Audiencias ante la CIDH: evolución de las prácticas institucionales y tendencias recientes

25 de Abril de 2023
Audiencias ante la CIDH: evolución de las prácticas institucionales y tendencias recientes
Foto. Flick

El artículo analiza las nuevas prácticas institucionales de la CIDH en relación con la celebración de audiencias y concluye que estas debilitan el impacto de la valiosa herramienta.

Este artículo se publica como producto de la alianza de Agenda Estado de Derecho y el blog de DPLF .

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DPLF

Este artículo describe algunas prácticas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con relación a la facultad para convocar audiencias, a partir del análisis de datos estadísticos de los últimos veinte años. El artículo comenta asimismo algunas tendencias recientes en la materia y sugiere una política institucional dirigida a ampliar el acceso de la sociedad civil a este mecanismo.

Evolución de las prácticas de la CIDH sobre audiencias

La facultad para convocar audiencias fue reconocida inicialmente en el Reglamento de la CIDH de 1966, como una herramienta para recibir alegatos sobre casos contenciosos. Las “audiencias generales o temáticas” pasaron a ser empleadas a partir de finales de la década de los ochentas, aun cuando esta modalidad no estaba contemplada en el reglamento entonces vigente. Su regulación tuvo lugar solamente con el cambio reglamentario de 2000, cuyo Capítulo VI, titulado “Audiencias ante la Comisión”, se ha mantenido prácticamente inalterado.

Mientras las audiencias sobre casos tienen por objeto “recibir exposiciones verbales y escritas de las partes sobre hechos nuevos e información adicional a la que ha sido aportada durante el procedimiento” (art. 64.1 del Reglamento actual), las generales o temáticas permiten a las personas interesadas “presentar a la Comisión testimonios o informaciones sobre la situación de los derechos humanos en uno o más Estados, o sobre asuntos de interés general” (art. 66.1).

Algunas reglas sobre audiencias han sido institucionalizadas por medio de prácticas reiteradas, comunicados de prensa o información publicada en su página web. Es el caso de las pautas de conducta y tiempo asignado a cada parte; el momento para solicitar intervenir en audiencias de oficio o requeridas por un Estado; la dinámica de las audiencias virtuales e híbridas; entre otras.

En octubre de 1999, la CIDH inició la práctica de convocar “reuniones de trabajo”, cuya finalidad es escuchar a la parte peticionaria y al Estado, en casos en etapas de cumplimiento de informe de fondo, arreglo amistoso o con informes de solución amistosa homologados; así como medidas cautelares. Actualmente, las reuniones de trabajo son realizadas incluso fuera de los períodos de sesiones.

Las audiencias temáticas son un mecanismo de alerta frente a rupturas institucionales y crisis de derechos humanos. Organizaciones de la sociedad civil (OSC) las han utilizado para visibilizar retrocesos democráticos, violaciones graves y sistemáticas y para posicionar la situación de grupos históricamente discriminados en la agenda hemisférica. Durante la década de los noventas, éstas versaron casi exclusivamente sobre la situación general de los derechos humanos en un único país. Con el tiempo, pasaron a abarcar una gran variedad de asuntos en un país o región del continente.

Estadísticas en los últimos 20 años y tendencias recientes

Tal como se observa en el gráfico abajo, hasta la pandemia del Covid-19, la CIDH solía otorgar un promedio superior a 100 audiencias por año, con un aumento progresivo de las temáticas y disminución de las audiencias sobre casos y medidas cautelares, a partir de 2009. En 2017-18 se amplió el número de audiencias de oficio a un 10%-14% del total, proporción que se ha mantenido en los últimos dos años. 2020 fue una excepción, con solo una audiencia de oficio.

Por razones obvias, entre 2020 y 2021 la CIDH redujo drásticamente el número de audiencias concedidas. La continuidad de las audiencias en formato virtual durante los años críticos de la pandemia fue una medida positiva que le permitió monitorear las violaciones derivadas de respuestas inadecuadas a la crisis sanitaria y a las medidas restrictivas a las libertades individuales que no se encontraban justificadas en razones de bioseguridad. La posibilidad de intervenir oralmente por medios virtuales durante las audiencias no es algo nuevo, aunque era poco utilizada por la CIDH antes de la pandemia.

A partir del año 2020 se observa un repunte de las audiencias sobre casos y medidas cautelares en una proporción que no se veía desde el 2009 (20% del total, aproximadamente). Dicha tendencia, sumada a la disminución general de las audiencias otorgadas, implica un recorte significativo de las audiencias temáticas. Entre los trienios 2013-15 y 2020-22, por ejemplo, el recorte es de un 55%: de 331 a 152. 

Aunque la CIDH no publica el número de solicitudes recibidas – lo que sería un buen ejercicio de transparencia – sobran elementos para concluir que el número de solicitudes rechazadas actualmente es drásticamente superior al de 20 años atrás. Lo anterior, bajo la premisa de que, al igual que otros mecanismos, como las peticiones y medidas cautelares, la curva de nuevas solicitudes de audiencia aumenta a cada año.

Fuente: sección sobre audiencias de la página web de la CIDH

Si bien las prácticas de la CIDH tuvieron que adaptarse a la pandemia entre 2020 y 2022, el período de sesiones de marzo de 2023 mantuvo un número sorpresivamente bajo de audiencias: 18, siendo tres sobre casos y 15 temáticas.

No se realizaron audiencias sobre Guatemala, pese a los graves retrocesos institucionales en el país y a la inhabilitación arbitraria de candidatos a la presidencia, a pocos meses del proceso electoral. Tampoco hubo audiencias sobre Perú, país que atraviesa una crisis sociopolítica y una oleada represiva desde hace varios meses. Habiendo anunciado solamente tres períodos de sesiones en 2023, la CIDH parece haber consolidado un número de audiencias inferior a 60.

Al anunciar el período de sesiones de julio, la CIDH indicó que las audiencias serán exclusivamente virtuales. Desde luego, la posibilidad de intervenir virtualmente amplía el acceso a quienes enfrentan dificultades económicas, de movilidad o para la gestión de visas. Sin embargo, la imposición general de la modalidad virtual se da en la contravía de otros organismos internacionales, incluyendo la OMS, que han retomado las reuniones presenciales. Cabe recordar que la propia CIDH había adoptado el formato híbrido de audiencias en diciembre de 2021, cuando la pandemia aún se encontraba vigente.

Finalmente, entre las demás prácticas recientes que comprometen la eficacia e impacto de las audiencias, podemos destacar las siguientes:

1) Acumulación de varias solicitudes sin un criterio claro y sin informar el objeto de las audiencias acumuladas. Tal situación impone un reto importante de coordinación en la distribución del tiempo de intervención de cada organización y en el diseño de una presentación coherente, sobre todo cuando las solicitudes versan sobre temas distintos.

2) Asignación de un nombre a la audiencia distinto al propuesto por los peticionarios. En algunas ocasiones, el nombre asignado extrapola y/o desnaturaliza el objeto de la audiencia, por lo que algunas OSC terminan dando difusión bajo un título distinto al fijado por la CIDH en el calendario oficial de audiencias y en sus redes sociales.

3) Exceso de períodos de sesiones fuera de su sede en Washington DC, en condiciones que implican desafíos tales como la lejanía entre alojamientos disponibles y local de las reuniones, control excesivo de seguridad por parte de las autoridades del país sede, costos exorbitantes de alojamiento y traslado, instrumentalización política de la presencia de la CIDH por parte del gobierno anfitrión, menor impacto mediático debido a la falta de interés de los medios locales, etc.

Aunque los períodos de sesiones fuera de la sede fueron iniciados en julio de 2006, se trataba de una práctica excepcional, llevada a cabo una sola vez por año. Entre 2016 y 2019 la mayor parte de audiencias tuvo lugar en terceros países o en ciudades de Estados Unidos distintas a la sede de la CIDH.

Consideraciones finales

Los sucesivos cambios reglamentarios y de prácticas institucionales le han permitido a la CIDH dotar las audiencias de la flexibilidad necesaria para atender a las necesidades de organizaciones peticionarias, Estados y demás usuarios del Sistema Interamericano.

Las audiencias son una de las principales herramientas de trabajo de la Comisión para monitorear hechos de especial preocupación y para recibir información sobre algún tema, caso o medida cautelar. Además, proveen un espacio único en que varias OSCs convergen, intercambian información, planean iniciativas conjuntas e inciden ante actores que van mucho más allá de la Comisión.

La reducción en el número de audiencias, la preferencia por la modalidad virtual y la realización de períodos de sesiones en condiciones que presentan retos logísticos y financieros son prácticas institucionales que deberían ser reconsideradas, en tanto debilitan el impacto de esta valiosa herramienta de monitoreo y privan a las OSCs y demás usuarios del SIDH de un espacio fundamental de articulación.  Por ende, se recomienda una política institucional más estable, que maximice el acceso de la sociedad civil y facilite un espacio de articulación entre quienes comparecen a la CIDH durante sus sesiones.

Citación académica sugerida: Cerqueira, Daniel: Audiencias ante la CIDH: evolución de las prácticas institucionales y tendencias recientes. Agenda Estado de Derecho. 2023/04/25. Disponible en: https://agendaestadodederecho.com/audiencias-ante-la-cidh/

Palabras claves: CIDH. Audiencias temáticas, acceso a la justicia

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ACERCA DEL AUTOR
Daniel Cerqueira

Magíster en Estudios Legales Internacionales con distinción honorífica por la Universidad de Georgetown, Estados Unidos y licenciado en Derecho por la Universidad Federal de Minas Gerais y en Relaciones Internacionales por la Pontifícia Universidad Católica de Minas Gerais, ambas en Brasil. De enero de 2006 a enero de 2014 trabajó como abogado de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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Abogada colombiana, LLM en International Legal Studies por la Universidad de Georgetown y Máster en Argumentación Jurídica por la Universidad de Alicante. Es candidata a Doctora en Derecho por la Universidad de Georgetown. Actualmente se desempeña como Directora Asociada en el O'Neill Institute for National and Global Health Law y es docente en la Universidad de Georgetown y en programas de especialización y maestría en diversas universidades de América Latina. Anteriormente trabajó en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos donde tuvo varios cargos, principalmente como Coordinadora de la Sección de Casos a cargo de la etapa de fondo y del litigio ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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Es profesora ayudante e investigadora predoctoral en el Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Tiene un Máster en Democracia y Gobierno, y un Máster en Gobernanza y Derechos Humanos, ambos de la UAM. Es licenciada en Comunicación Social por la Universidad Central de Venezuela. Es integrante del Lab Grupo de Investigación en Innovación, Tecnología y Gestión Pública de la UAM. Su tesis doctoral aborda la relación entre género, tecnologías y sector público, con un especial énfasis en la Inteligencia Artificial. También ha publicado sobre innovación pública y colaboración entre administraciones públicas y ciudadanía. Formó parte del equipo editorial de Agenda Estado de Derecho desde 2020 hasta febrero de 2022.

Catalina Fernández Carter

Abogada de la Universidad de Chile y Magíster en Derecho Internacional de la Universidad de Cambridge. En el ámbito profesional, se ha desempeñado en el extranjero como asistente legal en la Corte Internacional de Justicia y consultora para la International Nuremberg Principles Academy. En Chile, ha trabajado como abogada para el Comité para la Prevención de la Tortura, y actualmente se desempeña en la División de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Asimismo, es académica de Derecho Internacional Público en la Universidad de Chile. Sus áreas de investigación incluyen el derecho internacional de los derechos humanos, la regulación de la actividad policial y su conformidad con estándares internacionales, el derecho internacional humanitario y el derecho penal internacional.

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Ex Relator Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hasta el 5 de octubre de 2020. Abogado y docente uruguayo egresado de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República de Uruguay (Udelar). Actualmente es senior fellow en El Diálogo Interamericano (The Interamerican Dialogue) y consultor en libertades informativas de UNESCO y organizaciones de la sociedad civil. Se desempeña como Secretario de Relaciones Internacionales y Gobierno Abierto del Gobierno de Canelones (Uruguay).

Docente y conferenciasta en el campo de la libertad de expresión y el derecho a la información en prestigiosas universidades, entre ellas American University (Washington), Unam (México), Universidad Carlos III (España), Stanford (California), Universidad del Pacífico (Perú), UBA (Argentina) Universidad Diego Portales (Chile), Udelar (Uruguay) y Universidad de los Andes (Colombia). Periodista, columnista y colaborador asiduo en distintos medios de comunicación.

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José Luis Caballero Ochoa es Licenciado en Derecho por el Tecnológico de Monterrey, Campus Chihuahua; Maestro en Derecho, por la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) de España. Diplomado en derechos humanos y procesos de democratización por la Universidad de Chile. Pertenece al Sistema Nacional de Investigadores. Es académico – investigador en el Departamento de Derecho en la Universidad Iberoamericana, Ciudad de México, del que fue su Director por seis años. Actualmente es Comisionado de la Comisión Internacional de Juristas. Ha participado o participa en diversas comisiones o consejos públicos, ciudadanos y académicos en México, entre los que destacan: el Consejo de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal; la Junta Directiva del Instituto Federal de la Defensoría Pública; el Comité Consultivo del Centro de Estudios Constitucionales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; el Comité Académico y Editorial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la Comisión de Selección del Comité de Participación Ciudadana del Sistema Nacional Anticorrupción, entre otros. Docente en diversos programas académicos en materia de derecho constitucional y derechos humanos en centros de educación superior nacionales, y ponente en congresos y foros académicos especializados en México, Argentina, Brasil, Chile, Guatemala, Colombia, España, Estados Unidos y Perú. Su papel como consultor y especialista ha implicado la elaboración de proyectos de ley, dictámenes técnicos bajo la figura de amicus curiae y peritajes internacionales. Su obra publicada consiste en más de 80 capítulos de libros y artículos en revistas especializadas sobre derecho constitucional, derechos humanos y derecho internacional de los derechos humanos, así como algunos libros en estas materias.

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Doctorando en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina); Master en Derecho Penal y Procesal Penal por Osgoode Hall Law School, Universidad de York (Canadá); Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales (Chile); Abogado con orientación en Derecho Penal por la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires (Argentina). Actualmente es el Director de Relaciones Internacionales del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Durante 8 años fue el Director del Área de Capacitación del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA), organismo internacional de la Organización de Estados Americanos (OEA), creado en 1999 por resolución de la Asamblea General de la OEA, con sede en Santiago de Chile.

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Juez electo de la Corte Internacional de Justicia, además de profesor y director del Departamento de Derecho Público de la Universidad Federal de Minas Gerais (UFMG) y fundador del Centro de Derecho Internacional (CEDIN) y del Anuario Brasileño de Derecho Internacional. Tiene un máster de la UFMG y un doctorado de la Universidad París X Nanterre, y ha trabajado como jurista adjunto en el CIJ. Ha sido profesor visitante en el Institut des Hautes Études Internationales de la Université Panthéon-Assas Paris II, la Université Caen Basse-Normandie, la Université Paris-Ouest Nanterre la Défence y el Centro Lauterpacht de Derecho Internacional (Universidad de Cambridge, Reino Unido).

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Abogado venezolano, egresado de la Universidad Católica Andrés Bello. LL.M. en derecho internacional de la Universidad de Cambridge, en Reino Unido, y Magíster en políticas públicas de la Universidad de los Andes, en Colombia. Actualmente se desempeña como asesor legal senior del Centro de Derechos Reproductivos y docente de la Universidad de los Andes. Fue abogado de la Secretaría de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Katya Salazar

Directora Ejecutiva de la Fundación para el Debido Proceso (DPLF por sus siglas en inglés) organización regional dedicada a promover el Estado de derecho y los derechos humanos en América Latina. Antes de unirse a DPLF, fue Coordinadora Adjunta de la Unidad de Investigaciones Especiales de la Comisión de la Verdad de Perú, a cargo de la investigación de graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante el conflicto armado interno en ese país. Previamente trabajó en la Adjuntía para los Derechos Humanos de la Defensoria del Pueblo de Perú y formó parte del equipo legal de la Coalición Contra la Impunidad (Alemania) que promovió el procesamiento penal en ese país de militares argentinos responsables de la desaparición de ciudadanos alemanes durante la dictadura argentina. Katya realizó sus estudios de derecho en la Pontifica Universidad Católica del Perú y de maestría en derecho internacional público en la Universidad de Heidelberg, Alemania.

Carlos Arturo Villagrán Sandoval

Experto afiliado al Constitution Transformation Network de la Universidad de Melbourne e investigador asociado de la Universidad Rafael Landívar de Guatemala. Doctor en Derecho por la Escuela de Derecho de la Universidad de Melbourne y una Maestria en Derecho Público e Internacional en esa misma casa de estudios, y una Licenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Rafael Landívar. Tiene experiencia en gobierno, especificamente en negociacion de tratados y convenciones, litigio en instancias internacionales e implementacion de instrumentos en materia de derechos humanos, y como consultor para organismos financieros internacionales.

Salvador Herencia-Carrasco

Candidato a doctor por la Facultad de Derecho de la Universidad de Ottawa (Canadá). Director de la Clínica de Derechos Humanos del Centro de Investigación y Enseñanza en Derechos Humanos (HRREC) y profesor de la Sección de Derecho Civil de la Universidad de Ottawa. Anteriormente trabajó en la Comisión Andina de Juristas, el Tribunal Constitucional y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú. Sus áreas de investigación son el Sistema Interamericano, Empresas y Derechos Humanos, Derecho Penal Internacional, TWAIL y libertad académica. Integrante del Grupo de Estudios Latinoamericano sobre Derecho Penal Internacional de la Fundación Konrad Adenauer.

María Dolores Miño

Es abogada por la Universidad San Francisco de Quito, y tiene un LL.M. por el Washington College of Law de American University, con enfoque en Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Es candidata para el título de Doctora en Derecho por la Universidad Externado de Colombia. Ha trabajado como especialista en la Relatoría Especial para la Libre Expresión de la CIDH, Fundamedios y la Dirección Nacional de DDHH en Ecuador. Actualmente, es Directora del Observatorio de Derechos y Justicia de Ecuador, docente en la Universidad Internacional del Ecuador, y socia fundadora de Gentium Law Consultores.

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Abogada costarricense, Máster en Derecho Internacional y Resolución de Conflictos por la Universidad para la Paz de las Naciones Unidas. Actualmente se desempeña como Directora Legal para América Latina en Women’s Link Worldwide, desde donde ejerce como estratega legal, líder de iniciativa y abogada litigante, con una gran responsabilidad para diseñar y liderar complejos proyectos legales, asimismo, es docente en la Universidad para la Paz, y en diversas universidades de Costa Rica. Anteriormente trabajó en el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) como Directora del Programa para Centroamérica y México, en la Secretaría General de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) y como consultora internacional. Marcia se especializa en el litigio estratégico con enfoque de género e interseccional.

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Doctor en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Especialista en Derecho Constitucional por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), y en Derecho Constitucional y Ciencia Política por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Madrid). Licenciado en Derecho por la Universidad Autónoma de Guerrero (México). Es Investigador Nacional nivel I del Sistema Nacional de Investigadores del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT, México). En representación de México es miembro del Grupo de Justicia Constitucional y Derechos Fundamentales del Programa Estado de Derecho para Latinoamérica de la Fundación Konrad Adenauer.