Cambio climático y migración

24 de Noviembre de 2022
Cambio climático y migración
Fuente: Foto de Sébastien Goldberg en Unsplash

El Relator Especial de la ONU sobre los derechos humanos de los migrantes habla sobre los principales hallazgos de su reciente informe sobre los impactos del cambio climático en la migración.

De manera creciente y rápida el cambio climático está impactando en la movilidad humana, con el consiguiente aumento de los flujos migratorios. Esto implica también importantes desafíos en relación con los derechos humanos de quienes migran.

En octubre de 2022, en mi carácter de Relator Especial de la ONU sobre derechos humanos de los migrantes, presenté un informe temático sobre esta materia ante la Asamblea General de dicha organización. Se trata del segundo informe de la Relatoría al respecto: el anterior fue presentado hace justo 10 años.

Durante el período transcurrido, lo que se observa es que los efectos del cambio climático se han incrementado significativamente. Como contrapartida, puede observarse cómo desde Naciones Unidas y otras organizaciones internacionales se han emprendido iniciativas para contenerlo o morigerarlo. También se aprecian iniciativas de algunos Estados, aunque estas en su mayoría son aisladas y no responden a una coordinación internacional en la materia.

Sin embargo, dada la gravedad de la situación, las respuestas de las organizaciones internacionales y de los Estados, resultan completamente insuficientes, por lo que es indispensable y urgente redoblar esfuerzos, actuando coordinadamente entre los Estados. Además, las políticas que se formulen con impacto en la movilidad humana, debieran      establecerse luego de un proceso que incluya la participación de quienes migran y de las asociaciones que los representan, es decir, que la voz de las propias personas migrantes sea escuchada en iniciativas de tanta importancia para ellas. 

Retos jurídicos de la migración por cambio climático

La cuestión del cambio climático y los derechos humanos de las personas migrantes supone nuevos y complejos dilemas jurídicos. Cuando una persona deja su país como consecuencia del cambio climático, ¿estamos frente a una persona refugiada? En el estado actual del Derecho Internacional, la respuesta a la pregunta anterior será afirmativa en algunos casos y negativa en otros. Por ello, es necesario recurrir tanto al Derecho Internacional de los Derechos Humanos como al Derecho de los Refugiados, así como atender al uso de otras formas de protección internacional. También deben aplicarse los instrumentos regionales existentes que poseen una definición ampliada de refugiado, como ocurre en África y América, por medio de la Convención de la Organización de la Unidad Africana por la que se regulan los Aspectos Específicos de los Problemas de los Refugiados en África y la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados, respectivamente.

Otro aspecto relevante se refiere al fortalecimiento de las vías regulares de migración y a los procesos de regularización de quienes se hallan con un estatus migratorio irregular. El Pacto Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular alienta precisamente el desarrollo de tales vías. Esto resulta plenamente aplicable a personas que migran como resultado del impacto del cambio climático en sus países de origen. Como señalo en mi informe a la Asamblea General de la ONU, “con una gobernanza adecuada, la migración segura, regular y ordenada también puede constituir una forma de adaptación al cambio climático y a los factores de perturbación ambiental que ayude a aumentar la resiliencia de las personas y las comunidades afectadas”.

Sin embargo, desde la adopción del Pacto, hace ya casi cuatro años, se observan pocas iniciativas para ampliar de manera importante las vías regulares e incluso hay tendencias regresivas al respecto en diversos países.

Similarmente, el emprender procesos de regularización de quienes se encuentran en situación indocumentada, también sería relevante para hacerse cargo del impacto del cambio climático en la población migrante y reducir su vulnerabilidad.    

Buenas prácticas en relación con el cambio climático y la migración

Entre las buenas prácticas, en relación con el cambio climático y la migración, resaltan la adopción de un abordaje institucional sistémico de la materia por Vanuatu (Estado severamente afectado por el cambio climático y en peligro de desaparición al elevar el nivel del Océano), un permiso provisional de admisión en Suiza para quienes se han desplazado como consecuencia  de desastres naturales y del cambio climático, la protección humanitaria por Ecuador y México a las víctimas de desastres naturales o ambientales, un visado humanitario temporal en Brasil, la adopción por Nueva Zelanda de un marco para la admisión de migrantes procedentes de los países insulares del Pacífico sur, y el establecimiento de un Fondo Fiduciario por Fiji para la relocalización planificada de quienes se vean afectados por el cambio climático. En el caso de Alemania, su Consejo Consultivo sobre el Cambio Global ha propuesto la creación de un  “pasaporte climático”, el que, de ser establecido, se aplicaría a toda la población migrante afectada por el cambio climático, sin necesidad de formular una solicitud individual para tal fin. No obstante, como antes apunté, se trata de acciones emprendidas de manera autónoma por diversos países, sin que exista una coordinación y planificación internacional al respecto.

Conclusiones

La migración resultante del cambio climático debe poder ser realizada de manera digna, salvaguardando los derechos humanos de quienes migran. Es indispensable llevar a cabo iniciativas a nivel estatal, regional y global para asegurar lo recién señalado, fortaleciendo la cooperación y la financiación. Además, la relocalización planificada debería emplearse como medida de último recurso. Otras medidas necesarias se refieren a garantizar el acceso a la justicia, la rendición de cuentas y la reparación de los perjuicios derivados del cambio climático en la población migrante; a emplear un enfoque de género en la materia; y a recopilar los datos de manera desglosada y con respeto a la privacidad de las personas migrantes.

Finalmente, como se señala en el referido informe a la Asamblea General, los Estados deberían adoptar “medidas que promuevan el acceso a los servicios esenciales y tengan en cuenta en las fases de planificación, respuesta y recuperación de la gestión de emergencias la situación de vulnerabilidad y las necesidades específicas de los migrantes, especialmente las de las mujeres y las niñas, las personas LGTB, la población infantil, los pueblos indígenas y las minorías, las personas con discapacidad, las personas de edad y otros grupos”.

Citación académica sugerida: González Morales, Felipe. Cambio climático y migración. Agenda Estado de Derecho. 2022/11/24. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/cambio-climatico-y-migracion/

Palabras clave: Cambio climático – Migración – Derechos humanos – ONU

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ACERCA DEL AUTOR
Felipe González Morales

Relator Especial de la ONU sobre derechos humanos de los migrantes. Profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales.

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Silvia Serrano

Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

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Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

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Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.