bullrich: no es correcto afirmar que los delitos cometidos por menores de 16 años no sean punibles. Lo que existe es un tratamiento diferenciado a partir de lo regulado en el llamado derecho penal juvenil. Más allá de la regulación específica, los menores de edad reciben un castigo, que no es igual al que reciben los adultos.
Hay muchas razones para explicar esto, pero la más plausible es que necesitamos tratar a los adolescentes que cometen delitos como personas que necesitan reincorporarse rápidamente a la comunidad a la que pertenecen, y que parece que debemos hacerlo a través de lugares de encierro que tengan un régimen distinto que las cárceles. Lo que intentamos hacer cuando castigamos a otro (adultos y no adultos) es tratar de comunicarles que lo que hicieron no es correcto, y que tampoco era el acuerdo democrático que teníamos previamente. El castigo comunica censura, pero a la vez pretende lograr que el acusado de un delito pueda dar razones que permitan comprender por qué hizo lo que hizo. Hasta aquí, con una simplificación exagerada, es el modo en el que una versión de la teoría comunicativa del castigo funcionaría idealmente. También podría ser el modo en el que podríamos justificar el castigo a menores de 16 años.
La pregunta que debería responder el presidente Milei y su gabinete es si el Estado está en condiciones de aplicar un castigo a menores de 16 años por delitos que pudieran cometer, cuando el mismo Estado y por decisión del Poder Ejecutivo está incumpliendo con la provisión de derechos básicos, como trabajo, salud, educación y vivienda. Siguiendo el plan de Milei, el Estado está siendo reducido a su mínima expresión y está limitando estos derechos que menciono de un modo muy severo. Si estos adolescentes de 14 y 15 años no tienen posibilidades de poder acceder a estos derechos, establecidos en la Constitución Argentina, ¿qué autoridad moral tiene el Estado para castigarlos? Pienso que ninguna. Pero además, creo que el Estado es hipócrita en negar estos derechos y luego aparecer por primera vez en la vida de estos adolescentes para imponerles un castigo penal. El Estado, siguiendo el pensamiento instaurado por el presidente, se desentiende de todas las cuestiones que serían importantes para que estos adolescentes evitaran el camino del delito y, sin embargo, no limitan el uso del castigo penal. Este punto también es una muestra de su paradójica posición: reducimos el Estado todo lo posible respecto de los derechos que debe brindar, pero no respecto del uso del poder penal. Una especie de Estado mínimo selectivamente autoritario.
En resumen, más allá del contenido de la propuesta del gobierno argentino, estas no serán buenas noticias para una gran cantidad de adolescentes que deben sobreponerse a condiciones de desigualdad estructural, esto es, un tipo de desigualdad que no se debe a su propia decisión, sino a decisiones de terceros que los han perjudicado incluso desde antes de nacer. Ninguna de las propuestas anteriores en Argentina o en otras partes de Latinoamérica han tenido esto en consideración. Sólo han intentado dar un mensaje a cierto sector de la población que reclama algo tan indeterminado como la “seguridad”.
Creo que los gobiernos constitucionales no pueden prometer “seguridad”. En cambio, pienso que pueden y deben prometer que se van a encargar de investigar y, eventualmente, castigar las denuncias de las personas que sufrieron algún delito. Asumir que es posible brindar seguridad con este tipo de leyes es tal vez el último escalón de la hipocresía estatal: nada es más económico que reformar una ley, lo cual sólo requiere la impresión en papel del texto reformado. El resto, desarrollar políticas públicas inclusivas, llevar a cabo intentos por eliminar la desigualdad, hacer esfuerzos por garantizar derechos que permitan desarrollar la autonomía de esos futuros adultos, parece que no está en los planes de este gobierno. Si mi diagnóstico es correcto, y el problema de desigualdad es central para poder reflexionar sobre las causas de los delitos de niños y adolescentes, la solución es política y no penal. Por supuesto que no soy el primero en decirlo y muchos colegas nos han marcado el camino a seguir desde hace tiempo. Sin embargo, estos colegas no han sido escuchando antes ni ahora. Es por eso que espero que esta vez, como otras veces, el derecho internacional de los derechos humanos sea de ayuda para evitar las catastróficas consecuencias que es posible esperar de medidas como estas.
Citación académica sugerida: Beade, Gustavo A. Delitos de adultos, ¿penas de adultos? Agenda estado de Derecho, 2024/05/08. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/delitos-de-adultos-penas-de-adultos/
Palabras clave: Argentina; NNA; Justicia penal adolescente; Justicia juvenil.
Académico de la Universidad Austral de Chile.
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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.
Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.
Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).
Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.
José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.
Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.
Fiscal de la Procuración General de la Nación Argentina. Es abogada por la Universidad de Buenos Aires, donde se recibió con diploma de honor, Especialista en derecho penal y procesal penal por la Universidad Torcuato Di Tella y Máster en Derecho por la Universidad de Georgetown. Fue becaria de la Fundación Fulbright y perita de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Es profesora de Garantías Constitucionales del Derecho Penal Sustantivo y Procesal Penal de la Universidad de Buenos Aires, de Género y Derecho Penal en la Maestría en Derecho Penal de la Universidad de San Andrés y profesora invitada en distintas universidades, de grado y posgrado. Es autora de varios artículos en publicaciones académicas sobre temáticas de género y derecho penal y de garantías constitucionales en el proceso penal.
Abogado, Magíster en Derecho y Posgrado en Derecho Constitucional y Derechos Humanos por la Universidad de Palermo. Profesor en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires. Responsable del Programa para la Aplicación de Instrumentos de Derechos Humanos del Ministerio Público de la Defensa de la Nación. Integrante de la Red Latinoamericana de Académicas/os del Derecho - ALAS. Fue docente en diferentes universidades de Argentina, e investigador y docente en el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Chile. Sus temas de especialización son Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Acceso a la Justicia y No Discriminación.
Director Ejecutivo de Fundación Ciudadanía y Desarrollo, contacto nacional de Transparencia Internacional en Ecuador. Abogado y máster en Dirección y Gestión Pública, así como en Acción Política, Fortalecimiento Institucional y Participación Ciudadana en el Estado de Derecho. Fue miembro suplente de la Asamblea Nacional Constituyente de Ecuador y asesor constitucional en el Consejo de Participación Ciudadana. Fellow del Centro para la Democracia, el Desarrollo y el Estado de Derecho de la Universidad de Stanford. Consultor para organizaciones nacionales e internacionales en temas de derechos humanos, libertad de expresión, acceso a la información, participación ciudadana, transparencia y lucha contra la corrupción.
Doctor en Ciencias Políticas de la Universidad de la República de Uruguay, magíster en Estudios Políticos por la Universidad Metropolitana de Venezuela y licenciado en Comunicación Social por la Universidad Santa María con especialización en Gobernabilidad y Gerencia Política por la Universidad Católica Andrés Bello y The George Washington University. Autor del libro «Venezolanos en el Uruguay» (2019). Trabaja como editor de la plataforma Diálogo Político y coordinador de proyectos del Programa Regional Partidos Políticos y Democracia en América Latina de la Fundación Konrad Adenauer.
Abogado egresado de la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala y con un Máster en Economía de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid. En la actualidad, desempeña el cargo de Editor Asistente en el blog de la International Association of Constitutional Law (IACL) y es Director del área de Estudios Jurídicos en la Fundación Libertad y Desarrollo, un think tank basado en Ciudad de Guatemala. A nivel docente, ejerce como profesor tanto en la Universidad del Istmo como en la Universidad Francisco Marroquín de Guatemala. Adicionalmente, es columnista para el periódico guatemalteco La Hora. Sus principales áreas de investigación son el derecho constitucional y el derecho electoral.
Vicepresidenta de incidencia y litigio internacional del Robert F. Kennedy Human Rights. Baeyens lidera la estrategia de incidencia legal en derechos humanos de la organización, incluyendo el litigio de casos de alto impacto ante mecanismos de la ONU y sistemas regionales de protección, en temáticas relacionadas con la protección del espacio cívico y la lucha contra la discriminación, violencia e impunidad. Previamente se desempeñó como oficial de asuntos políticos en la ONU y como oficial de derechos humanos en la CIDH, donde también coordinó la Relatoría sobre personas defensoras. Es profesora adjunta de la Facultad de Derecho de la Universidad de Georgetown. Recibió su título de abogada de la Universidad de Ibagué, Colombia, y su LL.M en derecho internacional de los derechos humanos de la Universidad de Notre Dame, Estados Unidos.
Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).
Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.
Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.
Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.
Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.
Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.
Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.